

Necesitamos tu apoyo, acompáñanos!


Necesitamos tu apoyo, acompáñanos!
La causa
OPINOA
Organizaciones de Pueblos Indígenas del NOA.
LA MADRE TIERRA QUE NOS DA LA VIDA "POR UNA LEY DE PROPIEDAD COMUNITARIA INDÍGENA, y LA PRORROGA DE LA LEY 26160 DE RELEVAMIENTO TERRITORIAL INDÍGENA.
Las Organizaciones de Pueblos Indígenas de la Región Noa, (Jujuy, Salta, Tucumán, Santiago del Estero y Córdoba), nucleamos aproximadamente unas 200 Comunidades de distintas Identidades Indígenas Preexistentes en el País, correspondientes a 40 Pueblos/Naciones Originarias, entre ellos, Iogys, Ocloya, Omaguaca, Comechingón, Guaraní, Wichi, Tastil, Quilmes y Tonokote, iniciando un proceso organizativo en el año 2011, en una organización Nacional, y desde el año 2014 continuamos en forma independiente y autónoma como Organizaciones del NOA.
La Ley de propiedad comunitaria indígena desarrolla el contenido, los principios, y el procedimiento destinado a instrumentar el derecho a la posesión y propiedad comunitaria indígena, de conformidad con el artículo 75 inciso 17y 22 de la Constitución Nacional, las obligaciones establecidas en la Ley 24.071 que aprueba el Convenio N° 169 de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, la Declaración Universal de Naciones Unidas (ONU)sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, artículos 14 y 18 del Código Civil y Comercial de la Nación y demás normas concordantes.
La propiedad comunitaria indígena es un derecho autónomo, de carácter colectivo, de fuente constitucional y cuyo régimen es de orden público.
Constituye un derecho humano y es el fundamento jurídico para definir el territorio, base de la subsistencia material y espiritual de los Pueblos Indígenas, de su identidad, de su reproducción, desarrollo socio cultural para su buen vivir. Es compatible con los regímenes jurídicos de derechos humanos y de ordenamiento territorial y ambiental, en defensa del medioambiente y producción, de acuerdo a la cosmovisión ancestral.
La propiedad comunitaria indígena tenderá al aprovechamiento sustentable de la tierra y territorio por parte de los Pueblos Indígenas y sus Comunidades, de acuerdo a la cosmovisión de cada pueblo, sus usos, costumbres, prácticas, valores y conocimientos; desde la concepción del derecho propio indígena.
La Propiedad Comunitaria Indígena respeta e incluye la noción de Territorio, considerando al mismo como el espacio físico y espiritual dentro del cual se desarrolla y reproduce la vida y la cultura de cada pueblo indígena; se desenvuelve su cosmovisión, sus costumbres, usos, prácticas, valores y conocimientos; permitiendo el desarrollo de su propio proyecto cultural de vida.
Buscando fortalecer el proceso de reconstrucción de nuestras Identidades ancestrales y el institucional de cada pueblo según sus costumbres, que nos permita vivir en armonía en nuestros Territorios. Con el objetivo fundamental de defender el Territorio y la Madre Tierra, contra el avance de las topadoras, de la patria sojera, la minería a cielo abierto y el alambre usurpador de los terratenientes.
Somos herederos de la causa iniciado por nuestros mayores, quienes brindaron la vida en esta lucha, hemos sobrevivido al genocidio, estamos vivos, organizados y con una voluntad para la construcción de un dialogo intercultural, nuestra cosmovisión, nuestra cultura, nuestra costumbre, son riquezas que brindan nuestras Identidades, como así también nuestra espiritualidad, el arte, la medicina, que a pesar de la colonización, el sometimiento, la discriminación aún están vigentes y son elementos fundamentales en nuestro modo de ser y que se fortalecen con las nuevas generaciones continuando el camino hacia un Estado Plurinacional, Pluricultural y Plurilingüe.-
* Consejo de Delegados de Comunidades Aborígenes Pueblo Ocloya-Jujuy
* Pueblo Omaguaca – Jujuy
* Ateneo de Lengua y Cultura Guaraní-Regional Jujuy
* Consejo del Pueblo Tastil – Salta
* Organización Tigre Azulado de Comunidades Indígenas Nación Guaraní – Salta
* Consejo de Comunidades Pueblo Iogys – Salta
* Consejo Nación Tonokoté Llutki-Santiago del Estero
* Comunidad Tulían Nación Comechingón- Córdoba
TERRITORIO INDÍGENA - 528 AÑOS DESPUÉS!!!

La causa
OPINOA
Organizaciones de Pueblos Indígenas del NOA.
LA MADRE TIERRA QUE NOS DA LA VIDA "POR UNA LEY DE PROPIEDAD COMUNITARIA INDÍGENA, y LA PRORROGA DE LA LEY 26160 DE RELEVAMIENTO TERRITORIAL INDÍGENA.
Las Organizaciones de Pueblos Indígenas de la Región Noa, (Jujuy, Salta, Tucumán, Santiago del Estero y Córdoba), nucleamos aproximadamente unas 200 Comunidades de distintas Identidades Indígenas Preexistentes en el País, correspondientes a 40 Pueblos/Naciones Originarias, entre ellos, Iogys, Ocloya, Omaguaca, Comechingón, Guaraní, Wichi, Tastil, Quilmes y Tonokote, iniciando un proceso organizativo en el año 2011, en una organización Nacional, y desde el año 2014 continuamos en forma independiente y autónoma como Organizaciones del NOA.
La Ley de propiedad comunitaria indígena desarrolla el contenido, los principios, y el procedimiento destinado a instrumentar el derecho a la posesión y propiedad comunitaria indígena, de conformidad con el artículo 75 inciso 17y 22 de la Constitución Nacional, las obligaciones establecidas en la Ley 24.071 que aprueba el Convenio N° 169 de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, la Declaración Universal de Naciones Unidas (ONU)sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, artículos 14 y 18 del Código Civil y Comercial de la Nación y demás normas concordantes.
La propiedad comunitaria indígena es un derecho autónomo, de carácter colectivo, de fuente constitucional y cuyo régimen es de orden público.
Constituye un derecho humano y es el fundamento jurídico para definir el territorio, base de la subsistencia material y espiritual de los Pueblos Indígenas, de su identidad, de su reproducción, desarrollo socio cultural para su buen vivir. Es compatible con los regímenes jurídicos de derechos humanos y de ordenamiento territorial y ambiental, en defensa del medioambiente y producción, de acuerdo a la cosmovisión ancestral.
La propiedad comunitaria indígena tenderá al aprovechamiento sustentable de la tierra y territorio por parte de los Pueblos Indígenas y sus Comunidades, de acuerdo a la cosmovisión de cada pueblo, sus usos, costumbres, prácticas, valores y conocimientos; desde la concepción del derecho propio indígena.
La Propiedad Comunitaria Indígena respeta e incluye la noción de Territorio, considerando al mismo como el espacio físico y espiritual dentro del cual se desarrolla y reproduce la vida y la cultura de cada pueblo indígena; se desenvuelve su cosmovisión, sus costumbres, usos, prácticas, valores y conocimientos; permitiendo el desarrollo de su propio proyecto cultural de vida.
Buscando fortalecer el proceso de reconstrucción de nuestras Identidades ancestrales y el institucional de cada pueblo según sus costumbres, que nos permita vivir en armonía en nuestros Territorios. Con el objetivo fundamental de defender el Territorio y la Madre Tierra, contra el avance de las topadoras, de la patria sojera, la minería a cielo abierto y el alambre usurpador de los terratenientes.
Somos herederos de la causa iniciado por nuestros mayores, quienes brindaron la vida en esta lucha, hemos sobrevivido al genocidio, estamos vivos, organizados y con una voluntad para la construcción de un dialogo intercultural, nuestra cosmovisión, nuestra cultura, nuestra costumbre, son riquezas que brindan nuestras Identidades, como así también nuestra espiritualidad, el arte, la medicina, que a pesar de la colonización, el sometimiento, la discriminación aún están vigentes y son elementos fundamentales en nuestro modo de ser y que se fortalecen con las nuevas generaciones continuando el camino hacia un Estado Plurinacional, Pluricultural y Plurilingüe.-
* Consejo de Delegados de Comunidades Aborígenes Pueblo Ocloya-Jujuy
* Pueblo Omaguaca – Jujuy
* Ateneo de Lengua y Cultura Guaraní-Regional Jujuy
* Consejo del Pueblo Tastil – Salta
* Organización Tigre Azulado de Comunidades Indígenas Nación Guaraní – Salta
* Consejo de Comunidades Pueblo Iogys – Salta
* Consejo Nación Tonokoté Llutki-Santiago del Estero
* Comunidad Tulían Nación Comechingón- Córdoba
TERRITORIO INDÍGENA - 528 AÑOS DESPUÉS!!!

Petición cerrada
Compartí esta petición
Los tomadores de decisiones
Actualizaciones de la petición
Compartir esta petición
Petición creada en 14 de marzo de 2021