Cambien el actual sistema de oposiciones docentes


Cambien el actual sistema de oposiciones docentes
El problema
Ante las continuas irregularidades que sufrimos oposición tras oposición, los aspirantes al proceso selectivo para el ingreso al Cuerpo de Profesores de Educación Secundaria alzamos la voz para denunciar las condiciones en las que se desarrollan las pruebas de acceso a dicho cuerpo.
En este documento exponemos los cambios de carácter urgente y necesario para garantizar un proceso justo y efectivo, así como las actuales condiciones de las pruebas selectivas del proceso.
Primero, vamos a explicar las características de las pruebas , enumerando los motivos que hacen que este sea un proceso injusto, por ser subjetivo y opaco. El proceso de oposición consta de dos partes, la primera parte está dividida en dos pruebas: Parte A y Parte B.
La Parte A es un caso práctico que no tiene un formato específico y que varía entre convocatorias, haciendo que sea imprevisible, por lo que los aspirantes no tienen opción a prepararlo adecuadamente. Además, el práctico cuenta con siguientes irregularidades:
- Los criterios de corrección se publican oficialmente solo una semana antes del examen, dificultando aún más que el opositor pueda prepararlo.
- El tiempo destinado a la realización de dicha prueba es insuficiente, pues es muy largo y con ejercicios que, a menudo, requieren mucho tiempo.
- La puntuación y redacción de cada ejercicio no queda clara, lo cual impide usar estrategias para optimizar el tiempo destinado a esta parte.
La Parte B consiste en redactar un tema escrito sobre uno de los títulos del listado que proporciona la Consejería (que ronda los 70). Enumeramos la problemática principal de esta prueba:
- No existe temario oficial, cada aspirante debe desarrollar el tema respondiendo al título como considere oportuno, lo cual hace que sea aún más subjetivo. Los componentes del tribunal reciben temas de academias para corregir el examen, el desarrollo de temarios entre academias y candidatos varían, dejando un vacío legal y un margen casi inabarcable a la hora de evaluar estos temas. Cada corrector puede considerar ‘’acorde con su criterio personal’’ lo que es relevante y lo que no, con lo cual, la calificación depende directamente de la persona que corrija y no de un criterio homogéneo que establezca igualdad entre los aspirantes. En cualquier caso, el opositor no conoce los criterios de contenido con los que se corrige cada tema del temario, por lo que no puede dirigir su estudio a ese contenido.
- La orden que regula la elección de títulos es de septiembre de 1993, por lo que en muchas especialidades, sobre todo en aquellas científicas y tecnológicas, los avances después de varias décadas hacen que el enunciado de esos temas resulte obsoleto.
Solo los aspirantes que consiguen superar estas pruebas A y B pasan a la siguiente fase. Esta segunda parte del proceso selectivo consiste en la elaboración y defensa oral de una programación didáctica anual correspondiente a un curso de la etapa educativa. Analizamos las anomalías de esta parte del proceso:
- Cabe señalar que el documento físico no es objeto de evaluación en sí mismo, sino que se valoran su exposición y una de las unidades didácticas incluidas en ella. En este sentido, se establece como requisito que la programación contenga un total de 12 unidades didácticas. Esta exigencia resulta desproporcionada e irreal, dado que en la práctica docente habitual rara vez se llegan a desarrollar más de 8 o 9 unidades por curso académico. Incluso en condiciones óptimas, este número rara vez se alcanza. Además, los propios libros de texto utilizados en los centros educativos contemplan normalmente entre 8 y 9 unidades. Consideramos, por tanto, que la obligatoriedad de incluir 12 unidades no se ajusta a la realidad del sistema educativo actual y dificulta innecesariamente la preparación de una programación ajustada y coherente.
- Por último, conviene señalar que la corrección de las pruebas recae de nuevo sobre docentes que ya han obtenido su plaza y que, en muchos casos, comparten centro de trabajo o mantienen una relación profesional estrecha con los aspirantes. Estos profesionales, además de conocer personalmente a algunos opositores, se ven en la difícil tesitura de evaluar objetivamente a personas con las que han compartido experiencias laborales, tanto positivas como complejas. Consideramos que esta situación resulta injusta tanto para los aspirantes como para los miembros del tribunal, ya que introduce un componente emocional que, aunque involuntario, puede comprometer la imparcialidad del proceso evaluador.
Habiendo expuesto la situación actual, procedemos a plantear nuestras peticiones:
- Que se establezca un formato claro y transparente para el supuesto práctico (Parte A), de carácter público para que así los aspirantes puedan atenerse a él.
- Que los criterios de calificación sean publicados con un periodo razonable de antelación, no una semana. La oposición requiere dos años de preparación entre una convocatoria y la siguiente, el aspirante debe conocer qué tiene que preparar, y no enfrentarse a un examen sorpresa.
- Que el examen teórico (Parte B), sea tipo test para evitar la subjetividad, como ocurre en otros procesos de oposición. Además, consideramos que en la Parte A ya se evalúa la redacción del opositor así que no es necesario volver a evaluar la expresión escrita.
- Que la Consejería de Educación (en su defecto, el órgano designado para tal función) establezca un temario único y oficial para cada una de las especialidades.
- Que el número de unidades a desarrollar en la programación didáctica sea adecuado a la realidad docente de las aulas.
- Que la corrección de las pruebas corra a cargo de tribunales expertos, evitando así que otros funcionarios se vean implicados en un proceso que debería ser ecuánime, justo y objetivo.
A la luz de todo lo expuesto, consideramos imprescindible una profunda revisión del actual sistema de acceso a la función docente. De ello depende no solo el futuro profesional de miles de aspirantes, sino también la salud mental del colectivo docente y, en última instancia, el buen funcionamiento del sistema educativo en su conjunto. Resulta profundamente incoherente exigir a los docentes que ejerzan su labor diaria sobre los principios de igualdad, objetividad y transparencia, cuando el propio proceso que regula su acceso a la profesión dista mucho de regirse por esos mismos valores.
Esta situación no afecta únicamente a quienes se presentan al proceso selectivo. Afecta al conjunto de la ciudadanía, ya que la educación constituye el pilar fundamental sobre el que se construyen nuestra sociedad, nuestra cultura y nuestro porvenir común. Por ello, hacemos un llamamiento a todos los agentes implicados —interinos, funcionarios, familias, alumnado y administración— para que se unan en la defensa de un sistema de selección más justo, transparente y verdaderamente representativo del valor que merece la educación pública.
Les pedimos con respeto, pero con firmeza, que escuchen nuestras demandas y colaboren en la construcción de un sistema más equitativo. No se trata de una reivindicación aislada, sino de una causa colectiva por el bien común.
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El problema
Ante las continuas irregularidades que sufrimos oposición tras oposición, los aspirantes al proceso selectivo para el ingreso al Cuerpo de Profesores de Educación Secundaria alzamos la voz para denunciar las condiciones en las que se desarrollan las pruebas de acceso a dicho cuerpo.
En este documento exponemos los cambios de carácter urgente y necesario para garantizar un proceso justo y efectivo, así como las actuales condiciones de las pruebas selectivas del proceso.
Primero, vamos a explicar las características de las pruebas , enumerando los motivos que hacen que este sea un proceso injusto, por ser subjetivo y opaco. El proceso de oposición consta de dos partes, la primera parte está dividida en dos pruebas: Parte A y Parte B.
La Parte A es un caso práctico que no tiene un formato específico y que varía entre convocatorias, haciendo que sea imprevisible, por lo que los aspirantes no tienen opción a prepararlo adecuadamente. Además, el práctico cuenta con siguientes irregularidades:
- Los criterios de corrección se publican oficialmente solo una semana antes del examen, dificultando aún más que el opositor pueda prepararlo.
- El tiempo destinado a la realización de dicha prueba es insuficiente, pues es muy largo y con ejercicios que, a menudo, requieren mucho tiempo.
- La puntuación y redacción de cada ejercicio no queda clara, lo cual impide usar estrategias para optimizar el tiempo destinado a esta parte.
La Parte B consiste en redactar un tema escrito sobre uno de los títulos del listado que proporciona la Consejería (que ronda los 70). Enumeramos la problemática principal de esta prueba:
- No existe temario oficial, cada aspirante debe desarrollar el tema respondiendo al título como considere oportuno, lo cual hace que sea aún más subjetivo. Los componentes del tribunal reciben temas de academias para corregir el examen, el desarrollo de temarios entre academias y candidatos varían, dejando un vacío legal y un margen casi inabarcable a la hora de evaluar estos temas. Cada corrector puede considerar ‘’acorde con su criterio personal’’ lo que es relevante y lo que no, con lo cual, la calificación depende directamente de la persona que corrija y no de un criterio homogéneo que establezca igualdad entre los aspirantes. En cualquier caso, el opositor no conoce los criterios de contenido con los que se corrige cada tema del temario, por lo que no puede dirigir su estudio a ese contenido.
- La orden que regula la elección de títulos es de septiembre de 1993, por lo que en muchas especialidades, sobre todo en aquellas científicas y tecnológicas, los avances después de varias décadas hacen que el enunciado de esos temas resulte obsoleto.
Solo los aspirantes que consiguen superar estas pruebas A y B pasan a la siguiente fase. Esta segunda parte del proceso selectivo consiste en la elaboración y defensa oral de una programación didáctica anual correspondiente a un curso de la etapa educativa. Analizamos las anomalías de esta parte del proceso:
- Cabe señalar que el documento físico no es objeto de evaluación en sí mismo, sino que se valoran su exposición y una de las unidades didácticas incluidas en ella. En este sentido, se establece como requisito que la programación contenga un total de 12 unidades didácticas. Esta exigencia resulta desproporcionada e irreal, dado que en la práctica docente habitual rara vez se llegan a desarrollar más de 8 o 9 unidades por curso académico. Incluso en condiciones óptimas, este número rara vez se alcanza. Además, los propios libros de texto utilizados en los centros educativos contemplan normalmente entre 8 y 9 unidades. Consideramos, por tanto, que la obligatoriedad de incluir 12 unidades no se ajusta a la realidad del sistema educativo actual y dificulta innecesariamente la preparación de una programación ajustada y coherente.
- Por último, conviene señalar que la corrección de las pruebas recae de nuevo sobre docentes que ya han obtenido su plaza y que, en muchos casos, comparten centro de trabajo o mantienen una relación profesional estrecha con los aspirantes. Estos profesionales, además de conocer personalmente a algunos opositores, se ven en la difícil tesitura de evaluar objetivamente a personas con las que han compartido experiencias laborales, tanto positivas como complejas. Consideramos que esta situación resulta injusta tanto para los aspirantes como para los miembros del tribunal, ya que introduce un componente emocional que, aunque involuntario, puede comprometer la imparcialidad del proceso evaluador.
Habiendo expuesto la situación actual, procedemos a plantear nuestras peticiones:
- Que se establezca un formato claro y transparente para el supuesto práctico (Parte A), de carácter público para que así los aspirantes puedan atenerse a él.
- Que los criterios de calificación sean publicados con un periodo razonable de antelación, no una semana. La oposición requiere dos años de preparación entre una convocatoria y la siguiente, el aspirante debe conocer qué tiene que preparar, y no enfrentarse a un examen sorpresa.
- Que el examen teórico (Parte B), sea tipo test para evitar la subjetividad, como ocurre en otros procesos de oposición. Además, consideramos que en la Parte A ya se evalúa la redacción del opositor así que no es necesario volver a evaluar la expresión escrita.
- Que la Consejería de Educación (en su defecto, el órgano designado para tal función) establezca un temario único y oficial para cada una de las especialidades.
- Que el número de unidades a desarrollar en la programación didáctica sea adecuado a la realidad docente de las aulas.
- Que la corrección de las pruebas corra a cargo de tribunales expertos, evitando así que otros funcionarios se vean implicados en un proceso que debería ser ecuánime, justo y objetivo.
A la luz de todo lo expuesto, consideramos imprescindible una profunda revisión del actual sistema de acceso a la función docente. De ello depende no solo el futuro profesional de miles de aspirantes, sino también la salud mental del colectivo docente y, en última instancia, el buen funcionamiento del sistema educativo en su conjunto. Resulta profundamente incoherente exigir a los docentes que ejerzan su labor diaria sobre los principios de igualdad, objetividad y transparencia, cuando el propio proceso que regula su acceso a la profesión dista mucho de regirse por esos mismos valores.
Esta situación no afecta únicamente a quienes se presentan al proceso selectivo. Afecta al conjunto de la ciudadanía, ya que la educación constituye el pilar fundamental sobre el que se construyen nuestra sociedad, nuestra cultura y nuestro porvenir común. Por ello, hacemos un llamamiento a todos los agentes implicados —interinos, funcionarios, familias, alumnado y administración— para que se unan en la defensa de un sistema de selección más justo, transparente y verdaderamente representativo del valor que merece la educación pública.
Les pedimos con respeto, pero con firmeza, que escuchen nuestras demandas y colaboren en la construcción de un sistema más equitativo. No se trata de una reivindicación aislada, sino de una causa colectiva por el bien común.
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Petición creada en 4 de julio de 2025