Que la UVM no condicione a estudiantes a pagar seguros para poder renovar sus becas

La causa

La Universidad del Valle de México modificó, a inicios de abril de 2021, su reglamento de becas, disponiendo en su artículo 22 que uno de los requisitos mínimos para obtener la renovación de una beca académica es cubrir el monto correspondiente al Plan de Continuidad Escolar (seguro de gastos médicos mayores, plan de protección escolar, futuro Seguro, seguro de accidentes personales) que correspondan al nivel académico que cursa el Becario, en las fechas establecidas.

Sin embargo, esto representa una vulneración a los derechos del estudiante, pues esta cláusula es nueva y dichos seguros no eran condicionantes de las becas cuando se decidió estudiar en dicha institución.

Asimismo, previo a este nuevo reglamento de becas, la institución educativa, a través de su personal, mencionaba a sus estudiantes que dichos seguros eran opcionales. Aunado a lo anterior, cuando se pagan esos conceptos, no se le entrega al estudiante ningún tipo de póliza de seguro, por lo que este se encuentra imposibilitado para conocer los términos, condiciones, coberturas, institución aseguradora y demás contenido de dicho seguro.

Aunado a lo anterior, cuando se pone el estudiante en contacto con la institución educativa, esta es omisa en responder los planteamientos de los estudiantes, aduciendo que si no paga los seguros correspondiente entonces no gozará de la renovación de la beca para el siguiente cuatrimestre.

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Eddier Contreras FloresCreador de la peticiónEstudiante de psicología
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La causa

La Universidad del Valle de México modificó, a inicios de abril de 2021, su reglamento de becas, disponiendo en su artículo 22 que uno de los requisitos mínimos para obtener la renovación de una beca académica es cubrir el monto correspondiente al Plan de Continuidad Escolar (seguro de gastos médicos mayores, plan de protección escolar, futuro Seguro, seguro de accidentes personales) que correspondan al nivel académico que cursa el Becario, en las fechas establecidas.

Sin embargo, esto representa una vulneración a los derechos del estudiante, pues esta cláusula es nueva y dichos seguros no eran condicionantes de las becas cuando se decidió estudiar en dicha institución.

Asimismo, previo a este nuevo reglamento de becas, la institución educativa, a través de su personal, mencionaba a sus estudiantes que dichos seguros eran opcionales. Aunado a lo anterior, cuando se pagan esos conceptos, no se le entrega al estudiante ningún tipo de póliza de seguro, por lo que este se encuentra imposibilitado para conocer los términos, condiciones, coberturas, institución aseguradora y demás contenido de dicho seguro.

Aunado a lo anterior, cuando se pone el estudiante en contacto con la institución educativa, esta es omisa en responder los planteamientos de los estudiantes, aduciendo que si no paga los seguros correspondiente entonces no gozará de la renovación de la beca para el siguiente cuatrimestre.

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