Exigimos Tratamiento Integral para toda Persona que viva con Diabetes Tipo 1

La causa

Como Padres de un adolescente que ha vivido con diabetes tipo 1 durante más de siete años, comprendo profundamente los desafíos y dificultades que enfrentan las personas afectadas por esta condición de vida llamada diabetes Tipo 1; que al final del camino es una enfermedad crónica. No queremos que ninguna otra familia sufra por ignorancia o desconocimiento sobre el tema.

La diabetes tipo 1 es una condición crónica que requiere atención médica constante y especializada. Sin embargo, muchos pacientes no tienen acceso a la gama completa de servicios necesarios para manejar eficazmente su enfermedad. Es fundamental exigir un tratamiento completo para todo niño o adulto que viva con diabetes tipo 1, incluyendo atención de especialistas como endocrinólogos, nutriólogos, psicólogos y educadores en diabetes.

Además del apoyo médico profesional, también es crucial aprovechar la tecnología actual para mejorar el manejo de la diabetes. Las bombas de insulina y los monitoreos continuos de glucosa pueden ayudar a mantener niveles estables de azúcar en sangre y prevenir complicaciones graves (fuente: Asociación Americana de Diabetes).

Por lo tanto, instamos al gobierno y a las autoridades sanitarias pertinentes a garantizar el acceso universal a estos servicios vitales. Cada persona con diabetes tipo 1 merece recibir el cuidado integral necesario para vivir una vida saludable y por ende una mejor calidad de vida.

El pasado 10 de mayo de 2023 el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, DECRETO : SE ADICIONA UN ARTÍCULO 159 BIS A LA LEY GENERAL DE SALUD

Artículo Único.- Se adiciona un artículo 159 Bis a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 159 Bis.- Las Autoridades Sanitarias y las Instituciones Públicas de Salud deben diferenciar el diagnóstico y la atención de los tipos de diabetes, considerando al menos, la siguiente clasificación:

I.     Diabetes Tipo 1;

II.    Diabetes Tipo 2, y

III.    Diabetes Gestacional.

La Norma Oficial Mexicana de la materia deberá diferenciar y atender, al menos, cada uno de los tipos de diabetes a que se refiere el presente artículo.

Transitorios

Primero.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. (o sea entro en vigor el pasado 11 de mayo de 2023)

Segundo.- La Secretaría realizará las modificaciones a la Norma Oficial Mexicana en la materia y demás disposiciones administrativas relativas al diagnóstico y la atención de los distintos tipos de diabetes, en el término de 180 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.

Por lo anterior ya debe de estar actualizada la NOM-015-SSA2-2023 incluyendo lo indicado en el decreto citado.

Por favor, firma esta petición para apoyar a toda nuestra comunidad con Tratamiento integral completo e inclusivo para todas las personas que viven con diabetes tipo 1.

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La causa

Como Padres de un adolescente que ha vivido con diabetes tipo 1 durante más de siete años, comprendo profundamente los desafíos y dificultades que enfrentan las personas afectadas por esta condición de vida llamada diabetes Tipo 1; que al final del camino es una enfermedad crónica. No queremos que ninguna otra familia sufra por ignorancia o desconocimiento sobre el tema.

La diabetes tipo 1 es una condición crónica que requiere atención médica constante y especializada. Sin embargo, muchos pacientes no tienen acceso a la gama completa de servicios necesarios para manejar eficazmente su enfermedad. Es fundamental exigir un tratamiento completo para todo niño o adulto que viva con diabetes tipo 1, incluyendo atención de especialistas como endocrinólogos, nutriólogos, psicólogos y educadores en diabetes.

Además del apoyo médico profesional, también es crucial aprovechar la tecnología actual para mejorar el manejo de la diabetes. Las bombas de insulina y los monitoreos continuos de glucosa pueden ayudar a mantener niveles estables de azúcar en sangre y prevenir complicaciones graves (fuente: Asociación Americana de Diabetes).

Por lo tanto, instamos al gobierno y a las autoridades sanitarias pertinentes a garantizar el acceso universal a estos servicios vitales. Cada persona con diabetes tipo 1 merece recibir el cuidado integral necesario para vivir una vida saludable y por ende una mejor calidad de vida.

El pasado 10 de mayo de 2023 el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, DECRETO : SE ADICIONA UN ARTÍCULO 159 BIS A LA LEY GENERAL DE SALUD

Artículo Único.- Se adiciona un artículo 159 Bis a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 159 Bis.- Las Autoridades Sanitarias y las Instituciones Públicas de Salud deben diferenciar el diagnóstico y la atención de los tipos de diabetes, considerando al menos, la siguiente clasificación:

I.     Diabetes Tipo 1;

II.    Diabetes Tipo 2, y

III.    Diabetes Gestacional.

La Norma Oficial Mexicana de la materia deberá diferenciar y atender, al menos, cada uno de los tipos de diabetes a que se refiere el presente artículo.

Transitorios

Primero.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. (o sea entro en vigor el pasado 11 de mayo de 2023)

Segundo.- La Secretaría realizará las modificaciones a la Norma Oficial Mexicana en la materia y demás disposiciones administrativas relativas al diagnóstico y la atención de los distintos tipos de diabetes, en el término de 180 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.

Por lo anterior ya debe de estar actualizada la NOM-015-SSA2-2023 incluyendo lo indicado en el decreto citado.

Por favor, firma esta petición para apoyar a toda nuestra comunidad con Tratamiento integral completo e inclusivo para todas las personas que viven con diabetes tipo 1.

Los tomadores de decisiones

Jorge Alcocer Varela
Secretario de Salud

Actualizaciones de la petición

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Petición creada en 14 de noviembre de 2023