Retirada de publicidad ofensiva "The Hole"

El problema

Los carteles publicitarios de "The Hole" (un show erótico) presentes en las marquesinas, farolas y otros lugares de Pamplona atentan gravemente contra la dignidad de la persona. Pedimos la retirada inmediata de los mismos.

En concreto, un cartel presenta a una mujer prácticamente desnuda en postura provocativa, soez y obscena.

La Ley 34/1988 de 11 de noviembre, en el artículo 3 referida a la publicidad ilícita apunta que "Es ilícita la publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución, especialmente a los que se refieren sus artículos 14, 18 y 20 apartado 4".

Así mismo el artículo 186 del Código Penal tipifica: "El que, por cualquier medio directo, vendiere, difundiere o exhibiere material pornográfico entre menores de edad o incapaces, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o a multa de 12 a 24 meses".

Los citados carteles están expuestos en lugares frecuentados por niños y adolescentes, lo cual vulnera frontalmente La Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor que, en su artículo 5.3, obliga a las Administraciones Públicas a velar "porque los medios de comunicación en sus mensajes dirigidos a menores promuevan los valores de igualdad, solidaridad y respeto a los demas, eviten imagenes de violencia, explotación en las relaciones interpersonales o que reflejen un trato degradante o sexista".

Esta petición ha conseguido 902 firmas

El problema

Los carteles publicitarios de "The Hole" (un show erótico) presentes en las marquesinas, farolas y otros lugares de Pamplona atentan gravemente contra la dignidad de la persona. Pedimos la retirada inmediata de los mismos.

En concreto, un cartel presenta a una mujer prácticamente desnuda en postura provocativa, soez y obscena.

La Ley 34/1988 de 11 de noviembre, en el artículo 3 referida a la publicidad ilícita apunta que "Es ilícita la publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución, especialmente a los que se refieren sus artículos 14, 18 y 20 apartado 4".

Así mismo el artículo 186 del Código Penal tipifica: "El que, por cualquier medio directo, vendiere, difundiere o exhibiere material pornográfico entre menores de edad o incapaces, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o a multa de 12 a 24 meses".

Los citados carteles están expuestos en lugares frecuentados por niños y adolescentes, lo cual vulnera frontalmente La Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor que, en su artículo 5.3, obliga a las Administraciones Públicas a velar "porque los medios de comunicación en sus mensajes dirigidos a menores promuevan los valores de igualdad, solidaridad y respeto a los demas, eviten imagenes de violencia, explotación en las relaciones interpersonales o que reflejen un trato degradante o sexista".

Los destinatarios de la petición

Sr. D. Enrique Maya Miranda
Sr. D. Enrique Maya Miranda
Excelentísimo Alcalde de Pamplona
Fermín Alonso Ibarra
Fermín Alonso Ibarra
Concejal Delegado de Cultura del Ayuntamiento de Pamplona

Actualizaciones de la petición

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Petición creada en 21 de junio de 2014