Solicitamos reduccion en las sanciones con actos ejecutoriados por la Dian en exogena.

Solicitamos reduccion en las sanciones con actos ejecutoriados por la Dian en exogena.

La causa

Esta Ley 2277 del 13 dic 2022, denominada" POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA UNA REFORMA TRIBUTARIA PARA LA IGUALDAD Y LA JUSTICIA SOCIAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" No hace honor en su totalidad al titulo.

Hay muchas empresas afectadas con sanciones millonarias exageradas, al punto de cerrar las empresas; sanciones causadas por información exógena,  donde ya existe un proceso en la Dian, con acto ejecutoriado.  

Esta en Riesgo eminente, el puesto de trabajo de los empleados de estas empresas, esta en riesgo la salud fisica y mental de los contadores, gerentes y administradores y empresarios; por que por un error se ve afectada mucha gente y el hecho de irse a quiebra una empresa, es un tema de pensar; estando afectados por la economia inestable despues de la pandemia, no hay recursos para pagar sanciones e intereses desmesurados; en estos procesos ya abiertos o ejecutoriados como nos indican en la Dian. Adicional el pago de un abogado para poder entender porque el beneficio tributario de esta ley no cobijo; como dice la ley a todos los deudores de la Dian en su art.91 y 93 parag.1. 

Solicitamos medidas inmediatas pues como dice esta ley en su articulo 1 "Con el propósito de apoyar el gasto social en la lucha por la igualdad y la justicia social y consolidar el ajuste fiscal, la presente ley tiene por objeto adoptar una reforma tributaria que contribuya a la equidad, progresividad y eficiencia del sistema impositivo".

Solicitamos nueva reliquidación de esas sanciones ejecutoriadas, de las cuales la Dian no a aceptado disminucion alguna, con aplicacion art 651, porque el articulo 93 parag 1 y 2, segun explicacion Dian, solo aplica para la UGPP. Aqui vemos derechos vulnerados, solicitamos acogernos al principio de favorabilidad art 640, pues estos actos ejecutoriados siguen siendo una obligacion tributaria y tenemos derecho a un trato de igualdad de oportunidades.  Tal vez fue error de interpretacion, pero por favor solicitamos aclaracion y correccion inmediata.

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La causa

Esta Ley 2277 del 13 dic 2022, denominada" POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA UNA REFORMA TRIBUTARIA PARA LA IGUALDAD Y LA JUSTICIA SOCIAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" No hace honor en su totalidad al titulo.

Hay muchas empresas afectadas con sanciones millonarias exageradas, al punto de cerrar las empresas; sanciones causadas por información exógena,  donde ya existe un proceso en la Dian, con acto ejecutoriado.  

Esta en Riesgo eminente, el puesto de trabajo de los empleados de estas empresas, esta en riesgo la salud fisica y mental de los contadores, gerentes y administradores y empresarios; por que por un error se ve afectada mucha gente y el hecho de irse a quiebra una empresa, es un tema de pensar; estando afectados por la economia inestable despues de la pandemia, no hay recursos para pagar sanciones e intereses desmesurados; en estos procesos ya abiertos o ejecutoriados como nos indican en la Dian. Adicional el pago de un abogado para poder entender porque el beneficio tributario de esta ley no cobijo; como dice la ley a todos los deudores de la Dian en su art.91 y 93 parag.1. 

Solicitamos medidas inmediatas pues como dice esta ley en su articulo 1 "Con el propósito de apoyar el gasto social en la lucha por la igualdad y la justicia social y consolidar el ajuste fiscal, la presente ley tiene por objeto adoptar una reforma tributaria que contribuya a la equidad, progresividad y eficiencia del sistema impositivo".

Solicitamos nueva reliquidación de esas sanciones ejecutoriadas, de las cuales la Dian no a aceptado disminucion alguna, con aplicacion art 651, porque el articulo 93 parag 1 y 2, segun explicacion Dian, solo aplica para la UGPP. Aqui vemos derechos vulnerados, solicitamos acogernos al principio de favorabilidad art 640, pues estos actos ejecutoriados siguen siendo una obligacion tributaria y tenemos derecho a un trato de igualdad de oportunidades.  Tal vez fue error de interpretacion, pero por favor solicitamos aclaracion y correccion inmediata.

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