Petition updateSolidaridad con Cataluña – por el derecho a la autodeterminación pacífica!El Tribunal de Justicia Europeo restablece provisionalmente la inmunidad de los diputados catalanes
Prof. Dr. Axel SchönbergerGermany
Jun 3, 2021

Después de que el gobierno central español declarara depuesto al gobierno catalán en octubre de 2017 sin la suficiente base jurídica fáctica en el derecho español, en flagrante infracción de una ley orgánica del estado español y en masiva violación de los derechos humanos establecidos como ius cogens para España en los pactos internacionales de las Naciones Unidas, algunos de los miembros del gobierno destituido por este golpe de Estado y perseguido políticamente por España, entre ellos el presidente catalán Carles Puigdemont, ejercieron su derecho como ciudadanos de la Unión Europea a residir en cualquier país de la Unión Europea en virtud de la libertad de circulación y trasladaron sus residencias permanentes primero a Bélgica y al Reino Unido. Allí estuvieron en todo momento a disposición del poder judicial de acuerdo con las normas legales aplicables en Europa. En ningún momento fueron «fugitivos» de la justicia.

No obstante, quien repita públicamente la mentira española de que los catalanes «huyeron de la justicia», será acusado de difamación injustificada y de mentir deliberadamente, porque es claro y evidente para todos que no fue ni es así. Ningún ciudadano de la Unión Europea se ve obligado a cambiar su residencia dentro de la Unión y trasladarse a un país de la Unión Europea en el que se le persigue legalmente por motivos políticos. Basta, en primer lugar, con estar a disposición del sistema judicial del país en el que se reside permanentemente. Los catalanes perseguidos por España por motivos políticos se han entregado siempre, sin excepción, por su propia voluntad a los tribunales belgas y escoceses. La sentencia de última instancia del tribunal belga competente en el caso del consejero catalán en el exilio Puig, de 7 de enero de 2021, supone por sí sola una enorme bofetada jurídica para la judicatura española y el Estado español, y debería desencadenar por sí misma la apertura de un procedimiento de la Unión Europea contra España.

En varios casos, ya hay sentencias firmes de tribunales europeos que prohíben la extradición de políticos catalanes acusados de «sedición» a España, que había emitido órdenes de detención europeas en ese sentido. Se trata, pues, de procedimientos cerrados en el ámbito de la justicia europea. También se consideran cerradas las actuaciones relativas a la acusación de malversación de fondos públicos contra el presidente catalán en el exilio Carles Puigdemont, ya que España renunció en su momento a la extradición por parte de Alemania (antes de que se aclarara jurídicamente de forma definitiva si ésta se habría producido) y retiró la orden de detención europea emitida en su momento. En la medida en que los jueces españoles hacen caso omiso de esto y siguen abusando de la ley emitiendo una y otra vez órdenes de detención europeas por los mismos cargos, que ya han sido esclarecidos de forma concluyente en otros procedimientos, violan el principio jurídico ne bis in idem del derecho (no sólo) europeo y, por tanto, hacen un mal uso del instrumento de las órdenes de detención europeas. Recientemente, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha dictado una sentencia inequívoca en el asunto C-665/20 PPU X, que siempre podrá ser utilizada como precedente por los catalanes perseguidos por motivos políticos por la justicia española.

«TJCE, nº 73/2021: 29 de abril de 2021.
Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-665/20 PPU.
X (Mandat d'arrêt européen — Ne bis in idem).

Espacio de libertad, seguridad y justicia

El Tribunal de Justicia aclara el alcance del principio ne bis in idem, que se aplica a la ejecución de una orden de detención europea por hechos que ya han sido objeto de una condena previa en un tercer país.»

A pesar de que un tribunal belga había dictaminado en última instancia que un ministro catalán en el exilio perseguido políticamente por España no podía esperar un juicio justo en España, y esto era y es reconocidamente cierto para los tres eurodiputados catalanes a los que se les iba a levantar la inmunidad a petición de España, los eurodiputados, entre los que se encontraban eurodiputados alemanes ajenos a la historia que parecen no haber aprendido ninguna lección de la historia alemana, que incluye la contribución decisiva del Tercer Reich a la persecución de los catalanes en España, votaron el 9 de marzo de 2021, sin embargo, a favor del levantamiento de la inmunidad del presidente catalán en el exilio, Carles Puigdemont, y de sus dos consejeros, la doctora Clara Ponsatí y Toni Comín.

A petición de los tres catalanes, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea — probablemente por primera vez en un caso de este tipo — anuló esta decisión del Parlamento Europeo el 2 de junio de 2021 y restableció provisionalmente la inmunidad parlamentaria de los tres diputados catalanes. Se trata de un caso único en la jurisprudencia anterior del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. ¡Olet enim toto in orbe terrarum fumus huius persecutionis!

«TJCE nº 91/2021: 2 de junio de 2021.
Auto del Tribunal de Primera Instancia en el asunto T-272/21 R.
Puigdemont i Casamajó y otros contra el Parlamento.

El vicepresidente del Tribunal de la Unión Europea suspende provisionalmente el levantamiento de la inmunidad parlamentaria de MM. Carles Puigdemont i Casamajó et Antoni Comín i Oliveres ainsi que de Mme Clara Ponsatí i Obiols.»

[«El Vicepresidente del Tribunal General de la Unión Europea ha suspendido provisionalmente la suspensión de la inmunidad parlamentaria de D. Carles Puigdemont i Casamajó, D. Antoni Comín i Oliveres y Dña. Clara Ponsatí i Obiols»].

El TJCE emitió un comunicado de prensa en francés y castellano a tal efecto.

Puede resultar chocante que, especialmente en Alemania, la larga persecución y opresión del pueblo catalán, los crímenes de lesa humanidad cometidos por España bajo el franquismo contra el pueblo catalán en las tierras catalanas bajo dominio español (Baleares, Cataluña y el País Valencià), y las violaciones masivas por parte de España tanto de los derechos humanos colectivos del pueblo catalán como de los derechos humanos individuales de muchos catalanes desde 2017 sean en gran medida simplemente ignorados. ¿Qué derecho tiene Alemania a alzar su voz en defensa y preservación de los derechos humanos en otros Estados cuando ella misma, con un cínico doble rasero, se limita a ignorar las violaciones más masivas de los derechos humanos en Europa Occidental en décadas? La decisión (provisional) del TJCE de restablecer la inmunidad de los tres eurodiputados perseguidos por España por motivos políticos avergüenza a todos aquellos eurodiputados que se plegaron a la demanda de España, a costa de los principios democráticos esenciales y del Estado de Derecho, y votaron para levantar la inmunidad parlamentaria de sus tres colegas catalanes.

En Europa hay presos políticos, entre ellos un diputado electo al Parlamento Europeo que, a pesar de tener inmunidad, ha sido encarcelado por España, y más de tres mil ciudadanos de la Unión Europea que están siendo perseguidos y perjudicados por un Estado miembro de la Unión Europea por motivos políticos! Y Europa permanece en silencio y lo observa todo sin hacer nada. ¡Pobre Europa! Los que callan, están de acuerdo.

 

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