

Nuevo Leon Sin Pirotecnia
La causa
· Desalentar y prohibir el uso de pirotecnia por parte de ciudadanos en eventos públicos y privados, incluyendo los eventos municipales y estatales, ya sea a través de una veda u otro mecanismo.
· Prohibir o regular de manera rigurosa la venta de pirotecnia en Nuevo León, a nivel municipal y estatal.
Recordándole que la exposición a niveles elevados de gases, partículas y ruidos producidos por la pirotecnia afecta directamente la salud de las personas y el bienestar de los animales de Nuevo León debido al aumento consecuente de contaminación auditiva y atmosférica por material particulado fino y grueso, algunos metales pesados, y gases de efecto invernadero (GEI), dióxido de carbono y óxidos de nitrógeno. Produciendo además afectaciones en ciertos grupos de personas y en animales: estrés, angustia, falta de aire, aturdimiento, pérdida de control, miedo y en algunos casos la muerte, razón por la que miles de animales escapan de sus hogares durante los festejos.
La presente solicitud se formula con fundamento a las facultades y atribuciones con las que hoy cuenta el gobierno del Estado de Nuevo León y los gobiernos municipales del área conurbada de Monterrey, todo esto con fundamento en el artículo 1 fracciones I, III, V y VIII; artículo 2 fracción V; artículo 8 fracciones IV, VII, XVII, XXVI, XLVI y L; artículo 9 fracciones III, IV, XI, XXIV, XXX; artículo 12; artículo 16 fracciones I, IV. VII, XI; artículo 17 y demás disposiciones aplicables de la Ley Ambiental del Estado de Nuevo León (en lo sucesivo la “Ley Ambiental”). Al respecto la Ley Ambiental y la normatividad orgánica recién aprobada por el Congreso del Estado facultan a ambos niveles de gobierno a regular a través de lineamientos, normas, políticas, bandos de policía y buen gobierno y otros programas los criterios a los que deben sujetarse las actividades tanto de los particulares como de las entidades que conforman la administración pública del Estado tendientes a preservar, proteger y restaurar el medio ambiente, aplicando las medidas de contención y en su caso las sanciones administrativas pertinentes.

Petición Cerrada
La causa
· Desalentar y prohibir el uso de pirotecnia por parte de ciudadanos en eventos públicos y privados, incluyendo los eventos municipales y estatales, ya sea a través de una veda u otro mecanismo.
· Prohibir o regular de manera rigurosa la venta de pirotecnia en Nuevo León, a nivel municipal y estatal.
Recordándole que la exposición a niveles elevados de gases, partículas y ruidos producidos por la pirotecnia afecta directamente la salud de las personas y el bienestar de los animales de Nuevo León debido al aumento consecuente de contaminación auditiva y atmosférica por material particulado fino y grueso, algunos metales pesados, y gases de efecto invernadero (GEI), dióxido de carbono y óxidos de nitrógeno. Produciendo además afectaciones en ciertos grupos de personas y en animales: estrés, angustia, falta de aire, aturdimiento, pérdida de control, miedo y en algunos casos la muerte, razón por la que miles de animales escapan de sus hogares durante los festejos.
La presente solicitud se formula con fundamento a las facultades y atribuciones con las que hoy cuenta el gobierno del Estado de Nuevo León y los gobiernos municipales del área conurbada de Monterrey, todo esto con fundamento en el artículo 1 fracciones I, III, V y VIII; artículo 2 fracción V; artículo 8 fracciones IV, VII, XVII, XXVI, XLVI y L; artículo 9 fracciones III, IV, XI, XXIV, XXX; artículo 12; artículo 16 fracciones I, IV. VII, XI; artículo 17 y demás disposiciones aplicables de la Ley Ambiental del Estado de Nuevo León (en lo sucesivo la “Ley Ambiental”). Al respecto la Ley Ambiental y la normatividad orgánica recién aprobada por el Congreso del Estado facultan a ambos niveles de gobierno a regular a través de lineamientos, normas, políticas, bandos de policía y buen gobierno y otros programas los criterios a los que deben sujetarse las actividades tanto de los particulares como de las entidades que conforman la administración pública del Estado tendientes a preservar, proteger y restaurar el medio ambiente, aplicando las medidas de contención y en su caso las sanciones administrativas pertinentes.

Los tomadores de decisiones


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Petición creada en 20 de noviembre de 2021