¡Salvemos la laguna sagrada de Iguaque santuario y patrimonio de Colombia!

El problema

PARA DIRECCIÓN DE PARQUES NACIONALES NATURALES, ALCALDÍA VILLA DE LEYVA, ALCALDIA SAN PEDRO DE IGUAQUE (CHIQUIZA), ALCALDIA DE ARCABUCO, MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, MINISTERIO DE CULTURA, MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO, PROCURADURÍA AMBIENTAL Y AGRARIA, CONTRALORIA GENERAL DE LA NACION

SOBRE LA SITUACIÓN DEL SANTUARIO DE FAUNA Y FLORA IGUAQUE, POR LA DIGNIDAD DE LAS COMUNIDADES Y EL RESPETO A LA MEMORIA VIVA DE LOS TERRITORIOS ANCESTRALES, EMITIMOS:

COMUNICADO N° 001 DEL 02 DE JULIO DE 2022

A LA OPINIÓN PÚBLICA Y A LOS PUEBLOS DE BOYACÁ, COLOMBIA Y EL MUNDO

La Laguna de Iguaque se encuentra en el Santuario de Fauna y Flora Iguaque (SFFI), en el Departamento de Boyacá, Colombia. Comprende a los Municipios de Chíquiza, Sáchica, Villa de Leyva y Arcabuco. Es un lugar único, en cuanto a su representación cultural para las comunidades, quienes desde años atrás se han declarado protectoras de este territorio, también representa una riqueza ambiental inigualable. Es, además, parte central en la cosmovisión ancestral Muisca Chibcha, pues es en ese lugar sagrado donde la Madre Bachué emerge con su compañero niño, para ser los progenitores de la humanidad Muisca.

Surgen de ese lugar, partes de sus Leyes de Origen, su Derecho Mayor, y su Ley Natural, permitiendo a las comunidades ancestrales constituir un derecho propio, que a su vez es reconocido por la Constitución de 1.991, la ley y los acuerdos internacionales. Por todo ello y en razón de su gran valor ancestral, desde 1977 se le ha dado el merecimiento de ser Santuario de Fauna y Flora, mediante el Acuerdo No 33 del 2 de mayo de dicho año; hecho reafirmado por la resolución 173 del 6 de junio del mismo año. Este territorio es ancestralmente Sagrado, y está “Prohibido” como lo dice la Ley Muisca; Esto significa que es necesario “dejarlo quieto”, y no atentar contra su carácter cosmogónico que le otorga valores espirituales propios y manifestaciones específicas para visitarlo, como la “Ceremonia Correr la Tierra”, el “Llanto Muisca” o expresiones respetuosas de contemplación, en reconocimiento de sus lugares sagrados: la laguna, sus piedras ceremoniales y su entorno.

La montaña es en sí misma Templo Vivo de la Creación y Santuario para nuestras comunidades, sin embargo, nuestro territorio sagrado ha sido profanado y se encuentra en peligro de sufrir daños mayores, por ese motivo:

MANIFESTAMOS Y DENUNCIAMOS QUE:

1. En el año 2020 la Montaña fue cerrada en el marco de la Pandemia, hecho que inicialmente fue tomado por la comunidad como benéfico por garantizar que el territorio no fuera visitado, para permitir que se recuperen los ecosistemas por los daños causados anteriormente.

2. Aprovechando el cierre, se hizo una intervención en la ruta ya existente, además se incluyó un nuevo trazado y camino, poniendo una plataforma de observación en la ronda protectora de la laguna y sobre sus piedras ceremoniales. Esto afectó sus valores como patrimonio cultural, ancestral y natural. Frente a esto, la legislación es clara al demandar la protección de las rondas de las vertientes, afluentes y ríos, los cuales deben tener una distancia específica.

3. Pese a que se dieron varias socializaciones, dichas comunicaciones no fueron pertinentes, la amplitud de la convocatoria no abarcó a las comunidades afectadas e interesadas, tampoco reconoció los actores reales del territorio. Estas acciones, consultorías, contrataciones, Plan de Ordenamiento Ecoturístico y Plan de Manejo del SFF Iguaque, se hicieron a espaldas de las comunidades directamente implicadas y afectadas.

4. No se garantizó la participación de las comunidades y autoridades indígenas de la etnia muisca chibcha del altiplano cundiboyacense (CIMCCB), lo que origina una vulneración a la ley y a procedimientos como la consulta previa libre e informada, amparados por la Constitución, la ley y sendos estudios jurisprudenciales. Entre otras normas, la Sentencias T- 792 de 2012 sobre reconocimiento propio; C - 891 de 2002 de la Corte Constitucional, las normas de derecho de fuero indígena, el Decreto 0256 de 2017 o Comité Departamental de Etnias de la Gobernación de Boyacá, mesa de concertación étnica y de política social; afectando aspectos tan esenciales como los territorios naturales, las culturas y los valores ancestrales.

5. Las asistencias y socializaciones que se presentan no corresponden con los liderazgos de las comunidades que han protegido el territorio, por lo tanto, no hubo presencia ni el consentimiento de las mismas, para su intervención. Esto significa que el derecho de las comunidades a recibir información oportuna, pertinente, veraz y adecuada, en la toma de las decisiones que las afectan, ha sido vulnerado como se lee en el capítulo de Viabilidad Social del Plan de Manejo (SFFI) y documentos de soporte del Plan de Acción; por este motivo NO EXISTE LICENCIA SOCIAL.

En consecuencia, de todo lo anterior:

EXIGIMOS QUE:

1. Sea retirada inmediatamente la plataforma y cualquier obra o infraestructura que se encuentre sobre nuestras piedras ceremoniales y sobre la ronda protectora de la laguna.

2. Se detenga inmediatamente cualquier iniciativa o acción que cause afectaciones, ponga en riesgo o amenace el patrimonio natural, cultural y ancestral, como la obra en concreto en la zona de amortiguación (recepción del SFFI)

3. No se cambie la vocación de nuestro Santuario porque es un lugar ancestral y un territorio sagrado y por lo tanto, corresponde protegerlo y no explotarlo.

4. Se reconozcan las voces de las comunidades en el territorio, de tal modo que puedan incidir y hacer parte de la toma de decisiones, y en la formulación del Plan de Manejo del Santuario de Fauna y Flora Iguaque.

5. Se garantice a la comunidad su derecho a la participación, el derecho a la información amplia y el derecho de acceso a la información oportuna, pertinente y veraz en el territorio.

6. Se reconozca al Santuario de Fauna y Flora Iguaque como un territorio con identidad ancestral, cosmogónica, cultural, ambiental e hídrica, así como un Sujeto de Derecho Natural.

Por todos los motivos anteriores, continuaremos como comunidades organizadas, realizando acciones para salvaguardar y proteger nuestro patrimonio natural y cultural, en especial la “Montaña Sagrada de Iguaque” que nos garantiza el agua, fundamento de la vida.

Invitamos a todos y a todas, a la juntanza por la defensa y la gobernanza del agua, los derechos ancestrales étnicos y de la naturaleza, pensando en un desarrollo humano, económico, social, sostenible y sustentable.

FIRMAMOS:

COMITÉ POR LA DEFENSA DEL SANTUARIO DE FAUNA Y FLORA IGUAQUE

Y MIEMBROS DE:

·       COMUNIDADES DE ARCABUCO, CHÍQUIZA, SÁCHICA, GACHANTIVÁ, SUTAMARCHÁN, TINJACÁ, TUNJA, RÁQUIRA Y VILLA DE LEYVA

·       COMUNIDADES INDÍGENAS DEL PUEBLO NACIÓN MUISCA CHIBCHA CONSEJO INDÍGENA C.I.M.C.C.B. /REGIONAL BOYACÁ

·       MOVIMIENTO POR LA PROTECCIÓN DEL TERRITORIO. SOCIEDAD CIVIL ORGANIZADA.

·       RED DE PUEBLOS HERMANOS COLECTIVO ALTO RICAURTE E IGUAQUE. VEEDURÍA CIUDADANA ALTO RICAURTE A LA GESTIÓN PÚBLICA.

·       VEEDURÍA CIUDADANA PARA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y EL PATRIMONIO CULTURAL DEL ALTO RICAURTE E IGUAQUE.

·       VEEDORES VILLA DE LEYVA COLECTIVOS CIVILES, AMBIENTALES Y CULTURALES DE BOYACÁ.

·       CASA MUSEO LUIS ALBERTO ACUÑA.

·       CENTRO DE ESTUDIOS HISTÓRICOS DE VILLA DE LEYVA

·       COLECTIVO MINGA ZAQUENZIPA.

·       CORPORACIÓN CULTURAL FIHIZCA.

·       EMPRESA AGUA CON EL PODER DE LA PALABRA S.A.S.

·       JACAMAKY RESERVA NATURAL DE LA SOCIEDAD CIVIL. ASOCIACION DE ACUEDUCTOS VEREDALES

 

COMUNICACIONES

Xieguazinsa Ingativa Neusa Gobernador Indígena Cabildo Mayor Muisca Chibcha Boyacá Coordinador C.I.M.C.C.B./Regional Boyacá VOCERO OFICIAL E- mail: cabildomayormuiscachibcha@gmail.com Cel:310 6809087 Tel: 608 7401436

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El problema

PARA DIRECCIÓN DE PARQUES NACIONALES NATURALES, ALCALDÍA VILLA DE LEYVA, ALCALDIA SAN PEDRO DE IGUAQUE (CHIQUIZA), ALCALDIA DE ARCABUCO, MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, MINISTERIO DE CULTURA, MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO, PROCURADURÍA AMBIENTAL Y AGRARIA, CONTRALORIA GENERAL DE LA NACION

SOBRE LA SITUACIÓN DEL SANTUARIO DE FAUNA Y FLORA IGUAQUE, POR LA DIGNIDAD DE LAS COMUNIDADES Y EL RESPETO A LA MEMORIA VIVA DE LOS TERRITORIOS ANCESTRALES, EMITIMOS:

COMUNICADO N° 001 DEL 02 DE JULIO DE 2022

A LA OPINIÓN PÚBLICA Y A LOS PUEBLOS DE BOYACÁ, COLOMBIA Y EL MUNDO

La Laguna de Iguaque se encuentra en el Santuario de Fauna y Flora Iguaque (SFFI), en el Departamento de Boyacá, Colombia. Comprende a los Municipios de Chíquiza, Sáchica, Villa de Leyva y Arcabuco. Es un lugar único, en cuanto a su representación cultural para las comunidades, quienes desde años atrás se han declarado protectoras de este territorio, también representa una riqueza ambiental inigualable. Es, además, parte central en la cosmovisión ancestral Muisca Chibcha, pues es en ese lugar sagrado donde la Madre Bachué emerge con su compañero niño, para ser los progenitores de la humanidad Muisca.

Surgen de ese lugar, partes de sus Leyes de Origen, su Derecho Mayor, y su Ley Natural, permitiendo a las comunidades ancestrales constituir un derecho propio, que a su vez es reconocido por la Constitución de 1.991, la ley y los acuerdos internacionales. Por todo ello y en razón de su gran valor ancestral, desde 1977 se le ha dado el merecimiento de ser Santuario de Fauna y Flora, mediante el Acuerdo No 33 del 2 de mayo de dicho año; hecho reafirmado por la resolución 173 del 6 de junio del mismo año. Este territorio es ancestralmente Sagrado, y está “Prohibido” como lo dice la Ley Muisca; Esto significa que es necesario “dejarlo quieto”, y no atentar contra su carácter cosmogónico que le otorga valores espirituales propios y manifestaciones específicas para visitarlo, como la “Ceremonia Correr la Tierra”, el “Llanto Muisca” o expresiones respetuosas de contemplación, en reconocimiento de sus lugares sagrados: la laguna, sus piedras ceremoniales y su entorno.

La montaña es en sí misma Templo Vivo de la Creación y Santuario para nuestras comunidades, sin embargo, nuestro territorio sagrado ha sido profanado y se encuentra en peligro de sufrir daños mayores, por ese motivo:

MANIFESTAMOS Y DENUNCIAMOS QUE:

1. En el año 2020 la Montaña fue cerrada en el marco de la Pandemia, hecho que inicialmente fue tomado por la comunidad como benéfico por garantizar que el territorio no fuera visitado, para permitir que se recuperen los ecosistemas por los daños causados anteriormente.

2. Aprovechando el cierre, se hizo una intervención en la ruta ya existente, además se incluyó un nuevo trazado y camino, poniendo una plataforma de observación en la ronda protectora de la laguna y sobre sus piedras ceremoniales. Esto afectó sus valores como patrimonio cultural, ancestral y natural. Frente a esto, la legislación es clara al demandar la protección de las rondas de las vertientes, afluentes y ríos, los cuales deben tener una distancia específica.

3. Pese a que se dieron varias socializaciones, dichas comunicaciones no fueron pertinentes, la amplitud de la convocatoria no abarcó a las comunidades afectadas e interesadas, tampoco reconoció los actores reales del territorio. Estas acciones, consultorías, contrataciones, Plan de Ordenamiento Ecoturístico y Plan de Manejo del SFF Iguaque, se hicieron a espaldas de las comunidades directamente implicadas y afectadas.

4. No se garantizó la participación de las comunidades y autoridades indígenas de la etnia muisca chibcha del altiplano cundiboyacense (CIMCCB), lo que origina una vulneración a la ley y a procedimientos como la consulta previa libre e informada, amparados por la Constitución, la ley y sendos estudios jurisprudenciales. Entre otras normas, la Sentencias T- 792 de 2012 sobre reconocimiento propio; C - 891 de 2002 de la Corte Constitucional, las normas de derecho de fuero indígena, el Decreto 0256 de 2017 o Comité Departamental de Etnias de la Gobernación de Boyacá, mesa de concertación étnica y de política social; afectando aspectos tan esenciales como los territorios naturales, las culturas y los valores ancestrales.

5. Las asistencias y socializaciones que se presentan no corresponden con los liderazgos de las comunidades que han protegido el territorio, por lo tanto, no hubo presencia ni el consentimiento de las mismas, para su intervención. Esto significa que el derecho de las comunidades a recibir información oportuna, pertinente, veraz y adecuada, en la toma de las decisiones que las afectan, ha sido vulnerado como se lee en el capítulo de Viabilidad Social del Plan de Manejo (SFFI) y documentos de soporte del Plan de Acción; por este motivo NO EXISTE LICENCIA SOCIAL.

En consecuencia, de todo lo anterior:

EXIGIMOS QUE:

1. Sea retirada inmediatamente la plataforma y cualquier obra o infraestructura que se encuentre sobre nuestras piedras ceremoniales y sobre la ronda protectora de la laguna.

2. Se detenga inmediatamente cualquier iniciativa o acción que cause afectaciones, ponga en riesgo o amenace el patrimonio natural, cultural y ancestral, como la obra en concreto en la zona de amortiguación (recepción del SFFI)

3. No se cambie la vocación de nuestro Santuario porque es un lugar ancestral y un territorio sagrado y por lo tanto, corresponde protegerlo y no explotarlo.

4. Se reconozcan las voces de las comunidades en el territorio, de tal modo que puedan incidir y hacer parte de la toma de decisiones, y en la formulación del Plan de Manejo del Santuario de Fauna y Flora Iguaque.

5. Se garantice a la comunidad su derecho a la participación, el derecho a la información amplia y el derecho de acceso a la información oportuna, pertinente y veraz en el territorio.

6. Se reconozca al Santuario de Fauna y Flora Iguaque como un territorio con identidad ancestral, cosmogónica, cultural, ambiental e hídrica, así como un Sujeto de Derecho Natural.

Por todos los motivos anteriores, continuaremos como comunidades organizadas, realizando acciones para salvaguardar y proteger nuestro patrimonio natural y cultural, en especial la “Montaña Sagrada de Iguaque” que nos garantiza el agua, fundamento de la vida.

Invitamos a todos y a todas, a la juntanza por la defensa y la gobernanza del agua, los derechos ancestrales étnicos y de la naturaleza, pensando en un desarrollo humano, económico, social, sostenible y sustentable.

FIRMAMOS:

COMITÉ POR LA DEFENSA DEL SANTUARIO DE FAUNA Y FLORA IGUAQUE

Y MIEMBROS DE:

·       COMUNIDADES DE ARCABUCO, CHÍQUIZA, SÁCHICA, GACHANTIVÁ, SUTAMARCHÁN, TINJACÁ, TUNJA, RÁQUIRA Y VILLA DE LEYVA

·       COMUNIDADES INDÍGENAS DEL PUEBLO NACIÓN MUISCA CHIBCHA CONSEJO INDÍGENA C.I.M.C.C.B. /REGIONAL BOYACÁ

·       MOVIMIENTO POR LA PROTECCIÓN DEL TERRITORIO. SOCIEDAD CIVIL ORGANIZADA.

·       RED DE PUEBLOS HERMANOS COLECTIVO ALTO RICAURTE E IGUAQUE. VEEDURÍA CIUDADANA ALTO RICAURTE A LA GESTIÓN PÚBLICA.

·       VEEDURÍA CIUDADANA PARA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y EL PATRIMONIO CULTURAL DEL ALTO RICAURTE E IGUAQUE.

·       VEEDORES VILLA DE LEYVA COLECTIVOS CIVILES, AMBIENTALES Y CULTURALES DE BOYACÁ.

·       CASA MUSEO LUIS ALBERTO ACUÑA.

·       CENTRO DE ESTUDIOS HISTÓRICOS DE VILLA DE LEYVA

·       COLECTIVO MINGA ZAQUENZIPA.

·       CORPORACIÓN CULTURAL FIHIZCA.

·       EMPRESA AGUA CON EL PODER DE LA PALABRA S.A.S.

·       JACAMAKY RESERVA NATURAL DE LA SOCIEDAD CIVIL. ASOCIACION DE ACUEDUCTOS VEREDALES

 

COMUNICACIONES

Xieguazinsa Ingativa Neusa Gobernador Indígena Cabildo Mayor Muisca Chibcha Boyacá Coordinador C.I.M.C.C.B./Regional Boyacá VOCERO OFICIAL E- mail: cabildomayormuiscachibcha@gmail.com Cel:310 6809087 Tel: 608 7401436

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