RECHAZAMOS RESOLUCIÓN 4896/24 DE DGE: EQUIPOS DAE ALZAN VOZ POR NIÑOS Y NIÑAS DE ESCUELAS

La causa

Informarle sobre la situación de la actual D.A.E. (Dirección de Acompañamiento Escolar) perteneciente a la Dirección General de Escuelas de Mendoza.

Los profesionales de D.A.E., ex D.O.A.I.T.E., rechazamos y solicitamos la anulación de la Resolución N°4896/24 de la Dirección General de Escuelas.  

Dicha resolución ignora los principios fundamentales de las leyes que cita, interpretándose las mismas de manera sesgada, y omite leyes y normativas esenciales, como son: la Resolución del Consejo Federal de Educación 239/14; leyes de ejercicio de profesionales:  Ley Provincial 5045 Ejercicio profesional de la psicología, y sus Ámbitos de aplicación; Ley Federal de Trabajo Social 27072/14, Ley Provincial de ejercicio profesional de Trabajo Social 7932/08 y código de ética profesional de Trabajo Social, Leyes del Ejercicio Profesional de Psicopedagogía Ley Nacional 5611/90, Ley de ejercicio profesional de Fonoaudiología ley 27568 y Ley Provincial 5044/86, Ley provincial 8.357 de Ejercicio profesional de Lic. en Niñez, Adolescencia y Familia; Acta Paritaria 7/11/2023, Anexo 1 Acta Conisma 2015 12/14, etc. Esta omisión, junto con la interpretación tendenciosa, convierte a la resolución en un instrumento ilegítimo, improcedente, arbitrario y de imposible cumplimiento. 

La reestructuración propuesta es inviable en la práctica, ya que exige a los profesionales de DAE una cantidad de funciones imposible de cumplir, con la modalidad de trabajo que pretende imponer la misma resolución. Resulta una contradicción la asignación arbitraria de horas por escuelas a cada profesional para hacer efectivo un trabajo necesariamente institucional e  interdisciplinar. Más aún considerando las horas disponibles y la cantidad de escuelas asignadas por sección. Esta sobrecarga y despropósito laboral pone en riesgo la calidad de la atención y vulnera la autonomía profesional de las y los trabajadores de salud mental y educación (docentes, directivos, supervisores y asesores Psicopedagógicos) obligándolos a asumir responsabilidades que exceden su ámbito de competencia y que pueden comprometer su responsabilidad legal. Esta imposición arbitraria, carente de fundamentos técnicos, prácticos y profesionales, pone en riesgo la calidad de la atención a niñas, niños y adolescentes. El gobierno escolar habla de eficiencia, pero incurre en faltas graves que no solo serán ineficaces, sinó que generarán una ilusoria e ineficiente respuesta simplista, a problemáticas complejas que acontecen en el día a día de las escuelas.

El trabajo interdisciplinario, principio rector de la Ley de Salud Mental establece una modalidad de trabajo que requiere construir una visión integral de cada situación a partir de las diferentes perspectivas profesionales. No es posible la atención por parte de una sola disciplina frente a la complejidad de las problemáticas propias del ámbito escolar, que demandan la intervención de DAE  como instancia necesaria para la intersectorialidad, esto es articulación con el sistema de protección de derechos y de salud. La Ley 26657 plantea que la preservación y mejoramiento de la salud mental implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona (Art. 3).  

El Estado, como lo reconocen las leyes citadas, tiene la obligación de brindar a los profesionales un marco de actuación que les permita continuar desarrollando su trabajo interdisciplinario con instituciones que sostengan las intervenciones y habiliten las prácticas desde el paradigma de la salud mental, independientemente del campo de intervención, en este caso el campo educativo. La resolución agrega tareas administrativas que obstaculizan la tarea primordial pedagógica de los equipos directivos y docentes y la posibilidad de trabajo interdisciplinario entre educación y salud mental . 

La gestión actual de la D.A.E., marcada por un enfoque autoritario y profunda falta de conocimiento y experiencia en el área, ha obstaculizado significativamente el desarrollo profesional de los trabajadores. A pesar de los múltiples intentos de los profesionales por establecer un diálogo constructivo, la dirección no ha mantenido reuniones presenciales y ha sido inflexible imponiendo decisiones sin considerar las realidades, necesidades o fundamentos específicos de las secciones, generando desconfianza y afectando negativamente el ambiente laboral incluso al interior de los equipos.   

Se habría realizado un diagnóstico del trabajo de los equipos seccionales con llamadas telefónicas a las escuelas, el cual, según lo transmitido por el equipo central de DAE habría dado resultados positivos desde las instituciones escolares. Por lo que ni siquiera este relevamiento daría fundamentos para modificar los modos de trabajo  de los equipos que son parte de una construcción histórica, colectiva y acorde a los lineamientos del CFE y marcos normativos profesionales vigentes. 

El concepto de trayectorias escolares permite analizar procesos complejos al articular distintas dimensiones: lo institucional, las condiciones socioeconómicas, los procesos de escolarización, el contexto familiar ,  las particularidades de las zonas donde se desarrollan, entre otros. Por esta razón, el abordaje debe centrarse en lo institucional, interdisciplinar y en la transversalidad. Como lo establece la Resolución CFE Nº 239/14, Anexo II, 'Pautas Federales para el Acompañamiento y la Intervención de los Equipos de Apoyo y Orientación Escolar que Trabajan en el Ámbito Educativo', los equipos deben adoptar una perspectiva institucional para fortalecer las trayectorias educativas, enfocándose en el fortalecimiento y el trabajo colaborativo con los roles de supervisión, asesoría psicopedagógica, dirección y docencia. De esta manera, se desplaza la mirada sesgada individualizada hacia un análisis más amplio de las condiciones organizacionales, las relaciones pedagógicas y las prácticas institucionales que influyen y posibilitan los aprendizajes.  

La D.A.E., de acuerdo con las normativas vigentes, tiene como objetivo principal la prevención y promoción de la salud mental en el ámbito educativo. Sin embargo, la Resolución 4896/24 confunde los conceptos de atención temprana y prevención, imponiendo un modelo clínico obsoleto e inviable en el contexto educativo. Esta resolución promueve una visión patologizante de la infancia, lo cual contraviene los derechos de niñas, niños y adolescentes. 

La modalidad de trabajo (itinerancias y estrategias de intervención) son el resultado de un trabajo de campo exhaustivo y se basan en la experiencia y acuerdos, lo que las convierte en herramientas efectivas y adaptadas a las necesidades reales conforme a los recursos disponibles considerando factores como los recursos humanos disponibles, la cantidad de instituciones educativas y las distancias geográficas.  Cabe destacar que cada sección, cada equipo tiene una realidad diferente y que el trabajo se logra en virtud de que ponemos nuestros recursos para todo, la mayoría de los efectores pone su propia movilidad para acceder a las escuelas , asimismo con  internet, fundamental para cargar el GEM, ya que los servicios de internet de las escuelas suele no funcionar , y en la mayoría de las mismas pagan servicios extra de sus bolsillos.

Teniendo en cuenta que los equipos se conforman por un mínimo de 3 personas y máximo de 8 y que cada sección incluye entre 10 y 20 escuelas (a veces bastante alejadas unas de otras), la itinerancia se organiza al interior de los equipos en relación a la cantidad y tipo de demandas. Los equipos DAE desarrollamos itinerancias flexibles y adaptadas a las necesidades específicas de cada escuela, consensuadas con el equipo directivo y docentes, lo que nos permite responder de manera oportuna y eficaz a las demandas emergentes lo que no solo es esencial para mantener la eficacia operativa, sino también para asegurar un ambiente laboral justo y equilibrado. 

Con el registro de nuestras intervenciones en GEM damos cuenta de nuestro trabajo, asistencia y protegemos los datos y privacidad de los niños, niñas y familias abordadas. 

Actualmente, gracias a una construcción histórica, conjunta y profesional contamos con acuerdos y redes de trabajo que articulan a los equipos con diversos actores del sistema de protección integral de derechos, como ser centros infanto juveniles, hospitales (departamentales y Notti), servicios de salud mental y discapacidad, escuelas especiales, municipios, equipos técnicos interdisciplinarios (ETI), centros de apoyo escolar (CAE), referentes barriales y comunitarios, profesionales particulares, supervisión y asesoría, y otros. 

La propuesta de trabajo rígido que plantea la resolución, no solo desconsidera la complejidad de las problemáticas que enfrentamos, sino que también traslada a cada profesional de DAE  en forma individual, la responsabilidad de suplir las carencias del sistema público de salud, especialmente en el primer nivel de atención.  

Es fundamental que los equipos de salud pública mental de la provincia asuman su rol en la atención integral de los niños, niñas y adolescentes, brindando los tratamientos y seguimientos adecuados. Actualmente los profesionales de DAE detectamos muchas dificultades pero no hay efectores donde derivar a los niños para realizar diagnósticos y tratamientos. El diagnóstico individual de los alumnos/as es función de los equipos de orientación en casos muy específicos y desde una perspectiva distinta de la clínica tradicional ya que se hacen diagnósticos que implican los elementos institucionales y contextuales en juego apuntando a promover salud mental y no a patologizar la infancia.

 La posvención y el tratamiento son competencias exclusivas de los servicios de salud mental de la provincia, y los equipos DAE debemos enfocarnos en la prevención, la promoción de la salud mental y la articulación con otros actores del sistema para garantizar una respuesta integral a las demandas de las comunidades educativas. 

Dada la gravedad de las consecuencias negativas que la implementación de esta resolución acarrea para el sistema de protección integral, resulta imperativo y urgente proceder a su derogación inmediata. Los motivos expuestos a lo largo de este documento evidencian de manera irrefutable cómo esta medida socava los avances logrados y perjudica gravemente a niños, niñas y adolescentes. 

Es fundamental que todos los actores involucrados en la protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes se unan en este llamado a la derogación de esta resolución, priorizando siempre el bienestar y derechos de los sujetos. Ya que la presente resolución vulnera derechos de niños y niñas y sus familias, de las instituciones educativas y de los trabajadores de la DAE pretendiendo cuantificar en horas y profesionales el trabajo cualitativo de los equipos de salud mental en educación. Esto evidencia desconocimiento de lo público, es de imposible cumplimiento, y pone en la responsabilidad de los trabajadores y a costa de su propia salud mental, los baches de la política pública en salud y en educación.  

Esto dejaras las escuelas sin intervenciones de calidad y a los niños sin equipos de profesionales que evalúen y acompañen las trayectorias escolares. Los equipos Directivos no tendrán equipos de profesionales que puedan responder adecuadamente a las demandas que surgen cotidianamente en materia de salud mental en general  y evaluación de situaciones conflictivas de los aprendizajes, el desarrollo del lenguaje y el trabajo conjunto entre los profesionales de la educación y los profesionales de la salud como equipo. Solo les han prometido UN PROFESIONAL POR ESCUELA que jamás podrá responder adecuadamente.

Es momento de ACTUAR HOY, Y PEDIR QUE LAS ESCUELAS TENGAN MAS EQUIPOS DE SALUD CON MENOS ESCUELAS A CARGO, PARA GARANTIZAR ADECUADA CALIDAD DE ATENCION DE LAS PROBLEMÁTICAS COMPLEJAS DE SALUD MENTAL Y LAS SITUACIONES EDUCATIVAS QUE ATRAVIESAN NIÑAS Y NIÑOS EN LAS ESCUELAS DE MENDOZA. ES IMPORTANTE QUE LOS PROFESIONALES PUEDAN CUIDAR EL LUGAR DE ATENCION FUERA DE LAS ESCUELAS PARA EVITAR ESTIGMATIZACIÓN Y SE RESPETE UN ENCUADRE DE PRESERVACION DE LA INTIMIDAD Y LOS DERECHOS DE LAS INFANCIAS AL LA CONFIDENCIALIDAD. LOS NIÑOS PUEDEN SER ACOMPAÑADOS EN LAS ESCUELAS PARA PREVENIR Y PROMOVER LA SALUD MENTAL, Y DEBEN TENER POSIBILIDAD DE ATENCION FUERA DE LAS ESCUELAS.

NO DEJEMOS SOLAS AL LAS ESCUELAS Y NO LES MINTAMOS, CUIDEMOS A LAS INFANCIAS 

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La causa

Informarle sobre la situación de la actual D.A.E. (Dirección de Acompañamiento Escolar) perteneciente a la Dirección General de Escuelas de Mendoza.

Los profesionales de D.A.E., ex D.O.A.I.T.E., rechazamos y solicitamos la anulación de la Resolución N°4896/24 de la Dirección General de Escuelas.  

Dicha resolución ignora los principios fundamentales de las leyes que cita, interpretándose las mismas de manera sesgada, y omite leyes y normativas esenciales, como son: la Resolución del Consejo Federal de Educación 239/14; leyes de ejercicio de profesionales:  Ley Provincial 5045 Ejercicio profesional de la psicología, y sus Ámbitos de aplicación; Ley Federal de Trabajo Social 27072/14, Ley Provincial de ejercicio profesional de Trabajo Social 7932/08 y código de ética profesional de Trabajo Social, Leyes del Ejercicio Profesional de Psicopedagogía Ley Nacional 5611/90, Ley de ejercicio profesional de Fonoaudiología ley 27568 y Ley Provincial 5044/86, Ley provincial 8.357 de Ejercicio profesional de Lic. en Niñez, Adolescencia y Familia; Acta Paritaria 7/11/2023, Anexo 1 Acta Conisma 2015 12/14, etc. Esta omisión, junto con la interpretación tendenciosa, convierte a la resolución en un instrumento ilegítimo, improcedente, arbitrario y de imposible cumplimiento. 

La reestructuración propuesta es inviable en la práctica, ya que exige a los profesionales de DAE una cantidad de funciones imposible de cumplir, con la modalidad de trabajo que pretende imponer la misma resolución. Resulta una contradicción la asignación arbitraria de horas por escuelas a cada profesional para hacer efectivo un trabajo necesariamente institucional e  interdisciplinar. Más aún considerando las horas disponibles y la cantidad de escuelas asignadas por sección. Esta sobrecarga y despropósito laboral pone en riesgo la calidad de la atención y vulnera la autonomía profesional de las y los trabajadores de salud mental y educación (docentes, directivos, supervisores y asesores Psicopedagógicos) obligándolos a asumir responsabilidades que exceden su ámbito de competencia y que pueden comprometer su responsabilidad legal. Esta imposición arbitraria, carente de fundamentos técnicos, prácticos y profesionales, pone en riesgo la calidad de la atención a niñas, niños y adolescentes. El gobierno escolar habla de eficiencia, pero incurre en faltas graves que no solo serán ineficaces, sinó que generarán una ilusoria e ineficiente respuesta simplista, a problemáticas complejas que acontecen en el día a día de las escuelas.

El trabajo interdisciplinario, principio rector de la Ley de Salud Mental establece una modalidad de trabajo que requiere construir una visión integral de cada situación a partir de las diferentes perspectivas profesionales. No es posible la atención por parte de una sola disciplina frente a la complejidad de las problemáticas propias del ámbito escolar, que demandan la intervención de DAE  como instancia necesaria para la intersectorialidad, esto es articulación con el sistema de protección de derechos y de salud. La Ley 26657 plantea que la preservación y mejoramiento de la salud mental implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona (Art. 3).  

El Estado, como lo reconocen las leyes citadas, tiene la obligación de brindar a los profesionales un marco de actuación que les permita continuar desarrollando su trabajo interdisciplinario con instituciones que sostengan las intervenciones y habiliten las prácticas desde el paradigma de la salud mental, independientemente del campo de intervención, en este caso el campo educativo. La resolución agrega tareas administrativas que obstaculizan la tarea primordial pedagógica de los equipos directivos y docentes y la posibilidad de trabajo interdisciplinario entre educación y salud mental . 

La gestión actual de la D.A.E., marcada por un enfoque autoritario y profunda falta de conocimiento y experiencia en el área, ha obstaculizado significativamente el desarrollo profesional de los trabajadores. A pesar de los múltiples intentos de los profesionales por establecer un diálogo constructivo, la dirección no ha mantenido reuniones presenciales y ha sido inflexible imponiendo decisiones sin considerar las realidades, necesidades o fundamentos específicos de las secciones, generando desconfianza y afectando negativamente el ambiente laboral incluso al interior de los equipos.   

Se habría realizado un diagnóstico del trabajo de los equipos seccionales con llamadas telefónicas a las escuelas, el cual, según lo transmitido por el equipo central de DAE habría dado resultados positivos desde las instituciones escolares. Por lo que ni siquiera este relevamiento daría fundamentos para modificar los modos de trabajo  de los equipos que son parte de una construcción histórica, colectiva y acorde a los lineamientos del CFE y marcos normativos profesionales vigentes. 

El concepto de trayectorias escolares permite analizar procesos complejos al articular distintas dimensiones: lo institucional, las condiciones socioeconómicas, los procesos de escolarización, el contexto familiar ,  las particularidades de las zonas donde se desarrollan, entre otros. Por esta razón, el abordaje debe centrarse en lo institucional, interdisciplinar y en la transversalidad. Como lo establece la Resolución CFE Nº 239/14, Anexo II, 'Pautas Federales para el Acompañamiento y la Intervención de los Equipos de Apoyo y Orientación Escolar que Trabajan en el Ámbito Educativo', los equipos deben adoptar una perspectiva institucional para fortalecer las trayectorias educativas, enfocándose en el fortalecimiento y el trabajo colaborativo con los roles de supervisión, asesoría psicopedagógica, dirección y docencia. De esta manera, se desplaza la mirada sesgada individualizada hacia un análisis más amplio de las condiciones organizacionales, las relaciones pedagógicas y las prácticas institucionales que influyen y posibilitan los aprendizajes.  

La D.A.E., de acuerdo con las normativas vigentes, tiene como objetivo principal la prevención y promoción de la salud mental en el ámbito educativo. Sin embargo, la Resolución 4896/24 confunde los conceptos de atención temprana y prevención, imponiendo un modelo clínico obsoleto e inviable en el contexto educativo. Esta resolución promueve una visión patologizante de la infancia, lo cual contraviene los derechos de niñas, niños y adolescentes. 

La modalidad de trabajo (itinerancias y estrategias de intervención) son el resultado de un trabajo de campo exhaustivo y se basan en la experiencia y acuerdos, lo que las convierte en herramientas efectivas y adaptadas a las necesidades reales conforme a los recursos disponibles considerando factores como los recursos humanos disponibles, la cantidad de instituciones educativas y las distancias geográficas.  Cabe destacar que cada sección, cada equipo tiene una realidad diferente y que el trabajo se logra en virtud de que ponemos nuestros recursos para todo, la mayoría de los efectores pone su propia movilidad para acceder a las escuelas , asimismo con  internet, fundamental para cargar el GEM, ya que los servicios de internet de las escuelas suele no funcionar , y en la mayoría de las mismas pagan servicios extra de sus bolsillos.

Teniendo en cuenta que los equipos se conforman por un mínimo de 3 personas y máximo de 8 y que cada sección incluye entre 10 y 20 escuelas (a veces bastante alejadas unas de otras), la itinerancia se organiza al interior de los equipos en relación a la cantidad y tipo de demandas. Los equipos DAE desarrollamos itinerancias flexibles y adaptadas a las necesidades específicas de cada escuela, consensuadas con el equipo directivo y docentes, lo que nos permite responder de manera oportuna y eficaz a las demandas emergentes lo que no solo es esencial para mantener la eficacia operativa, sino también para asegurar un ambiente laboral justo y equilibrado. 

Con el registro de nuestras intervenciones en GEM damos cuenta de nuestro trabajo, asistencia y protegemos los datos y privacidad de los niños, niñas y familias abordadas. 

Actualmente, gracias a una construcción histórica, conjunta y profesional contamos con acuerdos y redes de trabajo que articulan a los equipos con diversos actores del sistema de protección integral de derechos, como ser centros infanto juveniles, hospitales (departamentales y Notti), servicios de salud mental y discapacidad, escuelas especiales, municipios, equipos técnicos interdisciplinarios (ETI), centros de apoyo escolar (CAE), referentes barriales y comunitarios, profesionales particulares, supervisión y asesoría, y otros. 

La propuesta de trabajo rígido que plantea la resolución, no solo desconsidera la complejidad de las problemáticas que enfrentamos, sino que también traslada a cada profesional de DAE  en forma individual, la responsabilidad de suplir las carencias del sistema público de salud, especialmente en el primer nivel de atención.  

Es fundamental que los equipos de salud pública mental de la provincia asuman su rol en la atención integral de los niños, niñas y adolescentes, brindando los tratamientos y seguimientos adecuados. Actualmente los profesionales de DAE detectamos muchas dificultades pero no hay efectores donde derivar a los niños para realizar diagnósticos y tratamientos. El diagnóstico individual de los alumnos/as es función de los equipos de orientación en casos muy específicos y desde una perspectiva distinta de la clínica tradicional ya que se hacen diagnósticos que implican los elementos institucionales y contextuales en juego apuntando a promover salud mental y no a patologizar la infancia.

 La posvención y el tratamiento son competencias exclusivas de los servicios de salud mental de la provincia, y los equipos DAE debemos enfocarnos en la prevención, la promoción de la salud mental y la articulación con otros actores del sistema para garantizar una respuesta integral a las demandas de las comunidades educativas. 

Dada la gravedad de las consecuencias negativas que la implementación de esta resolución acarrea para el sistema de protección integral, resulta imperativo y urgente proceder a su derogación inmediata. Los motivos expuestos a lo largo de este documento evidencian de manera irrefutable cómo esta medida socava los avances logrados y perjudica gravemente a niños, niñas y adolescentes. 

Es fundamental que todos los actores involucrados en la protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes se unan en este llamado a la derogación de esta resolución, priorizando siempre el bienestar y derechos de los sujetos. Ya que la presente resolución vulnera derechos de niños y niñas y sus familias, de las instituciones educativas y de los trabajadores de la DAE pretendiendo cuantificar en horas y profesionales el trabajo cualitativo de los equipos de salud mental en educación. Esto evidencia desconocimiento de lo público, es de imposible cumplimiento, y pone en la responsabilidad de los trabajadores y a costa de su propia salud mental, los baches de la política pública en salud y en educación.  

Esto dejaras las escuelas sin intervenciones de calidad y a los niños sin equipos de profesionales que evalúen y acompañen las trayectorias escolares. Los equipos Directivos no tendrán equipos de profesionales que puedan responder adecuadamente a las demandas que surgen cotidianamente en materia de salud mental en general  y evaluación de situaciones conflictivas de los aprendizajes, el desarrollo del lenguaje y el trabajo conjunto entre los profesionales de la educación y los profesionales de la salud como equipo. Solo les han prometido UN PROFESIONAL POR ESCUELA que jamás podrá responder adecuadamente.

Es momento de ACTUAR HOY, Y PEDIR QUE LAS ESCUELAS TENGAN MAS EQUIPOS DE SALUD CON MENOS ESCUELAS A CARGO, PARA GARANTIZAR ADECUADA CALIDAD DE ATENCION DE LAS PROBLEMÁTICAS COMPLEJAS DE SALUD MENTAL Y LAS SITUACIONES EDUCATIVAS QUE ATRAVIESAN NIÑAS Y NIÑOS EN LAS ESCUELAS DE MENDOZA. ES IMPORTANTE QUE LOS PROFESIONALES PUEDAN CUIDAR EL LUGAR DE ATENCION FUERA DE LAS ESCUELAS PARA EVITAR ESTIGMATIZACIÓN Y SE RESPETE UN ENCUADRE DE PRESERVACION DE LA INTIMIDAD Y LOS DERECHOS DE LAS INFANCIAS AL LA CONFIDENCIALIDAD. LOS NIÑOS PUEDEN SER ACOMPAÑADOS EN LAS ESCUELAS PARA PREVENIR Y PROMOVER LA SALUD MENTAL, Y DEBEN TENER POSIBILIDAD DE ATENCION FUERA DE LAS ESCUELAS.

NO DEJEMOS SOLAS AL LAS ESCUELAS Y NO LES MINTAMOS, CUIDEMOS A LAS INFANCIAS 

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