VETAR la Ley derivada del expediente N°21​.​478 "Pesca de Arrastre" en Costa Rica.

VETAR la Ley derivada del expediente N°21​.​478 "Pesca de Arrastre" en Costa Rica.

La causa

Solicitamos respetuosamente que se vete la Ley derivada del expediente N°21.478 “Aprovechamiento sostenible de la pesca de arrastre de camarón en Costa Rica”.

 Qué las redes de arrastre no son selectivas, ya que el principio de estos artes es remover los fondos marinos y atrapar todo lo que se cruce a su paso, independientemente de la talla, edad,  grupo taxonómico (peces, moluscos, crustáceos, equinodermos, etc.).

Que la pesca de arrastre rompe las redes tróficas de los mares, ya que mata indiscriminadamente organismos que se ubican en los niveles más bajos de las cadenas alimenticias y la captura incidental causada por la esta actividad, es una amenaza a la diversidad de especies en zonas tropicales, ya que ésta incluye la captura de especies de peces importantes para el consumo humano, siendo por tanto una amenaza a la seguridad alimentaria y a la sostenibilidad en la producción pesquera.

Que la pesca de arrastre no cumple con ninguno de los principios que inspiran a este proyecto de Ley que promueve esta práctica, como lo son el desarrollo sostenible, enfoque precautorio, preventivo y de sostenibilidad, ecosistémico, seguridad alimentaria, trazabilidad del criterio de sostenibilidad, entre otros.

 

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La causa

Solicitamos respetuosamente que se vete la Ley derivada del expediente N°21.478 “Aprovechamiento sostenible de la pesca de arrastre de camarón en Costa Rica”.

 Qué las redes de arrastre no son selectivas, ya que el principio de estos artes es remover los fondos marinos y atrapar todo lo que se cruce a su paso, independientemente de la talla, edad,  grupo taxonómico (peces, moluscos, crustáceos, equinodermos, etc.).

Que la pesca de arrastre rompe las redes tróficas de los mares, ya que mata indiscriminadamente organismos que se ubican en los niveles más bajos de las cadenas alimenticias y la captura incidental causada por la esta actividad, es una amenaza a la diversidad de especies en zonas tropicales, ya que ésta incluye la captura de especies de peces importantes para el consumo humano, siendo por tanto una amenaza a la seguridad alimentaria y a la sostenibilidad en la producción pesquera.

Que la pesca de arrastre no cumple con ninguno de los principios que inspiran a este proyecto de Ley que promueve esta práctica, como lo son el desarrollo sostenible, enfoque precautorio, preventivo y de sostenibilidad, ecosistémico, seguridad alimentaria, trazabilidad del criterio de sostenibilidad, entre otros.

 

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