Derechos Humanos/Justicia Penal

La causa

Santiago de Chile, 20 de Octubre de 2020

AL EXCMO. SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE CHILE,

DON SEBASTIÁN PIÑERA ECHEÑIQUE

De mi Consideración:

Me dirijo al Excmo. Señor Presidente de la República con la finalidad de exponer una situación que considero de la máxima importancia nacional; asunto que ha sido olvidado debido a la situación política, social y pandémica por la que atraviesa nuestro país.

Nuestra Carta Magna establece que….”Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”…, “La Constitución asegura a todas las personas: La igualdad ante la ley (…).

Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias”.

Han transcurrido más de 47 años desde el Pronunciamiento Militar del año 1973, 30 años de gobiernos en Democracia y continúa el maltrato político y Judicial contra los ex integrantes de las Fuerzas Armadas y de Orden que sirvieron profesionalmente en sus respectivas instituciones en el período del Gobierno Militar. Las pruebas abundan, pero citaré solo algunas:

·         En el año 2005 entró en vigencia en nuestro país un nuevo Sistema de Procedimiento Penal. Sistema que se inició por regiones en el año 2000. Así entre estos años (2000 – 2005), coexistieron dos sistemas de Procedimiento Penal. A partir del 2005 todos los ciudadanos chilenos debieron ser juzgados con el nuevo Sistema de Procedimiento Penal y dar por terminado el viejo sistema, por obsoleto, inquisitivo y discriminatorio…,no ocurrió así y al grupo de chilenos a los que me estoy refiriendo, se les continuó investigando, procesando y condenando con un sistema penal ya desechado. No es posible que después de 15 años se continúe con dos sistemas de procedimiento penal en nuestro país, procesando, acusando y condenando a ex uniformados, que sirvieron profesionalmente a su Patria, en una abierta discriminación arbitraria que la propia Constitución prohíbe y que contraviene explícitamente Convenios Internacionales sobre Derechos Humanos que Chile está obligado a respetar.

·          A los ex uniformados, a los que me refiero se les niegan los beneficios a los que tienen derecho; como las salidas dominicales, las de fin de semana y las libertades condicionales; llegándose al extremo de dictar leyes y reglamentos que impiden la concesión de esos beneficios haciendo una aplicación retroactiva de disposiciones legales y reglamentarias dictadas recientemente.

·         Debido a la Pandemia de coronavirus que asola nuestro país, se otorgó indultos a numerosos presos adultos mayores, que habían cometido delitos comunes, en una acción que se mencionó como “humanitaria”. Este acto “humanitario” excluyó a los ex uniformados que se encontraban en esa situación, siendo que en este grupo de privados de libertad se encontraban la mayor cantidad de viejos y enfermos. Han fallecido más de 80 ex uniformados estando privados de libertad y de ellos 24 en el actual gobierno.

No es posible, ni justo, ni razonable que las autoridades de los tres poderes del Estado, que siempre hablan y preconizan que estamos en una Democracia, en un estado de derecho con plena igualdad ante la ley hagan oídos sordos y no busquen solución a esta situación, en la que más que justicia se aplica claramente una venganza, que ya es insostenible y que incluso daña la imagen de nuestra Patria.

Se habla que al realizarse un Plebiscito Nacional para decidir la elaboración de una nueva Constitución en reemplazo de la de 1980, se estaría dando término a la transición entre el Gobierno Militar y la plena Democracia, cerrando o sanando las heridas del pasado, en búsqueda de una reconciliación nacional que marque una nueva etapa en el desarrollo e historia de nuestra Nación.

La transición no habrá finiquitado y las heridas del pasado no se habrán sanado, mientras la situación descrita subsista y mientras existan ex uniformados que continúen siendo procesados, con mas de 200 condenados privados de libertad, viejos y enfermos.

De acuerdo con lo expuesto considero que deben ejecutarse en el más breve plazo las siguientes acciones:

·         Aplicación de la ley de Amnistía de 1978, aún vigente. Ampliación de esta Ley para todos los hechos ocurridos hasta marzo de 1990, que involucren a ex uniformados. Se debe recordar que de acuerdo con esta Ley se amnistiaron centenares de contradictores del Gobierno Militar. Y los primeros gobiernos de la democracia indultaron a otros tantos, muchos de los que, una vez en libertad, cometieron delitos comunes, incluidos delitos de sangre, a diferencia de los mas de 70 ex uniformados que, cumplidas sus penas, muchas de ellas completas, nunca han vuelto a cometer siquiera infracciones menores.

·         La Corte Suprema, en un auto acordado, debiera fijar fecha de término, el 31 de diciembre de 2020, para todos los procesos pendientes contra ex uniformados. Los procesos que aún no estuvieran finiquitados para esa fecha pasarán a ser incoados en el nuevo Sistema de Procedimiento Penal. Así a partir de enero de 2021 existiría en Chile un solo Sistema de Procedimiento Penal, que es lo justo y razonable.

·         El Gobierno debiera dar curso favorable a todas las solicitudes de indulto que se encuentran en el Ministerio de Justicia.

·         Mientras se toman las medidas expuestas, debe otorgarse la Reclusión Domiciliaria Total a todos los ex uniformados que están privados de libertad.

·         Se debieran otorgar automáticamente, todas las libertades condicionales y permisos de salida intrapenitenciarios acorde al sistema que estaba vigente al momento de la comisión del delito por el que se ha condenado a los ex uniformados.

Se debe avanzar decididamente al término de la transición del Gobierno Militar a la Democracia y a la reconciliación nacional, cerrando de verdad las heridas del pasado.

                                   Saluda muy atentamente a US.

Nombre:

RUT Nro:

DISTRIBUCIÓN:

1. Ejemplar N° 1, Sr. Excmo. Sr. Presidente de la República

2. Ejemplar N° 2, Sr. Presidente de la Corte Suprema de Justicia

3. Ejemplar N° 3, Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos

4. Archivo personal (Archivo)

4. Ejs. 3 Hjas

Esta petición conseguió 489 firmas

La causa

Santiago de Chile, 20 de Octubre de 2020

AL EXCMO. SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE CHILE,

DON SEBASTIÁN PIÑERA ECHEÑIQUE

De mi Consideración:

Me dirijo al Excmo. Señor Presidente de la República con la finalidad de exponer una situación que considero de la máxima importancia nacional; asunto que ha sido olvidado debido a la situación política, social y pandémica por la que atraviesa nuestro país.

Nuestra Carta Magna establece que….”Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”…, “La Constitución asegura a todas las personas: La igualdad ante la ley (…).

Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias”.

Han transcurrido más de 47 años desde el Pronunciamiento Militar del año 1973, 30 años de gobiernos en Democracia y continúa el maltrato político y Judicial contra los ex integrantes de las Fuerzas Armadas y de Orden que sirvieron profesionalmente en sus respectivas instituciones en el período del Gobierno Militar. Las pruebas abundan, pero citaré solo algunas:

·         En el año 2005 entró en vigencia en nuestro país un nuevo Sistema de Procedimiento Penal. Sistema que se inició por regiones en el año 2000. Así entre estos años (2000 – 2005), coexistieron dos sistemas de Procedimiento Penal. A partir del 2005 todos los ciudadanos chilenos debieron ser juzgados con el nuevo Sistema de Procedimiento Penal y dar por terminado el viejo sistema, por obsoleto, inquisitivo y discriminatorio…,no ocurrió así y al grupo de chilenos a los que me estoy refiriendo, se les continuó investigando, procesando y condenando con un sistema penal ya desechado. No es posible que después de 15 años se continúe con dos sistemas de procedimiento penal en nuestro país, procesando, acusando y condenando a ex uniformados, que sirvieron profesionalmente a su Patria, en una abierta discriminación arbitraria que la propia Constitución prohíbe y que contraviene explícitamente Convenios Internacionales sobre Derechos Humanos que Chile está obligado a respetar.

·          A los ex uniformados, a los que me refiero se les niegan los beneficios a los que tienen derecho; como las salidas dominicales, las de fin de semana y las libertades condicionales; llegándose al extremo de dictar leyes y reglamentos que impiden la concesión de esos beneficios haciendo una aplicación retroactiva de disposiciones legales y reglamentarias dictadas recientemente.

·         Debido a la Pandemia de coronavirus que asola nuestro país, se otorgó indultos a numerosos presos adultos mayores, que habían cometido delitos comunes, en una acción que se mencionó como “humanitaria”. Este acto “humanitario” excluyó a los ex uniformados que se encontraban en esa situación, siendo que en este grupo de privados de libertad se encontraban la mayor cantidad de viejos y enfermos. Han fallecido más de 80 ex uniformados estando privados de libertad y de ellos 24 en el actual gobierno.

No es posible, ni justo, ni razonable que las autoridades de los tres poderes del Estado, que siempre hablan y preconizan que estamos en una Democracia, en un estado de derecho con plena igualdad ante la ley hagan oídos sordos y no busquen solución a esta situación, en la que más que justicia se aplica claramente una venganza, que ya es insostenible y que incluso daña la imagen de nuestra Patria.

Se habla que al realizarse un Plebiscito Nacional para decidir la elaboración de una nueva Constitución en reemplazo de la de 1980, se estaría dando término a la transición entre el Gobierno Militar y la plena Democracia, cerrando o sanando las heridas del pasado, en búsqueda de una reconciliación nacional que marque una nueva etapa en el desarrollo e historia de nuestra Nación.

La transición no habrá finiquitado y las heridas del pasado no se habrán sanado, mientras la situación descrita subsista y mientras existan ex uniformados que continúen siendo procesados, con mas de 200 condenados privados de libertad, viejos y enfermos.

De acuerdo con lo expuesto considero que deben ejecutarse en el más breve plazo las siguientes acciones:

·         Aplicación de la ley de Amnistía de 1978, aún vigente. Ampliación de esta Ley para todos los hechos ocurridos hasta marzo de 1990, que involucren a ex uniformados. Se debe recordar que de acuerdo con esta Ley se amnistiaron centenares de contradictores del Gobierno Militar. Y los primeros gobiernos de la democracia indultaron a otros tantos, muchos de los que, una vez en libertad, cometieron delitos comunes, incluidos delitos de sangre, a diferencia de los mas de 70 ex uniformados que, cumplidas sus penas, muchas de ellas completas, nunca han vuelto a cometer siquiera infracciones menores.

·         La Corte Suprema, en un auto acordado, debiera fijar fecha de término, el 31 de diciembre de 2020, para todos los procesos pendientes contra ex uniformados. Los procesos que aún no estuvieran finiquitados para esa fecha pasarán a ser incoados en el nuevo Sistema de Procedimiento Penal. Así a partir de enero de 2021 existiría en Chile un solo Sistema de Procedimiento Penal, que es lo justo y razonable.

·         El Gobierno debiera dar curso favorable a todas las solicitudes de indulto que se encuentran en el Ministerio de Justicia.

·         Mientras se toman las medidas expuestas, debe otorgarse la Reclusión Domiciliaria Total a todos los ex uniformados que están privados de libertad.

·         Se debieran otorgar automáticamente, todas las libertades condicionales y permisos de salida intrapenitenciarios acorde al sistema que estaba vigente al momento de la comisión del delito por el que se ha condenado a los ex uniformados.

Se debe avanzar decididamente al término de la transición del Gobierno Militar a la Democracia y a la reconciliación nacional, cerrando de verdad las heridas del pasado.

                                   Saluda muy atentamente a US.

Nombre:

RUT Nro:

DISTRIBUCIÓN:

1. Ejemplar N° 1, Sr. Excmo. Sr. Presidente de la República

2. Ejemplar N° 2, Sr. Presidente de la Corte Suprema de Justicia

3. Ejemplar N° 3, Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos

4. Archivo personal (Archivo)

4. Ejs. 3 Hjas

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Petición creada en 21 de octubre de 2020