Denegar la autorizacion a los judios de nacionalidad argentina a prestar servicio militar en Israel, de acuerdo a lo expresado en la LEY 21795 CIUDADANIA NACIONALIDAD Art. 12.

Petición cerrada

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La causa

"Ley 21795 : ARTICULO 12.- Los argentinos nativos también perderán la ciudadanía: a) por la aceptación de funciones políticas u honores de otro Estado o la prestación de servicios militares a otro Estado, sin la previa autorización del Poder Ejecutivo Nacional;" 

En caso que el sujeto decida servir al ejercito israeli: Cancelar su ciudadania argentina y prohibir  el retorno a territorio argentino.

Esta medida se toma en acuerdo con el  Juicio por crimenes de lesa humanidad que investiga la ONU, por el genocidio PALESTINO.

Aportar recursos humanos al ejercito israeli -responsable del genocidio Palestino- es lo mismo que aportar armas.

Los tomadores de decisiones

Poder ejecutivo nacional Argentino
Poder ejecutivo nacional Argentino
Presidencia de la Nación
Ministerio de Defensa (Sr. Ministro)
Ministerio de Defensa (Sr. Ministro)
Sr. Ministro

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