Petición para regularizar Solicitantes de Asilo activos en España

La causa

Petición Formal a la Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, 

Elma Saiz

Asunto: Solicitud de enmienda, directriz o reforma del Reglamento de Extranjería para la protección de los solicitantes de asilo vigentes.

 

A la atención de la señora Elma Saiz, Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,
Con copia al señor Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

 

Estimada Señora Ministra:

Por medio de la presente, nos dirigimos a usted para expresar una preocupación urgente en nombre de miles de solicitantes de asilo que actualmente residen en España. 

 

El reciente Reglamento de Extranjería limita la posibilidad de regularización por arraigo únicamente a quienes han recibido una denegación formal de su solicitud de asilo. Esto deja en una situación de indefensión jurídica y personal a quienes, tras más de meses y años de espera, no han recibido una respuesta definitiva.

 

Es incomprensible que, en un sistema que proclama justicia y derechos humanos, se exija a estas personas que abandonen la legalidad, tras haber cumplido con todos los requisitos para acceder a una posible regularización.

 

Esta política contradice los principios básicos de inclusión y el marco internacional que protege a los solicitantes de asilo, quienes llegaron a España de forma legal, poseen documentación válida, han contribuido a la economía a través de trabajo y cotizaciones, y buscan integrarse plenamente.

 

Resulta profundamente desalentador que personas que han demostrado compromiso con la legalidad y la sociedad española se vean forzadas a caer en la irregularidad para acceder a derechos que deberían ser inherentes a su esfuerzo e integración. Mientras tanto, otras figuras legales benefician a individuos en situaciones menos regulares, lo que proyecta una imagen de desigualdad y falta de reconocimiento hacia quienes respetan las normas desde el inicio.

 

En este sentido, solicitamos que se contemple una transición, enmienda, directriz o nueva figura en el Reglamento de Extranjería que permita a los solicitantes de asilo sin una resolución positiva, realizar una transición directa a un arraigo, sin necesidad de abandonar el marco legal. 

 

Este cambio no solo sería un acto de justicia, sino también un reconocimiento al aporte económico y social que estas personas representan para España.

 

Miles de familias están al borde de la desesperación, enfrentándose a una disyuntiva que no solo atenta contra su dignidad, sino también contra la confianza en las instituciones del Estado.

 

Esperamos que su despacho, en colaboración con la Presidencia del Gobierno, atienda con urgencia esta problemática y se comprometa a una reforma que verdaderamente refleje los valores de solidaridad e inclusión de nuestro país.

 

Agradeciendo, de antemano su atención, quedo a la espera de una respuesta, no sin antes dejar en sus manos una propuesta que podría ayudar a miles de personas que contribuyen y dinamizan la economía de España.

 

Propuesta Formal para Regularización de Solicitantes de Asilo activos mediante Arraigo.

Asunto: Propuesta para la inclusión de los solicitantes de asilo en el régimen de arraigo.

A la atención de la señora Elma Saiz, Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,
Con copia al señor Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

Estimada Señora Ministra:

Por medio de la presente me permito plantear una propuesta que busca dar solución a una problemática que afecta a miles de solicitantes de asilo en España, quienes se encuentran en una situación de incertidumbre y desamparo debido a la falta de resolución de sus solicitudes, pese a haber cumplido con los requisitos legales para su estadía en el país.

 

En la actualidad, la normativa vigente limita el acceso a la regularización exclusivamente a quienes han recibido una denegación formal de su solicitud de asilo. Sin embargo, consideramos que aquellos solicitantes de asilo que aún no han recibido resolución o que han recurrido la denegación mediante recurso de reposición deben contar con una vía alternativa de regularización, para lo cual proponemos que puedan acceder a un régimen de arraigo bajo lo que pueden ser las siguientes condiciones:

 

Propuesta de Requisitos:

 

1. El solicitante debe haber residido de manera ininterrumpida en España durante al menos un año, conforme a lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

2. Cotización mínima a la Seguridad Social durante 6 meses.
El solicitante debe haber estado trabajando y cotizando al sistema de Seguridad Social durante al menos 6 meses, conforme a lo establecido en el artículo 125 del mismo marco legal.

3. Contrato laboral mínimo de 1 año.
El solicitante debe acreditar un contrato laboral en vigor, con una duración mínima de un año, lo que asegura su estabilidad económica y laboral durante el proceso de regularización.

 

Procedimiento:

 

1. El solicitante de asilo deberá presentar formalmente su solicitud de arraigo laboral. Una vez presentada, se emitirá un certificado de presentación del arraigo, el cual permitirá al solicitante seguir trabajando y residiendo legalmente en España mientras se resuelve la solicitud de manera definitiva. Esta acción suspenderá automáticamente el procedimiento de asilo, evitando que el solicitante quede en situación irregular durante el proceso.

2. Una vez iniciado el expediente de arraigo, el solicitante deberá adjuntar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos, incluyendo justificantes de integración social, laboral y cumplimiento fiscal en España.

3. En caso de obtener una resolución favorable del arraigo laboral, se procederá a la regularización definitiva del solicitante, otorgándole un permiso de residencia y trabajo conforme al artículo 124 de la Ley 4/2000, asegurando su situación legal en el país por 2 años.

 

Si la resolución del expediente de arraigo resulta desfavorable por no cumplir los requisitos legales, el solicitante podrá presentar un nuevo expediente dentro del plazo de un año, siempre que su solicitud de asilo aún no haya recibido una resolución definitiva.

 

Justificación Jurídica:

Esta propuesta se fundamenta en el derecho internacional y comunitario, especialmente en la Convención de Ginebra de 1951 y el Derecho de la Unión Europea en materia de asilo y migración, que reconocen el derecho a la regularización para quienes, a pesar de estar en proceso de asilo, han demostrado un comportamiento acorde con los principios de legalidad y han contribuido al sistema social y económico de España.

 

Además, la Ley 4/2000, en su artículo 31, contempla la posibilidad de regularización de aquellos que hayan permanecido en el país cumpliendo con sus obligaciones sociales y fiscales, lo que refuerza la necesidad de establecer una vía de regularización para aquellos solicitantes de asilo que, a pesar de la incertidumbre jurídica, han demostrado un compromiso claro con el país.

 

Aportaciones de los solicitantes de asilo:

 

Los solicitantes de asilo no solo están cumpliendo con los requisitos legales de residencia, sino que también están contribuyendo de manera significativa a la economía española. Aportan a la Seguridad Social, pagan impuestos, y tienen bienes y servicios a su nombre, lo que demuestra su implicación y deseo de integrarse en la sociedad española. Asimismo, poseen licencias de conducción, muchos de ellos cuentan con estudios homologados, y muchos se encuentran actualmente en proceso de formación académica o profesional, lo que contribuye al capital humano del país.

 

Resulta fundamental reconocer el valor de estos individuos que, lejos de buscar la irregularidad, han respetado el marco legal y han optado por integrarse adecuadamente en la sociedad española.

 

La actual normativa parece premiar a aquellos que, incumpliendo los principios de legalidad, acceden a situaciones irregulares y, en muchos casos, incluso delinquen. Es esencial que España pueda ofrecer una solución justa para quienes, desde el inicio, han seguido las reglas y desean ser parte activa y positiva del país.

 

Beneficios:

Fomento de la integración de los solicitantes de asilo, quienes ya han demostrado su disposición a contribuir al sistema social y económico de España.

* Incentivo a la legalidad, ya que los solicitantes se verían motivados a continuar su proceso de regularización sin tener que caer en situaciones irregulares.

* Contribución positiva a la economía, promoviendo la regularización de trabajadores que ya están cotizando y trabajando legalmente en el país.

 

Confiamos en que esta propuesta será evaluada positivamente, ya que no solo responde a una necesidad urgente de los solicitantes de asilo activos, sino que también está alineada con los valores de justicia social, equidad y respeto a los derechos humanos que España promueve a nivel nacional e internacional.

 

Consideración adicional:

España reconoce a los solicitantes de asilo como contribuyentes al sistema fiscal desde que obtienen autorización para trabajar, deduciendo impuestos de sus nóminas y obligándolos a cumplir con las obligaciones tributarias establecidas en la Ley General Tributaria (Ley 58/2003). Sin embargo, este reconocimiento como contribuyentes no se refleja en un acceso garantizado a la regularización, dejando en una situación de incertidumbre a personas que ya demuestran integración social y laboral. Esta incoherencia contraviene los principios de equidad y justicia que promueve la normativa migratoria española, como se menciona en la Ley 4/2000 y su Reglamento.

 

Agradecemos su atención a esta petición y propuesta y quedamos a su disposición para cualquier aclaración o ampliación sobre la misma.

 

Esta propuesta ofrece un camino hacia la regularización para quienes, sin recurrir a la ilegalidad, buscan o están integrados plenamente en la sociedad española.

 

Cordialmente,

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La causa

Petición Formal a la Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, 

Elma Saiz

Asunto: Solicitud de enmienda, directriz o reforma del Reglamento de Extranjería para la protección de los solicitantes de asilo vigentes.

 

A la atención de la señora Elma Saiz, Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,
Con copia al señor Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

 

Estimada Señora Ministra:

Por medio de la presente, nos dirigimos a usted para expresar una preocupación urgente en nombre de miles de solicitantes de asilo que actualmente residen en España. 

 

El reciente Reglamento de Extranjería limita la posibilidad de regularización por arraigo únicamente a quienes han recibido una denegación formal de su solicitud de asilo. Esto deja en una situación de indefensión jurídica y personal a quienes, tras más de meses y años de espera, no han recibido una respuesta definitiva.

 

Es incomprensible que, en un sistema que proclama justicia y derechos humanos, se exija a estas personas que abandonen la legalidad, tras haber cumplido con todos los requisitos para acceder a una posible regularización.

 

Esta política contradice los principios básicos de inclusión y el marco internacional que protege a los solicitantes de asilo, quienes llegaron a España de forma legal, poseen documentación válida, han contribuido a la economía a través de trabajo y cotizaciones, y buscan integrarse plenamente.

 

Resulta profundamente desalentador que personas que han demostrado compromiso con la legalidad y la sociedad española se vean forzadas a caer en la irregularidad para acceder a derechos que deberían ser inherentes a su esfuerzo e integración. Mientras tanto, otras figuras legales benefician a individuos en situaciones menos regulares, lo que proyecta una imagen de desigualdad y falta de reconocimiento hacia quienes respetan las normas desde el inicio.

 

En este sentido, solicitamos que se contemple una transición, enmienda, directriz o nueva figura en el Reglamento de Extranjería que permita a los solicitantes de asilo sin una resolución positiva, realizar una transición directa a un arraigo, sin necesidad de abandonar el marco legal. 

 

Este cambio no solo sería un acto de justicia, sino también un reconocimiento al aporte económico y social que estas personas representan para España.

 

Miles de familias están al borde de la desesperación, enfrentándose a una disyuntiva que no solo atenta contra su dignidad, sino también contra la confianza en las instituciones del Estado.

 

Esperamos que su despacho, en colaboración con la Presidencia del Gobierno, atienda con urgencia esta problemática y se comprometa a una reforma que verdaderamente refleje los valores de solidaridad e inclusión de nuestro país.

 

Agradeciendo, de antemano su atención, quedo a la espera de una respuesta, no sin antes dejar en sus manos una propuesta que podría ayudar a miles de personas que contribuyen y dinamizan la economía de España.

 

Propuesta Formal para Regularización de Solicitantes de Asilo activos mediante Arraigo.

Asunto: Propuesta para la inclusión de los solicitantes de asilo en el régimen de arraigo.

A la atención de la señora Elma Saiz, Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,
Con copia al señor Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

Estimada Señora Ministra:

Por medio de la presente me permito plantear una propuesta que busca dar solución a una problemática que afecta a miles de solicitantes de asilo en España, quienes se encuentran en una situación de incertidumbre y desamparo debido a la falta de resolución de sus solicitudes, pese a haber cumplido con los requisitos legales para su estadía en el país.

 

En la actualidad, la normativa vigente limita el acceso a la regularización exclusivamente a quienes han recibido una denegación formal de su solicitud de asilo. Sin embargo, consideramos que aquellos solicitantes de asilo que aún no han recibido resolución o que han recurrido la denegación mediante recurso de reposición deben contar con una vía alternativa de regularización, para lo cual proponemos que puedan acceder a un régimen de arraigo bajo lo que pueden ser las siguientes condiciones:

 

Propuesta de Requisitos:

 

1. El solicitante debe haber residido de manera ininterrumpida en España durante al menos un año, conforme a lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

2. Cotización mínima a la Seguridad Social durante 6 meses.
El solicitante debe haber estado trabajando y cotizando al sistema de Seguridad Social durante al menos 6 meses, conforme a lo establecido en el artículo 125 del mismo marco legal.

3. Contrato laboral mínimo de 1 año.
El solicitante debe acreditar un contrato laboral en vigor, con una duración mínima de un año, lo que asegura su estabilidad económica y laboral durante el proceso de regularización.

 

Procedimiento:

 

1. El solicitante de asilo deberá presentar formalmente su solicitud de arraigo laboral. Una vez presentada, se emitirá un certificado de presentación del arraigo, el cual permitirá al solicitante seguir trabajando y residiendo legalmente en España mientras se resuelve la solicitud de manera definitiva. Esta acción suspenderá automáticamente el procedimiento de asilo, evitando que el solicitante quede en situación irregular durante el proceso.

2. Una vez iniciado el expediente de arraigo, el solicitante deberá adjuntar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos, incluyendo justificantes de integración social, laboral y cumplimiento fiscal en España.

3. En caso de obtener una resolución favorable del arraigo laboral, se procederá a la regularización definitiva del solicitante, otorgándole un permiso de residencia y trabajo conforme al artículo 124 de la Ley 4/2000, asegurando su situación legal en el país por 2 años.

 

Si la resolución del expediente de arraigo resulta desfavorable por no cumplir los requisitos legales, el solicitante podrá presentar un nuevo expediente dentro del plazo de un año, siempre que su solicitud de asilo aún no haya recibido una resolución definitiva.

 

Justificación Jurídica:

Esta propuesta se fundamenta en el derecho internacional y comunitario, especialmente en la Convención de Ginebra de 1951 y el Derecho de la Unión Europea en materia de asilo y migración, que reconocen el derecho a la regularización para quienes, a pesar de estar en proceso de asilo, han demostrado un comportamiento acorde con los principios de legalidad y han contribuido al sistema social y económico de España.

 

Además, la Ley 4/2000, en su artículo 31, contempla la posibilidad de regularización de aquellos que hayan permanecido en el país cumpliendo con sus obligaciones sociales y fiscales, lo que refuerza la necesidad de establecer una vía de regularización para aquellos solicitantes de asilo que, a pesar de la incertidumbre jurídica, han demostrado un compromiso claro con el país.

 

Aportaciones de los solicitantes de asilo:

 

Los solicitantes de asilo no solo están cumpliendo con los requisitos legales de residencia, sino que también están contribuyendo de manera significativa a la economía española. Aportan a la Seguridad Social, pagan impuestos, y tienen bienes y servicios a su nombre, lo que demuestra su implicación y deseo de integrarse en la sociedad española. Asimismo, poseen licencias de conducción, muchos de ellos cuentan con estudios homologados, y muchos se encuentran actualmente en proceso de formación académica o profesional, lo que contribuye al capital humano del país.

 

Resulta fundamental reconocer el valor de estos individuos que, lejos de buscar la irregularidad, han respetado el marco legal y han optado por integrarse adecuadamente en la sociedad española.

 

La actual normativa parece premiar a aquellos que, incumpliendo los principios de legalidad, acceden a situaciones irregulares y, en muchos casos, incluso delinquen. Es esencial que España pueda ofrecer una solución justa para quienes, desde el inicio, han seguido las reglas y desean ser parte activa y positiva del país.

 

Beneficios:

Fomento de la integración de los solicitantes de asilo, quienes ya han demostrado su disposición a contribuir al sistema social y económico de España.

* Incentivo a la legalidad, ya que los solicitantes se verían motivados a continuar su proceso de regularización sin tener que caer en situaciones irregulares.

* Contribución positiva a la economía, promoviendo la regularización de trabajadores que ya están cotizando y trabajando legalmente en el país.

 

Confiamos en que esta propuesta será evaluada positivamente, ya que no solo responde a una necesidad urgente de los solicitantes de asilo activos, sino que también está alineada con los valores de justicia social, equidad y respeto a los derechos humanos que España promueve a nivel nacional e internacional.

 

Consideración adicional:

España reconoce a los solicitantes de asilo como contribuyentes al sistema fiscal desde que obtienen autorización para trabajar, deduciendo impuestos de sus nóminas y obligándolos a cumplir con las obligaciones tributarias establecidas en la Ley General Tributaria (Ley 58/2003). Sin embargo, este reconocimiento como contribuyentes no se refleja en un acceso garantizado a la regularización, dejando en una situación de incertidumbre a personas que ya demuestran integración social y laboral. Esta incoherencia contraviene los principios de equidad y justicia que promueve la normativa migratoria española, como se menciona en la Ley 4/2000 y su Reglamento.

 

Agradecemos su atención a esta petición y propuesta y quedamos a su disposición para cualquier aclaración o ampliación sobre la misma.

 

Esta propuesta ofrece un camino hacia la regularización para quienes, sin recurrir a la ilegalidad, buscan o están integrados plenamente en la sociedad española.

 

Cordialmente,

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Los tomadores de decisiones

Ángel Gabilondo
Ángel Gabilondo
Pedro Sánchez
Pedro Sánchez
Elma Saiz Delgado
Elma Saiz Delgado
Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

Las voces de los firmantes

Actualizaciones de la petición