Paremos los cambios en las Escoletes Municipals de Gandía
Paremos los cambios en las Escoletes Municipals de Gandía
El problema
AL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DEL AJUNTAMENT DE GANDIA
La presente solicitud se insta por parte de los padres, madres y tutores de niños escolarizados en Escoletes Infantils Municipals (“Escoletes”) del Ajuntament de Gandia, todos ellos debidamente identificados en las hojas de firmas adjuntas (las “Familias”), y con base en los siguientes extremos.
EXPONEN
I. Durante la semana del 24 de julio de 2023, el Departamento de Educación del Ajuntament de Gandia informó a las Familias sobre las nuevas reglas de intendencia que van a regir durante el curso escolar 2023-2024 en les Escoletes.
II. Parte de estas nuevas reglas se han modificado unilateralmente, sin contar ni siquiera de forma consultiva con las Familias, generando un perjuicio a la organización y conciliación de las Familias, destacando las siguientes:
- A. Nuevo sistema de periodo de acogida
¿En qué consiste?
Al parecer, durante el mes de septiembre, la totalidad de los menores inscritos en les Escoletes deben someterse obligatoriamente a un periodo de acogida que:
(I) se aplica de forma masiva y no individualizada, con independencia de la anterior vinculación del menor con la Escoleta, tutora o compañeros.
(II) exige que los menores estén acompañados obligatoriamente por un adulto durante varias jornadas, tal y como recalcó repetidamente la Regidora competente (que instó a que si los progenitores/tutores trabajaban, que fueran otros familiares).
Esta exigencia evidencia no conocer la realidad de muchas Familias, que por motivos laborales no pueden permitirse el dedicar dos/tres horas diarias durante una semana en horario de mañana a estar en la Escoleta, y que quizá carecen de red familiar con disponibilidad para hacerlo.
(iii) no ofertará el servicio de comedor hasta el mes de octubre, salvo casos excepcionales (no se indica cuáles son esos casos excepcionales, ni quién determinará -ni con qué criterios- cuándo concurre la excepcionalidad);
(iv) no ofertará el horario completo de la Escoleta hasta pasado el período vacacional de Fira i Festes de la ciudad; y
(v) en caso de no cumplir, puede conllevar la baja del alumno en el centro educativo correspondiente.
¿Qué opinamos las Familias?
Como se ha anticipado, lo anterior es inasumible desde un punto de vista de organización y conciliación familiar. Pero es que, además, no está alineado con las disposiciones normativas aplicables al efecto.
En este sentido, el artículo 14 del Decreto 100/2022, de 29 de julio, del Consell, que establece la ordenación y el currículo de Educación Infantil, refiere que:
“Los centros tienen que velar por garantizar, desde el primer contacto, una transición positiva desde el entorno familiar hacia el escolar con el objetivo que las niñas y niños puedan vincularse con el nuevo espacio, con el grupo y con la persona adulta de referencia”.
La finalidad normativa del Periodo de Acogida es el ‘bienestar del niño/a’.
Esta normativa claramente está orientada a aquellos alumnos de nuevo ingreso. No tiene ningún sentido que este Periodo de Acogida se aplique, con brocha gorda a la totalidad de alumnos escolarizados en Escoletes, con independencia de si es la primera escolarización de los menores o si, por el contrario, éstos ya han sido alumnos del centro, de la tutora correspondiente, e incluso de si han asistido al servicio de Escoletes durante el mes de julio (esto es, apenas un mes antes de comenzar el curso escolar).
No alcanzamos a comprender el motivo objetivo de por qué los alumnos de cursos anteriores (máxime los que mantienen la tutora del curso -o cursos- anteriores y han participado en la oferta estival de les Escoletes) deben obligatoriamente pasar por este Periodo de Acogida en el mes de septiembre. El cambio de una Escoleta a otra para el mes de julio (por decisión del Ayuntamiento de dejar unas abiertas y otras cerradas) no ha sido necesaria tal periodo de acogida; nos gustaría saber cuáles son los criterios pedagógicos que diferencian los regímenes aplicados a cada situación.
El Periodo de Acogida que se plantea es utópico y muy alejado de las realidades (y posibilidades) de las Familias.
Siendo realistas, y atendiendo a la falta de conciliación real y estructural que existe en la sociedad, el régimen aplicable al Periodo de Acogida de las Escoletas no redundan en el “bienestar del niño”, a nuestro juicio todo lo contrario por cuanto aboca a muchas Familias a tener que recurrir a centro privados, donde no se establecen todas estas pautas incompatibles con la jornada laboral de los progenitores, o a someter al menor a un peregrinaje durante el mes de septiembre para poder cumplir con la jornada laboral.
Una verdadera quimera familiar que, desde luego, a los últimos que beneficia son a los menores.
Por otro lado, añadir que algunas familias han reportado informaciones contradictorias respecto a la matinera. Mientras algunas comentan que se les ha transmitido que el mínimo son 5 alumnos por centro, tal y como ocurría el curso pasado, parece ser que en algunas reuniones se ha hablado de un mínimo de 5 alumnos por franja de edad para poder ofrecer el servicio, lo cual es, de nuevo, un limitante para las familias.
- B. Nuevo régimen horario y fechas escolares
¿En qué consiste?
Los horarios de entrada y salida de las Escoletas también se han modificado de forma unilateral por el Ayuntamiento, y sin consulta alguna a las Familias.
Así, mientras en cursos anteriores, la franja de entrada matutina de los niños era de 8:50 a 9:15 y la vespertina, de 16:30 a 17:00; el próximo curso escolar pasa a ser de 8:50 a 9:10 y de 16:30 a 16:40, respectivamente.
Respecto a la fecha de fin de curso, se ha adelantado al 21 de junio, cuando en años anteriores el curso escolar finalizó el 30 de junio.
¿Qué opinamos las Familias?
De nuevo, tal y como se ha anticipado en el punto anterior, con esta medida lo único que se consigue por parte del Ayuntamiento es acentuar la ya de por sí compleja conciliación familiar y laboral de las Familias, sobre todo en aquellas Familias en las que hay otros menores matriculados en otros centros educativos de la localidad (con horarios de entrada y salida parejos) a las que les resulta prácticamente inviable llevar y recoger a los menores con la pérdida de flexibilidad del nuevo régimen horario.
Además, los padres de alumnos que han matriculado a sus hijos e hijas por primera vez, fueron ya informados por escrito del horario del nuevo curso, que se mantenía sin cambios respecto al del curso pasado y que ahora el ayuntamiento ha decidido cambiar unilateralmente.
Respecto al adelanto de la fecha de finalización del curso escolar, está medida supone, de nuevo, un perjuicio para la conciliación de las Familias y un recorte respecto al servicio que se había ofrecido en cursos anteriores. Este adelanto obligará a muchas Familias a buscar centros educativos alternativos para poder conciliar con el trabajo, con el consiguiente perjuicio también para los niños y niñas que deberán adaptarse a un entorno nuevo.
- C. Nuevo régimen del servicio de la matinera
¿En qué consiste?
Para el próximo curso sólo habrá servicio de “matinera”: (i) en horario de 8:00 a 9:00 (cuando la propia guía del Ayuntamiento indica que existe la posibilidad de un horario extra de 7:00 a 9:00), de nuevo, por decisión unilateral de la regidora que decía estar alarmada de que hubiese niños a las 7:00 en las Escoletas; y (ii) sujeto a que haya cinco alumnos por franja de edad (esto es, franja 0-1, 1-2 y 2-3).
El servicio vespertino de 17:00 a 19:00 directamente ni se ofrece como posibilidad a las Familias, pese a que sí está contemplado en la guía oficial del Ayuntamiento).
¿Qué opinamos las Familias?
De nuevo, esta decisión carece de cualquier tipo de fundamento.
En primer lugar, las Familias que precisan del servicio de matinera de 7 a 9 no lo hacen por capricho, sino para poder atender a sus obligaciones laborales. Por lo que nos oponemos frontalmente a que discrecionalmente se elimine el servicio de 7 a 8.
En segundo lugar, y en cuanto a la condición sine qua non de que tenga que haber 5 alumnos por franja de edad para que el servicio de matinera se ofrezca (anteriormente, se había un cupo mínimo de niños demandantes del servicios por Escoleta, no por franja de edad), también nos parece fuera de toda lógica.
No comprendemos qué criterios se han tenido en consideración para establecer un mínimo de 5 niños por franja de edad -que equivale a un mínimo de 15 niños demandantes del servicio de matinera por Escoleta-; principalmente, teniendo en cuenta que dado el número reducido de alumnos que hay en la franja de 0-1, lo habitual sea que las Familias que necesiten utilizar la matinera no alcancen el cupo mínimo de 5 alumnos por franja de edad y, por tanto, queden excluidas de este servicio.
- D. En relación con los cambios en las tutoras
¿Qué ha sucedido?
Se están produciendo cambios por parte del Ayuntamiento respecto de las educadoras tutoras de los grupos educativos; existiendo grupos de menores a los que, por decisión unilateral del Ayuntamiento, para el próximo curso se les ha reemplazado la tutora que han venido teniendo durante los cursos anteriores.
¿Qué opinamos las Familias?
El artículo 19 del 100/2022, de 29 de julio, del Consell, por el cual se establece la ordenación y el currículo de Educación Infantil, establece la importancia de que los menores continúen con sus tutoras de años anteriores, cosa que no se cumple y que en este caso la normativa al Ayuntamiento no parece importarle:
4. El equipo directivo tiene que favorecer la continuidad de la maestra o maestro o del personal educador en un mismo grupo a lo largo de todo el ciclo.
- E. Nueva política de imágenes
¿En qué consiste?
Por último, se ha modificado el sistema de envío de fotografías a través de los grupos de Telegram, pasando en el curso 2020/2021 de recibir fotografías todos los días de nuestro hijos, al curso 2021/2022 a recibir los viernes fotografías de toda la semana, al nuevo curso en el que no recibiremos ninguna instantánea y estas serán publicadas en Facebook e Instagram de forma aérea “para que no se les identifique” y alegando tal medida en la “protección de datos”.
¿Qué opinamos las Familias?
Las Familias firman la autorización a las Escoletas para realizar fotografías de los menores y distribuirlas en el grupo de Telegram, por lo que el argumento de la salvaguarda de la protección de datos no ha lugar.
Pero es que la medida alternativa (publicar instantáneas en Facebook) tampoco redunda en beneficio de los menores, ni de las Familias. ¿Cuál es la finalidad de subir fotografías a estas redes sociales, como Facebook? ¿Hacer propaganda de la red de Escoletas sin ningún beneficio para los padres que prestan a sus hijos a tal efecto?
III. Con base en lo anterior, las Familias SOLICITAMOS que se reviertan las medidas relacionadas en el cuerpo de este escrito que pretenden introducirse en el curso escolar 2023-2024 en las Escoletas. Lo contrario sólo perjudica la conciliación familiar y laboral de las Familias y, por tanto, redunda en un perjuicio a los menores usuarios de las Escoletas.
El problema
AL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DEL AJUNTAMENT DE GANDIA
La presente solicitud se insta por parte de los padres, madres y tutores de niños escolarizados en Escoletes Infantils Municipals (“Escoletes”) del Ajuntament de Gandia, todos ellos debidamente identificados en las hojas de firmas adjuntas (las “Familias”), y con base en los siguientes extremos.
EXPONEN
I. Durante la semana del 24 de julio de 2023, el Departamento de Educación del Ajuntament de Gandia informó a las Familias sobre las nuevas reglas de intendencia que van a regir durante el curso escolar 2023-2024 en les Escoletes.
II. Parte de estas nuevas reglas se han modificado unilateralmente, sin contar ni siquiera de forma consultiva con las Familias, generando un perjuicio a la organización y conciliación de las Familias, destacando las siguientes:
- A. Nuevo sistema de periodo de acogida
¿En qué consiste?
Al parecer, durante el mes de septiembre, la totalidad de los menores inscritos en les Escoletes deben someterse obligatoriamente a un periodo de acogida que:
(I) se aplica de forma masiva y no individualizada, con independencia de la anterior vinculación del menor con la Escoleta, tutora o compañeros.
(II) exige que los menores estén acompañados obligatoriamente por un adulto durante varias jornadas, tal y como recalcó repetidamente la Regidora competente (que instó a que si los progenitores/tutores trabajaban, que fueran otros familiares).
Esta exigencia evidencia no conocer la realidad de muchas Familias, que por motivos laborales no pueden permitirse el dedicar dos/tres horas diarias durante una semana en horario de mañana a estar en la Escoleta, y que quizá carecen de red familiar con disponibilidad para hacerlo.
(iii) no ofertará el servicio de comedor hasta el mes de octubre, salvo casos excepcionales (no se indica cuáles son esos casos excepcionales, ni quién determinará -ni con qué criterios- cuándo concurre la excepcionalidad);
(iv) no ofertará el horario completo de la Escoleta hasta pasado el período vacacional de Fira i Festes de la ciudad; y
(v) en caso de no cumplir, puede conllevar la baja del alumno en el centro educativo correspondiente.
¿Qué opinamos las Familias?
Como se ha anticipado, lo anterior es inasumible desde un punto de vista de organización y conciliación familiar. Pero es que, además, no está alineado con las disposiciones normativas aplicables al efecto.
En este sentido, el artículo 14 del Decreto 100/2022, de 29 de julio, del Consell, que establece la ordenación y el currículo de Educación Infantil, refiere que:
“Los centros tienen que velar por garantizar, desde el primer contacto, una transición positiva desde el entorno familiar hacia el escolar con el objetivo que las niñas y niños puedan vincularse con el nuevo espacio, con el grupo y con la persona adulta de referencia”.
La finalidad normativa del Periodo de Acogida es el ‘bienestar del niño/a’.
Esta normativa claramente está orientada a aquellos alumnos de nuevo ingreso. No tiene ningún sentido que este Periodo de Acogida se aplique, con brocha gorda a la totalidad de alumnos escolarizados en Escoletes, con independencia de si es la primera escolarización de los menores o si, por el contrario, éstos ya han sido alumnos del centro, de la tutora correspondiente, e incluso de si han asistido al servicio de Escoletes durante el mes de julio (esto es, apenas un mes antes de comenzar el curso escolar).
No alcanzamos a comprender el motivo objetivo de por qué los alumnos de cursos anteriores (máxime los que mantienen la tutora del curso -o cursos- anteriores y han participado en la oferta estival de les Escoletes) deben obligatoriamente pasar por este Periodo de Acogida en el mes de septiembre. El cambio de una Escoleta a otra para el mes de julio (por decisión del Ayuntamiento de dejar unas abiertas y otras cerradas) no ha sido necesaria tal periodo de acogida; nos gustaría saber cuáles son los criterios pedagógicos que diferencian los regímenes aplicados a cada situación.
El Periodo de Acogida que se plantea es utópico y muy alejado de las realidades (y posibilidades) de las Familias.
Siendo realistas, y atendiendo a la falta de conciliación real y estructural que existe en la sociedad, el régimen aplicable al Periodo de Acogida de las Escoletas no redundan en el “bienestar del niño”, a nuestro juicio todo lo contrario por cuanto aboca a muchas Familias a tener que recurrir a centro privados, donde no se establecen todas estas pautas incompatibles con la jornada laboral de los progenitores, o a someter al menor a un peregrinaje durante el mes de septiembre para poder cumplir con la jornada laboral.
Una verdadera quimera familiar que, desde luego, a los últimos que beneficia son a los menores.
Por otro lado, añadir que algunas familias han reportado informaciones contradictorias respecto a la matinera. Mientras algunas comentan que se les ha transmitido que el mínimo son 5 alumnos por centro, tal y como ocurría el curso pasado, parece ser que en algunas reuniones se ha hablado de un mínimo de 5 alumnos por franja de edad para poder ofrecer el servicio, lo cual es, de nuevo, un limitante para las familias.
- B. Nuevo régimen horario y fechas escolares
¿En qué consiste?
Los horarios de entrada y salida de las Escoletas también se han modificado de forma unilateral por el Ayuntamiento, y sin consulta alguna a las Familias.
Así, mientras en cursos anteriores, la franja de entrada matutina de los niños era de 8:50 a 9:15 y la vespertina, de 16:30 a 17:00; el próximo curso escolar pasa a ser de 8:50 a 9:10 y de 16:30 a 16:40, respectivamente.
Respecto a la fecha de fin de curso, se ha adelantado al 21 de junio, cuando en años anteriores el curso escolar finalizó el 30 de junio.
¿Qué opinamos las Familias?
De nuevo, tal y como se ha anticipado en el punto anterior, con esta medida lo único que se consigue por parte del Ayuntamiento es acentuar la ya de por sí compleja conciliación familiar y laboral de las Familias, sobre todo en aquellas Familias en las que hay otros menores matriculados en otros centros educativos de la localidad (con horarios de entrada y salida parejos) a las que les resulta prácticamente inviable llevar y recoger a los menores con la pérdida de flexibilidad del nuevo régimen horario.
Además, los padres de alumnos que han matriculado a sus hijos e hijas por primera vez, fueron ya informados por escrito del horario del nuevo curso, que se mantenía sin cambios respecto al del curso pasado y que ahora el ayuntamiento ha decidido cambiar unilateralmente.
Respecto al adelanto de la fecha de finalización del curso escolar, está medida supone, de nuevo, un perjuicio para la conciliación de las Familias y un recorte respecto al servicio que se había ofrecido en cursos anteriores. Este adelanto obligará a muchas Familias a buscar centros educativos alternativos para poder conciliar con el trabajo, con el consiguiente perjuicio también para los niños y niñas que deberán adaptarse a un entorno nuevo.
- C. Nuevo régimen del servicio de la matinera
¿En qué consiste?
Para el próximo curso sólo habrá servicio de “matinera”: (i) en horario de 8:00 a 9:00 (cuando la propia guía del Ayuntamiento indica que existe la posibilidad de un horario extra de 7:00 a 9:00), de nuevo, por decisión unilateral de la regidora que decía estar alarmada de que hubiese niños a las 7:00 en las Escoletas; y (ii) sujeto a que haya cinco alumnos por franja de edad (esto es, franja 0-1, 1-2 y 2-3).
El servicio vespertino de 17:00 a 19:00 directamente ni se ofrece como posibilidad a las Familias, pese a que sí está contemplado en la guía oficial del Ayuntamiento).
¿Qué opinamos las Familias?
De nuevo, esta decisión carece de cualquier tipo de fundamento.
En primer lugar, las Familias que precisan del servicio de matinera de 7 a 9 no lo hacen por capricho, sino para poder atender a sus obligaciones laborales. Por lo que nos oponemos frontalmente a que discrecionalmente se elimine el servicio de 7 a 8.
En segundo lugar, y en cuanto a la condición sine qua non de que tenga que haber 5 alumnos por franja de edad para que el servicio de matinera se ofrezca (anteriormente, se había un cupo mínimo de niños demandantes del servicios por Escoleta, no por franja de edad), también nos parece fuera de toda lógica.
No comprendemos qué criterios se han tenido en consideración para establecer un mínimo de 5 niños por franja de edad -que equivale a un mínimo de 15 niños demandantes del servicio de matinera por Escoleta-; principalmente, teniendo en cuenta que dado el número reducido de alumnos que hay en la franja de 0-1, lo habitual sea que las Familias que necesiten utilizar la matinera no alcancen el cupo mínimo de 5 alumnos por franja de edad y, por tanto, queden excluidas de este servicio.
- D. En relación con los cambios en las tutoras
¿Qué ha sucedido?
Se están produciendo cambios por parte del Ayuntamiento respecto de las educadoras tutoras de los grupos educativos; existiendo grupos de menores a los que, por decisión unilateral del Ayuntamiento, para el próximo curso se les ha reemplazado la tutora que han venido teniendo durante los cursos anteriores.
¿Qué opinamos las Familias?
El artículo 19 del 100/2022, de 29 de julio, del Consell, por el cual se establece la ordenación y el currículo de Educación Infantil, establece la importancia de que los menores continúen con sus tutoras de años anteriores, cosa que no se cumple y que en este caso la normativa al Ayuntamiento no parece importarle:
4. El equipo directivo tiene que favorecer la continuidad de la maestra o maestro o del personal educador en un mismo grupo a lo largo de todo el ciclo.
- E. Nueva política de imágenes
¿En qué consiste?
Por último, se ha modificado el sistema de envío de fotografías a través de los grupos de Telegram, pasando en el curso 2020/2021 de recibir fotografías todos los días de nuestro hijos, al curso 2021/2022 a recibir los viernes fotografías de toda la semana, al nuevo curso en el que no recibiremos ninguna instantánea y estas serán publicadas en Facebook e Instagram de forma aérea “para que no se les identifique” y alegando tal medida en la “protección de datos”.
¿Qué opinamos las Familias?
Las Familias firman la autorización a las Escoletas para realizar fotografías de los menores y distribuirlas en el grupo de Telegram, por lo que el argumento de la salvaguarda de la protección de datos no ha lugar.
Pero es que la medida alternativa (publicar instantáneas en Facebook) tampoco redunda en beneficio de los menores, ni de las Familias. ¿Cuál es la finalidad de subir fotografías a estas redes sociales, como Facebook? ¿Hacer propaganda de la red de Escoletas sin ningún beneficio para los padres que prestan a sus hijos a tal efecto?
III. Con base en lo anterior, las Familias SOLICITAMOS que se reviertan las medidas relacionadas en el cuerpo de este escrito que pretenden introducirse en el curso escolar 2023-2024 en las Escoletas. Lo contrario sólo perjudica la conciliación familiar y laboral de las Familias y, por tanto, redunda en un perjuicio a los menores usuarios de las Escoletas.
Petición cerrada
Comparte esta petición
Actualizaciones de la petición
Compartir esta petición
Petición creada en 3 de agosto de 2023