
Queridos firmantes,
después de casi 10 años de lucha y entrega, el pasado 1 de Abril de 2025 se publicó en el BOE la Ley 1/4 de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario.
Ha sido una Ley que ha sufrido diversos cambios y que ha ido de más a menos.
En el Senado, la redacción del Proyecto de Ley fue modificado y lo que en un principio era un Proyecto de Ley ambicioso y esperanzador se ha convertido en una Ley descafeinada y con pocas obligaciones.
Algunos de los aspectos que deberían haber sido corregidos son:
1) Hay un margen de exención a la aplicación tan amplio que la Ley pierde su efectividad. Me explico con un ejemplo claro: en la Ley Catalana 3/2020 de Prevención de las Pérdidas y el despilfarro alimentarios menciona que las empresas de catering en colaboración con los centros educativos DEBEN establecer programas de educación, mientras que en la española, se habla de que PODRÁN establecer programas de educación.
Sabemos que si no hay obligación, no hay voluntad, o no?
2) Imposibilitación de alternativas de prevención a las pérdidas alimentarias en el sector agrícola ya que quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta ley las actividades de retirada de productos por las medidas de gestión de crisis en los Programas Operativos de Frutas y Hortalizas, las retiradas del plátano en el marco del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI), u otras medidas al amparo de algún mecanismo de prevención y gestión de crisis o de regulación del mercado previsto en la legislación comunitaria.
Aquí tenéis el enlace para que accedáis al redactado completo de la Ley:
blob:https://www.change.org/fa3832b5-a976-4554-b8fa-042e2a4a28a2
Nos queda mucho camino por recorrer. Si hace unos años España era el séptimo país que más desperdicio alimentario generaba, ahora es el quinto.
En nuestras manos está el cambio: "Lo que los Gobiernos no cambiarán, el pueblo lo hará".
Feliz verano a todos!!
Cristina