NO a PL 010136 y DICTAMEN que excluye animales sin dueño de Ley 30407 de protección animal

La causa

Nos oponemos al PL 010136/2024-CR y su Dictamen acumulado emitido por la Comisión Agraria el 11/06/2025, que proponen modificar el Art.5.1 de la Ley 30407 de protección animal, para LIMITAR EL DEBER DE PROTECCIÓN ÚNICAMENTE A LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA DE PROPIEDAD, ES DECIR “CON DUEÑO”, EXCLUYENDO A LOS MILLONES DE ANIMALES “SIN DUEÑO”, como los perros y gatos callejeros, abandonados, sin hogar, comunitarios o ferales y también a los animales silvestres en cautiverio; afectando la persecución penal de Abandono y Actos de crueldad contra los animales domésticos y silvestres (Art. 206-A Código Penal) por interpretarse en conexión con la Ley 30407.

¿Y cuál sería la finalidad de excluir de protección a los animales “sin dueño”?

1.    Que las municipalidades y los servicios veterinarios privados, puedan  suscribir alianzas para realizar la “CAPTURA” de perros y gatos “sin hogar, comunitarios o ferales” como negocio privado financiado con fondos públicos, impuesto por el Artículo 4 Literal i) y Numeral 9.1 de la Ley 31311 que prioriza las esterilizaciones, denominado “Acciones de intervención directa”, que incluye no solo las esterilizaciones, sino también otros procedimientos logísticos como “captura, traslado, postoperatorio y retorno” de los perros y gatos; actividades que podrían exponerlos al maltrato, sacrificio y/o eutanasia sistemática y al quedar desprotegidos jurídicamente, se facilitaría la impunidad penal para los responsables.

Nuestra organización siempre se opuso a este sistema de "Acciones de intervención directa", porque distorsiona el control poblacional con fines de lucro, desviando presupuesto hacia procedimientos logísticos que no aportan al control poblacional y encarecen el proceso, que podrían realizarse con voluntarios; no tiene sustento técnico y distorsiona el Método CER (Captura-Esterilización-Retorno) realizado con voluntarios  que rescatan perros y gatos y los llevan a esterilizar a las veterinarias municipales, que esterilizan a precio social, concentrando el presupuesto en las esterilizaciones y es aplicado en muchos países; además por ser un sistema de captura por volumen (cantidad) que exige infraestructura para recluir animales (albergues) y hará proliferar empresas de captura.

2.    Que el MINSA emita su Protocolo de captura de perros y gatos sin dueño, mencionado en el  Artículo 11 del Reglamento de la Ley 31311, y una vez excluidos de protección, podría DISPONER SU CAPTURA, RECLUSIÓN MASIVA EN ALBERGUES TEMPORALES O CENTROS DE ZOONOSIS MUNICIPALES Y/O NORMAR SU SACRIFICIO O EUTANASIA SISTEMÁTICA y nunca serían retornados a la comunidad.

Por lo tanto, solicitamos a la Comisión Permanente del Congreso, que EN CASO EL DICTAMEN SEA SOMETIDO A DEBATE, VOTAR EN CONTRA DE SU APROBACIÓN Y DISPONER SU ENVÍO AL ARCHIVO, por el grave retroceso en la protección animal que vulneraría el principio de progresividad en derechos, presuntas afectaciones jurídicas a la constitución, código penal y falta de competencia técnica de la comisión dictaminadora; y demandamos preservar la PLENA VIGENCIA DEL ART. 5.1 DE LA LEY 30407 en su redacción actual que garantiza la protección para todos los animales.

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¿Y cuál sería la finalidad de excluir de protección a los animales “sin dueño”?

1.    Que las municipalidades y los servicios veterinarios privados, puedan  suscribir alianzas para realizar la “CAPTURA” de perros y gatos “sin hogar, comunitarios o ferales” como negocio privado financiado con fondos públicos, impuesto por el Artículo 4 Literal i) y Numeral 9.1 de la Ley 31311 que prioriza las esterilizaciones, denominado “Acciones de intervención directa”, que incluye no solo las esterilizaciones, sino también otros procedimientos logísticos como “captura, traslado, postoperatorio y retorno” de los perros y gatos; actividades que podrían exponerlos al maltrato, sacrificio y/o eutanasia sistemática y al quedar desprotegidos jurídicamente, se facilitaría la impunidad penal para los responsables.

Nuestra organización siempre se opuso a este sistema de "Acciones de intervención directa", porque distorsiona el control poblacional con fines de lucro, desviando presupuesto hacia procedimientos logísticos que no aportan al control poblacional y encarecen el proceso, que podrían realizarse con voluntarios; no tiene sustento técnico y distorsiona el Método CER (Captura-Esterilización-Retorno) realizado con voluntarios  que rescatan perros y gatos y los llevan a esterilizar a las veterinarias municipales, que esterilizan a precio social, concentrando el presupuesto en las esterilizaciones y es aplicado en muchos países; además por ser un sistema de captura por volumen (cantidad) que exige infraestructura para recluir animales (albergues) y hará proliferar empresas de captura.

2.    Que el MINSA emita su Protocolo de captura de perros y gatos sin dueño, mencionado en el  Artículo 11 del Reglamento de la Ley 31311, y una vez excluidos de protección, podría DISPONER SU CAPTURA, RECLUSIÓN MASIVA EN ALBERGUES TEMPORALES O CENTROS DE ZOONOSIS MUNICIPALES Y/O NORMAR SU SACRIFICIO O EUTANASIA SISTEMÁTICA y nunca serían retornados a la comunidad.

Por lo tanto, solicitamos a la Comisión Permanente del Congreso, que EN CASO EL DICTAMEN SEA SOMETIDO A DEBATE, VOTAR EN CONTRA DE SU APROBACIÓN Y DISPONER SU ENVÍO AL ARCHIVO, por el grave retroceso en la protección animal que vulneraría el principio de progresividad en derechos, presuntas afectaciones jurídicas a la constitución, código penal y falta de competencia técnica de la comisión dictaminadora; y demandamos preservar la PLENA VIGENCIA DEL ART. 5.1 DE LA LEY 30407 en su redacción actual que garantiza la protección para todos los animales.

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