Mascotas sin correas - Municipalidad de Corrientes


Mascotas sin correas - Municipalidad de Corrientes
El problema
Al Señor
Pte. Del Honorable Consejo Deliberante
Dr. Alfredo Vallejos
S I D:
De nuestra mayor consideración, por la presente nos dirigimos a usted con el fin de manifestarle nuestro descontento ante el Proyecto presentado por los vecinos de la Plaza Libertad, entendiendo que dicha acción municipal no fue comunicada a la minoría que representamos y siendo parte de esta sociedad, que debe ser escuchada de forma equitativa por lo que no se tuvo en cuenta una participación real ciudadana – consulta popular – , para así garantizar una gestión del Estado trasparente y democrático, que proteja los derechos de los ciudadanos de decisiones arbitrarias, donde el fin de la gestión debe ser el consenso y no el conflicto entre los vecinos, primando la unión, principalmente en tiempos de pandemias.
Elevamos esta nota con motivo NO de evadir la ordenanza municipal antes mencionada, sino con el propósito de solicitar modificaciones, que contemplen a los ciudadanos que entendemos y reconocemos a nuestros animales como seres capaces de sentir y sufrir ansiedad que luego tienen consecuencias como la intervención de veterinarios, problemas de conductas, etc; aquí lo que nos inquieta es el interés de promover su bienestar y el derecho del paseo libre de correas, con el debido cuidado y responsabilidad que ello requiere, responsabilidad como tal se haya citado en el artículo Nº 1.758 del Código Civil y Comercial de la Nación – código de fondo – que establece: "Sujetos responsables. El dueño y el guardián son responsables concurrentes del daño causado por las cosas. Se considera guardián a quien ejerce, por sí o por terceros, el uso, la dirección y el control de la cosa, o a quien obtiene un provecho de ella.”, y Artículo Nº 1.759.- Daño causado por animales. El daño causado por animales, cualquiera sea su especie, queda comprendido en el artículo Nº 1757.”
PROPUESTA SUGERIDA
Establecer horarios especiales y únicos, para el paseo de las mascotas sin correas, responsabilizando a los dueños de recoger las heces y de llevar los recipientes de agua. De tal modo para que ello no sea molestia para los vecinos que también gozan del uso de los espacios públicos con las familias.
HORARIOS: comprendidas de 01:30hs reloj.
- TURNO MAÑANA: 10:00 a 11:30 HS.
- TURNO TARDE: 13:00 a 14:30 HS.
- TURNO NOCHE: 21:30 a 22:30 HS.
De este modo se garantizaría el efectivo derecho de todos los ciudadanos. Aprovechamos la oportunidad para solicitar fecha y hora para una reunión con los abajo firmantes y nuestros representantes que trabajan arduamente en el “Honorable Consejo Deliberante” para que todas voces sean escuchadas.
“La convivencia no solo es entre seres humanos sino con diferentes seres vivos”
El problema
Al Señor
Pte. Del Honorable Consejo Deliberante
Dr. Alfredo Vallejos
S I D:
De nuestra mayor consideración, por la presente nos dirigimos a usted con el fin de manifestarle nuestro descontento ante el Proyecto presentado por los vecinos de la Plaza Libertad, entendiendo que dicha acción municipal no fue comunicada a la minoría que representamos y siendo parte de esta sociedad, que debe ser escuchada de forma equitativa por lo que no se tuvo en cuenta una participación real ciudadana – consulta popular – , para así garantizar una gestión del Estado trasparente y democrático, que proteja los derechos de los ciudadanos de decisiones arbitrarias, donde el fin de la gestión debe ser el consenso y no el conflicto entre los vecinos, primando la unión, principalmente en tiempos de pandemias.
Elevamos esta nota con motivo NO de evadir la ordenanza municipal antes mencionada, sino con el propósito de solicitar modificaciones, que contemplen a los ciudadanos que entendemos y reconocemos a nuestros animales como seres capaces de sentir y sufrir ansiedad que luego tienen consecuencias como la intervención de veterinarios, problemas de conductas, etc; aquí lo que nos inquieta es el interés de promover su bienestar y el derecho del paseo libre de correas, con el debido cuidado y responsabilidad que ello requiere, responsabilidad como tal se haya citado en el artículo Nº 1.758 del Código Civil y Comercial de la Nación – código de fondo – que establece: "Sujetos responsables. El dueño y el guardián son responsables concurrentes del daño causado por las cosas. Se considera guardián a quien ejerce, por sí o por terceros, el uso, la dirección y el control de la cosa, o a quien obtiene un provecho de ella.”, y Artículo Nº 1.759.- Daño causado por animales. El daño causado por animales, cualquiera sea su especie, queda comprendido en el artículo Nº 1757.”
PROPUESTA SUGERIDA
Establecer horarios especiales y únicos, para el paseo de las mascotas sin correas, responsabilizando a los dueños de recoger las heces y de llevar los recipientes de agua. De tal modo para que ello no sea molestia para los vecinos que también gozan del uso de los espacios públicos con las familias.
HORARIOS: comprendidas de 01:30hs reloj.
- TURNO MAÑANA: 10:00 a 11:30 HS.
- TURNO TARDE: 13:00 a 14:30 HS.
- TURNO NOCHE: 21:30 a 22:30 HS.
De este modo se garantizaría el efectivo derecho de todos los ciudadanos. Aprovechamos la oportunidad para solicitar fecha y hora para una reunión con los abajo firmantes y nuestros representantes que trabajan arduamente en el “Honorable Consejo Deliberante” para que todas voces sean escuchadas.
“La convivencia no solo es entre seres humanos sino con diferentes seres vivos”
Petición cerrada
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Petición creada en 9 de noviembre de 2020