

Limpiar/ despintar el Centro Cívico de San Carlos de Bariloche
El problema
Sr. Intendente Gustavo Gennuso
Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche:
El emblemático 24 de Marzo "Dia de la Memoria" entre otros actos de expresión dieron paso libre a que se manipulara y se maltratara bienes históricos de la comunidad, actos que circunscriptos en otro contexto podríamos definirlos como "de vandalismo", ni mas ni menos.
Más allá de lo que se represente con la "pintada popular" de pañuelos blancos, propugnados por un sector de la sociedad, afecta no solo a la estética sino a la creencia de otro gran sector, lo que genera divisiones sociales, malestares y enojos en una sociedad resquebrajada y golpeada sobretodo en estos últimos años.
Estos hechos claramente infringen normativa internacional,nacional y municipal, a saber : Ley Nro 12665, creadora de la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública. Normas de Quito, Declaración de Ámsterdam y Carta de Venecia,y Ordenanzas Municipales que irónicamente tienen su bases en las legislaciones mencionadas (las mismas pueden ser cotejadas mas adelante).
En cuanto la funcionalidad de los edificios que forman el Centro Cívico, en su concepción se buscó dotar a la ciudad de Bariloche de un punto de interés arquitectónico que sirviera a su lanzamiento como centro turístico de primer nivel, lo que no es dato menor ya que es lo que tratamos de proteger.
El Centro Civico fue obra del arquitecto Ernesto Estrada, inagurado el 17 de marzo de 1940, y en 1987 el conjunto fue declarado MUNUMENTO HISTÓRICO NACIONAL ya que representa un gran valor histórico, patrimonial o arquitectónico para no solo comunidad local sino para el pais.
- De acuerdo a las Normas de Quito (1967), “lo patrimoniable pasa por una cuestión de valorización, tanto desde el punto de vista histórico, como cultural, social, económico, turístico, etc., partiendo de la base que cada cultura determina el modo de ver la realidad, y de allí la diferente y variada valorización que cada una de ellas otorga a sus bienes culturales”.
- En la Declaración de Ámsterdam (1975) se propone “ detectar lo patrimoniable en las huellas del pasado, para pensar el futuro y así establecer el presente; buscar el equilibrio entre presente y pasado, entre moderno y antiguo, la continua búsqueda de la identidad – carácter detectando los verdaderos buenos testigos – testimonios del quehacer de la comunidad”.
- La Carta de Venecia (1964) afirma que “Cargadas de un mensaje espiritual del pasado, las obras monumentales de los pueblos continúan siendo en la vida presente el testimonio vivo de sus tradiciones seculares. La humanidad, que cada día toma conciencia de la unidad de los valores humanos, los considera como un patrimonio común y de cara a las generaciones futuras, se reconoce solidariamente responsable de su salvaguarda. Debe transmitirlos en toda la riqueza de su autenticidad”.
La ORDENANZA 971/15 declara a su vez, declararlo como "Monumento Histórico Municipal", tanto al Centro Cívico como a la Intendencia de Parques Nacionales ORDENANZA 917/15
Asimismo se les recuerda a las autoridades que la Carta Orgánica Municipal de San Carlos de Bariloche sancionada el 4 de enero de 2007, establece definitivamente la obligación del gobierno municipal de preservar y proteger su patrimonio. En su capítulo tercero, artículo 20°, inciso 3, define como deberes de los ciudadanos “Honrar y defender la ciudad, conservando y protegiendo sus bienes, sus intereses y patrimonio arquitectónico, arqueológico, histórico y cultural, y los símbolos patrios”. El artículo 29° establece como Funciones y Competencias municipales en el inciso 38: “Relevar, preservar y valorizar el patrimonio histórico y cultural representativo de la identidad de la ciudad”. El artículo 206° por su parte fija en el inciso 1 que la Municipalidad “preserva y difunde el patrimonio cultural, favoreciendo su accesibilidad social” y en su inciso 5 establece que “Adopta medidas para evitar el deterioro y la pérdida o destrucción de los bienes culturales y del patrimonio histórico”.
"Las medidas de protección adoptadas deben lograr un consenso de identidad, que permita a la ciudadanía obtener y promover un sentido de pertenencia con su ciudad, para entender lo que es, lo que fue y lo que deberá ser en lo sucesivo, pero sobre todo para posibilitar que las acciones de rescate, conservación y enriquecimiento de su imagen sean producto de las acciones de todos y en beneficio de la generaciones que la habitan y las que lo harán en el futuro. " cf. ORDENANZA Nº 2148-CM-11 ORDENANZA
Pedimos respeto, para la historia de la ciudad, respeto para quienes nos eligen como destino turístico, y respeto para todos aquellos que son tan ciudadanos como el resto.
PEDIMOS QUE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE REALICE LAS GESTIONES NECESARIAS EN FORMA URGENTE A FIN DE NO ATROPELLAR LOS DERECHOS DE TODOS LOS CIUDADANOS, DISPONIENDO UNA FORMA MAS IDÓNEA DE EXPRESIÓN, Y CUMPLIENDO CON LOS DEBERES QUE LES IMPONEN LAS ORDENANZAS Y LEYES A LAS QUE DEBEN RESPETAR Y ACOGERSE TODOS LOS CIUDADANOS SIN EXCEPCIÓN, SOLICITANDO SE LIMPIE Y PROTEJA EN FORMA INMEDIATA EL CENTRO CIVICO DE BARILOCHE Y CUALQUIER OTRO MONUMENTO HISTÓRICO DENTRO DEL EJIDO MUNICIPAL QUE SEA VULNERADO.
Asimismo interpelamos a la DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE a Cargo de la Dra. Galaverna a impulsar la presente petición de oficio conforme surge de sus atribuciones y obligaciones mencionados en forma EXPLICITA en la carta Orgánica atento que la presente es sobre un interés colectivo: "Art. 76) Créase el Defensor del Pueblo, cuya función es defender y proteger los derechos, garantías e intereses,concretos y difusos, de los individuos y de la comunidad, tutelados por la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y esta Carta Orgánica, ante hechos, actos u omisiones de la administración. El mismo actúa con autarquía financiera, plena autonomía funcional y sin recibir instrucciones de ninguna autoridad." "Art. 78) Por ordenanza se reglamentan sus funciones, deberes, atribuciones y procedimiento. Se aplican los principios de informalismo, gratuidad, impulso de oficio, sumariedad y accesibilidad. (...)"- Dra. Andrea Galaverna- Defensora del Pueblo de Bariloche- Tel: 294- 154604744
Email: defensoria@defensoriabariloche.gob.ar
DIRIGIDO AL SR. INTENDENTE Y MIEMBROS DEL CONCEJO DELIBERANTE
Intendente
Ing. Gennuso, Enrique Gustavo- CENTRO CIVICO 1º PISO
secretariaprivadamscb@bariloche.gov.ar
Integrantes del Concejo Municipal:
- Diego Augusto Benítez Presidente (JSB) dbenitez.cm@bariloche.gov.ar
presidencia.cm@bariloche.gov.ar
secprivada.cm@bariloche.gov.ar
- Ana Inés Marks Vicepresidente 1° (FpV)mmarks.cm@bariloche.gov.ar
Viviana Inés Gelain Vicepresidente 2° (JSB)vgelain.cm@bariloche.gov.ar
- Antonio Ramón Chiocconi (FpV)rchiocconi.cm@bariloche.gov.ar
- Claudia Elisabeth Contreras (JSB)ccontreras.cm@bariloche.gov.ar
- Gerardo Daniel González (PRO)dgonzalez.cm@bariloche.gov.ar
- Andrés Martinez Infante (JSB)amartinezinfante.cm@bariloche.gov.ar
- Gerardo Sergio Ávila (JSB)gavila.cm@bariloche.gov.ar
- Daniel Rubén Natapof (FpV)dnatapof.cm@bariloche.gov.ar
- Julia Elena Fernández (JSB)jfernandez.cm@bariloche.gov.ar
- María Cristina Painefil (JSB)cpainefil.cm@bariloche.gov.ar
- Secretaría Legislativaseclegislativa.cm@bariloche.gov.ar

El problema
Sr. Intendente Gustavo Gennuso
Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche:
El emblemático 24 de Marzo "Dia de la Memoria" entre otros actos de expresión dieron paso libre a que se manipulara y se maltratara bienes históricos de la comunidad, actos que circunscriptos en otro contexto podríamos definirlos como "de vandalismo", ni mas ni menos.
Más allá de lo que se represente con la "pintada popular" de pañuelos blancos, propugnados por un sector de la sociedad, afecta no solo a la estética sino a la creencia de otro gran sector, lo que genera divisiones sociales, malestares y enojos en una sociedad resquebrajada y golpeada sobretodo en estos últimos años.
Estos hechos claramente infringen normativa internacional,nacional y municipal, a saber : Ley Nro 12665, creadora de la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública. Normas de Quito, Declaración de Ámsterdam y Carta de Venecia,y Ordenanzas Municipales que irónicamente tienen su bases en las legislaciones mencionadas (las mismas pueden ser cotejadas mas adelante).
En cuanto la funcionalidad de los edificios que forman el Centro Cívico, en su concepción se buscó dotar a la ciudad de Bariloche de un punto de interés arquitectónico que sirviera a su lanzamiento como centro turístico de primer nivel, lo que no es dato menor ya que es lo que tratamos de proteger.
El Centro Civico fue obra del arquitecto Ernesto Estrada, inagurado el 17 de marzo de 1940, y en 1987 el conjunto fue declarado MUNUMENTO HISTÓRICO NACIONAL ya que representa un gran valor histórico, patrimonial o arquitectónico para no solo comunidad local sino para el pais.
- De acuerdo a las Normas de Quito (1967), “lo patrimoniable pasa por una cuestión de valorización, tanto desde el punto de vista histórico, como cultural, social, económico, turístico, etc., partiendo de la base que cada cultura determina el modo de ver la realidad, y de allí la diferente y variada valorización que cada una de ellas otorga a sus bienes culturales”.
- En la Declaración de Ámsterdam (1975) se propone “ detectar lo patrimoniable en las huellas del pasado, para pensar el futuro y así establecer el presente; buscar el equilibrio entre presente y pasado, entre moderno y antiguo, la continua búsqueda de la identidad – carácter detectando los verdaderos buenos testigos – testimonios del quehacer de la comunidad”.
- La Carta de Venecia (1964) afirma que “Cargadas de un mensaje espiritual del pasado, las obras monumentales de los pueblos continúan siendo en la vida presente el testimonio vivo de sus tradiciones seculares. La humanidad, que cada día toma conciencia de la unidad de los valores humanos, los considera como un patrimonio común y de cara a las generaciones futuras, se reconoce solidariamente responsable de su salvaguarda. Debe transmitirlos en toda la riqueza de su autenticidad”.
La ORDENANZA 971/15 declara a su vez, declararlo como "Monumento Histórico Municipal", tanto al Centro Cívico como a la Intendencia de Parques Nacionales ORDENANZA 917/15
Asimismo se les recuerda a las autoridades que la Carta Orgánica Municipal de San Carlos de Bariloche sancionada el 4 de enero de 2007, establece definitivamente la obligación del gobierno municipal de preservar y proteger su patrimonio. En su capítulo tercero, artículo 20°, inciso 3, define como deberes de los ciudadanos “Honrar y defender la ciudad, conservando y protegiendo sus bienes, sus intereses y patrimonio arquitectónico, arqueológico, histórico y cultural, y los símbolos patrios”. El artículo 29° establece como Funciones y Competencias municipales en el inciso 38: “Relevar, preservar y valorizar el patrimonio histórico y cultural representativo de la identidad de la ciudad”. El artículo 206° por su parte fija en el inciso 1 que la Municipalidad “preserva y difunde el patrimonio cultural, favoreciendo su accesibilidad social” y en su inciso 5 establece que “Adopta medidas para evitar el deterioro y la pérdida o destrucción de los bienes culturales y del patrimonio histórico”.
"Las medidas de protección adoptadas deben lograr un consenso de identidad, que permita a la ciudadanía obtener y promover un sentido de pertenencia con su ciudad, para entender lo que es, lo que fue y lo que deberá ser en lo sucesivo, pero sobre todo para posibilitar que las acciones de rescate, conservación y enriquecimiento de su imagen sean producto de las acciones de todos y en beneficio de la generaciones que la habitan y las que lo harán en el futuro. " cf. ORDENANZA Nº 2148-CM-11 ORDENANZA
Pedimos respeto, para la historia de la ciudad, respeto para quienes nos eligen como destino turístico, y respeto para todos aquellos que son tan ciudadanos como el resto.
PEDIMOS QUE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE REALICE LAS GESTIONES NECESARIAS EN FORMA URGENTE A FIN DE NO ATROPELLAR LOS DERECHOS DE TODOS LOS CIUDADANOS, DISPONIENDO UNA FORMA MAS IDÓNEA DE EXPRESIÓN, Y CUMPLIENDO CON LOS DEBERES QUE LES IMPONEN LAS ORDENANZAS Y LEYES A LAS QUE DEBEN RESPETAR Y ACOGERSE TODOS LOS CIUDADANOS SIN EXCEPCIÓN, SOLICITANDO SE LIMPIE Y PROTEJA EN FORMA INMEDIATA EL CENTRO CIVICO DE BARILOCHE Y CUALQUIER OTRO MONUMENTO HISTÓRICO DENTRO DEL EJIDO MUNICIPAL QUE SEA VULNERADO.
Asimismo interpelamos a la DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE a Cargo de la Dra. Galaverna a impulsar la presente petición de oficio conforme surge de sus atribuciones y obligaciones mencionados en forma EXPLICITA en la carta Orgánica atento que la presente es sobre un interés colectivo: "Art. 76) Créase el Defensor del Pueblo, cuya función es defender y proteger los derechos, garantías e intereses,concretos y difusos, de los individuos y de la comunidad, tutelados por la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y esta Carta Orgánica, ante hechos, actos u omisiones de la administración. El mismo actúa con autarquía financiera, plena autonomía funcional y sin recibir instrucciones de ninguna autoridad." "Art. 78) Por ordenanza se reglamentan sus funciones, deberes, atribuciones y procedimiento. Se aplican los principios de informalismo, gratuidad, impulso de oficio, sumariedad y accesibilidad. (...)"- Dra. Andrea Galaverna- Defensora del Pueblo de Bariloche- Tel: 294- 154604744
Email: defensoria@defensoriabariloche.gob.ar
DIRIGIDO AL SR. INTENDENTE Y MIEMBROS DEL CONCEJO DELIBERANTE
Intendente
Ing. Gennuso, Enrique Gustavo- CENTRO CIVICO 1º PISO
secretariaprivadamscb@bariloche.gov.ar
Integrantes del Concejo Municipal:
- Diego Augusto Benítez Presidente (JSB) dbenitez.cm@bariloche.gov.ar
presidencia.cm@bariloche.gov.ar
secprivada.cm@bariloche.gov.ar
- Ana Inés Marks Vicepresidente 1° (FpV)mmarks.cm@bariloche.gov.ar
Viviana Inés Gelain Vicepresidente 2° (JSB)vgelain.cm@bariloche.gov.ar
- Antonio Ramón Chiocconi (FpV)rchiocconi.cm@bariloche.gov.ar
- Claudia Elisabeth Contreras (JSB)ccontreras.cm@bariloche.gov.ar
- Gerardo Daniel González (PRO)dgonzalez.cm@bariloche.gov.ar
- Andrés Martinez Infante (JSB)amartinezinfante.cm@bariloche.gov.ar
- Gerardo Sergio Ávila (JSB)gavila.cm@bariloche.gov.ar
- Daniel Rubén Natapof (FpV)dnatapof.cm@bariloche.gov.ar
- Julia Elena Fernández (JSB)jfernandez.cm@bariloche.gov.ar
- María Cristina Painefil (JSB)cpainefil.cm@bariloche.gov.ar
- Secretaría Legislativaseclegislativa.cm@bariloche.gov.ar

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Petición creada en 26 de marzo de 2016