Modificar a favor de las matronas el código sanitario de Chile

La causa

Las matronas y matrones de Chile exigimos que la Contraloría revoque el dictamen que nos quita la exclusividad en las áreas de Ginecología, Obstetricia y Neonatología. Es decir, este nuevo dictamen inválida la NORMA 21, la cual habilita nuestras tareas. 

El trabajo de una matrona es: Velar por los derecho sexuales y reproductivos de la mujer chilena y su familia, a lo largo de todo el ciclo vital familiar, enfocado en modelo de salud familiar en Chile, la cual abordar desde lo fisiológico y lo patológico, por profesionales idóneos y con formación enfocado en lo integral en el ciclo vital de grupo social primario que es la familia.

Matronas y matrones han contribuido a través de este tiempo a mejorar la salud de las mujeres y sus familias a través de diferentes acciones sanitarias del ámbito de la salud sexual y reproductiva, lo que se ha expresado en la disminución de las tasas de mortalidad materna e infantil llegando a las cifras actuales.

El aporte de las matronas y matrones no se ha limitado a la salud sexual y reproductiva, se ha extendido a los ámbitos de gestión en salud, destacándose en cargos directivos en los niveles de atención primaria y secundaria.

El 1° de septiembre de 2010, el MINSAL a través de la Resolución Exenta N° 678 “APRUEBA NORMA GENERAL ADMINISTRATIVA N° 21, “ADMINISTRACION DEL CUIDADO DE PROFESIONALES MATRONAS Y MATRONES PARA LA ATENCION CERRADA”, tiene como propósito establecer las normas generales para operacionalizar el “Modelo de Administración del Cuidado de Profesionales Matronas y Matrones para la Atención Cerrada” de los Servicios y/o Unidades de
Hospitalización de Obstetricia, Ginecología, Neonatología, Urgencia Gineco-Obstétrica y Pabellón Quirúrgico Gineco-Obstétrico en los Establecimientos Hospitalarios de Alta y Mediana complejidad, e implementar los procedimientos técnicos y administrativos que aseguren los mejores resultados en la atención de los usuarios.

Esta norma responde a la definición del artículo 117 del Código Sanitario y lo dispuesto en los artículos 118, 119, 124 y 125 de dicho cuerpo legal, y al nuevo ordenamiento orgánico funcional para el modelo de atención en salud, establecido en los artículos 31, 35 y 36 del D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y N° 18.469, y en el artículo 44 del Decreto Supremo Nº 140 / 2005, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud.

Es decir, otorga la exclusividad de la gestión de los Servicios Clínicos y/o Unidades de Hospitalización de Obstetricia, Ginecología, Neonatología, Urgencia Obstétrica y Pabellones Quirúrgicos Gineco-Obstétricos de los establecimientos de alta y mediana complejidad, atención de la Salud Sexual y Reproductiva a lo largo de todo el ciclo vital familiar de las mujeres e involucrados de nivel primario y secundario del Sistema Nacional de los Servicios de Salud, a las matronas y matrones por sus competencias y formación técnica, gracias al merito y su autonomía  a lo largo de los años, delegando funciones medicas, generado un impacto económico, social, cultural,entre otras, disminuyendo así las tasas se morbilmortalidad maternas, perinatales y neonatales.

Son 180 años de historia que quiere borrar la Contraloría. Nosotros somos un referente mundial, en esta área. Por eso los invitamos a unirse a nuestro pedido. 

Firma y comparte. 

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Las matronas y matrones de Chile exigimos que la Contraloría revoque el dictamen que nos quita la exclusividad en las áreas de Ginecología, Obstetricia y Neonatología. Es decir, este nuevo dictamen inválida la NORMA 21, la cual habilita nuestras tareas. 

El trabajo de una matrona es: Velar por los derecho sexuales y reproductivos de la mujer chilena y su familia, a lo largo de todo el ciclo vital familiar, enfocado en modelo de salud familiar en Chile, la cual abordar desde lo fisiológico y lo patológico, por profesionales idóneos y con formación enfocado en lo integral en el ciclo vital de grupo social primario que es la familia.

Matronas y matrones han contribuido a través de este tiempo a mejorar la salud de las mujeres y sus familias a través de diferentes acciones sanitarias del ámbito de la salud sexual y reproductiva, lo que se ha expresado en la disminución de las tasas de mortalidad materna e infantil llegando a las cifras actuales.

El aporte de las matronas y matrones no se ha limitado a la salud sexual y reproductiva, se ha extendido a los ámbitos de gestión en salud, destacándose en cargos directivos en los niveles de atención primaria y secundaria.

El 1° de septiembre de 2010, el MINSAL a través de la Resolución Exenta N° 678 “APRUEBA NORMA GENERAL ADMINISTRATIVA N° 21, “ADMINISTRACION DEL CUIDADO DE PROFESIONALES MATRONAS Y MATRONES PARA LA ATENCION CERRADA”, tiene como propósito establecer las normas generales para operacionalizar el “Modelo de Administración del Cuidado de Profesionales Matronas y Matrones para la Atención Cerrada” de los Servicios y/o Unidades de
Hospitalización de Obstetricia, Ginecología, Neonatología, Urgencia Gineco-Obstétrica y Pabellón Quirúrgico Gineco-Obstétrico en los Establecimientos Hospitalarios de Alta y Mediana complejidad, e implementar los procedimientos técnicos y administrativos que aseguren los mejores resultados en la atención de los usuarios.

Esta norma responde a la definición del artículo 117 del Código Sanitario y lo dispuesto en los artículos 118, 119, 124 y 125 de dicho cuerpo legal, y al nuevo ordenamiento orgánico funcional para el modelo de atención en salud, establecido en los artículos 31, 35 y 36 del D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y N° 18.469, y en el artículo 44 del Decreto Supremo Nº 140 / 2005, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud.

Es decir, otorga la exclusividad de la gestión de los Servicios Clínicos y/o Unidades de Hospitalización de Obstetricia, Ginecología, Neonatología, Urgencia Obstétrica y Pabellones Quirúrgicos Gineco-Obstétricos de los establecimientos de alta y mediana complejidad, atención de la Salud Sexual y Reproductiva a lo largo de todo el ciclo vital familiar de las mujeres e involucrados de nivel primario y secundario del Sistema Nacional de los Servicios de Salud, a las matronas y matrones por sus competencias y formación técnica, gracias al merito y su autonomía  a lo largo de los años, delegando funciones medicas, generado un impacto económico, social, cultural,entre otras, disminuyendo así las tasas se morbilmortalidad maternas, perinatales y neonatales.

Son 180 años de historia que quiere borrar la Contraloría. Nosotros somos un referente mundial, en esta área. Por eso los invitamos a unirse a nuestro pedido. 

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Los tomadores de decisiones

Comisión Salud Diputados
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Comisión Senadores Salud
Comisión Senadores Salud
colegio de matronas de chile
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Petición creada en 27 de junio de 2018