Aplicación Art 337 a CP Militar


Aplicación Art 337 a CP Militar
El problema
El maltrato animal no es delito en el Código Penal militar
El Código Penal ordinario recoge en su artículo 337 el delito de maltrato animal, incluyendo penas de hasta 18 meses de prisión a quien "por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud". Se protege expresamente a animales como los gatos, que habitualmente están domesticados o viven bajo control humano.
Además, el 337 señala como agravantes el ensañamiento o la utilización "armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida del animal".
Sin embargo, la situación cambia en el ámbito castrense, que tiene su propio Código Penal militar y sus propios órganos de justicia.
Recientemente, en EEUU se ha modificado la legislación de manera que los delitos de maltrato a animales cometidos por cualquier persona en una base militar americana serán juzgados según la legislación estadounidense.
Un reciente caso de maltrato y muerte de una gata y sus crías en una base española ha puesto de manifiesto la necesidad de reformar la legislación también en las bases españolas. La Diputada Zaida Cantera registró en el Congreso de los Diputados preguntas relativas a la muerte de los gatos en el Líbano. En el escrito presentado a la Mesa del Congreso la diputada incide si "el maltrato animal es una forma de endurecimiento" que Defensa cree válida: "De comprobar que las denuncias son ciertas, ¿cuáles son las medidas que el Ministerio de Defensa va a adoptar con respecto al capitán y a aquellos que han permitido este supuesto maltrato animal?".

El problema
El maltrato animal no es delito en el Código Penal militar
El Código Penal ordinario recoge en su artículo 337 el delito de maltrato animal, incluyendo penas de hasta 18 meses de prisión a quien "por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud". Se protege expresamente a animales como los gatos, que habitualmente están domesticados o viven bajo control humano.
Además, el 337 señala como agravantes el ensañamiento o la utilización "armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida del animal".
Sin embargo, la situación cambia en el ámbito castrense, que tiene su propio Código Penal militar y sus propios órganos de justicia.
Recientemente, en EEUU se ha modificado la legislación de manera que los delitos de maltrato a animales cometidos por cualquier persona en una base militar americana serán juzgados según la legislación estadounidense.
Un reciente caso de maltrato y muerte de una gata y sus crías en una base española ha puesto de manifiesto la necesidad de reformar la legislación también en las bases españolas. La Diputada Zaida Cantera registró en el Congreso de los Diputados preguntas relativas a la muerte de los gatos en el Líbano. En el escrito presentado a la Mesa del Congreso la diputada incide si "el maltrato animal es una forma de endurecimiento" que Defensa cree válida: "De comprobar que las denuncias son ciertas, ¿cuáles son las medidas que el Ministerio de Defensa va a adoptar con respecto al capitán y a aquellos que han permitido este supuesto maltrato animal?".

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Petición creada en 5 de noviembre de 2016