Sacar el sistema de prestamo uva, son una usura!


Sacar el sistema de prestamo uva, son una usura!
El problema
PERDEMOS NUESTRAS CASAS - NUESTROS PROYECTOS COMERCIALES - NOS ESTAN MATANDO LA DIGNIDAD QUE GANAMOS AL TRABAJAR Y PAGAR NUESTRAS RESPONSABILIDADES ASUMIDAS
En el mes de abril de 2016, se implementa la variable UVA (Unidad de Valor Adquisitivo), con un valor base de la milésima parte del costo del metro cuadrado de construcción, y actualizable diariamente por aplicación del CER, índice que refleja la inflación medida por el INDEC.
Las autoridades económicas del momento, impulsaron los denominados créditos UVA, principalmente para dinamizar el crédito hipotecario, aunque también fue utilizado para la compra financiada de automóviles.
Los montos de los créditos a los que accedían los usuarios se convertían a UVA, más una tasa por el servicio financiero, variable en función del banco y del momento en que fueron tomados los mismos. En consecuencia, la cuota de amortización quedó ligada a la variación de esta variable.
Al momento de la toma de la mayoría de los créditos vigentes, las expectativas de estabilización de las principales variables económicas de país eran favorables, razón que animó a muchas personas a tomar los créditos ofrecidos y comprar su vivienda, confiando en que la tendencia de la inflación se orientaba a la baja y, por lo tanto, no deberían presentarse problemas para cumplir en tiempo y forma con la obligación asumida.
En el cuadro siguiente se vuelca la evolución de la variable UVA, conforme a las publicaciones del BCRA, y su impacto en la cuota inicial comprometida, de acuerdo con la fecha de suscripción del mutuo respectivo.
Nótese que, durante el primer año de vigencia, el incremento fue del 22.28% a partir de mes de abril del 2016, al año siguiente del 22.25% para todo el año 2017. Posteriormente se registra una aceleración de la inflación, que se acentúa en el año 2019 con la crisis cambiaria post elección PASO de agosto de ese año, arrojando para todo el 2019 una variación del 51.18 %.
La gravedad de la situación actual, está dada principalmente porque la evolución del salario estuvo por debajo de la inflación medida, ocasionando una distorsión en las economías personales, toda vez que la incidencia sobre los ingresos se tornó gravosa, con un cambio notorio en la relación ingreso/cuota de amortización del crédito.
A los efectos de ilustrar el desfase señalado, se transcribe un cuadro en el que figura la evolución del Coeficiente de Variación Salarial (CVS), publicado por el INDEC. A modo de ejemplo genérico, en el caso de un crédito tomado en abril del 2016, su cuota se multiplicó por 6.16, mientras que el ingreso registrado por el INDEC varió 2.74.
Las conclusiones precedentes surgen del mero análisis de la evolución de los índices oficiales. Ellas coinciden con los casos planteados por los mismos usuarios, y que resumimos en el cuadro que se adjunta como Anexo 1.
El común denominador en los casos planteados por los usuarios es que la actualización mediante el mecanismo UVA hoy representa, en promedio, el 60% del ingreso del deudor, mientras que, al momento de la toma del crédito, insumía el 20 %.
La causa de esta situación es la aceleración de la inflación y el retraso salarial respecto de la primera, abriendo una brecha que a su vez no se observa que tienda a cerrarse en el corto plazo. Es decir, el problema que hoy tienen los usuarios de créditos UVA probablemente se agave con el transcurso del tiempo, de no mediar rectificación alguna.
En concreto, el problema existente puede resumirse como el resultado de un cambio en las variables macroeconómicas que ocasionaron una brecha entre inflación y evolución salarial, que hace gravoso el pago de las cuotas en esos términos.
El cambio de escenario económico es totalmente ajeno al tomador del crédito. Las políticas públicas adoptadas por las autoridades nacionales en distintos momentos han sido las causantes de la modificación del escenario económico y, por ende, de las condiciones reales del impacto de los créditos sobre los ingresos personales, por lo tanto, no se le puede endilgar co-responsabilidad alguna a los tomadores de estos créditos.
Tampoco se trata de casos aislados, los desvíos son genéricos y emergentes de las políticas públicas instrumentadas, razón por la cual, en el caso del IPV de nuestra provincia, se habilitó la conversión de los créditos - originariamente pactados bajo criterios UVA - a ajustes por aplicación del Coeficiente de Variación Salarial (CVS).
El antecedente más reciente comparable en la materia, fue la ruptura de los mutuos de créditos a la salida de la convertibilidad. En aquella época, existían créditos pactados en moneda extranjera y, posteriormente a la devaluación, se tornaron de difícil cumplimiento. La Corte Suprema avaló el criterio del “esfuerzo compartido”, el cual, es también aplicable al caso actual. Este criterio hace cargar con las secuelas económicas a las dos partes de la relación jurídica y se funda en la equidad, principio general del derecho que inspira la totalidad del ordenamiento jurídico de nuestro país.
Consideramos procedente que las partes intervinientes puedan acordar la corrección a los desvíos generados, sobre la base de “la equidad y razonabilidad. Esto sería posible con la intervención de la autoridad reguladora en la materia, para lo cual se requiere de la decisión de las autoridades políticas en primera instancia.
A efectos de lograr los objetivos indicados, se solicita la intervención decidida de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y, en forma simultánea, de la Defensoría del Pueblo de la Nación, incorporada en la reforma constitucional del 1994, en su artículo 84, órgano con facultades para intervenir en casos como el descripto.
QUEREMOS DIGNIDAD QUE LES EXPLICAMOS A NUESTROS HIJOS !!! POR FAVOR AYUDAME

El problema
PERDEMOS NUESTRAS CASAS - NUESTROS PROYECTOS COMERCIALES - NOS ESTAN MATANDO LA DIGNIDAD QUE GANAMOS AL TRABAJAR Y PAGAR NUESTRAS RESPONSABILIDADES ASUMIDAS
En el mes de abril de 2016, se implementa la variable UVA (Unidad de Valor Adquisitivo), con un valor base de la milésima parte del costo del metro cuadrado de construcción, y actualizable diariamente por aplicación del CER, índice que refleja la inflación medida por el INDEC.
Las autoridades económicas del momento, impulsaron los denominados créditos UVA, principalmente para dinamizar el crédito hipotecario, aunque también fue utilizado para la compra financiada de automóviles.
Los montos de los créditos a los que accedían los usuarios se convertían a UVA, más una tasa por el servicio financiero, variable en función del banco y del momento en que fueron tomados los mismos. En consecuencia, la cuota de amortización quedó ligada a la variación de esta variable.
Al momento de la toma de la mayoría de los créditos vigentes, las expectativas de estabilización de las principales variables económicas de país eran favorables, razón que animó a muchas personas a tomar los créditos ofrecidos y comprar su vivienda, confiando en que la tendencia de la inflación se orientaba a la baja y, por lo tanto, no deberían presentarse problemas para cumplir en tiempo y forma con la obligación asumida.
En el cuadro siguiente se vuelca la evolución de la variable UVA, conforme a las publicaciones del BCRA, y su impacto en la cuota inicial comprometida, de acuerdo con la fecha de suscripción del mutuo respectivo.
Nótese que, durante el primer año de vigencia, el incremento fue del 22.28% a partir de mes de abril del 2016, al año siguiente del 22.25% para todo el año 2017. Posteriormente se registra una aceleración de la inflación, que se acentúa en el año 2019 con la crisis cambiaria post elección PASO de agosto de ese año, arrojando para todo el 2019 una variación del 51.18 %.
La gravedad de la situación actual, está dada principalmente porque la evolución del salario estuvo por debajo de la inflación medida, ocasionando una distorsión en las economías personales, toda vez que la incidencia sobre los ingresos se tornó gravosa, con un cambio notorio en la relación ingreso/cuota de amortización del crédito.
A los efectos de ilustrar el desfase señalado, se transcribe un cuadro en el que figura la evolución del Coeficiente de Variación Salarial (CVS), publicado por el INDEC. A modo de ejemplo genérico, en el caso de un crédito tomado en abril del 2016, su cuota se multiplicó por 6.16, mientras que el ingreso registrado por el INDEC varió 2.74.
Las conclusiones precedentes surgen del mero análisis de la evolución de los índices oficiales. Ellas coinciden con los casos planteados por los mismos usuarios, y que resumimos en el cuadro que se adjunta como Anexo 1.
El común denominador en los casos planteados por los usuarios es que la actualización mediante el mecanismo UVA hoy representa, en promedio, el 60% del ingreso del deudor, mientras que, al momento de la toma del crédito, insumía el 20 %.
La causa de esta situación es la aceleración de la inflación y el retraso salarial respecto de la primera, abriendo una brecha que a su vez no se observa que tienda a cerrarse en el corto plazo. Es decir, el problema que hoy tienen los usuarios de créditos UVA probablemente se agave con el transcurso del tiempo, de no mediar rectificación alguna.
En concreto, el problema existente puede resumirse como el resultado de un cambio en las variables macroeconómicas que ocasionaron una brecha entre inflación y evolución salarial, que hace gravoso el pago de las cuotas en esos términos.
El cambio de escenario económico es totalmente ajeno al tomador del crédito. Las políticas públicas adoptadas por las autoridades nacionales en distintos momentos han sido las causantes de la modificación del escenario económico y, por ende, de las condiciones reales del impacto de los créditos sobre los ingresos personales, por lo tanto, no se le puede endilgar co-responsabilidad alguna a los tomadores de estos créditos.
Tampoco se trata de casos aislados, los desvíos son genéricos y emergentes de las políticas públicas instrumentadas, razón por la cual, en el caso del IPV de nuestra provincia, se habilitó la conversión de los créditos - originariamente pactados bajo criterios UVA - a ajustes por aplicación del Coeficiente de Variación Salarial (CVS).
El antecedente más reciente comparable en la materia, fue la ruptura de los mutuos de créditos a la salida de la convertibilidad. En aquella época, existían créditos pactados en moneda extranjera y, posteriormente a la devaluación, se tornaron de difícil cumplimiento. La Corte Suprema avaló el criterio del “esfuerzo compartido”, el cual, es también aplicable al caso actual. Este criterio hace cargar con las secuelas económicas a las dos partes de la relación jurídica y se funda en la equidad, principio general del derecho que inspira la totalidad del ordenamiento jurídico de nuestro país.
Consideramos procedente que las partes intervinientes puedan acordar la corrección a los desvíos generados, sobre la base de “la equidad y razonabilidad. Esto sería posible con la intervención de la autoridad reguladora en la materia, para lo cual se requiere de la decisión de las autoridades políticas en primera instancia.
A efectos de lograr los objetivos indicados, se solicita la intervención decidida de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y, en forma simultánea, de la Defensoría del Pueblo de la Nación, incorporada en la reforma constitucional del 1994, en su artículo 84, órgano con facultades para intervenir en casos como el descripto.
QUEREMOS DIGNIDAD QUE LES EXPLICAMOS A NUESTROS HIJOS !!! POR FAVOR AYUDAME

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Petición creada en 13 de septiembre de 2021