Violencia Económica/patrimonial y Psicológica intrafamiliar

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El problema

Proyecto no de Ley sin carácter vinculante jurídico. Propuesta de análisis y reflexión sobre la actual ley de violencia de género (Ley Orgánica 1/2004 del 28 de diciembre) y contradicciones. 

 

España incumple el tratado de Estambul, al que se adhirió el 1 de agosto de 2014. En este tratado, entre otras cosas, se recoge “proteger a las mujeres contra todas las formas de violencia y prevenir, perseguir y eliminar la violencia contra la mujer y la violencia doméstica “ y TODAS incluye la violencia sexual , física , psicológica , económica y patrimonial. El convenio identifica la violencia como un ataque a los derechos humanos. Pues bien, España suspende!!. A pesar de tener una Ministra de Igualdad que defiende esta ley de "la violencia de género" con un gasto inconmensurable de fondos públicos y que promociona los derechos de las mujeres, no hemos avanzado nada desde los años 70 en esta materia, en la práctica ningún juzgado lo cumple ni atiende a este Tratado ratificado por España hace ya nueve años en materia de violencia económica y patrimonial.

 

Me gustaría dar visibilidad a la violencia económica como último nexo de control entre la víctima y la persona que ejerce el abuso y no solo afecta a las mujeres también a los hijos y a los hombres por ello lo llamo violencia intrafamiliar y no de género porque este tipo de maltrato no se dirige en exclusiva sólo contra las mujeres 

 

Que entendemos por violencia económica o patrimonial “cualquier acción u omisión que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de cualquier persona “. Resulta mucho más común de lo que se piensa en nuestro país y los juzgados miran hacia otro lado. Este tipo de violencia puede pasar desapercibida puesto que no deja huellas evidentes como las agresiones físicas. Se limita a la víctima al plano de la supervivencia ( también emocional ).

Instrumentalizando el dinero, el agresor/a busca su propio beneficio a costa del propio bienestar de la víctima. De que manera se manifiesta la violencia económica ? 

*Perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes 


*Pérdida, sustracción, retención, destrucción o apropiación indebida de bienes o derechos patrimoniales 


*Limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer necesidades 


*Evasión del cumplimiento de las obligaciones alimentarias, si gestiona alguna empresa, por ejemplo:

1-Auto aplicándose una nómina muy baja si tiene una empresa para no atender sus responsabilidades  :


2-Cobrando dinero no oficial, dinero negro, para aparentar no tener nada y justificar una pensión mínima a sus hijos 


Consiguiendo con todo ello la limitación y control de los ingresos de la víctima para que no pueda defenderse en juzgados contratando jueces especialistas en abuso; que por otro lado no pueden defender a su cliente ya que no hay amparo a nivel legislativo sobre este supuesto. Con todo ello se consigue;


*Abuso del control sobre la víctima aunque ello tenga consecuencias en el bienestar económico de los hijos y desestabilice sus emociones 


* Manejos de testaferros en sus empresas para justificar su insolvencia en un juzgado para no afrontar responsabilidades 


* Ahogo a la víctima económicamente para conseguir acuerdos a base de coacción y presión 

*Satisfacción del deseo de venganza, si el maltratador/a se ha sentido rechazado 


*Incumplir las medidas recogidas en el convenio , ingresando el último día o al día siguiente de lo convenido, restando gastos que no están incluidos en convenio con el mismo objetivo que en definitiva es, que la víctima se vea obligada a contratar abogados para los que ya no dispone de solvencia . 


La violencia económica en el ámbito familiar está destinada a coaccionar la autonomía de una persona en particular con graves consecuencias para el resto de miembros que se traduce en depresiones , ansiedad y representa un daño permanente en la vida de los hijos, los daños psicológicos son evidentes para los hijos, se traducen en rebeldía extrema como mal menor, trastornos de la alimentación y trastornos de auto imagen entre muchos otros diagnósticos 


El agresor/a pretende de este modo demostrar su supremacía sobre el resto de miembros del núcleo familiar y en otras representa un castigo si es la víctima la que se ha alejado no aceptando los abusos y pretende alcanzar su independencia emocional del abusador. Su función es generar dependencia y temor . 


Otra forma de violencia , es cuando el hombre/ mujer “vive “ de la pareja , es decir solo uno es quien trabaja para mantener a la familia y la que aporta la mayor parte del dinero o todo el dinero , la persona acomodada se encarga de manipularla o aprovechar un momento vulnerable de la pareja como puede ser una enfermedad para conseguir que le entregue el dinero o un poder para poder administrar su patrimonio, como fue mi caso particular.

 
Lo destacable en estas cuestiones es que la víctima cuando se dirige a las instituciones que supuestamente le dan cobertura por violencia de género (ley orgánica 1/2004 del 28 de diciembre) les comunican que no pueden ayudarles ya que la estafa está contemplada en nuestro ordenamiento jurídico en el art.250 del C.P y te limitan a que te dirijas por esa vía para defenderte, como si de un tercero con el que tienes una mera relación contractual se tratara. 


Esto pone de manifiesto que la ley violencia de genero no está en realidad protegiendo a las víctimas  produciendo un gran rechazo a nivel social por su carácter de desigualdad, y su esencia discriminadora hacia el género masculino, sino que además deja completamente de lado la consideración de violencia económica hacia la mujer recogida en el Tratado de Estambul convirtiéndose de ese modo la VioGen en un mantra con el único fin de  conseguir adeptos electorales como instrumento de una ideología concreta alejándose de la vocación de justicia social y en algunos casos vulnerando derechos fundamentales.

La realidad de este tipo de violencia es que no es lo mismo que quien te estafe sea un vecino que quien lo haga sea la persona con la que duermes, primero porque las vinculaciones emocionales no te permiten darte cuenta rápido de lo que está sucediendo, segundo porque cuando lo haces no lo asumes de inmediato, tercero por las connotaciones que tiene para la salud psicológica y cuarto porque los hijos pueden ser un límite para responder al abusador. De modo que no puede tener la misma consideración la estafa fría de alguien que no conoces o un tercero que alguien en quien confías.

 

Redactado por Josefina Seara, persona, victima de violencia económica, sin amparo por parte del Estado, incumpliendo así el Convenio de Estambul, mi peregrinaje por los distintos juzgados continúa 9 años después.


Lo importante de este convenio que España INCUMPLE estriba en que supone el primer instrumento de carácter vinculante en el ámbito europeo y es el tratado de mayor alcance a nivel internacional y su narrativa une países en torno a los derechos de la mujer, resultado de la lucha histórica de millones de mujeres por su esfuerzo y valía, pero este reconocimiento ni excluye ni debe ser en esencia una merma en los derechos de los demás, deconstruir este tratado y ponerlo al servicio de una ideología como es la VioGen, desacredita a quien lo utiliza en tanto en cuanto no supone un beneficio al bienestar social y sí una división social entre hombres y mujeres de gran calado para el futuro.

Por ello, abogo por una ley general de violencia intrafamiliar desde todos los ángulos, y en especial por la violencia económica patrimonial y psicológica intrafamiliar, porque por encima de géneros, somos personas. Dar visibilidad a este tipo de violencia responde a circunstancias derivadas de sociedades avanzadas.

Únete a mí , para que estos preceptos conformen una ley de igualdad real y se contemplen todas las formas de maltrato . Porque la violencia no tiene género .

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Josefina CrespoCreador de la peticiónIndependiente, luchadora, reflexiva con vocación de justicia social

Los destinatarios de la petición

Vox
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Rocio Monasterio
Isabel Diaz Ayuso
Isabel Diaz Ayuso
Candidata del Partido Popular a la Presidencia de la Comunidad de Madrid
Cayetana Alvarez de Toledo
Cayetana Alvarez de Toledo
Diputada por Barcelona; PP

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