Reforma fiscal del impuesto de sucesiones en España


Reforma fiscal del impuesto de sucesiones en España
El problema
El impuesto sobre sucesiones y donaciones se trata de una figura impositiva sobre el que las comunidades autónomas tienen una amplia competencia y ello deriva en que el coste fiscal por heredar o recibir una donación varíe notablemente en función de la legislación de la comunidad autónoma en la que se aplique. Por ejemplo, un/a hijo/a que herede 250.000€ de sus padres deberá pagar en Cataluña 41.423,8€ o en Extremadura 42.716,8€, mientras que en Madrid únicamente pagará 427,1€.
Dicha contribución podría ser calificada como injusta, en tanto que si una persona trabaja toda su vida, adquiere una vivienda y paga su renta, el IVA, el IBI, el impuesto de transmisiones, plusvalías etc.. cuando muere, sus herederos deberán volver a tributar por ello.
Asimismo, si se hereda un bien inmueble, este será valorado y se tendrá que pagar. Sin embargo, al no disponer de dicho dinero y escaso tiempo para dilapidar la herencia, lo común es que se deba pedir un crédito para adquirirla y posteriormente se malvenda.
Pero además de lo irrazonable que es per se este impuesto, esta injusticia aumenta considerablemente si tenemos en cuenta que tiene tratamientos extremadamente desiguales en función de la comunidad autónoma en la que nos encontremos.
Nuestro país es el sexto de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) con mayor tipo en el Impuesto de Sucesiones. Frente a una media del 15%, llegamos a alcanzar el 34%, de acuerdo con un estudio de alcance internacional firmado por la Tax Foundation.
El informe muestra que numerosos países han abolido por completo este gravamen, no existiendo ya en grandes economías como Australia, Austria, Canadá, Luxemburgo, Israel, Nueva Zelanda, Portugal o Suecia y tampoco en países emergentes como Estonia, Eslovenia, México, República Checa o Hungría. En EEUU, sin embargo, bien es cierto que puede llegar al 40% pero solo es aplicable en aquellas herencias valoradas en más de 5,4 millones de dólares.
Así, opino que este impuesto necesita, si no su eliminación, una reforma sustancial. Por ejemplo, un establecimiento de un margen de máximos y mínimos sobre el que las comunidades autónomas tengan potestad de modificar elementos cualitativos, con el fin de armonizar dicho gravamen y las diferencias entre comunidades no sean tan notables.
¡Firma si estás de acuerdo y abierto al diálogo para la modificación del Impuesto de sucesiones y donaciones!

El problema
El impuesto sobre sucesiones y donaciones se trata de una figura impositiva sobre el que las comunidades autónomas tienen una amplia competencia y ello deriva en que el coste fiscal por heredar o recibir una donación varíe notablemente en función de la legislación de la comunidad autónoma en la que se aplique. Por ejemplo, un/a hijo/a que herede 250.000€ de sus padres deberá pagar en Cataluña 41.423,8€ o en Extremadura 42.716,8€, mientras que en Madrid únicamente pagará 427,1€.
Dicha contribución podría ser calificada como injusta, en tanto que si una persona trabaja toda su vida, adquiere una vivienda y paga su renta, el IVA, el IBI, el impuesto de transmisiones, plusvalías etc.. cuando muere, sus herederos deberán volver a tributar por ello.
Asimismo, si se hereda un bien inmueble, este será valorado y se tendrá que pagar. Sin embargo, al no disponer de dicho dinero y escaso tiempo para dilapidar la herencia, lo común es que se deba pedir un crédito para adquirirla y posteriormente se malvenda.
Pero además de lo irrazonable que es per se este impuesto, esta injusticia aumenta considerablemente si tenemos en cuenta que tiene tratamientos extremadamente desiguales en función de la comunidad autónoma en la que nos encontremos.
Nuestro país es el sexto de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) con mayor tipo en el Impuesto de Sucesiones. Frente a una media del 15%, llegamos a alcanzar el 34%, de acuerdo con un estudio de alcance internacional firmado por la Tax Foundation.
El informe muestra que numerosos países han abolido por completo este gravamen, no existiendo ya en grandes economías como Australia, Austria, Canadá, Luxemburgo, Israel, Nueva Zelanda, Portugal o Suecia y tampoco en países emergentes como Estonia, Eslovenia, México, República Checa o Hungría. En EEUU, sin embargo, bien es cierto que puede llegar al 40% pero solo es aplicable en aquellas herencias valoradas en más de 5,4 millones de dólares.
Así, opino que este impuesto necesita, si no su eliminación, una reforma sustancial. Por ejemplo, un establecimiento de un margen de máximos y mínimos sobre el que las comunidades autónomas tengan potestad de modificar elementos cualitativos, con el fin de armonizar dicho gravamen y las diferencias entre comunidades no sean tan notables.
¡Firma si estás de acuerdo y abierto al diálogo para la modificación del Impuesto de sucesiones y donaciones!

Petición cerrada
Comparte esta petición
Los destinatarios de la petición
Actualizaciones de la petición
Compartir esta petición
Petición creada en 3 de enero de 2016


