LIBERTAD PARA MI HIJO Y PARA MI!

La causa

LIBERTAD PARA MI HIJO Y PARA MI!! ESTAMOS EN UNA RETENCION CON FINES EXTORSIVOS

En el pasado diciembre, mi hijo y yo vivimos un infierno con un procedimiento nefasto, realizado por mi ex esposo y  con ayuda de el ICBF.

El procedimiento fue una absurda restitucion internacional de menores, con una terrible e ilícita intencion de el padre.
Me permito pronunciarme ,  solicitar justicia, y apoyo de los ciudadanos para que estas instituciones revisen con lupa, responsabilidad , objetividad y cero corrupcion estos casos, y mas los privilegios ciegos que se le dan a ciudadanos extranjeros.

 En relación con este  proceso de RESTITUCION INTERNACIONAL DE MENORES, que yo viví,  para obtener el regreso de mi menor hijo a Colombia JOHN JOSEPH DAHILL  y del cual fui notificada por el  Estado de Sur de Carolina, ciudad de Greenville solicitado por el señor John Joseph Dahill, residente y ciudadano de los Estados Unidos, por un supuesto secuestro internacional,  para lo cual he de hacer las siguientes consideraciones y precisiones, que son de mucha importancia, a fin de evitar que el ICBF, MIGRACION COLOMBIA, Y FISCALIA sigan cometiendo errores que despues no podra corregir ni con millonarias indemnizaciones.


Para aperturar el proceso de Restitución Internacional de Menores, el señor Dahill, padre de mi hijo,  se valió de varias mentiras que no entiende la suscrita como una entidad del Estado de la seriedad que se predica del ICBF, no se pudo corroborar, a saber:
-El señor John Joseph Dahill para demandar por secuestro debe estar radicado legalmente en Colombia, y por lo que sé y me ha informado La  Cancillería, y Ministerio de Relaciones Exteriores al mismo se le ha negado la residencia en Colombia, por razones legales (las desconozco, pero sé que tiene el status de turista).


-Para que se dé el ejercicio arbitrario de la custodia, y por tanto la sustracción del menor al padre que lo tiene en custodia y le prodiga sus cuidados personales. En   este caso,  soy YO, quien tiene la custodia y cuidados personales del menor, y por tanto, no lo arrebaté de su cuidado o custodia, y menos, lo he sustraído del lugar de residencia del padre, pues el menor puede vivir tanto en Colombia como en Estados Unidos, por tener derecho a la doble nacionalidad, como hijo de ciudadano Americano y madre con residencia en los Estados Unidos.
Desde hace unos 4 años, he tratado de buscar protección de parte del gobierno Colombiano, para mi y para mi hijo, con respecto a violencia y retención en este país con fines extorsivos o de constreñimiento por parte del señor  Jhon Dahill hacia mi y hacia mi hijo, que buscando una rebaja o eliminar la cuota alimentaria que le fue impuesta por el Tribunal en la Florida, me ha tratado de constreñir impidiendo la salida del país de mi hijo hacia los Estados Unidos, hasta que le rebaje o cancele la demanda de  la cuota alimentaria.


-Fui víctima del delito de violencia intrafamiliar por parte del señor Dahill, pero en ese tiempo como el señor John Joseph padre, demostró que no vivía acá, con ayuda de un abogado, cerraron el caso por violencia intrafamiliar,  ya que debía residir en Colombia, y  podría prosperar la demanda como violencia en general si habían secuelas físicas,  para el child support o cuota alimentaria.  Colombia, tiene tratados firmados mas no ratificados con la Florida, por lo que no había forma legal tampoco de prosperar, y cuando se realizó la demanda en el estado de la Florida, el señor Dahill, para desestimar la demanda, como lo ha efectuado  en el estado de Fort Lauderdale, y luego en Sarasota para evadir la cuota alimentaria, que solo se inició después de cuatro años de total abandono e irresponsabilidad como padre, y que se logró por  Jurisdicción, demostrando que mi hijo no vivía en Estados unidos.


-El señor John Dahill, ha realizado innumerables intentos desesperados por anular la sentencia que impuso la cuota alimentaria en los Estados Unidos, que a pesar de muchos trucos y trampas ha tratado de evadir y  desestimar por varias razones, jurisdicción, procedimiento e incluso ya mi hijo teniendo 7 años, solicitó vergonzosamente prueba de ADN, lo cual en las cortes en Florida, ya han hecho caso omiso a las innumerables solicitudes para cancelar o disminuir dicha cuota, y aunque si logró disminuir a mas de la mitad su cuota  con cálculos mal hechos, y falsedad en aportes que jamás ha hecho en favor de su hijo, al menos en algo desde el Estado de la florida ha hecho cumplir en alguna medida la responsabilidad que tiene como padre.
Increíblemente, para mi hijo, desde este país del cual es ciudadano y del que debería recibir más protección, ha sido, al contrario, víctima de este individuo, con ayuda de las instituciones que supuestamente le reconocen más derechos, como se pasará a explicar mas adelante.
Cuando inicié el proceso con fiscalía, simplemente cerraron el caso por las causales anteriormente mencionadas, y mi hijo aun con un dictamen de psicóloga forense, no ha recibido ningún apoyo del ICBF, pese a las asesorías que solicité ante el Bienestar Familiar y fiscalía, la única respuesta fue que contratara un abogado, que después de muchos intentos por mutuo acuerdo, via legal, y solicitudes frente a jueces, donde trasladaban el caso, hasta que llegó el  Covid 19 y por fin después de cuatro años, un juez nos otorgó la salida del país, por una sola vez, a través de una conciliación a la que prácticamente se vió forzado el señor Dahill, cuando el Juez le advirtió que si el no le daba el permiso a mi hijo, el Juez lo haría.  
Cuando se me otorga finalmente el permiso de salida del país, lo solicité por tres meses para viajar hacia los Estados Unidos, con la intención de estar allí y mostrarle a mi hijo la cultura, su familia extensa y además con la finalidad de renovar mi residencia; tiempo durante el cual decidimos quedarnos allí y establecernos de manera permanente, pues además de que tengo estatus legal allí, mi hijo también y su padre lo tiene como ciudadano Americano.


Increíblemente, como sucede tantas veces en nuestro país, el victimario fue apoyado por el gobierno de Colombia, en cabeza del ICBF, institución que no realizó ni la más mínima investigación, y solicitó una restitución internacional de menores increíblemente en menos de cuatro meses, a un sujeto que ha realizado declaraciones falsas bajo juramento, como que vive en Colombia desde el 2008, lo cual es absolutamente falso, y se puede demostrar fácilmente por cancillería, Ministerio de relaciones exteriores y Migración Colombia, ya que incluso desde que Joseph nació, no ha pasado en total 25 días  durante estos 10 años, y  en calidad de turista, hasta la fecha que el juez autorizó la salida de el país de mi hijo, sin contar que no supera las cuatro horas de visita diaria, y con muchas dificultades comportamentales, ya que el propio padre difícilmente soporta las visitas, y en varias ocasiones lo ha dejado en un portón tirado, sin la mínima seguridad, por un ataque de ira, y mi hijo por su parte ha manifestado no querer ver a su padre, y a pesar de mis intentos de que ellos mantengan una relación sana, el perfil psicológico de su padre no da esa posibilidad, y como me lo ha manifestado la psicóloga forense, “no se debe revictimizar a su hijo, pues si no lo quiere ver, el tendrá sus razones, y hay que evaluarlo”.
Entonces con una terrible indignación, cuestiono Al ICBF, por qué, para realizar semejante solicitud, NO realizó una mínima investigación??  Solicitó o al menos como es que el demandante o solicitante acreditó QUE TIENE RESIDENCIA PERMANENTE EN COLOMBIA y que el menor JOHN JOSEPH estaba a su cuidado?:  acaso antecedentes y/o investigaciones penales del solicitante  no son importantes?? Puede el ICBF solicitar una restitución por abducción internacional de menores, cuando por el contrario, el hijo fue llevado al país donde el padre es legalmente residente, y no en un país que nunca ha vivido, a excepción de los últimos meses como turista??, se le solicitó su residencia legal?? o su cedula de extranjería? solicitó el ICBF al menos pruebas psicológicas o de drogas al sujeto que decía estar requiriendo la visita de su hijo, cuando por el contrario se le ofreció, incluso visitas con su familia paterna en estados Unidos?, se le ofreció encuentros incluso en el estado de su preferencia, se le informó todo el tiempo de su lugar de residencia, e incluso su hijo le suplicó para que lo dejara feliz en  Pelzer, donde ya cursaba su quinto año ,feliz, mejorando su inglés,  y a pesar de que su padre viajó a Estados Unidos y sabía y lo esperábamos para su visita, de manera maquiavélica usó las instituciones que como el bien lo sabe, en Colombia, no brillan por su desempeño eficaz, y que como lo mostró la solicitud, su intención es, que como ha tratado de solicitar ahora en otro milésimo desesperado intento de solicitar residencia que se le ha negado, todo para poder seguir obteniendo lo que si ha obtenido de este extraordinario gobierno que para él le ha facilitado continuar con los planes, de cambiar por jurisdicción, ahora viviendo ilegalmente aquí, y mi hijo forzado a volver, podría desestimar tambien por jurisdicción la cuota alimentaria impuesta en Estados Unidos por un Juez con Jurisdicción para ello; todo con ayuda de le ICBF, que dice “proteger a nuestros niños y niñas”,  donde ese fallo tiene plenos efectos y donde fue fijada la cuota por jurisdicción en el proceso de divorcio que allí se realizó entre el mencionado y la suscrita.


Con todo esto solicito realizar una investigación a los funcionarios implicados, evaluar su procedimiento, investigar si hay algún asomo de corrupción, y por supuesto proceder a la reparación de tan terrible hecho, por que los daños y perjuicios son cuantiosos, empezando por el derecho a la   residencia de mi hijo y mía en Estados unidos, a su protección y a la mía,  su buena educación, a mi trabajo, el cual también perdí por este absurdo trámite, e incluso a mi buen nombre a nivel internacional, donde fui sometida a persecución de autoridades, retención de documentos para trasladarme a este pais, y todos los gastos entre traslados y otros que debe asumir por su error el ICBF junto con su solicitante el señor Dahill, Para lo que el ICBF , JUZGADOS DE FAMILIA, agilicen la privacion de la patria potestad a este individuo, Fiscalia agilice y haga efectivas las multiples  investigaciones que hay con evidencia contra este individuo y que con esto el Migracion Colombia pueda inadmitir sus entradas al pais.


Para que entiendan la dimensión de su resultado, el padre solo después de dos semanas, después de navidad y fin de año, escribió unas palabras solicitando visita por Skype, ni siquiera gastó minutos de celular, y como era de esperarse su hijo ya no lo quiere ver mas, y ya no lo obligaré a algo que el no quiera.
Anexo documentación de todo este proceso, como demanda por violencia intrafamiliar, diagnóstico psicóloga forense de mi hijo, denuncio en fiscalía por declaraciones falsas de residencia en Medellin, denuncio en Fiscalía por violencia intrafamiliar, respuesta de Cancillería negación de residencia al señor John Joseph Dahill el cual ustedes debieron realizar antes de ´proceder ante tal equivocado y vergonzoso procedimiento .

 


Atentamente,


ADRIANA ROLDAN GUZMAN


Correo electronico: roldanguzmanadriana@hotmail.com

 


Copia Personería de Medellín
Procuraduría Regional Medellín
Oficina de Protección de la primera infancia Medellín
Migración Colombia
Ministerio de Relaciones Exteriores
Manuel Teodoro   Periodista Séptimo Dia.


 

 

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La causa

LIBERTAD PARA MI HIJO Y PARA MI!! ESTAMOS EN UNA RETENCION CON FINES EXTORSIVOS

En el pasado diciembre, mi hijo y yo vivimos un infierno con un procedimiento nefasto, realizado por mi ex esposo y  con ayuda de el ICBF.

El procedimiento fue una absurda restitucion internacional de menores, con una terrible e ilícita intencion de el padre.
Me permito pronunciarme ,  solicitar justicia, y apoyo de los ciudadanos para que estas instituciones revisen con lupa, responsabilidad , objetividad y cero corrupcion estos casos, y mas los privilegios ciegos que se le dan a ciudadanos extranjeros.

 En relación con este  proceso de RESTITUCION INTERNACIONAL DE MENORES, que yo viví,  para obtener el regreso de mi menor hijo a Colombia JOHN JOSEPH DAHILL  y del cual fui notificada por el  Estado de Sur de Carolina, ciudad de Greenville solicitado por el señor John Joseph Dahill, residente y ciudadano de los Estados Unidos, por un supuesto secuestro internacional,  para lo cual he de hacer las siguientes consideraciones y precisiones, que son de mucha importancia, a fin de evitar que el ICBF, MIGRACION COLOMBIA, Y FISCALIA sigan cometiendo errores que despues no podra corregir ni con millonarias indemnizaciones.


Para aperturar el proceso de Restitución Internacional de Menores, el señor Dahill, padre de mi hijo,  se valió de varias mentiras que no entiende la suscrita como una entidad del Estado de la seriedad que se predica del ICBF, no se pudo corroborar, a saber:
-El señor John Joseph Dahill para demandar por secuestro debe estar radicado legalmente en Colombia, y por lo que sé y me ha informado La  Cancillería, y Ministerio de Relaciones Exteriores al mismo se le ha negado la residencia en Colombia, por razones legales (las desconozco, pero sé que tiene el status de turista).


-Para que se dé el ejercicio arbitrario de la custodia, y por tanto la sustracción del menor al padre que lo tiene en custodia y le prodiga sus cuidados personales. En   este caso,  soy YO, quien tiene la custodia y cuidados personales del menor, y por tanto, no lo arrebaté de su cuidado o custodia, y menos, lo he sustraído del lugar de residencia del padre, pues el menor puede vivir tanto en Colombia como en Estados Unidos, por tener derecho a la doble nacionalidad, como hijo de ciudadano Americano y madre con residencia en los Estados Unidos.
Desde hace unos 4 años, he tratado de buscar protección de parte del gobierno Colombiano, para mi y para mi hijo, con respecto a violencia y retención en este país con fines extorsivos o de constreñimiento por parte del señor  Jhon Dahill hacia mi y hacia mi hijo, que buscando una rebaja o eliminar la cuota alimentaria que le fue impuesta por el Tribunal en la Florida, me ha tratado de constreñir impidiendo la salida del país de mi hijo hacia los Estados Unidos, hasta que le rebaje o cancele la demanda de  la cuota alimentaria.


-Fui víctima del delito de violencia intrafamiliar por parte del señor Dahill, pero en ese tiempo como el señor John Joseph padre, demostró que no vivía acá, con ayuda de un abogado, cerraron el caso por violencia intrafamiliar,  ya que debía residir en Colombia, y  podría prosperar la demanda como violencia en general si habían secuelas físicas,  para el child support o cuota alimentaria.  Colombia, tiene tratados firmados mas no ratificados con la Florida, por lo que no había forma legal tampoco de prosperar, y cuando se realizó la demanda en el estado de la Florida, el señor Dahill, para desestimar la demanda, como lo ha efectuado  en el estado de Fort Lauderdale, y luego en Sarasota para evadir la cuota alimentaria, que solo se inició después de cuatro años de total abandono e irresponsabilidad como padre, y que se logró por  Jurisdicción, demostrando que mi hijo no vivía en Estados unidos.


-El señor John Dahill, ha realizado innumerables intentos desesperados por anular la sentencia que impuso la cuota alimentaria en los Estados Unidos, que a pesar de muchos trucos y trampas ha tratado de evadir y  desestimar por varias razones, jurisdicción, procedimiento e incluso ya mi hijo teniendo 7 años, solicitó vergonzosamente prueba de ADN, lo cual en las cortes en Florida, ya han hecho caso omiso a las innumerables solicitudes para cancelar o disminuir dicha cuota, y aunque si logró disminuir a mas de la mitad su cuota  con cálculos mal hechos, y falsedad en aportes que jamás ha hecho en favor de su hijo, al menos en algo desde el Estado de la florida ha hecho cumplir en alguna medida la responsabilidad que tiene como padre.
Increíblemente, para mi hijo, desde este país del cual es ciudadano y del que debería recibir más protección, ha sido, al contrario, víctima de este individuo, con ayuda de las instituciones que supuestamente le reconocen más derechos, como se pasará a explicar mas adelante.
Cuando inicié el proceso con fiscalía, simplemente cerraron el caso por las causales anteriormente mencionadas, y mi hijo aun con un dictamen de psicóloga forense, no ha recibido ningún apoyo del ICBF, pese a las asesorías que solicité ante el Bienestar Familiar y fiscalía, la única respuesta fue que contratara un abogado, que después de muchos intentos por mutuo acuerdo, via legal, y solicitudes frente a jueces, donde trasladaban el caso, hasta que llegó el  Covid 19 y por fin después de cuatro años, un juez nos otorgó la salida del país, por una sola vez, a través de una conciliación a la que prácticamente se vió forzado el señor Dahill, cuando el Juez le advirtió que si el no le daba el permiso a mi hijo, el Juez lo haría.  
Cuando se me otorga finalmente el permiso de salida del país, lo solicité por tres meses para viajar hacia los Estados Unidos, con la intención de estar allí y mostrarle a mi hijo la cultura, su familia extensa y además con la finalidad de renovar mi residencia; tiempo durante el cual decidimos quedarnos allí y establecernos de manera permanente, pues además de que tengo estatus legal allí, mi hijo también y su padre lo tiene como ciudadano Americano.


Increíblemente, como sucede tantas veces en nuestro país, el victimario fue apoyado por el gobierno de Colombia, en cabeza del ICBF, institución que no realizó ni la más mínima investigación, y solicitó una restitución internacional de menores increíblemente en menos de cuatro meses, a un sujeto que ha realizado declaraciones falsas bajo juramento, como que vive en Colombia desde el 2008, lo cual es absolutamente falso, y se puede demostrar fácilmente por cancillería, Ministerio de relaciones exteriores y Migración Colombia, ya que incluso desde que Joseph nació, no ha pasado en total 25 días  durante estos 10 años, y  en calidad de turista, hasta la fecha que el juez autorizó la salida de el país de mi hijo, sin contar que no supera las cuatro horas de visita diaria, y con muchas dificultades comportamentales, ya que el propio padre difícilmente soporta las visitas, y en varias ocasiones lo ha dejado en un portón tirado, sin la mínima seguridad, por un ataque de ira, y mi hijo por su parte ha manifestado no querer ver a su padre, y a pesar de mis intentos de que ellos mantengan una relación sana, el perfil psicológico de su padre no da esa posibilidad, y como me lo ha manifestado la psicóloga forense, “no se debe revictimizar a su hijo, pues si no lo quiere ver, el tendrá sus razones, y hay que evaluarlo”.
Entonces con una terrible indignación, cuestiono Al ICBF, por qué, para realizar semejante solicitud, NO realizó una mínima investigación??  Solicitó o al menos como es que el demandante o solicitante acreditó QUE TIENE RESIDENCIA PERMANENTE EN COLOMBIA y que el menor JOHN JOSEPH estaba a su cuidado?:  acaso antecedentes y/o investigaciones penales del solicitante  no son importantes?? Puede el ICBF solicitar una restitución por abducción internacional de menores, cuando por el contrario, el hijo fue llevado al país donde el padre es legalmente residente, y no en un país que nunca ha vivido, a excepción de los últimos meses como turista??, se le solicitó su residencia legal?? o su cedula de extranjería? solicitó el ICBF al menos pruebas psicológicas o de drogas al sujeto que decía estar requiriendo la visita de su hijo, cuando por el contrario se le ofreció, incluso visitas con su familia paterna en estados Unidos?, se le ofreció encuentros incluso en el estado de su preferencia, se le informó todo el tiempo de su lugar de residencia, e incluso su hijo le suplicó para que lo dejara feliz en  Pelzer, donde ya cursaba su quinto año ,feliz, mejorando su inglés,  y a pesar de que su padre viajó a Estados Unidos y sabía y lo esperábamos para su visita, de manera maquiavélica usó las instituciones que como el bien lo sabe, en Colombia, no brillan por su desempeño eficaz, y que como lo mostró la solicitud, su intención es, que como ha tratado de solicitar ahora en otro milésimo desesperado intento de solicitar residencia que se le ha negado, todo para poder seguir obteniendo lo que si ha obtenido de este extraordinario gobierno que para él le ha facilitado continuar con los planes, de cambiar por jurisdicción, ahora viviendo ilegalmente aquí, y mi hijo forzado a volver, podría desestimar tambien por jurisdicción la cuota alimentaria impuesta en Estados Unidos por un Juez con Jurisdicción para ello; todo con ayuda de le ICBF, que dice “proteger a nuestros niños y niñas”,  donde ese fallo tiene plenos efectos y donde fue fijada la cuota por jurisdicción en el proceso de divorcio que allí se realizó entre el mencionado y la suscrita.


Con todo esto solicito realizar una investigación a los funcionarios implicados, evaluar su procedimiento, investigar si hay algún asomo de corrupción, y por supuesto proceder a la reparación de tan terrible hecho, por que los daños y perjuicios son cuantiosos, empezando por el derecho a la   residencia de mi hijo y mía en Estados unidos, a su protección y a la mía,  su buena educación, a mi trabajo, el cual también perdí por este absurdo trámite, e incluso a mi buen nombre a nivel internacional, donde fui sometida a persecución de autoridades, retención de documentos para trasladarme a este pais, y todos los gastos entre traslados y otros que debe asumir por su error el ICBF junto con su solicitante el señor Dahill, Para lo que el ICBF , JUZGADOS DE FAMILIA, agilicen la privacion de la patria potestad a este individuo, Fiscalia agilice y haga efectivas las multiples  investigaciones que hay con evidencia contra este individuo y que con esto el Migracion Colombia pueda inadmitir sus entradas al pais.


Para que entiendan la dimensión de su resultado, el padre solo después de dos semanas, después de navidad y fin de año, escribió unas palabras solicitando visita por Skype, ni siquiera gastó minutos de celular, y como era de esperarse su hijo ya no lo quiere ver mas, y ya no lo obligaré a algo que el no quiera.
Anexo documentación de todo este proceso, como demanda por violencia intrafamiliar, diagnóstico psicóloga forense de mi hijo, denuncio en fiscalía por declaraciones falsas de residencia en Medellin, denuncio en Fiscalía por violencia intrafamiliar, respuesta de Cancillería negación de residencia al señor John Joseph Dahill el cual ustedes debieron realizar antes de ´proceder ante tal equivocado y vergonzoso procedimiento .

 


Atentamente,


ADRIANA ROLDAN GUZMAN


Correo electronico: roldanguzmanadriana@hotmail.com

 


Copia Personería de Medellín
Procuraduría Regional Medellín
Oficina de Protección de la primera infancia Medellín
Migración Colombia
Ministerio de Relaciones Exteriores
Manuel Teodoro   Periodista Séptimo Dia.


 

 

Los tomadores de decisiones

Astrid Eliana Cáceres Cárdenas
Astrid Eliana Cáceres Cárdenas
DIRECTORA ICBF

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Petición creada en 6 de junio de 2023