Ley por la Protección del Patrimonio Urbano ante el Grafiti Vandálico


Ley por la Protección del Patrimonio Urbano ante el Grafiti Vandálico
La causa
Valparaíso es una ciudad única en el mundo.
Patrimonio de la Humanidad, cuna de artistas, historia y cultura. Sus cerros y calles están llenos de murales, colores y vida. Pero también, desde hace años, Valparaíso sufre un deterioro constante: el grafiti vandálico —no autorizado, muchas veces agresivo o destructivo— daña espacios públicos, fachadas patrimoniales, trenes, estaciones de metro y hasta murales reconocidos como obras de arte.
Nuestra propuesta nace desde Valparaíso, no solo por su simbolismo, sino porque si una ciudad reconocida por la UNESCO como Patrimonio de la Humanidad hace más de 20 años no puede proteger su patrimonio… ¿cómo esperamos cuidar el resto del país?
Concepción, Viña del Mar, Iquique, Antofagasta, Puerto Montt y tantas otras ciudades enfrentan el mismo problema. Pero sin herramientas legales claras, el daño continúa y se multiplica.
¿Quiénes están siendo afectados?
Miles de vecinos, comerciantes, turistas y estudiantes en Valparaíso y otras ciudades de Chile conviven a diario con el deterioro del espacio urbano producto del grafiti vandálico. No se trata de arte urbano, sino de acciones destructivas que dañan fachadas, monumentos patrimoniales, estaciones de tren, y murales reconocidos. Este fenómeno genera una sensación de abandono e inseguridad, especialmente en barrios históricos como los cerros de Valparaíso, y tiene altos costos de limpieza que muchas veces deben asumir los propios vecinos.
¿Qué está en juego?
Si no se actúa ahora, Valparaíso y muchas otras ciudades seguirán perdiendo parte de su patrimonio material y simbólico. El grafiti vandálico sin control refuerza un clima de impunidad que favorece delitos más graves, como el microtráfico o las ocupaciones ilegales. Pero si se aprueba una legislación moderna, clara y firme —como la propuesta “Ley Anti-Grafiti de Valparaíso”— se podrá diferenciar el arte urbano legítimo del vandalismo, sancionar a los responsables, y exigir reparación del daño causado. Esta ley permitirá recuperar espacios, restaurar el valor de nuestra herencia urbana y fortalecer la convivencia ciudadana.
¿Por qué es urgente actuar ahora?
Valparaíso es Patrimonio de la Humanidad y su deterioro es evidente. La legislación actual no está funcionando: no tipifica el grafiti vandálico como delito específico, no contempla agravantes ni sanciona la reincidencia o la acción de grupos concertados. Hoy tenemos la oportunidad de transformar a Valparaíso en el punto de partida de una solución nacional. La ciudadanía exige una respuesta. Es momento de actuar con decisión para proteger nuestro patrimonio, nuestra identidad y la dignidad de nuestras ciudades.
Firma esta petición y ayúdanos a exigir al Congreso, los partidos políticos y al Estado que actúen con decisión.
Es momento de terminar con la impunidad. Chile necesita una ley moderna, específica y aplicable, que deje atrás las ambigüedades entre el Código Penal y la Ley de Monumentos Nacionales.
Proteger el patrimonio no puede seguir dependiendo de interpretaciones jurídicas: debe ser un mandato claro.
II. ARTICULADO PROPUESTO
Artículo único. Introdúcense los siguientes artículos 488 bis y 488 ter al Código Penal:
"Artículo 488 bis. El que, sin consentimiento del propietario, usufructuario, tenedor u ocupante legítimo, realice inscripciones, dibujos, pintadas o manchas mediante cualquier sustancia sobre bienes públicos o privados, visibles desde la vía pública o en espacios de uso común, será sancionado con:
1. Multa de 10 a 100 unidades tributarias mensuales (UTM), si el daño no supera 1 UTM de reparación.
2. Presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días), si el bien dañado pertenece al Estado, a una institución patrimonial o a bienes de uso público.
3. Presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años), si el bien dañado está declarado Monumento Nacional o inscrito en el Catastro de Bienes Patrimoniales."
Inciso segundo. Se considerarán circunstancias agravantes especiales:
a) Reincidencia dentro de los últimos cinco años. b) Actuar concertadamente o como parte de una organización. c) Ejecutar el hecho en horario nocturno o con ocultamiento del rostro. d) Utilizar sustancias indelebles, inflamables o de alta toxicidad.
Artículo 488 ter. El condenado por el artículo anterior deberá pagar los costos totales de limpieza o restauración. En caso de insolvencia, podrán imponérsele trabajos comunitarios de limpieza por un mínimo de 40 horas, sin perjuicio de la pena principal.
Disposición transitoria. Dentro de los 180 días siguientes a la publicación de esta ley, el Ministerio de Justicia creará un Registro Nacional de Infractores por Daño al Patrimonio Urbano, con acceso reservado a autoridades judiciales, policiales y municipales.
Disposición final. Esta ley no afectará murales o manifestaciones artísticas realizadas con autorización expresa del titular del bien y conforme a ordenanzas municipales.
Misión
Proteger el patrimonio y promover su restauración en Chile mediante una ley que sancione efectivamente el rayado y vandalismo de bienes públicos, zonas patrimoniales y cascos históricos.
Visión
Ciudades donde restaurar no sea un esfuerzo en vano, sino un acto respaldado por una cultura de respeto, memoria y responsabilidad colectiva.
Valores
Respeto por la historia
Acción ciudadana
Justicia urbana
Recuperación del espacio público
Transversalidad política
Compromiso cultural
https://www.patrimonionoseraya.cl
115
La causa
Valparaíso es una ciudad única en el mundo.
Patrimonio de la Humanidad, cuna de artistas, historia y cultura. Sus cerros y calles están llenos de murales, colores y vida. Pero también, desde hace años, Valparaíso sufre un deterioro constante: el grafiti vandálico —no autorizado, muchas veces agresivo o destructivo— daña espacios públicos, fachadas patrimoniales, trenes, estaciones de metro y hasta murales reconocidos como obras de arte.
Nuestra propuesta nace desde Valparaíso, no solo por su simbolismo, sino porque si una ciudad reconocida por la UNESCO como Patrimonio de la Humanidad hace más de 20 años no puede proteger su patrimonio… ¿cómo esperamos cuidar el resto del país?
Concepción, Viña del Mar, Iquique, Antofagasta, Puerto Montt y tantas otras ciudades enfrentan el mismo problema. Pero sin herramientas legales claras, el daño continúa y se multiplica.
¿Quiénes están siendo afectados?
Miles de vecinos, comerciantes, turistas y estudiantes en Valparaíso y otras ciudades de Chile conviven a diario con el deterioro del espacio urbano producto del grafiti vandálico. No se trata de arte urbano, sino de acciones destructivas que dañan fachadas, monumentos patrimoniales, estaciones de tren, y murales reconocidos. Este fenómeno genera una sensación de abandono e inseguridad, especialmente en barrios históricos como los cerros de Valparaíso, y tiene altos costos de limpieza que muchas veces deben asumir los propios vecinos.
¿Qué está en juego?
Si no se actúa ahora, Valparaíso y muchas otras ciudades seguirán perdiendo parte de su patrimonio material y simbólico. El grafiti vandálico sin control refuerza un clima de impunidad que favorece delitos más graves, como el microtráfico o las ocupaciones ilegales. Pero si se aprueba una legislación moderna, clara y firme —como la propuesta “Ley Anti-Grafiti de Valparaíso”— se podrá diferenciar el arte urbano legítimo del vandalismo, sancionar a los responsables, y exigir reparación del daño causado. Esta ley permitirá recuperar espacios, restaurar el valor de nuestra herencia urbana y fortalecer la convivencia ciudadana.
¿Por qué es urgente actuar ahora?
Valparaíso es Patrimonio de la Humanidad y su deterioro es evidente. La legislación actual no está funcionando: no tipifica el grafiti vandálico como delito específico, no contempla agravantes ni sanciona la reincidencia o la acción de grupos concertados. Hoy tenemos la oportunidad de transformar a Valparaíso en el punto de partida de una solución nacional. La ciudadanía exige una respuesta. Es momento de actuar con decisión para proteger nuestro patrimonio, nuestra identidad y la dignidad de nuestras ciudades.
Firma esta petición y ayúdanos a exigir al Congreso, los partidos políticos y al Estado que actúen con decisión.
Es momento de terminar con la impunidad. Chile necesita una ley moderna, específica y aplicable, que deje atrás las ambigüedades entre el Código Penal y la Ley de Monumentos Nacionales.
Proteger el patrimonio no puede seguir dependiendo de interpretaciones jurídicas: debe ser un mandato claro.
II. ARTICULADO PROPUESTO
Artículo único. Introdúcense los siguientes artículos 488 bis y 488 ter al Código Penal:
"Artículo 488 bis. El que, sin consentimiento del propietario, usufructuario, tenedor u ocupante legítimo, realice inscripciones, dibujos, pintadas o manchas mediante cualquier sustancia sobre bienes públicos o privados, visibles desde la vía pública o en espacios de uso común, será sancionado con:
1. Multa de 10 a 100 unidades tributarias mensuales (UTM), si el daño no supera 1 UTM de reparación.
2. Presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días), si el bien dañado pertenece al Estado, a una institución patrimonial o a bienes de uso público.
3. Presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años), si el bien dañado está declarado Monumento Nacional o inscrito en el Catastro de Bienes Patrimoniales."
Inciso segundo. Se considerarán circunstancias agravantes especiales:
a) Reincidencia dentro de los últimos cinco años. b) Actuar concertadamente o como parte de una organización. c) Ejecutar el hecho en horario nocturno o con ocultamiento del rostro. d) Utilizar sustancias indelebles, inflamables o de alta toxicidad.
Artículo 488 ter. El condenado por el artículo anterior deberá pagar los costos totales de limpieza o restauración. En caso de insolvencia, podrán imponérsele trabajos comunitarios de limpieza por un mínimo de 40 horas, sin perjuicio de la pena principal.
Disposición transitoria. Dentro de los 180 días siguientes a la publicación de esta ley, el Ministerio de Justicia creará un Registro Nacional de Infractores por Daño al Patrimonio Urbano, con acceso reservado a autoridades judiciales, policiales y municipales.
Disposición final. Esta ley no afectará murales o manifestaciones artísticas realizadas con autorización expresa del titular del bien y conforme a ordenanzas municipales.
Misión
Proteger el patrimonio y promover su restauración en Chile mediante una ley que sancione efectivamente el rayado y vandalismo de bienes públicos, zonas patrimoniales y cascos históricos.
Visión
Ciudades donde restaurar no sea un esfuerzo en vano, sino un acto respaldado por una cultura de respeto, memoria y responsabilidad colectiva.
Valores
Respeto por la historia
Acción ciudadana
Justicia urbana
Recuperación del espacio público
Transversalidad política
Compromiso cultural
https://www.patrimonionoseraya.cl
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Petición creada en 30 de junio de 2025