La jubilacion no es ganancia
La jubilacion no es ganancia
La causa
LA ASOCIACION DE JUBILADOS DOCENTES NACIONALES SE DIRIGE AL PODER EJECUTIVO Y LEGISLATIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
ARGENTINA AGOSTO DE 2026
De nuestra mayor consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes con el fin de solicitarles su intervención institucional para impulsar y acompañar proyectos destinados a la derogación del Impuesto a las Ganancias sobre las jubilaciones y pensiones, así como del artículo 9 de la Ley 24.463 (Ley de Solidaridad Previsional).
Fundamentos del reclamo
Carácter alimentario: Los haberes previsionales no constituyen una ganancia ni un enriquecimiento, sino el fruto de décadas de aportes durante la vida activa, destinados a garantizar la subsistencia en la vejez.
Confiscotariedad y topes: El artículo 9 de la Ley 24.463 impone topes y deducciones confiscatorias que reducen de manera injustificada los ingresos de los sectores pasivos, vulnerando derechos adquiridos.
Jurisprudencia reiterada: Diversos tribunales y la propia doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación han señalado la incompatibilidad de gravar los ingresos de los adultos mayores con tributos que afectan su dignidad y capacidad de vida.
La Vulnerabilidad del Tiempo y la Naturaleza Alimentaria
Los jubilados integran un grupo etario vulnerado por el paso de los años, la enfermedad y el costo de vida.
Obligar a un adulto mayor a iniciar un juicio individual genera un desgaste vital irreparable.
El tiempo que dura un litigio judicial atenta contra el carácter alimentario e irrepetible de los haberes previsionales.
Por todo lo expuesto, confiamos en que sabrán hacer eco de este reclamo legítimo en defensa de los derechos previsionales, promoviendo las modificaciones legislativas necesarias para devolver la equidad al sistema.
Prof GILMA GARCIA. REFERENTE ASOCIACION JUBILADOS DOCENTES NACIONALES

308
La causa
LA ASOCIACION DE JUBILADOS DOCENTES NACIONALES SE DIRIGE AL PODER EJECUTIVO Y LEGISLATIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
ARGENTINA AGOSTO DE 2026
De nuestra mayor consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes con el fin de solicitarles su intervención institucional para impulsar y acompañar proyectos destinados a la derogación del Impuesto a las Ganancias sobre las jubilaciones y pensiones, así como del artículo 9 de la Ley 24.463 (Ley de Solidaridad Previsional).
Fundamentos del reclamo
Carácter alimentario: Los haberes previsionales no constituyen una ganancia ni un enriquecimiento, sino el fruto de décadas de aportes durante la vida activa, destinados a garantizar la subsistencia en la vejez.
Confiscotariedad y topes: El artículo 9 de la Ley 24.463 impone topes y deducciones confiscatorias que reducen de manera injustificada los ingresos de los sectores pasivos, vulnerando derechos adquiridos.
Jurisprudencia reiterada: Diversos tribunales y la propia doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación han señalado la incompatibilidad de gravar los ingresos de los adultos mayores con tributos que afectan su dignidad y capacidad de vida.
La Vulnerabilidad del Tiempo y la Naturaleza Alimentaria
Los jubilados integran un grupo etario vulnerado por el paso de los años, la enfermedad y el costo de vida.
Obligar a un adulto mayor a iniciar un juicio individual genera un desgaste vital irreparable.
El tiempo que dura un litigio judicial atenta contra el carácter alimentario e irrepetible de los haberes previsionales.
Por todo lo expuesto, confiamos en que sabrán hacer eco de este reclamo legítimo en defensa de los derechos previsionales, promoviendo las modificaciones legislativas necesarias para devolver la equidad al sistema.
Prof GILMA GARCIA. REFERENTE ASOCIACION JUBILADOS DOCENTES NACIONALES

Actualizaciones de la petición
Compartir esta petición
Petición creada en 1 de agosto de 2026