Incluir al terapeuta ocupacional en el ámbito educativo

Incluir al terapeuta ocupacional en el ámbito educativo

El problema

La ley garantiza cubrir unos derechos de atención educativa que el alumnado con necesidades educativas especiales y con necesidades específicas de apoyo educativo no está recibiendo.

La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de educación (LOE), “intercede por una educación inclusiva”. Bajo esta ley, las necesidades específicas del alumnado son cubiertas con recursos suficientes en los centros educativos ordinarios, garantizando atender a estas demandas con la mayor calidad posible. 

En el Preámbulo de esta ley se enfatiza que “La educación es el medio más adecuado para construir su personalidad, desarrollar al máximo sus capacidades, conformar su propia identidad personal y configurar su comprensión de la realidad, integrando la dimensión cognoscitiva, la afectiva y la axiológica. Para la sociedad, la educación es el medio de transmitir y, al mismo tiempo, de renovar la cultura y el acervo de conocimientos y valores que la sustentan, de extraer las máximas posibilidades de sus fuentes de riqueza, de fomentar la convivencia democrática y el respeto a las diferencias individuales, de promover la solidaridad y evitar la discriminación, con el objetivo fundamental de lograr la necesaria cohesión social”.

Numerosos  epígrafes de la ley  hacen alusión a la educación inclusiva teniendo en cuenta el rol de aprendiz que tienen los niños en el contexto escolar, pero obvian otros roles y actividades que también tienen lugar (jugadores, trabajadores, actividades de autocuidado…)

La enseñanza básica se desarrolla, de forma regular, entre los 6 y los 16 años, lo que supone una etapa crítica para el desarrollo global de los menores, que pasan la mayor parte del tiempo de su jornada diaria en el colegio, donde las ocupaciones que llevan a cabo le ofrecen experiencias cruciales para suaprendizaje tanto educativo como personal.

También se hace referencia al alumnado con necesidades especiales y específicas de apoyo educativo, con el que el terapeuta ocupacional intervendrá evaluando de manera individualizada y exhaustiva para brindarle las herramientas necesarias para desarrollar su máximo potencial para que, logre desempeñarse en todas las ocupaciones que se desarrollan en elcontexto escolar.

En la práctica sabemos que esto no siempre se favorece y como resultado de esta falta de atención ajustada, muchos estudiantes enfrentan problemas de accesibilidad educativa, salud mental deteriorada y un creciente riesgo de fracaso escolar.

Como Colegio Profesional somos conscientes  del dolor que sufren las familias al ver cómo el potencial de sus hijos e hijas se ve obstaculizado por un sistema que no proporciona el soporte especializado necesario.

Es urgente y vital la incorporación de terapeutas ocupacionales en el ámbito educativo. Estos profesionales poseen la formación y el conocimiento para abordar una amplia gama de desafíos que enfrentan los estudiantes, desde dificultades motoras hasta problemas relacionados con el aprendizaje y la salud mental. Un terapeuta ocupacional puede trabajar junto con docentes y otros miembros de la comunidad educativa para desarrollar planes personalizados que promuevan la justicia ocupacional y educativa. Su presencia en las escuelas aseguraría que cada niño, independientemente de sus habilidades, tenga la oportunidad de acceder plenamente a la educación y desarrollar todo su potencial.

Numerosos estudios han demostrado que la intervención temprana y adecuada de terapeutas ocupacionales puede mejorar significativamente los resultados educativos y personales de los estudiantes con capacidades diferentes y por ende en todo el alumnado. Sin embargo, en España, estas intervenciones no son una realidad accesible para todas las familias debido a la falta de integración de estos profesionales en el sistema educativo.

Hacemos un llamamiento al Ministerio de Educación y a las autoridades educativas pertinentes para que tomen medidas inmediatas para integrar a los terapeutas ocupacionales en las escuelas y centros educativos. El bienestar y el éxito futuro de nuestros hijos dependen de ello.

Firma esta petición para exigir una educación más inclusiva y justa para todos los estudiantes. ¡Es hora de actuar por el cambio que realmente importa! Adjuntamos la propuesta completa a continuación:

OBJETO DE LA PRESENTE INICIATIVA: INCORPORACIÓN DE LA FIGURA DEL TERAPEUTA OCUPACIONAL ENTRE LOS PROFESIONALES EDUCATIVOS

Las vivencias en el centro escolar son cruciales para el desarrollo de habilidades y competencias para desenvolverse de manera adaptativa en las diferentes actividades cotidianas y para repararse para la vida adulta. Durante este período las oportunidades de participar en ocupaciones significativas claves para su desarrollo integral son infinitas y de gran importancia.

Los niños asumen el papel primordial de alumnos en la escuela, lo que significa que son aprendices, trabajadores, jugadores, cuidadores de sí mismos y miembros de la comunidad en distintos momentos de la jornada escolar, y que cada papel tiene asignada su propia constelación de tareas, motivaciones y expectativas. Además, dentro de la jornada escolar, tienen lugar múltiples ocupaciones más allá de las meramente académicas y esto debe ser tenido en cuenta en la praxis educativa.

 

Según la American Occupational Therapy Association (AOTA), guía para la praxis de la terapia ocupacional a nivel internacional, existen nueve áreas de ocupación. Todas estas ocupaciones en mayor o menor grado tienen lugar en el ámbito escolar o influyen directamente sobre él, por lo que la presencia del terapeuta ocupacional es fundamental:

Actividades básicas de la vida diaria (ABVD): Actividadesorientadas al cuidado del propio cuerpo y completadas de forma rutinaria, como: bañarse o ducharse; higiene del baño y del aseo; vestirse; alimentarse; movilizaciones funcionales; y actividades sexuales.

◦ Muchas de estas actividades son desempeñadas en los centros educativos, como el aseo e higiene, el control de esfínteres, el uso del wc, el vestido o la alimentación.

Actividades instrumentales de la vida diaria (AIVD): Actividades para apoyar la vida diaria en el hogar y la comunidad, como: crianza de los niños; cuidado de mascotas y animales; cuidado de otros; gestión de la comunicación; conducción y movilidad de la comunidad; gestión financiera; establecimiento y gestión del hogar; preparación de la comida y limpieza; expresión religiosa y espiritual; mantenimiento de seguridad; y las actividades de compras.

◦ En el entorno escolar encontramos actividades como el cuidado del material, la organización de tareas o el manejo de la agenda. Así como la comunicación con compañeros y docentes en innumerables escenarios.

Educación: Actividades necesarias para aprender y participar en el entorno educativo, como: la participación en la educación formal; la exploración de las necesidades o intereses educativos personales informales (más allá de la educación formal) y la participación en la educación informal.

◦ Las actividades educativas en sí mismas incluyen la participación de la educación formal, informal, intereses personales, rendimiento y exploración, y junto con el juego, constituyen las principales ocupaciones en los niños y niñas de edad escolar.

Juego: Actividades lúdicas intrínsecamente motivadas, controladas internamente y elegidas libremente y que pueden incluir la suspensión de la realidad (p. ej., fantasías), exploración, humor, toma de riesgos, concursos y celebraciones. El juego es un fenómeno complejo y multidimensional que está moldeado por factores socioculturales. El juego se refiere a: exploración del juego y participación del juego.

Ocio y tiempo libre: Actividad no obligatoria que está intrínsecamente motivada y se realiza durante un tiempo discrecional, es decir, tiempo no dedicado a ocupaciones obligatorias como el trabajo, el cuidado personal o el sueño. El ocio se refiere a: exploración del ocio; y participación del ocio.

◦ Las actividades de ocio, juego y tiempo libre se desarrollan continuamente en los recreos, el patio, las actividades extraescolares y horas libres, e incluso, aunque de manera más dirigida, dentro del propio aula.

Participación social: Actividades que impliquen una interacción social con otros, incluidos familiares, amigos, compañeros y miembros de la comunidad, y que apoyen la interdependencia social. La participación social se refiere a: la participación comunitaria; participación familiar; amistades; relaciones íntimas de parejas; participación en grupo de pares.

Descanso y sueño: Actividades relacionadas con la obtención de descanso y sueño reparador para apoyar la participación activa y saludable en otras ocupaciones. El descanso y sueño se refiere a: relajación y descanso; preparación del sueño; y participación del sueño.

◦ Los niños en el primer ciclo de educación infantil y al inicio del segundo ciclo, toman siestas dentro del horario lectivo.

Gestión de la salud: Actividades relacionadas con el desarrollo, gestión y mantenimiento de rutinas de salud y bienestar, incluida la autogestión, con el objetivo de mejorar o preservar la salud para apoyar la participación en otras ocupaciones. La gestión de la salud se refiere a: la promoción y mantención de la salud social y emocional; el manejo de síntomas y afecciones; la comunicación con el Sistema de Salud; manejo de medicamentos; actividad física; manejo nutricional; y manejo de dispositivos de cuidado personal.

Trabajo: Trabajo o esfuerzo relacionado con el desarrollo, la producción, la entrega o la gestión de objetos o servicios; beneficios pueden ser financieros o no financieros (por ejemplo, conexión social, contribuciones a la sociedad, estructura y rutina de la vida  cotidiana)

◦ Los niños identifican la mayoría de las tareas escolares como trabajo (Briggs y Nichols, 2001). Basándose en su sensación de esfuerzo requerido, interés y competencia, los niños atribuyen emociones tanto positivas como negativas a la realización de las tareas (Chaparro & Hooper, 2002).

 

Llegados a este punto veremos con claridad que la terapia ocupacional es una profesión cuya función principal es dotar a la persona de mayor autonomía y calidad de vida empleando para ello la ocupación como medio den rehabilitación, partiendo de una valoración especializada y la implementación de un plan de tratamiento pautado.

Para la obtención de las competencias recogidas en la Orden CIN/729/2009, de 18 de marzo, el Plan de Estudios de Terapia Ocupacional se desarrolla en módulos, dentro de los cuales se destaca el de “Terapia Ocupacional, autonomía personal e independencia”, puesto que en el mismo se recogen las competencias que definen la labor de los profesionales de Terapia Ocupacional en Educación. Se subrayan especialmente las siguientes: conocer, evaluar, analizar, elaborar y participar en programas de educación y promoción de la salud dentro del ámbito de la Terapia Ocupacional para prevenir las disfunciones ocupacionales en general y subsecuentes a afecciones médicas, quirúrgicas y psiquiátricas e interacción social.

La Federación Mundial de la Terapia Ocupacional (WFOT) en 2016 declaró que “El rol de la terapia ocupacional es el de facilitar, apoyar y promover la participación completa y el bienestar del alumnado, apoyando sus fortalezas y encontrando soluciones, reduciendo o eliminando las limitaciones en el aprendizaje académico y las restricciones en la participación”.

I. Legislación estatal ,  autonómica y comentarios sobre las mismas desde el punto de vista de la Terapia Ocupacional.
 En cuanto a la legislación educativa, la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de educación (LOE), intercede por una educación inclusiva. Bajo esta ley, las necesidades específicas del alumnado son cubiertas con recursos suficientes en los centros educativos ordinarios, garantizando atender a estas demandas con la mayor calidad posible.

Ciertamente, las necesidades dentro de los centros educativo ordinarios son variadas. La diversidad del alumnado escolarizado hace necesaria que, en muchas ocasiones, se precise la intervención de profesionales que puedan dar respuesta a las necesidades de atención educativa que persigue el modelo inclusivo. El papel de los terapeutas ocupacionales reúne condiciones que lograrán favorecer e incrementar el desarrollo y aprendizaje de las destrezas educativas, de comunicación, autonomía y participación social en el alumnado, mejorando las áreas de ocupación mencionadas con anterioridad.

En el Preámbulo de esta ley se enfatiza que “La educación es el medio más adecuado para construir su personalidad, desarrollar al máximo sus capacidades, conformar su propia identidad personal y configurar su comprensión de la realidad, integrando la dimensión cognoscitiva, la afectiva y la axiológica. Para la sociedad, la educación es el medio de transmitir y, al mismo tiempo, de renovar la cultura y el acervo de conocimientos y valores que la sustentan, de extraer las máximas posibilidades de sus fuentes de riqueza, de fomentar la convivencia democrática y el respeto a las diferencias individuales, de promover la solidaridad y evitar la discriminación, con el objetivo fundamental de lograr la necesaria cohesión social”.

En el Capítulo I- Principios y fines de la educación se recogen  los siguientes principios.

1. El cumplimiento efectivo de los derechos de la infancia según lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, ratificada el 30 de noviembre de 1990 y sus Protocolos facultativos, reconociendo el interés superior del menor, su derecho a laeducación, a no ser discriminado y a participar en las decisiones que les afecten y la obligación del Estado de asegurar sus derechos.

2. (bis) La calidad de la educación para todo el alumnado, sin que exista discriminación alguna por razón de nacimiento, sexo, origen racial, étnico o geográfico, discapacidad, edad, enfermedad, religión o creencias, orientación sexual o identidad sexual o cualquier otra condición o circunstancia personal o social

3. El cumplimiento efectivo de los derechos de la infancia según lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, ratificada el 30 de noviembre de 1990 y sus Protocolos facultativos, reconociendo el interés superior del menor, su derecho a laeducación, a no ser discriminado y a participar en las decisiones que les afecten y la obligación del Estado de asegurar sus derechos.

4. La equidad, que garantiza la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa y la igualdad de derechos y oportunidades.

5. La inclusión educativa es el proceso que ayuda a superar los obstáculos que limitan la presencia, la participación y los logros de los estudiantes así como el proceso de fortalecimiento de la capacidad del sistema educativo.

f. La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad

g. La orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores.

También hace alusión a los fines:

a) El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos, entre los cuales se encuentran los alumnos con necesidades especiales y los alumnos con necesidades específicasde apoyo educativo.

Los poderes públicos prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la calidad de la enseñanza y, en especial, la cualificación y formación del profesorado, su trabajo en equipo, ladotación de recursos educativos, humanos y materiales, lascondiciones ambientales y de salud del centro escolar y su entorno,la investigación, la experimentación y a la renovación educativa, elfomento de la lectura y el uso de bibliotecas, la autonomíapedagógica, organizativa y de gestión, la función directiva, laorientación educativa y profesional, la inspección educativa y laevaluación.

En el capítulo III que hace alusión al currículo y distribución de competencias, menciona que el currículo irá orientado a facilitar eldesarrollo educativo de los alumnos y alumnas, garantizando su formación integral, contribuyendo al pleno desarrollo de su personalidad y preparándose para el ejercicio pleno de los derechos humanos, de una ciudadanía activa y democrática en la sociedad actual. En ningún caso podrá suponer una barrera que genere abandono escolar o impida el acceso y disfrute del derecho a la educación.

En su artículo 4, la ley especifica que: “(...), se adoptará la educación inclusiva como principio fundamental, con el fin de atender a la diversidad de las necesidades de todo el alumnado, tanto del que tiene especiales dificultades de aprendizaje como del que tiene mayor capacidad y motivación para aprender. Cuando tal diversidad lo requiera, se adoptarán las medidas organizativas, metodológicas y curriculares pertinentes, según lo dispuesto en la presente ley, conforme a los principios del Diseño universal de aprendizaje, garantizando en todo caso  los derechos de la infancia y facilitando el acceso a los apoyos que el alumnado requiera.” Este mismo artículo, expresa que la enseñanza básica comprende diez años de escolaridad y se desarrolla, de forma regular, entre los seis y los dieciséis años de edad. Todo este tiempo comprende una etapa crítica para el desarrollo global de los menores en los que pasan la mayor parte del tiempo de una jornada en el colegio y las ocupaciones que llevan a cabo en dicho entorno le ofrecen experiencias cruciales para su aprendizaje tanto educativo como personal.

En el Artículo 49 refleja que, “corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por retraso madurativo, por trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación, por trastornos de atención o de aprendizaje, por desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje, por encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado.”

En el Artículo 50 se modifican los apartados 2, 3, 4 y 5 del artículo 74 quedando redactados en los siguientes términos: «2. Laidentificación y valoración de las necesidades educativas de estealumnado se realizará, lo más tempranamente posible, por profesionales especialistas y en los términos que determinen las Administraciones educativas. En este proceso serán preceptivamente oídos e informados los padres, madres o tutores legales del alumnado. Las Administraciones educativas regularán los procedimientos que permitan resolver las discrepancias que puedan surgir, siempre teniendo en cuenta el interés superior del menor y la voluntad de las familias que muestran su preferencia por el régimen más inclusivo.

En su Artículo 71, en el cual se hace referencia al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo: “ Las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional…

La atención integral al alumnado con necesidad específica de apoyoeducativo se iniciará desde el mismo momento en que dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios de normalización y de inclusión”

En el Artículo 73. Ámbito 1: Se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales, aquél que afronta barreras que limitan su acceso, presencia, participación o aprendizaje, derivadas de discapacidad o de trastornos graves de conducta, de la comunicación y del lenguaje, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, y que requiere determinados apoyos y atenciones educativas específicas para la consecución de los objetivos de aprendizaje adecuados a su desarrollo.

Ámbito 2: El sistema educativo dispondrá de los recursos necesarios para la detección precoz de los alumnos connecesidades educativas especiales, temporales o permanentes, y para que puedan alcanzar los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos. A tal efecto, las Administraciones educativas dotarán a estos alumnos del apoyo preciso desde el momento de su escolarización o de la detección de su necesidad.

En el Artículo 80. Principios. 1. Con el fin de hacer efectivo el principio de equidad en el ejercicio del derecho a la educación, las Administraciones públicas desarrollarán acciones dirigidas hacia las personas, grupos, entornos sociales y ámbitos territoriales que se encuentren en situación de vulnerabilidad socioeducativa y cultural con el objetivo de eliminar las barreras que limitan su acceso, presencia, participación o aprendizaje, asegurando con ello los ajustes razonables en función de sus necesidades individuales y prestando el apoyo necesario para fomentar su máximo desarrollo educativo y social, de manera que puedan acceder a una educación inclusiva, en igualdad de condiciones con los demás.

Todos estos epígrafes hacen alusión a la educación inclusiva teniendo en cuenta el rol de aprendiz que tienen los niños en el contexto escolar, pero obvian otros roles y actividades que también tienen lugar (jugadores, trabajadores, actividades de autocuidado…)

La enseñanza básica se desarrolla, de forma regular, entre los 6 y los 16 años, lo que supone una etapa crítica para el desarrollo global de los menores, que pasan la mayor parte del tiempo de su jornada diaria en el colegio, donde las ocupaciones que llevan a cabo le ofrecen experiencias cruciales para su aprendizaje tanto educativo como personal.

También se hace referencia al alumnado con necesidades especiales y específicas de apoyo educativo, con el que el terapeuta ocupacional intervendrá evaluando de manera individualizada y exhaustiva para brindarle las herramientas necesarias para desarrollar su máximo potencial para que, logre desempeñarse en todas las ocupaciones que se desarrollan en el contexto escolar.

II. Recomendaciones de los foros educativos nacionales e internacionales
 La Unión Europea y la UNESCO se han propuesto mejorar la calidad y eficacia de los sistemas de educación y de formación, aumentando la inversión en recursos humanos. Dentro de estas mejoras se considera imprescindible la incorporación del terapeuta ocupacional a los profesionales que trabajan en el ámbito de la educación, ya que, dentro de los nuevos modelos de educación inclusiva, los terapeutas ocupacionales son capaces de ver de manera holística al alumnado, y son los únicos profesionales capaces de hacer un análisis de la actividad y valorar las dificultades que afrontan los niños en las diferentes actividades que desempeñan dentro del entorno escolar.

 

III. Beneficios desde el punto de vista de la Federación Mundial de Terapeutas Ocupaciones con la inclusión que se solicita
 La Federación Mundial de Terapeutas Ocupacionales cree que la educación inclusiva es un derecho supremo y no negociable. Los terapeutas ocupacionales están preparados y especializados para trabajar colaborativamente, permitiendo la participación de todos los estudiantes en la ocupación y en los diferentes ambientes escolares de su elección como parte de la justicia ocupacional.

IV. PERSPECTIVAS, SOLUCIONES Y CONCLUSIONES.
 Como Colegio Profesional, en el servicio queprestamos a la ciudadanía, “atender a la diversidad y contribuir de manera equitativa a los nuevos retos y las dificultades que esa diversidad genera”, es nuestra responsabilidad, para acompañar adecuadamente al alumnado es imprescindible adoptar una visión global y analizar de forma pormenorizada cada uno de los contextos en los que se desenvuelven, las actividades que se les plantean y las necesidades y fortalezas de cada individuo; solamente de este modo podremos eliminar las barreras que encuentra en sus habilidades y destrezas para acceder al currículum y le permitiremos que pueda desarrollar su máximo potencial y cuidar su salud mental.

Como alumnos, los niños participan en el aprendizaje formal e informal en la escuela. Las derivaciones a terapia ocupacional pueden producirse cuando los padres y los profesores reconocen que los niños tienen dificultad con su capacidad para comprometerse en el papel de aprendiz.

En este caso, la evaluación y la intervención de terapia ocupacionalinvestigan todos los elementos personales y contextuales que pueden estar interfiriendo en la capacidad del estudiante para desempeñar con éxito dicho rol.

El aprendizaje formal de los niños viene dictado por el currículo escolar, que incluye objetivos de aprendizaje específicos en áreas clave, pero la forma en que éste se plantea es determinante para favorecer la accesibilidad y la participación significativa de los niños.

Sin embargo, como comentábamos con anterioridad, en la escuela los niños no participan exclusivamente en la actividad educativa, sino que en los centros escolares tienen lugar múltiples ocupaciones que también deben ser atendidas para garantizar el éxito en el desempeño en la vida escolar.

Los terapeutas ocupacionales tienen una visión holística de la persona,

considerando todos sus aspectos personales, los de su entorno y de las tareas que desempeñan. Cuentan con conocimientos y competencias para potenciar al máximo la participación en las ocupaciones, y dentro del contexto escolar, esto coincide con la inclusión a la que aboga esta ley y que se espera como sociedad, pudiendo reducir las barreras con las que se encuentran los niños con necesidades específicas de apoyo educativo, educando en las diferencias y reduciendo de esta manera la discriminación.

En realidad, la actividad ofrece tantas recompensas y éxitos como restricciones y frustraciones. A través de la actividad una persona no sólo desarrolla sus habilidades, sino que también aprende sobre sus fuerzas y sus debilidades.

El análisis de la actividad aborda las demandas típicas de una actividad, la gama de habilidades involucradas en su desempeño y los diversos significados que se le pueden atribuir.

El proceso de análisis de actividades en el entorno escolar permite al terapeuta ocupacional comprender las demandas que la actividad genera al alumno; evaluar de forma exhaustiva la actividad y los diferentes componentes que impactan en ella y cómo afecta todo ello al desempeño del individuo: qué herramientas y materiales necesita, dónde y con quién se desarrolla la actividad, la secuencia de pasos y su cronología, las funciones corporales, habilidades de desempeño y estructuras corporales necesarias para realizar la actividad, etc. Así, los terapeutas ocupacionales aprenden a mirar no sólo las actividades en su conjunto, sino también sus componentes y cómo los contextos internos y externos repercuten en ellas.

Comparar las demandas de la ocupación con el desempeño del niño y el entorno permite al terapeuta ocupacional identificar las necesidades.

Los modelos ecológicos de terapia ocupacional consideran el grado en que los niños encajan en el contexto escolar como un factor crítico para determinar su potencial de participación exitosa en los roles escolares (Kellegrew y Allen, 1996). El contexto escolar suele incluir tres escenarios: el entorno físico, el entorno sensorial y el entorno sociocultural:

• Entorno físico: los atributos físicos del entorno escolar influyen en la participación de los niños en los roles académicos, de autocuidado y sociales. Esto significa que los niños deben poder acceder a entradas, aseos, aulas y espacios de juego. Ademásdebemos poder acceder a las personas que son sus compañeros de rol en la escuela. Las áreas físicas a las que no se puede acceder envían fuertes mensajes de exclusión y reducen las oportunidades de desarrollar roles escolares. Posicionamiento y materiales: los niños que no son capaces de mantener fácilmente una buena posición de trabajo deben realizar un esfuerzo excesivo para controlar su postura, en detrimento de la concentración, la cognición y la precisión motora necesarias para su rol de aprendiz. Los materiales de enseñanza forman una gran parte del contexto físico de la escuela. Los tipos y cantidades de materiales didácticos, y la forma en que se presentan y organizan, pueden influir en el éxito del aprendizaje y en el desempeño de la función social de los niños.

Tan importantes son los efectos de los materiales que han sido referidos como “el tercer maestro” (Temple, 2004). El desempeño escolar de los roles requiere que los niños entiendan la relación entre el espacio y el comportamiento (Abraham, 2002). En el ajetreado bullicio de la escuela, los niños a veces necesitan un lugarfísico para retirarse (Kemple, 2004). Cuando los niños se sienten abrumados por las demandas de la interacción continua y la exposición social, pueden tratar de escapar a través del llanto, la ensoñación o el mal comportamiento. Tener lugares para retirarse momentáneamente permite a los niños regular sus propios ritmos a través de la elección personal de retirarse de forma independiente cuando sea necesario.

• Entorno sensorial: decodificar y regular la información sensorial puede ser desafiante y abrumador para los niños que tienen dificultades para regular la información sensorial (Abraham, 2002; Dunn, 2001; Lane, 2002). Factores como la iluminación, tanto del aula como de los espacios comunes de los centros educativos, la carga visual en ocasiones excesiva, el ruido generado por aglomeración de personas en un mismo sitio, la información táctil con diversos materiales y entre los pares, son ejemplos de la carga sensorial que cuentan los centros educativos, pudiendo derivar desafíos en los alumnos y alumnas.

• Entorno social: se considera que la escuela es el contexto social más influyente para moldear el comportamiento de los niños fuera de la familia (Shaffer, 2007). La escuela puede conceptualizarse como un nicho sociocultural específico donde el dominio de las habilidades sociales es inseparable de los objetivos del currículo, como aprender a leer y escribir (Humphrey, 2002). En el proceso dedesarrollar roles escolares exitosos, los niños aprenden a regular su comportamiento de acuerdo con una variedad de reglas (Devine,2002; Dockett y Perri, 2001). Las reglas explícitas e implícitas paralos comportamientos sociales que se requieren para el desempeñode roles, son inicialmente modeladas por los adultos en el contextoescolar y forman la base de las reglas de interacción social que seesperan dentro de la comunidad en general. Una de las funcionesdel contexto social de la escuela, es apoyar a los niños a medidaque aprenden a lidiar con la gama de emociones que se asociancon el desafío de aprender una variedad de nuevos roles. A estadimensión del contexto social se le ha denominado “ambienteafectivo” (Kemple, 2004) o “clima emocional de la escuela”. Unambiente emocional positivo transmite dos mensajes fundamentalesa los niños: confianza y cuidado. Las investigaciones apoyan la ideade que, cuando la relación de un niño con los adultos en la escuelase caracteriza por la calidez y la seguridad, el niño utiliza a esosadultos como recursos para desarrollar otras relaciones, incluidaslas que tienen con sus compañeros (Kemple, 2004). A medida quelos niños aprenden a interactuar con otros en una variedad de roles,desarrollan una tolerancia inherente a la frustración y una capacidadde consideración hacia los demás que se ha denominado resiliencia(Lerner, 2002).

Es decir, la escuela es un contexto multifacético y dinámico, en el que cada faceta tiene el poder de permitir o deshabilitar eldesempeño de los niños en los roles esperados. Los terapeutasocupacionales identifican qué elementos del contexto escolar facilitan o inhiben el desempeño de las funciones de los niños. El terapeuta ocupacional debe formar parte de un equipo transdisciplinar, colaborando con todas las partes interesadas, especialmente los niños, con el objetivo de trabajar para apoyar y mejorar los elementos contextuales y personales que favorecen el desempeño.

Complementando a esta Ley, se encuentra el Decreto 23/2023, de 22 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la atención educativa a las diferencias individuales del alumnado en la Comunidad de Madrid. En él se reconoce las diferencias individuales del alumnado y constituye un valor positivo en términos educativos. Las capacidades, habilidades, fortalezas, ritmos, intereses de aprendizaje, cultura, edad y competencia curricular, así como otras circunstancias sociales o personales de los alumnos, constituyen una realidad educativa única que debe ser analizada y atendida desde el respeto y la comprensión de las diferencias.

Añade que una respuesta equitativa y ajustada a las diferencias individuales del alumnado requiere contemplar distintos escenarios de aprendizaje, tales como adaptaciones del currículo, la aplicación de metodologías didácticas abiertas y participativas que incorporen el diseño y la utilización de materiales diversos, una organización de espacios que permita diferentes agrupamientos del alumnado, modalidades de escolarización más ajustadas a las necesidades individuales y a la condición del alumno y flexibilización de tiempos escolares o de duración de las enseñanzas, en el marco de actuaciones coordinadas entre los distintos profesionales que desempeñen su labor en un centro educativo.

Además de la dimensión académica de la escuela, se debe tener en cuenta la dimensión social y el rol de jugador del estudiante. Un problema para muchos niños con discapacidades físicas, dificultades del aprendizaje y dificultades sociales es no poder asumir el papel de jugador con quien quieran de manera constante. En su lugar, tratan de sobrellevar la situación, identificando estrategias de afrontamiento más o menosfuncionales. El terapeuta ocupacional también explora la satisfacción de los niños con su papel de juego en la escuela y les ayuda a desarrollar estrategias que les permitan alcanzar sus objetivos personales.

La Órden 2808/2023, de 30 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se regula la escolarización y la atención educativa a las diferencias y la atención educativa a las diferencias individuales del alumnado en centros de educación especial y unidades de educación especial en centros ordinarios, así como la escolarización combinada en la Comunidad de Madrid. Recoge la legislación relacionada con la La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación a los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo, determinando que las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que alcancen el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en dicha ley.

Esta exposición de la Ley Educativa vigente, ánima a justificar la incorporación de la figura del terapeuta ocupacional en el sistema educativo de la Comunidad de Madrid.

La ley, garantiza cubrir las necesidades específicas del alumnado, y es a raíz de esta premisa que se plantea la necesidad y la urgencia de incluir profesionales de la Terapia Ocupacional entre aquellos recursos con los que los centros educativos puedan contar, entendiendo que esta disciplina tiene como objetivo la participación exitosa en las diversas ocupaciones que desempeña una persona, fomentando al máximo la autonomía e independencia del alumnado.

Además de eliminar las barreras de acceso al currículum, el terapeuta ocupacional también asesora al personal docente y educativo.

Según el marco de Trabajo para la Práctica de Terapia Ocupacional:Dominio y Proceso, 2020, los aspectos del dominio de la terapia ocupacional abarcan ocupaciones, contextos, patrones de desempeño, habilidades de desempeño y las factores del cliente (en este caso el alumnado). Todos estos aspectos se relacionan de manera dinámica, interactuando e impactando en la identidad ocupacional, la salud, el bienestar y la participación en la vida.

En base a todo lo que arroja la legislación educativa, con el fin de garantizar los recursos necesarios para responder al alumnado, los y las terapeutas ocupacionales pueden desempeñar las siguientes funciones:

• Participar en el diseño y planificación de programas individualizados promoviendo la autonomía de los alumnos y alumnas.

• Identificar las barreras que se encuentren presentes en el contextoeducativo, evaluar estas barreras físicas y arquitectónicas ycoordinar planes para reducirlas, fomentando la creación de entornos adaptados que garanticen la accesibilidad de los centros yparticipación de todo el alumnado. Promover también la eliminación de barreras sociales con programas de sensibilización hacia la comunidad educativa compuesta por alumnos/as, familias y personal educativo.

• Crear estrategias individualizadas para mejorar los patrones de desempeño (hábitos, rutinas, roles y rituales) con el fin de favorecerla ocupación, la salud y la participación del alumnado, como asíestrategias que refuercen el sentido de pertenencia al grupo depares favoreciendo los principios de equidad e inclusión. Coordinarla adaptación y readaptación funcional a través de actividadessignificativas.

• Colaborar con los equipos de orientación, realizando adaptaciones, modificaciones del entorno, de los materiales de trabajo en los aspectos relacionados con el desempeño escolar del alumnado.

• Prevenir y detectar precozmente dificultades de aprendizaje, necesidades de apoyo y situaciones de desigualdad o desventaja que limiten el desempeño escolar del alumno/a, mediante valoración, intervención, seguimiento y coordinación con el personaldocente y no docente y la familia. Evaluar e intervenir de maneradirecta con los alumnos con dificultades físicas, psíquicas ysensoriales desde las competencias propias de TO.

Orientar a las familias ofreciendo estrategias que busquen mejorar el desarrollo ocupacional de sus hijos e hijas.

• Valorar, prescribir, diseñar, adaptar, entrenar, asesorar y orientar en el uso de los productos de apoyo desde las competencias de Terapia Ocupacional. Colaborar en la gestión, adquisición, educación conservación y/o control de estos productos, en función de las necesidades requeridas por el alumnado, las demandas del entorno y las actividades a desarrollar de los programas de Terapia Ocupacional. 

• Planificar programas orientados a la capacitación pre-laboral y de transición a la vida adulta.- Asesorar en las adaptaciones y reformas necesarias para garantizar que la accesibilidad al centro y su entorno se ajuste a las características del alumnado.

• Realizar un seguimiento y evaluación del impacto de las intervenciones en el bienestar del alumnado, proporcionando datos que respaldan la continuidad y expansión de sus servicios.

La figura del terapeuta ocupacional en la educación pública es una realidad desde el año 1979 en España, concretamente en el País Vasco.

Esta figura se extendió a la Comunidad Autónoma de Canarias en el curso 2017/2018. En 2022 se incorporaron dos terapeutas ocupacionales en centros públicos de educación especial en Navarra, y en 2023, seis terapeutas ocupacionales en unidades de Orientación Especializadas en la Comunidad Valenciana.

La Comunidad de Madrid cuenta actualmente con 682 centros de atención preferente para alumnado con necesidades educativas específicas derivadas del trastorno del espectro del autismo. En ellos se ubican 855 aulas de apoyo extenso y especializado. En total encontramos que unos 4275 alumnos en los centros educativos de la CAM tienen un diagnóstico de autismo o trastorno general del desarrollo. También existen 8 colegios públicos de Educación Infantil y Primaria que cuentan con unidades específicas de Educación Especial TEA, 21 centros de escolarización preferente para alumnado con discapacidad motora y 2 centros preferentes para alumnado con discapacidad motora.

Todo esto sin contar con que entre el 5 y el 15% de la población escolar presenta trastornos del aprendizaje. El porcentaje de niños con retraso madurativo y otras neurodivergencias no está recogido, por lo que en la CAM se está negando actualmente una atención integral al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, incumpliendo lo manifestado en su legislación.

Para lograr un funcionamiento escolar exitoso es fundamental mejorar el desempeño en las tareas y actividades importantes del alumnado, manteniendo siempre un equilibrio entre las habilidades de los estudiantes y las expectativas del entorno escolar. La TerapiaOcupacional interviene ayudando a los niños con necesidades educativas especiales y específicas a disponer de las mismas oportunidades y condiciones de vida que los niños de su entorno social.

 

Es por todo ello que el colectivo de terapeutas ocupacionales, por responsabilidad profesional, justicia social y código deontológico ve necesaria y urgente la inclusión de la figura del terapeuta ocupacional dentro del sistema educativo.

 

 

8006

El problema

La ley garantiza cubrir unos derechos de atención educativa que el alumnado con necesidades educativas especiales y con necesidades específicas de apoyo educativo no está recibiendo.

La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de educación (LOE), “intercede por una educación inclusiva”. Bajo esta ley, las necesidades específicas del alumnado son cubiertas con recursos suficientes en los centros educativos ordinarios, garantizando atender a estas demandas con la mayor calidad posible. 

En el Preámbulo de esta ley se enfatiza que “La educación es el medio más adecuado para construir su personalidad, desarrollar al máximo sus capacidades, conformar su propia identidad personal y configurar su comprensión de la realidad, integrando la dimensión cognoscitiva, la afectiva y la axiológica. Para la sociedad, la educación es el medio de transmitir y, al mismo tiempo, de renovar la cultura y el acervo de conocimientos y valores que la sustentan, de extraer las máximas posibilidades de sus fuentes de riqueza, de fomentar la convivencia democrática y el respeto a las diferencias individuales, de promover la solidaridad y evitar la discriminación, con el objetivo fundamental de lograr la necesaria cohesión social”.

Numerosos  epígrafes de la ley  hacen alusión a la educación inclusiva teniendo en cuenta el rol de aprendiz que tienen los niños en el contexto escolar, pero obvian otros roles y actividades que también tienen lugar (jugadores, trabajadores, actividades de autocuidado…)

La enseñanza básica se desarrolla, de forma regular, entre los 6 y los 16 años, lo que supone una etapa crítica para el desarrollo global de los menores, que pasan la mayor parte del tiempo de su jornada diaria en el colegio, donde las ocupaciones que llevan a cabo le ofrecen experiencias cruciales para suaprendizaje tanto educativo como personal.

También se hace referencia al alumnado con necesidades especiales y específicas de apoyo educativo, con el que el terapeuta ocupacional intervendrá evaluando de manera individualizada y exhaustiva para brindarle las herramientas necesarias para desarrollar su máximo potencial para que, logre desempeñarse en todas las ocupaciones que se desarrollan en elcontexto escolar.

En la práctica sabemos que esto no siempre se favorece y como resultado de esta falta de atención ajustada, muchos estudiantes enfrentan problemas de accesibilidad educativa, salud mental deteriorada y un creciente riesgo de fracaso escolar.

Como Colegio Profesional somos conscientes  del dolor que sufren las familias al ver cómo el potencial de sus hijos e hijas se ve obstaculizado por un sistema que no proporciona el soporte especializado necesario.

Es urgente y vital la incorporación de terapeutas ocupacionales en el ámbito educativo. Estos profesionales poseen la formación y el conocimiento para abordar una amplia gama de desafíos que enfrentan los estudiantes, desde dificultades motoras hasta problemas relacionados con el aprendizaje y la salud mental. Un terapeuta ocupacional puede trabajar junto con docentes y otros miembros de la comunidad educativa para desarrollar planes personalizados que promuevan la justicia ocupacional y educativa. Su presencia en las escuelas aseguraría que cada niño, independientemente de sus habilidades, tenga la oportunidad de acceder plenamente a la educación y desarrollar todo su potencial.

Numerosos estudios han demostrado que la intervención temprana y adecuada de terapeutas ocupacionales puede mejorar significativamente los resultados educativos y personales de los estudiantes con capacidades diferentes y por ende en todo el alumnado. Sin embargo, en España, estas intervenciones no son una realidad accesible para todas las familias debido a la falta de integración de estos profesionales en el sistema educativo.

Hacemos un llamamiento al Ministerio de Educación y a las autoridades educativas pertinentes para que tomen medidas inmediatas para integrar a los terapeutas ocupacionales en las escuelas y centros educativos. El bienestar y el éxito futuro de nuestros hijos dependen de ello.

Firma esta petición para exigir una educación más inclusiva y justa para todos los estudiantes. ¡Es hora de actuar por el cambio que realmente importa! Adjuntamos la propuesta completa a continuación:

OBJETO DE LA PRESENTE INICIATIVA: INCORPORACIÓN DE LA FIGURA DEL TERAPEUTA OCUPACIONAL ENTRE LOS PROFESIONALES EDUCATIVOS

Las vivencias en el centro escolar son cruciales para el desarrollo de habilidades y competencias para desenvolverse de manera adaptativa en las diferentes actividades cotidianas y para repararse para la vida adulta. Durante este período las oportunidades de participar en ocupaciones significativas claves para su desarrollo integral son infinitas y de gran importancia.

Los niños asumen el papel primordial de alumnos en la escuela, lo que significa que son aprendices, trabajadores, jugadores, cuidadores de sí mismos y miembros de la comunidad en distintos momentos de la jornada escolar, y que cada papel tiene asignada su propia constelación de tareas, motivaciones y expectativas. Además, dentro de la jornada escolar, tienen lugar múltiples ocupaciones más allá de las meramente académicas y esto debe ser tenido en cuenta en la praxis educativa.

 

Según la American Occupational Therapy Association (AOTA), guía para la praxis de la terapia ocupacional a nivel internacional, existen nueve áreas de ocupación. Todas estas ocupaciones en mayor o menor grado tienen lugar en el ámbito escolar o influyen directamente sobre él, por lo que la presencia del terapeuta ocupacional es fundamental:

Actividades básicas de la vida diaria (ABVD): Actividadesorientadas al cuidado del propio cuerpo y completadas de forma rutinaria, como: bañarse o ducharse; higiene del baño y del aseo; vestirse; alimentarse; movilizaciones funcionales; y actividades sexuales.

◦ Muchas de estas actividades son desempeñadas en los centros educativos, como el aseo e higiene, el control de esfínteres, el uso del wc, el vestido o la alimentación.

Actividades instrumentales de la vida diaria (AIVD): Actividades para apoyar la vida diaria en el hogar y la comunidad, como: crianza de los niños; cuidado de mascotas y animales; cuidado de otros; gestión de la comunicación; conducción y movilidad de la comunidad; gestión financiera; establecimiento y gestión del hogar; preparación de la comida y limpieza; expresión religiosa y espiritual; mantenimiento de seguridad; y las actividades de compras.

◦ En el entorno escolar encontramos actividades como el cuidado del material, la organización de tareas o el manejo de la agenda. Así como la comunicación con compañeros y docentes en innumerables escenarios.

Educación: Actividades necesarias para aprender y participar en el entorno educativo, como: la participación en la educación formal; la exploración de las necesidades o intereses educativos personales informales (más allá de la educación formal) y la participación en la educación informal.

◦ Las actividades educativas en sí mismas incluyen la participación de la educación formal, informal, intereses personales, rendimiento y exploración, y junto con el juego, constituyen las principales ocupaciones en los niños y niñas de edad escolar.

Juego: Actividades lúdicas intrínsecamente motivadas, controladas internamente y elegidas libremente y que pueden incluir la suspensión de la realidad (p. ej., fantasías), exploración, humor, toma de riesgos, concursos y celebraciones. El juego es un fenómeno complejo y multidimensional que está moldeado por factores socioculturales. El juego se refiere a: exploración del juego y participación del juego.

Ocio y tiempo libre: Actividad no obligatoria que está intrínsecamente motivada y se realiza durante un tiempo discrecional, es decir, tiempo no dedicado a ocupaciones obligatorias como el trabajo, el cuidado personal o el sueño. El ocio se refiere a: exploración del ocio; y participación del ocio.

◦ Las actividades de ocio, juego y tiempo libre se desarrollan continuamente en los recreos, el patio, las actividades extraescolares y horas libres, e incluso, aunque de manera más dirigida, dentro del propio aula.

Participación social: Actividades que impliquen una interacción social con otros, incluidos familiares, amigos, compañeros y miembros de la comunidad, y que apoyen la interdependencia social. La participación social se refiere a: la participación comunitaria; participación familiar; amistades; relaciones íntimas de parejas; participación en grupo de pares.

Descanso y sueño: Actividades relacionadas con la obtención de descanso y sueño reparador para apoyar la participación activa y saludable en otras ocupaciones. El descanso y sueño se refiere a: relajación y descanso; preparación del sueño; y participación del sueño.

◦ Los niños en el primer ciclo de educación infantil y al inicio del segundo ciclo, toman siestas dentro del horario lectivo.

Gestión de la salud: Actividades relacionadas con el desarrollo, gestión y mantenimiento de rutinas de salud y bienestar, incluida la autogestión, con el objetivo de mejorar o preservar la salud para apoyar la participación en otras ocupaciones. La gestión de la salud se refiere a: la promoción y mantención de la salud social y emocional; el manejo de síntomas y afecciones; la comunicación con el Sistema de Salud; manejo de medicamentos; actividad física; manejo nutricional; y manejo de dispositivos de cuidado personal.

Trabajo: Trabajo o esfuerzo relacionado con el desarrollo, la producción, la entrega o la gestión de objetos o servicios; beneficios pueden ser financieros o no financieros (por ejemplo, conexión social, contribuciones a la sociedad, estructura y rutina de la vida  cotidiana)

◦ Los niños identifican la mayoría de las tareas escolares como trabajo (Briggs y Nichols, 2001). Basándose en su sensación de esfuerzo requerido, interés y competencia, los niños atribuyen emociones tanto positivas como negativas a la realización de las tareas (Chaparro & Hooper, 2002).

 

Llegados a este punto veremos con claridad que la terapia ocupacional es una profesión cuya función principal es dotar a la persona de mayor autonomía y calidad de vida empleando para ello la ocupación como medio den rehabilitación, partiendo de una valoración especializada y la implementación de un plan de tratamiento pautado.

Para la obtención de las competencias recogidas en la Orden CIN/729/2009, de 18 de marzo, el Plan de Estudios de Terapia Ocupacional se desarrolla en módulos, dentro de los cuales se destaca el de “Terapia Ocupacional, autonomía personal e independencia”, puesto que en el mismo se recogen las competencias que definen la labor de los profesionales de Terapia Ocupacional en Educación. Se subrayan especialmente las siguientes: conocer, evaluar, analizar, elaborar y participar en programas de educación y promoción de la salud dentro del ámbito de la Terapia Ocupacional para prevenir las disfunciones ocupacionales en general y subsecuentes a afecciones médicas, quirúrgicas y psiquiátricas e interacción social.

La Federación Mundial de la Terapia Ocupacional (WFOT) en 2016 declaró que “El rol de la terapia ocupacional es el de facilitar, apoyar y promover la participación completa y el bienestar del alumnado, apoyando sus fortalezas y encontrando soluciones, reduciendo o eliminando las limitaciones en el aprendizaje académico y las restricciones en la participación”.

I. Legislación estatal ,  autonómica y comentarios sobre las mismas desde el punto de vista de la Terapia Ocupacional.
 En cuanto a la legislación educativa, la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de educación (LOE), intercede por una educación inclusiva. Bajo esta ley, las necesidades específicas del alumnado son cubiertas con recursos suficientes en los centros educativos ordinarios, garantizando atender a estas demandas con la mayor calidad posible.

Ciertamente, las necesidades dentro de los centros educativo ordinarios son variadas. La diversidad del alumnado escolarizado hace necesaria que, en muchas ocasiones, se precise la intervención de profesionales que puedan dar respuesta a las necesidades de atención educativa que persigue el modelo inclusivo. El papel de los terapeutas ocupacionales reúne condiciones que lograrán favorecer e incrementar el desarrollo y aprendizaje de las destrezas educativas, de comunicación, autonomía y participación social en el alumnado, mejorando las áreas de ocupación mencionadas con anterioridad.

En el Preámbulo de esta ley se enfatiza que “La educación es el medio más adecuado para construir su personalidad, desarrollar al máximo sus capacidades, conformar su propia identidad personal y configurar su comprensión de la realidad, integrando la dimensión cognoscitiva, la afectiva y la axiológica. Para la sociedad, la educación es el medio de transmitir y, al mismo tiempo, de renovar la cultura y el acervo de conocimientos y valores que la sustentan, de extraer las máximas posibilidades de sus fuentes de riqueza, de fomentar la convivencia democrática y el respeto a las diferencias individuales, de promover la solidaridad y evitar la discriminación, con el objetivo fundamental de lograr la necesaria cohesión social”.

En el Capítulo I- Principios y fines de la educación se recogen  los siguientes principios.

1. El cumplimiento efectivo de los derechos de la infancia según lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, ratificada el 30 de noviembre de 1990 y sus Protocolos facultativos, reconociendo el interés superior del menor, su derecho a laeducación, a no ser discriminado y a participar en las decisiones que les afecten y la obligación del Estado de asegurar sus derechos.

2. (bis) La calidad de la educación para todo el alumnado, sin que exista discriminación alguna por razón de nacimiento, sexo, origen racial, étnico o geográfico, discapacidad, edad, enfermedad, religión o creencias, orientación sexual o identidad sexual o cualquier otra condición o circunstancia personal o social

3. El cumplimiento efectivo de los derechos de la infancia según lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, ratificada el 30 de noviembre de 1990 y sus Protocolos facultativos, reconociendo el interés superior del menor, su derecho a laeducación, a no ser discriminado y a participar en las decisiones que les afecten y la obligación del Estado de asegurar sus derechos.

4. La equidad, que garantiza la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa y la igualdad de derechos y oportunidades.

5. La inclusión educativa es el proceso que ayuda a superar los obstáculos que limitan la presencia, la participación y los logros de los estudiantes así como el proceso de fortalecimiento de la capacidad del sistema educativo.

f. La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad

g. La orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores.

También hace alusión a los fines:

a) El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos, entre los cuales se encuentran los alumnos con necesidades especiales y los alumnos con necesidades específicasde apoyo educativo.

Los poderes públicos prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la calidad de la enseñanza y, en especial, la cualificación y formación del profesorado, su trabajo en equipo, ladotación de recursos educativos, humanos y materiales, lascondiciones ambientales y de salud del centro escolar y su entorno,la investigación, la experimentación y a la renovación educativa, elfomento de la lectura y el uso de bibliotecas, la autonomíapedagógica, organizativa y de gestión, la función directiva, laorientación educativa y profesional, la inspección educativa y laevaluación.

En el capítulo III que hace alusión al currículo y distribución de competencias, menciona que el currículo irá orientado a facilitar eldesarrollo educativo de los alumnos y alumnas, garantizando su formación integral, contribuyendo al pleno desarrollo de su personalidad y preparándose para el ejercicio pleno de los derechos humanos, de una ciudadanía activa y democrática en la sociedad actual. En ningún caso podrá suponer una barrera que genere abandono escolar o impida el acceso y disfrute del derecho a la educación.

En su artículo 4, la ley especifica que: “(...), se adoptará la educación inclusiva como principio fundamental, con el fin de atender a la diversidad de las necesidades de todo el alumnado, tanto del que tiene especiales dificultades de aprendizaje como del que tiene mayor capacidad y motivación para aprender. Cuando tal diversidad lo requiera, se adoptarán las medidas organizativas, metodológicas y curriculares pertinentes, según lo dispuesto en la presente ley, conforme a los principios del Diseño universal de aprendizaje, garantizando en todo caso  los derechos de la infancia y facilitando el acceso a los apoyos que el alumnado requiera.” Este mismo artículo, expresa que la enseñanza básica comprende diez años de escolaridad y se desarrolla, de forma regular, entre los seis y los dieciséis años de edad. Todo este tiempo comprende una etapa crítica para el desarrollo global de los menores en los que pasan la mayor parte del tiempo de una jornada en el colegio y las ocupaciones que llevan a cabo en dicho entorno le ofrecen experiencias cruciales para su aprendizaje tanto educativo como personal.

En el Artículo 49 refleja que, “corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por retraso madurativo, por trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación, por trastornos de atención o de aprendizaje, por desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje, por encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado.”

En el Artículo 50 se modifican los apartados 2, 3, 4 y 5 del artículo 74 quedando redactados en los siguientes términos: «2. Laidentificación y valoración de las necesidades educativas de estealumnado se realizará, lo más tempranamente posible, por profesionales especialistas y en los términos que determinen las Administraciones educativas. En este proceso serán preceptivamente oídos e informados los padres, madres o tutores legales del alumnado. Las Administraciones educativas regularán los procedimientos que permitan resolver las discrepancias que puedan surgir, siempre teniendo en cuenta el interés superior del menor y la voluntad de las familias que muestran su preferencia por el régimen más inclusivo.

En su Artículo 71, en el cual se hace referencia al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo: “ Las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional…

La atención integral al alumnado con necesidad específica de apoyoeducativo se iniciará desde el mismo momento en que dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios de normalización y de inclusión”

En el Artículo 73. Ámbito 1: Se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales, aquél que afronta barreras que limitan su acceso, presencia, participación o aprendizaje, derivadas de discapacidad o de trastornos graves de conducta, de la comunicación y del lenguaje, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, y que requiere determinados apoyos y atenciones educativas específicas para la consecución de los objetivos de aprendizaje adecuados a su desarrollo.

Ámbito 2: El sistema educativo dispondrá de los recursos necesarios para la detección precoz de los alumnos connecesidades educativas especiales, temporales o permanentes, y para que puedan alcanzar los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos. A tal efecto, las Administraciones educativas dotarán a estos alumnos del apoyo preciso desde el momento de su escolarización o de la detección de su necesidad.

En el Artículo 80. Principios. 1. Con el fin de hacer efectivo el principio de equidad en el ejercicio del derecho a la educación, las Administraciones públicas desarrollarán acciones dirigidas hacia las personas, grupos, entornos sociales y ámbitos territoriales que se encuentren en situación de vulnerabilidad socioeducativa y cultural con el objetivo de eliminar las barreras que limitan su acceso, presencia, participación o aprendizaje, asegurando con ello los ajustes razonables en función de sus necesidades individuales y prestando el apoyo necesario para fomentar su máximo desarrollo educativo y social, de manera que puedan acceder a una educación inclusiva, en igualdad de condiciones con los demás.

Todos estos epígrafes hacen alusión a la educación inclusiva teniendo en cuenta el rol de aprendiz que tienen los niños en el contexto escolar, pero obvian otros roles y actividades que también tienen lugar (jugadores, trabajadores, actividades de autocuidado…)

La enseñanza básica se desarrolla, de forma regular, entre los 6 y los 16 años, lo que supone una etapa crítica para el desarrollo global de los menores, que pasan la mayor parte del tiempo de su jornada diaria en el colegio, donde las ocupaciones que llevan a cabo le ofrecen experiencias cruciales para su aprendizaje tanto educativo como personal.

También se hace referencia al alumnado con necesidades especiales y específicas de apoyo educativo, con el que el terapeuta ocupacional intervendrá evaluando de manera individualizada y exhaustiva para brindarle las herramientas necesarias para desarrollar su máximo potencial para que, logre desempeñarse en todas las ocupaciones que se desarrollan en el contexto escolar.

II. Recomendaciones de los foros educativos nacionales e internacionales
 La Unión Europea y la UNESCO se han propuesto mejorar la calidad y eficacia de los sistemas de educación y de formación, aumentando la inversión en recursos humanos. Dentro de estas mejoras se considera imprescindible la incorporación del terapeuta ocupacional a los profesionales que trabajan en el ámbito de la educación, ya que, dentro de los nuevos modelos de educación inclusiva, los terapeutas ocupacionales son capaces de ver de manera holística al alumnado, y son los únicos profesionales capaces de hacer un análisis de la actividad y valorar las dificultades que afrontan los niños en las diferentes actividades que desempeñan dentro del entorno escolar.

 

III. Beneficios desde el punto de vista de la Federación Mundial de Terapeutas Ocupaciones con la inclusión que se solicita
 La Federación Mundial de Terapeutas Ocupacionales cree que la educación inclusiva es un derecho supremo y no negociable. Los terapeutas ocupacionales están preparados y especializados para trabajar colaborativamente, permitiendo la participación de todos los estudiantes en la ocupación y en los diferentes ambientes escolares de su elección como parte de la justicia ocupacional.

IV. PERSPECTIVAS, SOLUCIONES Y CONCLUSIONES.
 Como Colegio Profesional, en el servicio queprestamos a la ciudadanía, “atender a la diversidad y contribuir de manera equitativa a los nuevos retos y las dificultades que esa diversidad genera”, es nuestra responsabilidad, para acompañar adecuadamente al alumnado es imprescindible adoptar una visión global y analizar de forma pormenorizada cada uno de los contextos en los que se desenvuelven, las actividades que se les plantean y las necesidades y fortalezas de cada individuo; solamente de este modo podremos eliminar las barreras que encuentra en sus habilidades y destrezas para acceder al currículum y le permitiremos que pueda desarrollar su máximo potencial y cuidar su salud mental.

Como alumnos, los niños participan en el aprendizaje formal e informal en la escuela. Las derivaciones a terapia ocupacional pueden producirse cuando los padres y los profesores reconocen que los niños tienen dificultad con su capacidad para comprometerse en el papel de aprendiz.

En este caso, la evaluación y la intervención de terapia ocupacionalinvestigan todos los elementos personales y contextuales que pueden estar interfiriendo en la capacidad del estudiante para desempeñar con éxito dicho rol.

El aprendizaje formal de los niños viene dictado por el currículo escolar, que incluye objetivos de aprendizaje específicos en áreas clave, pero la forma en que éste se plantea es determinante para favorecer la accesibilidad y la participación significativa de los niños.

Sin embargo, como comentábamos con anterioridad, en la escuela los niños no participan exclusivamente en la actividad educativa, sino que en los centros escolares tienen lugar múltiples ocupaciones que también deben ser atendidas para garantizar el éxito en el desempeño en la vida escolar.

Los terapeutas ocupacionales tienen una visión holística de la persona,

considerando todos sus aspectos personales, los de su entorno y de las tareas que desempeñan. Cuentan con conocimientos y competencias para potenciar al máximo la participación en las ocupaciones, y dentro del contexto escolar, esto coincide con la inclusión a la que aboga esta ley y que se espera como sociedad, pudiendo reducir las barreras con las que se encuentran los niños con necesidades específicas de apoyo educativo, educando en las diferencias y reduciendo de esta manera la discriminación.

En realidad, la actividad ofrece tantas recompensas y éxitos como restricciones y frustraciones. A través de la actividad una persona no sólo desarrolla sus habilidades, sino que también aprende sobre sus fuerzas y sus debilidades.

El análisis de la actividad aborda las demandas típicas de una actividad, la gama de habilidades involucradas en su desempeño y los diversos significados que se le pueden atribuir.

El proceso de análisis de actividades en el entorno escolar permite al terapeuta ocupacional comprender las demandas que la actividad genera al alumno; evaluar de forma exhaustiva la actividad y los diferentes componentes que impactan en ella y cómo afecta todo ello al desempeño del individuo: qué herramientas y materiales necesita, dónde y con quién se desarrolla la actividad, la secuencia de pasos y su cronología, las funciones corporales, habilidades de desempeño y estructuras corporales necesarias para realizar la actividad, etc. Así, los terapeutas ocupacionales aprenden a mirar no sólo las actividades en su conjunto, sino también sus componentes y cómo los contextos internos y externos repercuten en ellas.

Comparar las demandas de la ocupación con el desempeño del niño y el entorno permite al terapeuta ocupacional identificar las necesidades.

Los modelos ecológicos de terapia ocupacional consideran el grado en que los niños encajan en el contexto escolar como un factor crítico para determinar su potencial de participación exitosa en los roles escolares (Kellegrew y Allen, 1996). El contexto escolar suele incluir tres escenarios: el entorno físico, el entorno sensorial y el entorno sociocultural:

• Entorno físico: los atributos físicos del entorno escolar influyen en la participación de los niños en los roles académicos, de autocuidado y sociales. Esto significa que los niños deben poder acceder a entradas, aseos, aulas y espacios de juego. Ademásdebemos poder acceder a las personas que son sus compañeros de rol en la escuela. Las áreas físicas a las que no se puede acceder envían fuertes mensajes de exclusión y reducen las oportunidades de desarrollar roles escolares. Posicionamiento y materiales: los niños que no son capaces de mantener fácilmente una buena posición de trabajo deben realizar un esfuerzo excesivo para controlar su postura, en detrimento de la concentración, la cognición y la precisión motora necesarias para su rol de aprendiz. Los materiales de enseñanza forman una gran parte del contexto físico de la escuela. Los tipos y cantidades de materiales didácticos, y la forma en que se presentan y organizan, pueden influir en el éxito del aprendizaje y en el desempeño de la función social de los niños.

Tan importantes son los efectos de los materiales que han sido referidos como “el tercer maestro” (Temple, 2004). El desempeño escolar de los roles requiere que los niños entiendan la relación entre el espacio y el comportamiento (Abraham, 2002). En el ajetreado bullicio de la escuela, los niños a veces necesitan un lugarfísico para retirarse (Kemple, 2004). Cuando los niños se sienten abrumados por las demandas de la interacción continua y la exposición social, pueden tratar de escapar a través del llanto, la ensoñación o el mal comportamiento. Tener lugares para retirarse momentáneamente permite a los niños regular sus propios ritmos a través de la elección personal de retirarse de forma independiente cuando sea necesario.

• Entorno sensorial: decodificar y regular la información sensorial puede ser desafiante y abrumador para los niños que tienen dificultades para regular la información sensorial (Abraham, 2002; Dunn, 2001; Lane, 2002). Factores como la iluminación, tanto del aula como de los espacios comunes de los centros educativos, la carga visual en ocasiones excesiva, el ruido generado por aglomeración de personas en un mismo sitio, la información táctil con diversos materiales y entre los pares, son ejemplos de la carga sensorial que cuentan los centros educativos, pudiendo derivar desafíos en los alumnos y alumnas.

• Entorno social: se considera que la escuela es el contexto social más influyente para moldear el comportamiento de los niños fuera de la familia (Shaffer, 2007). La escuela puede conceptualizarse como un nicho sociocultural específico donde el dominio de las habilidades sociales es inseparable de los objetivos del currículo, como aprender a leer y escribir (Humphrey, 2002). En el proceso dedesarrollar roles escolares exitosos, los niños aprenden a regular su comportamiento de acuerdo con una variedad de reglas (Devine,2002; Dockett y Perri, 2001). Las reglas explícitas e implícitas paralos comportamientos sociales que se requieren para el desempeñode roles, son inicialmente modeladas por los adultos en el contextoescolar y forman la base de las reglas de interacción social que seesperan dentro de la comunidad en general. Una de las funcionesdel contexto social de la escuela, es apoyar a los niños a medidaque aprenden a lidiar con la gama de emociones que se asociancon el desafío de aprender una variedad de nuevos roles. A estadimensión del contexto social se le ha denominado “ambienteafectivo” (Kemple, 2004) o “clima emocional de la escuela”. Unambiente emocional positivo transmite dos mensajes fundamentalesa los niños: confianza y cuidado. Las investigaciones apoyan la ideade que, cuando la relación de un niño con los adultos en la escuelase caracteriza por la calidez y la seguridad, el niño utiliza a esosadultos como recursos para desarrollar otras relaciones, incluidaslas que tienen con sus compañeros (Kemple, 2004). A medida quelos niños aprenden a interactuar con otros en una variedad de roles,desarrollan una tolerancia inherente a la frustración y una capacidadde consideración hacia los demás que se ha denominado resiliencia(Lerner, 2002).

Es decir, la escuela es un contexto multifacético y dinámico, en el que cada faceta tiene el poder de permitir o deshabilitar eldesempeño de los niños en los roles esperados. Los terapeutasocupacionales identifican qué elementos del contexto escolar facilitan o inhiben el desempeño de las funciones de los niños. El terapeuta ocupacional debe formar parte de un equipo transdisciplinar, colaborando con todas las partes interesadas, especialmente los niños, con el objetivo de trabajar para apoyar y mejorar los elementos contextuales y personales que favorecen el desempeño.

Complementando a esta Ley, se encuentra el Decreto 23/2023, de 22 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la atención educativa a las diferencias individuales del alumnado en la Comunidad de Madrid. En él se reconoce las diferencias individuales del alumnado y constituye un valor positivo en términos educativos. Las capacidades, habilidades, fortalezas, ritmos, intereses de aprendizaje, cultura, edad y competencia curricular, así como otras circunstancias sociales o personales de los alumnos, constituyen una realidad educativa única que debe ser analizada y atendida desde el respeto y la comprensión de las diferencias.

Añade que una respuesta equitativa y ajustada a las diferencias individuales del alumnado requiere contemplar distintos escenarios de aprendizaje, tales como adaptaciones del currículo, la aplicación de metodologías didácticas abiertas y participativas que incorporen el diseño y la utilización de materiales diversos, una organización de espacios que permita diferentes agrupamientos del alumnado, modalidades de escolarización más ajustadas a las necesidades individuales y a la condición del alumno y flexibilización de tiempos escolares o de duración de las enseñanzas, en el marco de actuaciones coordinadas entre los distintos profesionales que desempeñen su labor en un centro educativo.

Además de la dimensión académica de la escuela, se debe tener en cuenta la dimensión social y el rol de jugador del estudiante. Un problema para muchos niños con discapacidades físicas, dificultades del aprendizaje y dificultades sociales es no poder asumir el papel de jugador con quien quieran de manera constante. En su lugar, tratan de sobrellevar la situación, identificando estrategias de afrontamiento más o menosfuncionales. El terapeuta ocupacional también explora la satisfacción de los niños con su papel de juego en la escuela y les ayuda a desarrollar estrategias que les permitan alcanzar sus objetivos personales.

La Órden 2808/2023, de 30 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se regula la escolarización y la atención educativa a las diferencias y la atención educativa a las diferencias individuales del alumnado en centros de educación especial y unidades de educación especial en centros ordinarios, así como la escolarización combinada en la Comunidad de Madrid. Recoge la legislación relacionada con la La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación a los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo, determinando que las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que alcancen el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en dicha ley.

Esta exposición de la Ley Educativa vigente, ánima a justificar la incorporación de la figura del terapeuta ocupacional en el sistema educativo de la Comunidad de Madrid.

La ley, garantiza cubrir las necesidades específicas del alumnado, y es a raíz de esta premisa que se plantea la necesidad y la urgencia de incluir profesionales de la Terapia Ocupacional entre aquellos recursos con los que los centros educativos puedan contar, entendiendo que esta disciplina tiene como objetivo la participación exitosa en las diversas ocupaciones que desempeña una persona, fomentando al máximo la autonomía e independencia del alumnado.

Además de eliminar las barreras de acceso al currículum, el terapeuta ocupacional también asesora al personal docente y educativo.

Según el marco de Trabajo para la Práctica de Terapia Ocupacional:Dominio y Proceso, 2020, los aspectos del dominio de la terapia ocupacional abarcan ocupaciones, contextos, patrones de desempeño, habilidades de desempeño y las factores del cliente (en este caso el alumnado). Todos estos aspectos se relacionan de manera dinámica, interactuando e impactando en la identidad ocupacional, la salud, el bienestar y la participación en la vida.

En base a todo lo que arroja la legislación educativa, con el fin de garantizar los recursos necesarios para responder al alumnado, los y las terapeutas ocupacionales pueden desempeñar las siguientes funciones:

• Participar en el diseño y planificación de programas individualizados promoviendo la autonomía de los alumnos y alumnas.

• Identificar las barreras que se encuentren presentes en el contextoeducativo, evaluar estas barreras físicas y arquitectónicas ycoordinar planes para reducirlas, fomentando la creación de entornos adaptados que garanticen la accesibilidad de los centros yparticipación de todo el alumnado. Promover también la eliminación de barreras sociales con programas de sensibilización hacia la comunidad educativa compuesta por alumnos/as, familias y personal educativo.

• Crear estrategias individualizadas para mejorar los patrones de desempeño (hábitos, rutinas, roles y rituales) con el fin de favorecerla ocupación, la salud y la participación del alumnado, como asíestrategias que refuercen el sentido de pertenencia al grupo depares favoreciendo los principios de equidad e inclusión. Coordinarla adaptación y readaptación funcional a través de actividadessignificativas.

• Colaborar con los equipos de orientación, realizando adaptaciones, modificaciones del entorno, de los materiales de trabajo en los aspectos relacionados con el desempeño escolar del alumnado.

• Prevenir y detectar precozmente dificultades de aprendizaje, necesidades de apoyo y situaciones de desigualdad o desventaja que limiten el desempeño escolar del alumno/a, mediante valoración, intervención, seguimiento y coordinación con el personaldocente y no docente y la familia. Evaluar e intervenir de maneradirecta con los alumnos con dificultades físicas, psíquicas ysensoriales desde las competencias propias de TO.

Orientar a las familias ofreciendo estrategias que busquen mejorar el desarrollo ocupacional de sus hijos e hijas.

• Valorar, prescribir, diseñar, adaptar, entrenar, asesorar y orientar en el uso de los productos de apoyo desde las competencias de Terapia Ocupacional. Colaborar en la gestión, adquisición, educación conservación y/o control de estos productos, en función de las necesidades requeridas por el alumnado, las demandas del entorno y las actividades a desarrollar de los programas de Terapia Ocupacional. 

• Planificar programas orientados a la capacitación pre-laboral y de transición a la vida adulta.- Asesorar en las adaptaciones y reformas necesarias para garantizar que la accesibilidad al centro y su entorno se ajuste a las características del alumnado.

• Realizar un seguimiento y evaluación del impacto de las intervenciones en el bienestar del alumnado, proporcionando datos que respaldan la continuidad y expansión de sus servicios.

La figura del terapeuta ocupacional en la educación pública es una realidad desde el año 1979 en España, concretamente en el País Vasco.

Esta figura se extendió a la Comunidad Autónoma de Canarias en el curso 2017/2018. En 2022 se incorporaron dos terapeutas ocupacionales en centros públicos de educación especial en Navarra, y en 2023, seis terapeutas ocupacionales en unidades de Orientación Especializadas en la Comunidad Valenciana.

La Comunidad de Madrid cuenta actualmente con 682 centros de atención preferente para alumnado con necesidades educativas específicas derivadas del trastorno del espectro del autismo. En ellos se ubican 855 aulas de apoyo extenso y especializado. En total encontramos que unos 4275 alumnos en los centros educativos de la CAM tienen un diagnóstico de autismo o trastorno general del desarrollo. También existen 8 colegios públicos de Educación Infantil y Primaria que cuentan con unidades específicas de Educación Especial TEA, 21 centros de escolarización preferente para alumnado con discapacidad motora y 2 centros preferentes para alumnado con discapacidad motora.

Todo esto sin contar con que entre el 5 y el 15% de la población escolar presenta trastornos del aprendizaje. El porcentaje de niños con retraso madurativo y otras neurodivergencias no está recogido, por lo que en la CAM se está negando actualmente una atención integral al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, incumpliendo lo manifestado en su legislación.

Para lograr un funcionamiento escolar exitoso es fundamental mejorar el desempeño en las tareas y actividades importantes del alumnado, manteniendo siempre un equilibrio entre las habilidades de los estudiantes y las expectativas del entorno escolar. La TerapiaOcupacional interviene ayudando a los niños con necesidades educativas especiales y específicas a disponer de las mismas oportunidades y condiciones de vida que los niños de su entorno social.

 

Es por todo ello que el colectivo de terapeutas ocupacionales, por responsabilidad profesional, justicia social y código deontológico ve necesaria y urgente la inclusión de la figura del terapeuta ocupacional dentro del sistema educativo.

 

 

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Petición creada en 19 de septiembre de 2025