

Garanticen nuestros derechos y los de nuestras mascotas en Soto del Real sin perseguirnos
El problema
Hace cuatro años queriendo hacer bien las cosas me reuní con la concejala de medio ambiente pues no veía claro la normativa de tenencia de perros en Soto del Real donde vivo. Está llena de errores. Pero había cosas claras como que en el parque del río los propietarios de perros podíamos llevarlos sueltos como todo municipio que se precie (Madrid capital inclusive). Por aquél entonces hubo denuncias por parte de la policía. Me dirigí por correo electrónico al alcalde y desde la policía me contestaron que podía llevar el perro suelto en el parque siempre que estuviera a mi vista. Tengo por escrito el correo de esa contestación. Últimamente a pesar de esa contestación la propia policía nos insta a que atemos los perros impidiéndoles correr, jugar, revolcarse etc. tan necesario para ellos. Nos ponemos en un lugar del parque donde no molestamos a nadie y no entendemos la medida máxime que la normativa de Soto del Real así nos lo permite. Por el parque no pueden circular coches ni motos etc. y hace unos meses apareció el coche de la policía y mi perro, un border collie, se puso a ladrar al coche. Me mandaron que le cogiera y yo obedecí obviamente. Por ese hecho he recibido una denuncia argumentando que el parque es un sitio peligroso para la seguridad de mi perro. Hemos hecho un escrito a aquella concejala hoy alcaldesa de Soto para que aclare la situación en el municipio y si hace cuatro años de mi reunión con ella no obtuve respuestas hoy 6 meses después de presentarle el escrito con las firmas de 250 propietarios de perros seguimos sin respuesta.
Es lamentable la situación y por eso doy este paso para pedir que la policía de Soto del Real deje de atosigarnos en el municipio y que prevalezcan los derechos tanto de los propietarios como de nuestras mascotas
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En esta fotografía estamos con nuestros perros sueltos en el parque del río de Soto del Real. Un lugar tranquilo, apacible cerrado al tráfico de vehículos a motor tanto de coches como de motos. Nos ponemos al final del parque en la otra punta del parque infantil tan lejos como para no molestar a nadie. Tampoco existe ninguna señal de prohibición de perros sueltos, cosa lógica pues en la normativa de tenencia de perros de Soto del Real no es de aplicación esta prohibición en parques y jardines, zonas verdes, según la disposición transitoria cuarta de dicha normativa.
Pues bien, aun así la policía local nos insta a que atemos a los perros. Y no se te ocurra intentar dialogar con el policía argumentando que no estás de acuerdo, que tienes por escrito la aquiescencia de la propia policía en sentido contrario a lo que te está mandando, porque entonces te enfrentas a una denuncia. Y no es broma lo que estoy diciendo ya que lo he sufrido en mis propias carnes. Pero claro en la denuncia no se especifica esto sino que aluden a otros artículos de la normativa que para no extenderme ahora lo haré en otro momento.
CONCLUSIÓN. Si estamos en una zona que no está prohibido mascotas sueltas donde no molestamos a nadie, si tenemos por escrito la aquiescencia de la policía local, ¿Cómo es que la propia policía nos persiga de esta manera ? ¿Cómo es que un agente de la autoridad por el simple hecho de dialogar con él rebatiéndole y mostrándole los escritos pertinentes, a pesar de haber obedecido sin rechistar a lo que te ordenaba, pueda decidir el denunciarte?
A mi que me lo expliquen que no lo entiendo.

Otra cosa que no entiendo es la siguiente. Una obligación de todo propietario de perro está recogida en la ley de la comunidad de Madrid que dice y reproduzco aquí
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Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de
Compañía de la Comunidad de Madrid.
Artículo 6. Obligaciones de los propietarios o poseedores.
1. Corresponde a los poseedores y en general a todas aquellas personas que mantengan o disfruten de animales de compañía:
a) Tratar a los animales de acuerdo a su condición de seres sentientes,
proporcionándoles atención, supervisión, control y cuidados suficientes; una alimentación y bebida sana, adecuada y conveniente para su normal desarrollo; unas buenas condiciones higiénico sanitarias; la posibilidad de realizar el ejercicio necesario.......
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PROPORCIONARLES LA POSIBILIDAD DE REALIZAR EL EJERCICIO NECESARIO.
Y yo me pregunto cómo pueden hacer el ejercicio necesario yendo a todas partes atados con correa?
y si los sueltas en sitios en los que no está prohibido al hacerlo, donde no molestas a nadie, te enfrentas a una denuncia?
QUE ME LO EXPLIQUEN POR FAVOR

El problema
Hace cuatro años queriendo hacer bien las cosas me reuní con la concejala de medio ambiente pues no veía claro la normativa de tenencia de perros en Soto del Real donde vivo. Está llena de errores. Pero había cosas claras como que en el parque del río los propietarios de perros podíamos llevarlos sueltos como todo municipio que se precie (Madrid capital inclusive). Por aquél entonces hubo denuncias por parte de la policía. Me dirigí por correo electrónico al alcalde y desde la policía me contestaron que podía llevar el perro suelto en el parque siempre que estuviera a mi vista. Tengo por escrito el correo de esa contestación. Últimamente a pesar de esa contestación la propia policía nos insta a que atemos los perros impidiéndoles correr, jugar, revolcarse etc. tan necesario para ellos. Nos ponemos en un lugar del parque donde no molestamos a nadie y no entendemos la medida máxime que la normativa de Soto del Real así nos lo permite. Por el parque no pueden circular coches ni motos etc. y hace unos meses apareció el coche de la policía y mi perro, un border collie, se puso a ladrar al coche. Me mandaron que le cogiera y yo obedecí obviamente. Por ese hecho he recibido una denuncia argumentando que el parque es un sitio peligroso para la seguridad de mi perro. Hemos hecho un escrito a aquella concejala hoy alcaldesa de Soto para que aclare la situación en el municipio y si hace cuatro años de mi reunión con ella no obtuve respuestas hoy 6 meses después de presentarle el escrito con las firmas de 250 propietarios de perros seguimos sin respuesta.
Es lamentable la situación y por eso doy este paso para pedir que la policía de Soto del Real deje de atosigarnos en el municipio y que prevalezcan los derechos tanto de los propietarios como de nuestras mascotas
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En esta fotografía estamos con nuestros perros sueltos en el parque del río de Soto del Real. Un lugar tranquilo, apacible cerrado al tráfico de vehículos a motor tanto de coches como de motos. Nos ponemos al final del parque en la otra punta del parque infantil tan lejos como para no molestar a nadie. Tampoco existe ninguna señal de prohibición de perros sueltos, cosa lógica pues en la normativa de tenencia de perros de Soto del Real no es de aplicación esta prohibición en parques y jardines, zonas verdes, según la disposición transitoria cuarta de dicha normativa.
Pues bien, aun así la policía local nos insta a que atemos a los perros. Y no se te ocurra intentar dialogar con el policía argumentando que no estás de acuerdo, que tienes por escrito la aquiescencia de la propia policía en sentido contrario a lo que te está mandando, porque entonces te enfrentas a una denuncia. Y no es broma lo que estoy diciendo ya que lo he sufrido en mis propias carnes. Pero claro en la denuncia no se especifica esto sino que aluden a otros artículos de la normativa que para no extenderme ahora lo haré en otro momento.
CONCLUSIÓN. Si estamos en una zona que no está prohibido mascotas sueltas donde no molestamos a nadie, si tenemos por escrito la aquiescencia de la policía local, ¿Cómo es que la propia policía nos persiga de esta manera ? ¿Cómo es que un agente de la autoridad por el simple hecho de dialogar con él rebatiéndole y mostrándole los escritos pertinentes, a pesar de haber obedecido sin rechistar a lo que te ordenaba, pueda decidir el denunciarte?
A mi que me lo expliquen que no lo entiendo.

Otra cosa que no entiendo es la siguiente. Una obligación de todo propietario de perro está recogida en la ley de la comunidad de Madrid que dice y reproduzco aquí
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Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de
Compañía de la Comunidad de Madrid.
Artículo 6. Obligaciones de los propietarios o poseedores.
1. Corresponde a los poseedores y en general a todas aquellas personas que mantengan o disfruten de animales de compañía:
a) Tratar a los animales de acuerdo a su condición de seres sentientes,
proporcionándoles atención, supervisión, control y cuidados suficientes; una alimentación y bebida sana, adecuada y conveniente para su normal desarrollo; unas buenas condiciones higiénico sanitarias; la posibilidad de realizar el ejercicio necesario.......
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PROPORCIONARLES LA POSIBILIDAD DE REALIZAR EL EJERCICIO NECESARIO.
Y yo me pregunto cómo pueden hacer el ejercicio necesario yendo a todas partes atados con correa?
y si los sueltas en sitios en los que no está prohibido al hacerlo, donde no molestas a nadie, te enfrentas a una denuncia?
QUE ME LO EXPLIQUEN POR FAVOR

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Petición creada en 16 de enero de 2024