Defender al Psicólogo Especialista en Psicología Clínica en la reforma de la LOPS


Defender al Psicólogo Especialista en Psicología Clínica en la reforma de la LOPS
El problema
En fechas recientes, el Ministerio de Sanidad del Estado español ha dado a conocer una iniciativa de reforma de la Ley de ordenación de las profesiones sanitarias (44/2003, de 21 de noviembre), comúnmente referida como la LOPS. Esta ley es la forma principal en la que se regula la formación, funciones y puestos que desempeñan los diversos profesionales dentro de la sanidad pública en el territorio, afectando por ende cómo se trata la salud en el país.
En el ámbito de la Psicología, se reconocen dos figuras profesionales de carácter sanitario: El Psicólogo General Sanitario (PGS) y el Psicólogo Especialista en Psicología Clínica (PEPC). Bajo lo que contempla la legislación actual, únicamente el Psicólogo Especialista en Psicología Clínica puede ejercer sus funciones en el Sistema Nacional de Salud, mientras que bajo la Ley General de Salud Pública (33/2011, de 4 de octubre) se distingue al PGS del PEPC al limitar sus funciones al ámbito de la sanidad privada.
El panorama actual ha generado incertidumbre y confusión respecto a la posición de la Psicología como profesión. Los intentos por delimitar las competencias y ámbitos de actuación de las figuras de PGS y PEPC han sido escasos, poco homogéneos y no siempre claros, y no han contado con un posicionamiento firme de los Colegios Oficiales de Psicología, los organismos representativos del sector. Han surgido iniciativas en algunas comunidades autónomas (como Navarra o la Comunidad Valenciana) que plantean la incorporación del PGS en el Sistema Nacional de Salud (SNS), principalmente desde el área de Atención Primaria, como respuesta a las dificultades en atender a la creciente demanda de servicios de salud mental, lo cual ha aumentado el debate entre profesionales y ha resultado en la consideración de incorporar al PGS en el SNS en la totalidad del territorio nacional.
Es por estos acontecimientos que ponemos de manifiesto la presente petición. En comparación al PEPC, la figura del PGS comprende una formación de máster generalista que es más breve, altamente variable debido a la dependencia de planes de estudio establecidos por las propias universidades, con menos desarrollo y supervisión clínica práctica, y muchas veces nula inmersión en centros de salud mental pública. La formación para adquirir el título de PEPC implica un proceso homogeneizado a nivel estatal y una residencia de una duración de 4 años con períodos rotativos, en la que se entrena al profesional a lidiar con diversas poblaciones bajo una supervisión clínica reglada, evaluada y progresiva en dispositivos exclusivos al SNS.
La figura del PGS no puede ser equiparable a la del PEPC debido a estas diferencias demostrables en su formación. Consideramos que plantear la incorporación de la figura del PGS en el SNS, igualando su posición a la de un personal facultativo sanitario es altamente problemática teniendo en cuenta sus limitaciones formativas e iría en contra del objetivo que sus proponentes precisamente señalan, esto es, una mejoría en los servicios públicos de salud mental.
Una falta de organización precisa y uniforme de los profesionales en Psicología en el Sistema Nacional de Salud afecta no solo la calidad de los servicios ofrecidos, si no además la salud de la población. En este contexto, es fundamental que cualquier normativa que aborde esta cuestión priorice los principios que garantizan una atención rigurosa, especializada y basada en criterios objetivos de capacitación profesional.
Con esta petición, proponemos lo siguiente:
- Blindar la formación como Psicólogo Interno Residente (PIR), cuya finalización otorga el título de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica, como la única vía de acceso de los profesionales en Psicología al ejercicio de funciones en dispositivos del Sistema Nacional de Salud, al ser el único marco formativo en la actualidad que posee la suficiente formación y desarrollo práctico para trabajar en centros públicos como Psicólogo de forma competente.
- Exigir a los organismos competentes, como los Colegios Oficiales de Psicología y el Ministerio de Salud, que desempeñen la labor de establecer una diferenciación clara, homogénea e inequívoca de la figura del Psicólogo General Sanitario y el Psicólogo Especialista en Psicología Clínica a modo de evitar la continuación de incertidumbres y confusión de sus competencias y la minimización en la medida de lo posible de vacíos legales.
- Priorizar el establecimiento de condiciones laborales y formativas que garanticen un mayor provecho del marco ofrecido por la vía PIR para una mejoría real y efectiva de las dificultades asistenciales actualmente presentes en el Sistema Nacional de Salud a través de la reivindicación de un aumento creciente, exponencial y demostrable de la oferta de plazas PIR y la concesión de mayor estabilidad laboral al PEPC mediante la limitación de contrataciones temporales estructurales y una vinculación a un sistema de contratación exclusivamente basada en procesos selectivos de concurso-oposición.
Mejorar la salud mental de la población no es cuestión de atajos, merece rigor y responsabilidad.
Firma para apostar por un futuro donde se prestigie la atención de calidad en salud mental.
masplazaspir@gmail.com

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El problema
En fechas recientes, el Ministerio de Sanidad del Estado español ha dado a conocer una iniciativa de reforma de la Ley de ordenación de las profesiones sanitarias (44/2003, de 21 de noviembre), comúnmente referida como la LOPS. Esta ley es la forma principal en la que se regula la formación, funciones y puestos que desempeñan los diversos profesionales dentro de la sanidad pública en el territorio, afectando por ende cómo se trata la salud en el país.
En el ámbito de la Psicología, se reconocen dos figuras profesionales de carácter sanitario: El Psicólogo General Sanitario (PGS) y el Psicólogo Especialista en Psicología Clínica (PEPC). Bajo lo que contempla la legislación actual, únicamente el Psicólogo Especialista en Psicología Clínica puede ejercer sus funciones en el Sistema Nacional de Salud, mientras que bajo la Ley General de Salud Pública (33/2011, de 4 de octubre) se distingue al PGS del PEPC al limitar sus funciones al ámbito de la sanidad privada.
El panorama actual ha generado incertidumbre y confusión respecto a la posición de la Psicología como profesión. Los intentos por delimitar las competencias y ámbitos de actuación de las figuras de PGS y PEPC han sido escasos, poco homogéneos y no siempre claros, y no han contado con un posicionamiento firme de los Colegios Oficiales de Psicología, los organismos representativos del sector. Han surgido iniciativas en algunas comunidades autónomas (como Navarra o la Comunidad Valenciana) que plantean la incorporación del PGS en el Sistema Nacional de Salud (SNS), principalmente desde el área de Atención Primaria, como respuesta a las dificultades en atender a la creciente demanda de servicios de salud mental, lo cual ha aumentado el debate entre profesionales y ha resultado en la consideración de incorporar al PGS en el SNS en la totalidad del territorio nacional.
Es por estos acontecimientos que ponemos de manifiesto la presente petición. En comparación al PEPC, la figura del PGS comprende una formación de máster generalista que es más breve, altamente variable debido a la dependencia de planes de estudio establecidos por las propias universidades, con menos desarrollo y supervisión clínica práctica, y muchas veces nula inmersión en centros de salud mental pública. La formación para adquirir el título de PEPC implica un proceso homogeneizado a nivel estatal y una residencia de una duración de 4 años con períodos rotativos, en la que se entrena al profesional a lidiar con diversas poblaciones bajo una supervisión clínica reglada, evaluada y progresiva en dispositivos exclusivos al SNS.
La figura del PGS no puede ser equiparable a la del PEPC debido a estas diferencias demostrables en su formación. Consideramos que plantear la incorporación de la figura del PGS en el SNS, igualando su posición a la de un personal facultativo sanitario es altamente problemática teniendo en cuenta sus limitaciones formativas e iría en contra del objetivo que sus proponentes precisamente señalan, esto es, una mejoría en los servicios públicos de salud mental.
Una falta de organización precisa y uniforme de los profesionales en Psicología en el Sistema Nacional de Salud afecta no solo la calidad de los servicios ofrecidos, si no además la salud de la población. En este contexto, es fundamental que cualquier normativa que aborde esta cuestión priorice los principios que garantizan una atención rigurosa, especializada y basada en criterios objetivos de capacitación profesional.
Con esta petición, proponemos lo siguiente:
- Blindar la formación como Psicólogo Interno Residente (PIR), cuya finalización otorga el título de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica, como la única vía de acceso de los profesionales en Psicología al ejercicio de funciones en dispositivos del Sistema Nacional de Salud, al ser el único marco formativo en la actualidad que posee la suficiente formación y desarrollo práctico para trabajar en centros públicos como Psicólogo de forma competente.
- Exigir a los organismos competentes, como los Colegios Oficiales de Psicología y el Ministerio de Salud, que desempeñen la labor de establecer una diferenciación clara, homogénea e inequívoca de la figura del Psicólogo General Sanitario y el Psicólogo Especialista en Psicología Clínica a modo de evitar la continuación de incertidumbres y confusión de sus competencias y la minimización en la medida de lo posible de vacíos legales.
- Priorizar el establecimiento de condiciones laborales y formativas que garanticen un mayor provecho del marco ofrecido por la vía PIR para una mejoría real y efectiva de las dificultades asistenciales actualmente presentes en el Sistema Nacional de Salud a través de la reivindicación de un aumento creciente, exponencial y demostrable de la oferta de plazas PIR y la concesión de mayor estabilidad laboral al PEPC mediante la limitación de contrataciones temporales estructurales y una vinculación a un sistema de contratación exclusivamente basada en procesos selectivos de concurso-oposición.
Mejorar la salud mental de la población no es cuestión de atajos, merece rigor y responsabilidad.
Firma para apostar por un futuro donde se prestigie la atención de calidad en salud mental.
masplazaspir@gmail.com

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Petición creada en 10 de abril de 2026