Crear una reserva de cocodrilos en Tamaulipas

Crear una reserva de cocodrilos en Tamaulipas

Firmantes recientes:
Sharon Ojeda Escobar y 19 personas más firmaron la petición recientemente.

La causa

Introducción:

México es considerado un país "mega diverso", ya que forma parte del selecto grupo de naciones poseedoras de la mayor diversidad de animales y plantas, casi el 70% de la diversidad mundial de especies (considerando los grupos más conocidos: anfibios, reptiles, aves y mamíferos y plantas vasculares). Este concepto es distinto al concepto de biodiversidad.

Nuestro país posee 31 millones de hectáreas de este tipo de bosques. Estos ecosistemas albergan la mayor riqueza de mamíferos, aves y anfibios. Por otra parte, las maderas tropicales como el cedro, la caoba o la teca, son las de mayor uso comercial en el país. 

Con el aumento de la interacción humanos entre ecosistemas existe una problemática muy grande a nivel nacional y es la de los cocodrilos, específicamente de la especie moreletti, debido a esto ha surgido el mito de la sobrepoblación de esta especie.

 Muchos no dudan que la población de cocodrilos en el país ha crecido desmedidamente y proponen controlarla a través de la eutanasia sin pensarlo dos veces. Pero los estudios científicos demuestran lo contrario. estudios exponen que la población de cocodrilos sí ha crecido en ciertas zonas específicas, particularmente en la zona conurbada de Tamaulipas (Tampico, ciudad madero y Altamira). Pero que haya más cocodrilos no significa que exista sobrepoblación.

El aumento en la cantidad de los reptiles se da más bien gracias a la implementación exitosa de la ley de conservación de vida silvestre de 1992, que protege la fauna en el país. Esto incluye a los cocodrilos, cuya población se había disminuido excesivamente en los años setenta por prácticas ilegales de caza furtiva. En vez de sobrepoblación, la protección restauró efectivamente una cantidad de cocodrilos ideal para la estabilidad ecológica.

 

 

 

 

 

Justificación:

Desde la publicación de Ley General de Vida Silvestre en México, la gestión de los recursos no cinegéticos de vida silvestre se transformó, y el manejo y aprovechamiento sustentable de dichos recursos se convirtió en una obligación. El aprovechamiento se tipificó en extractivo y no extractivo, refiriéndose el primero al que implica la utilización de ejemplares, partes o derivados de alguna especie de flora o fauna mediante recolecta, captura o caza y el segundo, hacia actividades que no implican remoción de ejemplares, sus partes o derivados, algunos ejemplos de este tipo de aprovechamiento son: nado con tiburón, ballena o avistamiento de ballenas y aves canoras. 

 

El manejo se divide en el aprovechamiento intensivo, cuando se hace un manejo directo de los ejemplares en confinamiento y manejo en vida libre (extensivo), cuando se maneja una especie dentro del ecosistema que este ocupa. En el caso de este pimvs aprovecharemos a los cocodrilos de la especie moreletti ( ya que son de los que más se presentan en esta región) se  permitirá a través de: el aprovechamiento de la carne, de los huesos, piel  y de ellos mismo , mediante el manejo intensivo, esto es, manejo de los ejemplares dentro de un predio ( el cual tenga las condiciones para un correcto manejo y reproducción del mismo) en donde las personas acudan a visitarlos  y ser un nuevo destino turístico de las diferentes zonas.  Los PIMVS son una variante de las UMA, su propósito es la reproducción controlada de especies o poblaciones para su aprovechamiento con fines comerciales, pero no realizan conservación. Los criaderos intensivos, viveros, jardines botánicos o similares son algunos ejemplos de esta modalidad. Art. 2, Fracc. XV Bis. Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre (RLGVS) (SEMARNAT, 2006

 

Norma que los rige:

NOM-059-SEMARNAT-2010

Es una norma mexicana que tiene como objetivo de identificar las especies o poblaciones de una flora y fauna silvestre en riesgo del país para la atención y protección correspondiente.

 

 

Plan de manejo:

El plan de manejo es un documento técnico que describe cómo se llevará a cabo el manejo y aprovechamiento de los ejemplares (en este caso cocodrilos) que se registraron para la UMA o PIMVS. De acuerdo a la LGVS (SEMARNAT, 2000), Art. 3: Fracc. XXXV. Plan de manejo: El documento técnico operativo de las Unidades de Manejo para la Conservación de Vida Silvestre sujeto a aprobación de la Secretaría, que describe y programa actividades para el manejo de especies silvestres particulares y sus hábitats y establece metas e indicadores de éxito en función del hábitat y las poblaciones. Fracc. XLVIII. Unidades de manejo para la conservación de vida silvestre: Los predios e instalaciones registrados que operan de conformidad con un plan de manejo aprobado y dentro de los cuales se da seguimiento permanente al estado del hábitat y de poblaciones o ejemplares que ahí se distribuyen. De acuerdo con el artículo 40 de la LGVS, es requisito elaborar un plan de manejo... Para registrar los predios como unidades de manejo para la conservación de vida silvestre, la Secretaría integrará, de conformidad con lo establecido en el reglamento, un expediente con los datos generales, los títulos que acrediten la propiedad o legítima posesión del promovente sobre los predios; la ubicación geográfica, superficie y colindancias de los mismos; y un plan de manejo.

 

 

 

Objetivos generales:

Establecer un esquema de aprovechamiento de vida silvestre bajo criterios de sustentabilidad, mediante la aplicación de técnicas y métodos de mínimo impacto al medio ambiente, garantizando así la conservación de hábitat natural, poblaciones y ejemplares de especies silvestres. 

Objetivos específicos:

·        Concientizar sobre él porque es importante tener un cuidado, control de la vida silvestre en las zonas urbanas. 

·        Controlar la sobrepoblación de las especies en la zona donde vivo. 

 

Problemática a resolver con el proyecto:

·        La sobrepoblación de la especie de cocodrilos. 

·        Medio ambiente y sustentabilidad. 

 

 

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La causa

Introducción:

México es considerado un país "mega diverso", ya que forma parte del selecto grupo de naciones poseedoras de la mayor diversidad de animales y plantas, casi el 70% de la diversidad mundial de especies (considerando los grupos más conocidos: anfibios, reptiles, aves y mamíferos y plantas vasculares). Este concepto es distinto al concepto de biodiversidad.

Nuestro país posee 31 millones de hectáreas de este tipo de bosques. Estos ecosistemas albergan la mayor riqueza de mamíferos, aves y anfibios. Por otra parte, las maderas tropicales como el cedro, la caoba o la teca, son las de mayor uso comercial en el país. 

Con el aumento de la interacción humanos entre ecosistemas existe una problemática muy grande a nivel nacional y es la de los cocodrilos, específicamente de la especie moreletti, debido a esto ha surgido el mito de la sobrepoblación de esta especie.

 Muchos no dudan que la población de cocodrilos en el país ha crecido desmedidamente y proponen controlarla a través de la eutanasia sin pensarlo dos veces. Pero los estudios científicos demuestran lo contrario. estudios exponen que la población de cocodrilos sí ha crecido en ciertas zonas específicas, particularmente en la zona conurbada de Tamaulipas (Tampico, ciudad madero y Altamira). Pero que haya más cocodrilos no significa que exista sobrepoblación.

El aumento en la cantidad de los reptiles se da más bien gracias a la implementación exitosa de la ley de conservación de vida silvestre de 1992, que protege la fauna en el país. Esto incluye a los cocodrilos, cuya población se había disminuido excesivamente en los años setenta por prácticas ilegales de caza furtiva. En vez de sobrepoblación, la protección restauró efectivamente una cantidad de cocodrilos ideal para la estabilidad ecológica.

 

 

 

 

 

Justificación:

Desde la publicación de Ley General de Vida Silvestre en México, la gestión de los recursos no cinegéticos de vida silvestre se transformó, y el manejo y aprovechamiento sustentable de dichos recursos se convirtió en una obligación. El aprovechamiento se tipificó en extractivo y no extractivo, refiriéndose el primero al que implica la utilización de ejemplares, partes o derivados de alguna especie de flora o fauna mediante recolecta, captura o caza y el segundo, hacia actividades que no implican remoción de ejemplares, sus partes o derivados, algunos ejemplos de este tipo de aprovechamiento son: nado con tiburón, ballena o avistamiento de ballenas y aves canoras. 

 

El manejo se divide en el aprovechamiento intensivo, cuando se hace un manejo directo de los ejemplares en confinamiento y manejo en vida libre (extensivo), cuando se maneja una especie dentro del ecosistema que este ocupa. En el caso de este pimvs aprovecharemos a los cocodrilos de la especie moreletti ( ya que son de los que más se presentan en esta región) se  permitirá a través de: el aprovechamiento de la carne, de los huesos, piel  y de ellos mismo , mediante el manejo intensivo, esto es, manejo de los ejemplares dentro de un predio ( el cual tenga las condiciones para un correcto manejo y reproducción del mismo) en donde las personas acudan a visitarlos  y ser un nuevo destino turístico de las diferentes zonas.  Los PIMVS son una variante de las UMA, su propósito es la reproducción controlada de especies o poblaciones para su aprovechamiento con fines comerciales, pero no realizan conservación. Los criaderos intensivos, viveros, jardines botánicos o similares son algunos ejemplos de esta modalidad. Art. 2, Fracc. XV Bis. Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre (RLGVS) (SEMARNAT, 2006

 

Norma que los rige:

NOM-059-SEMARNAT-2010

Es una norma mexicana que tiene como objetivo de identificar las especies o poblaciones de una flora y fauna silvestre en riesgo del país para la atención y protección correspondiente.

 

 

Plan de manejo:

El plan de manejo es un documento técnico que describe cómo se llevará a cabo el manejo y aprovechamiento de los ejemplares (en este caso cocodrilos) que se registraron para la UMA o PIMVS. De acuerdo a la LGVS (SEMARNAT, 2000), Art. 3: Fracc. XXXV. Plan de manejo: El documento técnico operativo de las Unidades de Manejo para la Conservación de Vida Silvestre sujeto a aprobación de la Secretaría, que describe y programa actividades para el manejo de especies silvestres particulares y sus hábitats y establece metas e indicadores de éxito en función del hábitat y las poblaciones. Fracc. XLVIII. Unidades de manejo para la conservación de vida silvestre: Los predios e instalaciones registrados que operan de conformidad con un plan de manejo aprobado y dentro de los cuales se da seguimiento permanente al estado del hábitat y de poblaciones o ejemplares que ahí se distribuyen. De acuerdo con el artículo 40 de la LGVS, es requisito elaborar un plan de manejo... Para registrar los predios como unidades de manejo para la conservación de vida silvestre, la Secretaría integrará, de conformidad con lo establecido en el reglamento, un expediente con los datos generales, los títulos que acrediten la propiedad o legítima posesión del promovente sobre los predios; la ubicación geográfica, superficie y colindancias de los mismos; y un plan de manejo.

 

 

 

Objetivos generales:

Establecer un esquema de aprovechamiento de vida silvestre bajo criterios de sustentabilidad, mediante la aplicación de técnicas y métodos de mínimo impacto al medio ambiente, garantizando así la conservación de hábitat natural, poblaciones y ejemplares de especies silvestres. 

Objetivos específicos:

·        Concientizar sobre él porque es importante tener un cuidado, control de la vida silvestre en las zonas urbanas. 

·        Controlar la sobrepoblación de las especies en la zona donde vivo. 

 

Problemática a resolver con el proyecto:

·        La sobrepoblación de la especie de cocodrilos. 

·        Medio ambiente y sustentabilidad. 

 

 

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