

Exigimos el derecho a libre tránsito y no estar superditado a ningúna restricción


Exigimos el derecho a libre tránsito y no estar superditado a ningúna restricción
La causa
Soy Gabriel, un ciudadano deportista, atleta y gimnasta. No estoy de acuerdo que se me impida mis derechos al libre tránsito, restringiéndome con innumerables impedimentos no razonables.
Se me quiere imponer sin mi consentimiento la imposición de vacunarme, y si no lo hago perderé mi trabajo, perderé el derecho al libre transito, a las recreaciones sociales y mas. Esto es injusto porque mi salud es mi plena responsabilidad , somos libres de tomar decisiones autónomas sobre qué es lo que decidimos consumir y que consideremos que nos beneficia.
Por ello inicio esta petición por mi salud, que acarrea responsabilidades civiles y penales, amparando mi petición mediante el artículo 60 del D.C .013-2006-SA en cumplimiento de :
- Art. 2.1 y 2.24 a de la constitución política del Perú
- Del Art 6.1 de la declaración Universal de Bioética y Derechos Humanos
. Del Art. 1 de la ley 31091
Las autoridades públicas y privadas y toda persona están obligados a cumplir estas normas conforme lo dispone el Art. 45 de la constitución; la imposición. de normas contrarias, que vulneran Derechos Humanos, el libre consentimiento de la persona respecto a su salud, acarrea responsabilidades civiles y penales.

La causa
Soy Gabriel, un ciudadano deportista, atleta y gimnasta. No estoy de acuerdo que se me impida mis derechos al libre tránsito, restringiéndome con innumerables impedimentos no razonables.
Se me quiere imponer sin mi consentimiento la imposición de vacunarme, y si no lo hago perderé mi trabajo, perderé el derecho al libre transito, a las recreaciones sociales y mas. Esto es injusto porque mi salud es mi plena responsabilidad , somos libres de tomar decisiones autónomas sobre qué es lo que decidimos consumir y que consideremos que nos beneficia.
Por ello inicio esta petición por mi salud, que acarrea responsabilidades civiles y penales, amparando mi petición mediante el artículo 60 del D.C .013-2006-SA en cumplimiento de :
- Art. 2.1 y 2.24 a de la constitución política del Perú
- Del Art 6.1 de la declaración Universal de Bioética y Derechos Humanos
. Del Art. 1 de la ley 31091
Las autoridades públicas y privadas y toda persona están obligados a cumplir estas normas conforme lo dispone el Art. 45 de la constitución; la imposición. de normas contrarias, que vulneran Derechos Humanos, el libre consentimiento de la persona respecto a su salud, acarrea responsabilidades civiles y penales.

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Petición creada en 16 de noviembre de 2021