RESPETO HACIA NUESTRA PRIVACIDAD


RESPETO HACIA NUESTRA PRIVACIDAD
La causa
Mediante esta nueva petición, el curso 5to A de secundaria del colegio particular Arakuarenda, se hace presente para exigir la valoración y el respeto hacia la privacidad de todo estudiante.
Es injustificable el hecho de que como alumnos tengamos que mandar video sobre algunas tareas a nuestros profesores sin saber para que fin serán utlizados dichos videos y también recalcar que no cuentan con la autorización de los padres.
Según leemos en la Guía elaborada por la AEPD citada anteriormente, los profesores pueden tomar imágenes de sus alumnos para el desempeño de su actividad educativa, pero en ningún caso difundir o publicar esas grabaciones sin el consentimiento expreso de los padres del menor, pues de lo contrario, sería objeto de sanción de acuerdo con el Título IX de la LODGDD (artículos 70 a 78).
"Los profesores, en el desarrollo de la programación y enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados, pueden disponer la realización de ejercicios que impliquen la grabación de imágenes, normalmente de los propios alumnos, que sólo deberán estar accesibles para los alumnos involucrados en dicha actividad, sus padres o tutores y el profesor correspondiente."
"ES DECIR, EN NINGÚN CASO EL MERO HECHO DE REALIZAR LA GRABACIÓN SUPONE QUE LA MISMA SE PUEDA DIFUNDIR DE FORMA ABIERTA EN INTERNET Y QUE SE PUEDA ACCEDER DE MANERA INDISCRIMINADA"
La abogada, María Sánchez, nos recuerda además que antes de tomar imágenes del menor, el centro educativo debe pedir siempre autorización expresa a los representantes legales del alumno, e informar a los padres sobre cómo van a tratar esas imágenes, qué uso se le va a dar, donde se van a almacenar y qué se va a hacer después con ellas.
Así lo manifiesta también la Delegación de Protección de Datos de la Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid, que informa que antes de que la clase sea grabada, el profesor debería comunicárselo a sus alumnos, indicándoles dónde se guardará la grabación de forma segura y el tiempo que se mantendrá.
"Si la sesión va a ser grabada por el profesor este debe informar previamente a los alumnos e informarles de que la grabación se guardará de forma segura en la nube o Cloud del centro educativo, del departamento o del profesor, y que será conservada durante el tiempo necesario, como cualquier otro tipo de prueba"
Algunos profesores están pidiendo a sus alumnos que se graben desde casa con el teléfono móvilrealizando determinadas tareas educativas o ejercicios, y que después lo envíen para su posterior evaluación.
A este respecto, la Delegación de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid considera que "esta medida puede resultar desproporcionada para los fines que se pretenden", y establece que el centro educativo debería diseñar otras vías para "valorar los conocimientos del alumno sin invadir o sobreexponer su esfera íntima".
La abogada consultada también se manifiesta contraria a esta medida, y considera necesario encontrar otras formas de enfrentarse a esta situación en las que no se comprometa la imagen del menor:
"Hay otras muchas formas de evaluar a un alumno menor de edad sin comprometer su imagen. Por ejemplo, para la clase de música no es necesario que el niño tenga que grabarse un vídeo cantando o tocando un instrumento, ya que podría sustituirse por la grabación de un audio".
"Quizá en otras asignaturas, como Educación Física, pueda ser más complicado encontrar alternativas, aunque siempre se puede recurrir a la elaboración de un trabajo escrito o un dibujo, más teniendo en cuenta estas circunstancias excepcionales que estamos viviendo".
En definitiva, y según nos recuerda la Asociación Española de Privacidad, la crisis del COVID-19 no anula el derecho a la protección de datos, y en lo relativo al tratamiento de datos de los menores, es fundamental velar por el cumplimiento de la normativa, por tratarse de un grupo especialmente vulnerable y protegido.
La causa
Mediante esta nueva petición, el curso 5to A de secundaria del colegio particular Arakuarenda, se hace presente para exigir la valoración y el respeto hacia la privacidad de todo estudiante.
Es injustificable el hecho de que como alumnos tengamos que mandar video sobre algunas tareas a nuestros profesores sin saber para que fin serán utlizados dichos videos y también recalcar que no cuentan con la autorización de los padres.
Según leemos en la Guía elaborada por la AEPD citada anteriormente, los profesores pueden tomar imágenes de sus alumnos para el desempeño de su actividad educativa, pero en ningún caso difundir o publicar esas grabaciones sin el consentimiento expreso de los padres del menor, pues de lo contrario, sería objeto de sanción de acuerdo con el Título IX de la LODGDD (artículos 70 a 78).
"Los profesores, en el desarrollo de la programación y enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados, pueden disponer la realización de ejercicios que impliquen la grabación de imágenes, normalmente de los propios alumnos, que sólo deberán estar accesibles para los alumnos involucrados en dicha actividad, sus padres o tutores y el profesor correspondiente."
"ES DECIR, EN NINGÚN CASO EL MERO HECHO DE REALIZAR LA GRABACIÓN SUPONE QUE LA MISMA SE PUEDA DIFUNDIR DE FORMA ABIERTA EN INTERNET Y QUE SE PUEDA ACCEDER DE MANERA INDISCRIMINADA"
La abogada, María Sánchez, nos recuerda además que antes de tomar imágenes del menor, el centro educativo debe pedir siempre autorización expresa a los representantes legales del alumno, e informar a los padres sobre cómo van a tratar esas imágenes, qué uso se le va a dar, donde se van a almacenar y qué se va a hacer después con ellas.
Así lo manifiesta también la Delegación de Protección de Datos de la Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid, que informa que antes de que la clase sea grabada, el profesor debería comunicárselo a sus alumnos, indicándoles dónde se guardará la grabación de forma segura y el tiempo que se mantendrá.
"Si la sesión va a ser grabada por el profesor este debe informar previamente a los alumnos e informarles de que la grabación se guardará de forma segura en la nube o Cloud del centro educativo, del departamento o del profesor, y que será conservada durante el tiempo necesario, como cualquier otro tipo de prueba"
Algunos profesores están pidiendo a sus alumnos que se graben desde casa con el teléfono móvilrealizando determinadas tareas educativas o ejercicios, y que después lo envíen para su posterior evaluación.
A este respecto, la Delegación de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid considera que "esta medida puede resultar desproporcionada para los fines que se pretenden", y establece que el centro educativo debería diseñar otras vías para "valorar los conocimientos del alumno sin invadir o sobreexponer su esfera íntima".
La abogada consultada también se manifiesta contraria a esta medida, y considera necesario encontrar otras formas de enfrentarse a esta situación en las que no se comprometa la imagen del menor:
"Hay otras muchas formas de evaluar a un alumno menor de edad sin comprometer su imagen. Por ejemplo, para la clase de música no es necesario que el niño tenga que grabarse un vídeo cantando o tocando un instrumento, ya que podría sustituirse por la grabación de un audio".
"Quizá en otras asignaturas, como Educación Física, pueda ser más complicado encontrar alternativas, aunque siempre se puede recurrir a la elaboración de un trabajo escrito o un dibujo, más teniendo en cuenta estas circunstancias excepcionales que estamos viviendo".
En definitiva, y según nos recuerda la Asociación Española de Privacidad, la crisis del COVID-19 no anula el derecho a la protección de datos, y en lo relativo al tratamiento de datos de los menores, es fundamental velar por el cumplimiento de la normativa, por tratarse de un grupo especialmente vulnerable y protegido.
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Petición creada en 8 de julio de 2020