Aprobar ley para prohibir y sancionar las carreras de perros en Chile

Aprobar ley para prohibir y sancionar las carreras de perros en Chile

Inició
7 de octubre de 2019
Petición para
Firmas: 27,638Próximo objetivo: 35,000
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¿Por qué es importante esta petición?

En el marco de la prohibición de las carreras de perros en Chile se ha creado una red organizada por Fundación Galgos Chile; organización no lucrativa, promotora de la tenencia responsable de animales de compañía, la primera y única en Chile enfocada y especializada en la raza galgo. Fundación Gestión Ética por la Dignidad Animal;  fundación que presta asesorías y consultorías a servicios públicos (Ministerios, Seremias, Municipios, etc), empresas, organizaciones sociales y comunitarias, y a personas. Fundación Abogados por los Animales; grupo de abogados que abordan la problemática jurídica y social que aqueja a los animales y Animal Libre; ONG Internacional que trabaja constantemente para buscar el respeto y consideración moral hacia los animales.

Buscamos la aprobación completa del proyecto que modifica la Ley N°20.380, sobre Protección de Animales, con el objeto de prohibir y sancionar la organización de carreras de perros (Boletín N°12420-12) impulsado por los diputados Vlado Mirosevic, Renato Garín y Alejandro Bernales. Hasta la fecha se ha logrado una votación favorable en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el siguiente paso es la votación de toda la cámara baja, para eso el proyecto debe entrar en tabla y continuar su proceso político hasta convertirse en ley. No dejemos que este proyecto se duerma como muchos otros. 

Lo que busca esta ley es sancionar dos cosas: 

1. Al que organice carreras de perros, con presidio menor en su grado mínimo (cárcel de 61 a 301 días) y multa de 2 a 30 UTM.

2. Al que promueva o difunda las carreras de perros, solo con multa de 2 a 20 UTM.

Argumentos para la prohibición: El maltrato no se regula ¡se prohíbe!

1- Las carreras de galgo son un negocio que siempre va a poner su propio interés lucrativo antes que el bienestar animal, incluso si eso implica el maltrato, el uso de drogas y someter al perro a situaciones que conllevan riesgo inminente a sufrir graves lesiones.

2- La industria de las carreras de galgos vulnera sistemáticamente la ley de tenencia responsable de mascotas. Hembras convertidas en máquinas reproductoras dan a luz incesantemente camadas de cachorros que dependiendo de su talento van a ser explotados como corredores o van a ser abandonados o simplemente asesinados. Los perros más afortunados terminarán su vida útil para el apostador a los pocos años, cuando se lesionan o son incapaces de ganar una carrera. Su destino es la calle o la muerte.

3- Las carreras de perros se caracterizan por ser una actividad cuyo eje son las apuestas ilegales de dinero y donde impera habitualmente el alcohol y la violencia, y no sólo contra los perros.


4- El Colegio Médico Veterinario – COLMEVET, expuso en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales mientras el proyecto de prohibir se encontraba en discusión. Sin definirse a favor o en contra de prohibir, expusieron sus argumentos de manera imparcial, resumiendo su postura en que las carreras de perros son un sufrimiento innecesario.


5- Las carreras de perros son un ciclo sistemático de maltrato y privación u omisión de los cuidados básicos de una mascota. No solo es la carrera, sino, una planta de producción para crear verdaderos “deportistas” que compitan y ganen. Este ciclo de maltrato es imposible de regular, los galgos son sometidos a una tortura antes, durante y después de la carrera.

6- Los organizadores y concursantes de carreras de perros han definido la actividad como un “deporte” lo cuál fue tajantemente rechazado por el Ministerio del Deporte: “Carrera de perros – carreras de galgos” no es una modalidad deportiva en Chile. El deporte es un derecho humano y donde debe tener una participación mayoritariamente el hombre y no el animal. En el caso de las carreras de perros, el perro corre, entrena, se lesiona, pierde o gana, el humano no hace ninguna actividad física o no realiza ningún entrenamiento.


7- También se ha definido y justificado la actividad por ser una tradición chilena . El galgo utilizado para correr es el galgo inglés, americano o español. Las carreras de perros galgos llegaron a Chile alrededor de la década de los 50' y son introducidas desde Reino Unidos y Estados Unidos. Sin detenernos mucho en este argumento que solo busca justificar el maltrato, queremos recordar tradiciones a lo largo de la historia que afortunadamente ya no existen como echar cristianos a los leones o la tradición de la “pernada” en los latifundios chilenos.

Tradición.- Una actividad para permanecer en el tiempo debe estar acorde con los principios éticos que rigen la convivencia entre las personas en un determinado período de la historia.


8- Todos los días de norte a sur de Chile existen casos de maltrato de perros galgos. Fundación Galgos Chile difunde un promedio de 33 casos externos por mes, se han dado en adopción a casi 100 galgos en un año y eso son solo los casos que se pueden rescatar entre la región de Valparaíso y Santiago, por problemas de recursos, traslados u hogares temporales. Lamentablemente muchos casos rescatados no logran sobrevivir a todos los años de maltrato.


9- Las carreras no aportan ningún beneficio al animal, muy por el contrario, normaliza el maltrato, justifica el abandono, acorta la expectativa de vida del perro, es cómplice de apuestas e incentiva la ludopatía. Es innecesaria en Chile y en el mundo esta actividad y es una tendencia mundial su prohibición.

Prohibición y sanción de las carreras de perros en la legislación extranjera

Argentina: la Ley 27.330 (2016), prohíbe en todo el territorio nacional la realización de carreras de perros, cualquiera sea su raza y sanciona al que organizare, promoviere, facilitare o realizare una carrera de perros, cualquiera sea su raza, con prisión de tres meses a cuatro años y multa de cuatro mil a ochenta mil pesos argentinos.

Estados Unidos: el Estado de Florida y el de Massachusetts han prohibido su realización.

Panamá: La Ley 70 de Protección de Animales Domésticos (2012) prohibe las carreras entre animales (exceptuando caballos).

Portugal: El Código Penal castigada con penas de prisión y multa a quienes causen daño y dolor a animales. El Proyecto de Ley N° 1095/XIII/4ª determina la prohibición de las carreras de perros en todo el territorio nacional.

Uruguay: Un decreto de la Presidencia de la República del 26 de diciembre de 2018, estableció la prohibición de las carreras de perros en todo el territorio nacional.

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