Pedimos cobro justo del predial en la zona doce del Municipio de Envigado


Pedimos cobro justo del predial en la zona doce del Municipio de Envigado
El problema
Que el Municipio de Envigado no nos quite nuestras tierras ni borre nuestros sueños con el aumento injusto y acomodado del impuesto predial en su zona rural.
En el peor momento, en plena cuarentena, con la angustia del encierro y del futuro de empleos y negocios, mientras todos hablaban de alivios y ayudas, el Municipio de Envigado sorprendió a los habitantes de su área rural con un incremento injusto y casi confiscatorio del impuesto predial, que en algunos casos alcanzó hasta el 5.200 % de aumento.
Con el argumento de una actualización catastral y en un claro atropello a los ciudadanos:
• Generaron aumentos exagerados del impuesto predial, con incrementos impagables que alcanzan hasta el 5.200 % (cincuenta y dos veces el monto pagado en el 2019). La Ley 1995 de agosto de 2019 define un incremento equivalente al Índice de precios al Consumidor, IPC+8 puntos porcentuales, incremento razonable que la comunidad está dispuesta a reconocer.
• Cambiaron arbitrariamente y de manera generalizada el uso del suelo. En algunos casos, pasó de ser agrícola a habitacional, a pesar de que su uso aún es agrícola.
• Utilizaron las tarifas máximas para liquidar el impuesto, sin tener en cuenta la precariedad de los servicios públicos que presta el ente oficial a la zona 12.
• Llevaron la estratificación a los puntos más altos, a pesar de que faltan servicios básicos de salud y de sanidad (entre ellos el alcantarillado), transporte público y vías de comunicación eficientes.
• A diferencia de la actualización pasada, este año Catastro logró cuantificar de manera más exacta las construcciones y los lotes, gracias a los nuevos equipos de medición. Esa diferencia en las medidas, producto del desorden y la imprecisión que caracteriza a la entidad, generó que la mayoría de las propiedades mostraran cambios en sus proporciones, por lo que fueron consideradas y cobradas como excepciones a la ley, es decir que no cumplían las condiciones para un incremento del IPC+8 puntos porcentuales.
• Intentan responsabilizar al ciudadano por la deficiente gestión para establecer la situación real de los inmuebles, lo que les sirve de argumento para incluir a todos los 5173 predios en las excepciones que trae la Ley 1995 del agosto de 2019.
• Las facturas no explican claramente las razones del cobro, no cumplen las normas que establecen claridad meridiana para que el pagador comprenda a cabalidad los ítems de cobro.
• En algunos casos, no tuvieron en cuenta las restricciones de retiros ambientales para definir el valor de los predios, valorando por igual zonas boscosas o con fuentes hídricas y zonas aptas para la construcción. Por esa razón, estas zonas protegidas, que prestan altos servicios ambientales, fueron calificadas como viviendas campestres, a pesar de que su área de protección es intocable para los propietarios, por lo que técnicamente le pertenecen al municipio.
• Por la premura en el proceso de actualización catastral, que dejaron para el final del plazo establecido por la ley, el trabajo y las visitas fueron aleatorios; con base en las especificaciones y estado de las pocas viviendas evaluadas, establecieron un patrón para cualificar la zona, que no permite diferenciar las características especiales de cada una de las propiedades.
• Evidenciamos muchos errores en el proceso de catastro, por ejemplo, el tamaño de los lotes o las construcciones que aparece en la ficha predial difiere, de manera sustancial, con la información del área que tienen los propietarios.
• La situación económica de los habitantes de la zona no es ajena a las consecuencias de la pandemia que ahora afronta la humanidad.
A pesar de que la Presidencia de la República le dio la potestad a los gobernadores y alcaldes para reducir las tarifas de los impuestos debido a la pandemia (Artículo 2 del Decreto 461 del 22 de marzo de 2020), el alcalde Braulio Espinosa no se ha prestado a disminuirlas en el suelo rural por esta emergencia sanitaria que afecta a todos.
Además, aunque la voluntad de los habitantes es aceptar un aumento razonable en el impuesto, el alcalde solo ha propuesto soluciones paliativas, que implican algunos descuentos, mas no una aplicación razonable de la ley.
Aunque se ha reunido con algunos afectados, no ha respondido de manera certera a las necesidades y se ha pronunciado ante los medios con argumentos evasivos, como: “El impuesto fue ordenado por la administración anterior”, o que disgregan a la zona rural de la urbana: “Los habitantes del casco urbano sostienen a los de la zona rural”.
Ayúdanos con tu firma para lograr que el Presidente de la República, Iván Duque Márquez, ponga en cintura esta acción contra los ciudadanos, para que el Concejo Municipal y el Alcalde del Municipio de Envigado, Braulio Espinosa, reviertan la medida, retiren las facturas y ajusten el impuesto de acuerdo a la Ley 1995 de agosto de 2019 (IPC+8 puntos porcentuales) y no a sus excepciones. También para que Catastro Departamental corrija el procedimiento de actualización catastral y los innumerables errores que se evidencian en la evaluación de nuestros predios.
Ayúdanos a decirle NO al aumento injusto del predial del Municipio de Envigado sobre su zona rural. No al abuso de poder por parte de los funcionarios cuyo rol es servir a la comunidad.
Todos los habitantes del área rural del Municipio de Envigado te lo agradecemos.
El problema
Que el Municipio de Envigado no nos quite nuestras tierras ni borre nuestros sueños con el aumento injusto y acomodado del impuesto predial en su zona rural.
En el peor momento, en plena cuarentena, con la angustia del encierro y del futuro de empleos y negocios, mientras todos hablaban de alivios y ayudas, el Municipio de Envigado sorprendió a los habitantes de su área rural con un incremento injusto y casi confiscatorio del impuesto predial, que en algunos casos alcanzó hasta el 5.200 % de aumento.
Con el argumento de una actualización catastral y en un claro atropello a los ciudadanos:
• Generaron aumentos exagerados del impuesto predial, con incrementos impagables que alcanzan hasta el 5.200 % (cincuenta y dos veces el monto pagado en el 2019). La Ley 1995 de agosto de 2019 define un incremento equivalente al Índice de precios al Consumidor, IPC+8 puntos porcentuales, incremento razonable que la comunidad está dispuesta a reconocer.
• Cambiaron arbitrariamente y de manera generalizada el uso del suelo. En algunos casos, pasó de ser agrícola a habitacional, a pesar de que su uso aún es agrícola.
• Utilizaron las tarifas máximas para liquidar el impuesto, sin tener en cuenta la precariedad de los servicios públicos que presta el ente oficial a la zona 12.
• Llevaron la estratificación a los puntos más altos, a pesar de que faltan servicios básicos de salud y de sanidad (entre ellos el alcantarillado), transporte público y vías de comunicación eficientes.
• A diferencia de la actualización pasada, este año Catastro logró cuantificar de manera más exacta las construcciones y los lotes, gracias a los nuevos equipos de medición. Esa diferencia en las medidas, producto del desorden y la imprecisión que caracteriza a la entidad, generó que la mayoría de las propiedades mostraran cambios en sus proporciones, por lo que fueron consideradas y cobradas como excepciones a la ley, es decir que no cumplían las condiciones para un incremento del IPC+8 puntos porcentuales.
• Intentan responsabilizar al ciudadano por la deficiente gestión para establecer la situación real de los inmuebles, lo que les sirve de argumento para incluir a todos los 5173 predios en las excepciones que trae la Ley 1995 del agosto de 2019.
• Las facturas no explican claramente las razones del cobro, no cumplen las normas que establecen claridad meridiana para que el pagador comprenda a cabalidad los ítems de cobro.
• En algunos casos, no tuvieron en cuenta las restricciones de retiros ambientales para definir el valor de los predios, valorando por igual zonas boscosas o con fuentes hídricas y zonas aptas para la construcción. Por esa razón, estas zonas protegidas, que prestan altos servicios ambientales, fueron calificadas como viviendas campestres, a pesar de que su área de protección es intocable para los propietarios, por lo que técnicamente le pertenecen al municipio.
• Por la premura en el proceso de actualización catastral, que dejaron para el final del plazo establecido por la ley, el trabajo y las visitas fueron aleatorios; con base en las especificaciones y estado de las pocas viviendas evaluadas, establecieron un patrón para cualificar la zona, que no permite diferenciar las características especiales de cada una de las propiedades.
• Evidenciamos muchos errores en el proceso de catastro, por ejemplo, el tamaño de los lotes o las construcciones que aparece en la ficha predial difiere, de manera sustancial, con la información del área que tienen los propietarios.
• La situación económica de los habitantes de la zona no es ajena a las consecuencias de la pandemia que ahora afronta la humanidad.
A pesar de que la Presidencia de la República le dio la potestad a los gobernadores y alcaldes para reducir las tarifas de los impuestos debido a la pandemia (Artículo 2 del Decreto 461 del 22 de marzo de 2020), el alcalde Braulio Espinosa no se ha prestado a disminuirlas en el suelo rural por esta emergencia sanitaria que afecta a todos.
Además, aunque la voluntad de los habitantes es aceptar un aumento razonable en el impuesto, el alcalde solo ha propuesto soluciones paliativas, que implican algunos descuentos, mas no una aplicación razonable de la ley.
Aunque se ha reunido con algunos afectados, no ha respondido de manera certera a las necesidades y se ha pronunciado ante los medios con argumentos evasivos, como: “El impuesto fue ordenado por la administración anterior”, o que disgregan a la zona rural de la urbana: “Los habitantes del casco urbano sostienen a los de la zona rural”.
Ayúdanos con tu firma para lograr que el Presidente de la República, Iván Duque Márquez, ponga en cintura esta acción contra los ciudadanos, para que el Concejo Municipal y el Alcalde del Municipio de Envigado, Braulio Espinosa, reviertan la medida, retiren las facturas y ajusten el impuesto de acuerdo a la Ley 1995 de agosto de 2019 (IPC+8 puntos porcentuales) y no a sus excepciones. También para que Catastro Departamental corrija el procedimiento de actualización catastral y los innumerables errores que se evidencian en la evaluación de nuestros predios.
Ayúdanos a decirle NO al aumento injusto del predial del Municipio de Envigado sobre su zona rural. No al abuso de poder por parte de los funcionarios cuyo rol es servir a la comunidad.
Todos los habitantes del área rural del Municipio de Envigado te lo agradecemos.
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Petición creada en 15 de junio de 2020