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La causa

Roldán, 14 de julio de 2026

A la Sra. Fiscal Dra. Mariela Gusso Ministerio Público de la Acusación Distrito Judicial N.º 2 – Rosario Ref.: Carpeta Judicial CUIJ N.º 21-09376068-6 – "Álvarez, Lautaro Ulises y Puntano, Ricardo Ezequiel s/ Delitos contra la Integridad Sexual. Abuso sexual con acceso carnal".

Quienes suscribimos la presente, integrantes de organizaciones sociales, comunitarias, de mujeres y ciudadanos comprometidos con la defensa de los derechos humanos, nos dirigimos a usted con motivo de la próxima audiencia de debate oral y público en la causa seguida contra Lautaro Ulises Álvarez y Ricardo Ezequiel Puntano, imputados por el delito de abuso sexual con acceso carnal, luego de la extensa investigación desarrollada por el Ministerio Público de la Acusación. Sabemos que el juicio oral constituye la etapa más trascendente del proceso penal. Allí se escuchará nuevamente a la víctima, a los testigos y a quienes participaron durante la investigación, y será el Tribunal quien finalmente determine las responsabilidades penales y dicte sentencia. En ese marco, queremos expresar nuestro acompañamiento al trabajo realizado por la Fiscalía y solicitar respetuosamente que la acusación sea sostenida con la máxima convicción, produciendo toda la prueba necesaria y requiriendo una condena que refleje la verdadera dimensión de los hechos que se juzgan. Si durante el debate se acreditan los hechos atribuidos a los imputados, estaremos frente a una de las formas más graves de violencia que puede sufrir una mujer: la violencia sexual ejercida por quienes, lejos de protegerla, habrían utilizado el poder, la autoridad y los recursos que el Estado puso en sus manos para someterla y luego procurar su silencio. No se trata únicamente de un delito contra la integridad sexual; se trata de una profunda traición al deber de cuidado que la sociedad deposita en quienes visten un uniforme y representan a las fuerzas de seguridad. Quien porta un arma reglamentaria, conduce un patrullero y ejerce autoridad en nombre del Estado tiene una responsabilidad superior a la de cualquier ciudadano. Esa autoridad existe para brindar protección, generar confianza y asistir a quien lo necesita. Si esa posición privilegiada fuera utilizada para vulnerar la dignidad de una niña adolescente de 14 años, el reproche jurídico, ético e institucional debe ser también superior, porque el daño no alcanza solamente a la víctima, sino que hiere la confianza de toda la comunidad en las instituciones públicas. También entendemos que la Justicia debe valorar la conducta de cada uno de los imputados conforme al grado de participación que resulte probado durante el juicio. La responsabilidad no puede limitarse únicamente a quien hubiera ejecutado materialmente el hecho. Quien facilita, acompaña, permite, intimida o contribuye a asegurar la impunidad también debe responder plenamente por sus actos. Ninguna intervención relevante en un hecho de semejante gravedad puede quedar sin la respuesta que la ley prevé. Por ello solicitamos que, al formular su alegato final, la Fiscalía requiera la aplicación de la máxima pena que el ordenamiento jurídico permita, considerando todas las agravantes que resulten acreditadas durante el debate, particularmente las previstas por el artículo 119 del Código Penal de la Nación, junto con las reglas de autoría y participación establecidas en los artículos 45 y 46, y los criterios para la determinación de la pena previstos en los artículos 40 y 41 del mismo cuerpo legal. Entendemos que solo una respuesta penal firme y proporcional puede expresar el verdadero reproche que merece un hecho de estas características cuando involucra a funcionarios públicos. Somos conscientes de que ninguna condena podrá devolverle a la víctima aquello que le fue arrebatado. Ninguna sentencia alcanzará para reparar completamente el dolor, el miedo, las secuelas emocionales, psicológicas y sociales que deja una agresión sexual. No existe pena capaz de reconstruir íntegramente un proyecto de vida atravesado por la violencia ni de borrar el sufrimiento que también alcanza a su familia y a sus seres queridos. Pero precisamente por esa razón la respuesta del Estado debe ser clara, firme y proporcional: porque cuando el daño es irreparable, la Justicia tiene la obligación de demostrar que la sociedad no tolera semejantes conductas y que quien las comete deberá asumir todas sus consecuencias. Este caso también nos interpela como comunidad. Nos obliga a pensar en nuestras hijas, en nuestras hermanas, en nuestras esposas, en nuestras madres y en todas las mujeres que cada día caminan solas por nuestras calles, regresan de estudiar o de trabajar, esperan un colectivo o piden ayuda confiando en quienes tienen la misión de protegerlas. Ninguna mujer debería sentir temor frente a un patrullero o frente a un policía. Sin embargo, cada vez que un funcionario público es acusado de ejercer violencia sexual aprovechándose de su cargo, ese miedo vuelve a instalarse y la confianza colectiva se resquebraja. La violencia machista no se sostiene únicamente por la agresión física o sexual. Se sostiene también cuando el poder se utiliza para dominar, intimidar, silenciar o garantizar impunidad. Combatir esa violencia exige que las instituciones respondan con firmeza, sin privilegios para quienes ejercen funciones públicas y sin minimizar el enorme impacto que estos hechos producen en toda la sociedad. Una condena justa no solo protege a la víctima de esta causa; también constituye un mensaje para todas las mujeres de que el Estado está dispuesto a defender sus derechos y a sancionar con todo el rigor de la ley a quienes traicionan el mandato de proteger. Confiamos en que el Ministerio Público de la Acusación continuará actuando con la independencia, el compromiso y la firmeza que este caso requiere, sosteniendo la acusación hasta sus últimas consecuencias y requiriendo una condena que sea verdaderamente proporcional a la gravedad de los hechos, al abuso de la función pública y al daño humano e institucional que, de comprobarse la acusación, se habrá ocasionado.  No formulamos este pedido desde el rencor ni desde el deseo de venganza. Lo hacemos desde la convicción de que una sociedad más justa solo puede construirse cuando las víctimas encuentran respuestas, cuando la ley se aplica sin privilegios y cuando quienes tienen el deber de proteger comprenden que nunca podrán utilizar el poder que el Estado les confió para violentar la dignidad de otra persona.  Sin otro particular, saludamos a usted con la mayor consideración. 

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