Contra la destrucción de colonia de cernícalos primilla en Carmona

Contra la destrucción de colonia de cernícalos primilla en Carmona

El problema

La colonia de cernícalos primilla que criaba en la antigua Iglesia de Santa Ana de Carmona va a desaparecer o como mínimo resultar gravemente dañada si no se lleva a cabo una acción inmediata. Hace pocas fechas han tapado los mechinales (huecos) donde nidifican cada primavera en torno a 30 parejas. Colabora con tu firma para instar a las autoridades competentes a restaurar los mechinales antes de que los primillas vuelvan de África a finales de febrero, vaciándolos y colocando adaptaciones en sus entradas (son unas sencillas y económicas placas de cerámica con un orificio de 6'5 cm de diámetro que permiten la entrada a los primillas pero no las palomas, muy probadas en edificios BIC de distintas poblaciones de Extremadura).

Fundamentos de derecho

El cernícalo primilla es una especie protegida, incluida en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (Real Decreto 139/2011, BOE núm. 46, de 23 de febrero de 2011. La Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres en su capítulo I, artículo 7.2.a establece que "Queda prohibido ... alterar o destruir sus hábitat, así como sus lugares de reproducción y descanso" y en el 7.2.b "Destruir, dañar o quitar de forma intencionada nidos "; abundando, en el artículo 73.3 establece como infracción grave "La destrucción o degradación manifiesta del hábitat de especies amenazadas catalogadas como vulnerables o de interés especial, o de sus lugares de reproducción, invernada, reposo, campeo o alimentación".

Además, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad en su artículo 57 establece prohibiciones y garantía de conservación para las especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (el cernícalo primilla está incluido en dicho listado): ... b) Tratándose de animales ... la destrucción o deterioro de sus nidos, vivares y lugares de reproducción, invernada o reposo. Estas prohibiciones se aplicarán a todas las fases del ciclo biológico de estas especies, subespecies o poblaciones.

Victoria

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El problema

La colonia de cernícalos primilla que criaba en la antigua Iglesia de Santa Ana de Carmona va a desaparecer o como mínimo resultar gravemente dañada si no se lleva a cabo una acción inmediata. Hace pocas fechas han tapado los mechinales (huecos) donde nidifican cada primavera en torno a 30 parejas. Colabora con tu firma para instar a las autoridades competentes a restaurar los mechinales antes de que los primillas vuelvan de África a finales de febrero, vaciándolos y colocando adaptaciones en sus entradas (son unas sencillas y económicas placas de cerámica con un orificio de 6'5 cm de diámetro que permiten la entrada a los primillas pero no las palomas, muy probadas en edificios BIC de distintas poblaciones de Extremadura).

Fundamentos de derecho

El cernícalo primilla es una especie protegida, incluida en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (Real Decreto 139/2011, BOE núm. 46, de 23 de febrero de 2011. La Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres en su capítulo I, artículo 7.2.a establece que "Queda prohibido ... alterar o destruir sus hábitat, así como sus lugares de reproducción y descanso" y en el 7.2.b "Destruir, dañar o quitar de forma intencionada nidos "; abundando, en el artículo 73.3 establece como infracción grave "La destrucción o degradación manifiesta del hábitat de especies amenazadas catalogadas como vulnerables o de interés especial, o de sus lugares de reproducción, invernada, reposo, campeo o alimentación".

Además, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad en su artículo 57 establece prohibiciones y garantía de conservación para las especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (el cernícalo primilla está incluido en dicho listado): ... b) Tratándose de animales ... la destrucción o deterioro de sus nidos, vivares y lugares de reproducción, invernada o reposo. Estas prohibiciones se aplicarán a todas las fases del ciclo biológico de estas especies, subespecies o poblaciones.

Los destinatarios de la petición

Don Juan Manuel Ávila Gutiérrez
Don Juan Manuel Ávila Gutiérrez
Ilmo. Sr. Alcalde de Carmona
Dña Mª Isabel Solís Benjumea
Dña Mª Isabel Solís Benjumea
Delegada de Agricultura, Ganadería... y Des. Sostenible en Sevilla
Dña Susana Cayuelas Porras
Dña Susana Cayuelas Porras
Delegada de Fomento, ... , Cultura y Patrimonio Histórico en Sevilla

Actualizaciones de la petición

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Petición creada en 18 de enero de 2020