Segunda Convocatoria Asamblea Extraordinaria

Segunda Convocatoria Asamblea Extraordinaria
¿Por qué es importante esta petición?
10 de Enero de 2022.
Licenciada
Aida Michelle de Maduro
Presidente de la Junta Directiva
PH Mirador del Lago
Ciudad. -
Respetada licenciada Aida:
Es de imperiosa necesidad, que retomen el tema de nuestra solicitud de una asamblea extraordinaria para el cambio de la Junta Directiva, la cual fue enviada el 9 de Julio de 2021.
Es menester recordarles que la ley 180 del 16 de noviembre del 2020, que modifica el Decreto ejecutivo 151 del 16 de junio de 2020 que reglamenta la ley 31 de 18 de Junio de 2010, en su artículo 2, que modifica el Artículo 50 de la Ley 31 de 2021 en su tercer párrafo queda así:
“La Asamblea de Propietarios también se reunirá de forma extraordinara, cuando las necesidades sean imprevistas o de urgencia. La convocatoria la hará la Junta Directiva, el administrador o por solicitud de los antes mencionados, por lo menos del 20% de la totalidad de las unidades inmobiliarias que se encuentren al día en los pagos de las cuotas de gastos comunes.” (El subrayado es añadido)
El día 9 de Julio de 2021, se le envío esta solicitud con el más del 20% de los propietarios con las cuotas del Ph al día.
La misiva ut supra fue respondida por usted el día 30 de Julio de 2021, con un comunicado negando dicha reunión a “esperas de la promulgación de la nueva ley de propiedad horizontal”.
Le recuerdo que la función de la Junta Directiva en este caso, es únicamente de convocar la asamblea extraordinaria y no está facultada para decidir si la convoca o no. (Artículo 62 – Numeral 16 – Ley 31 de 18 de Junio de 2010).
En el mismo artículo, no existe ninguna facultad de la Junta Directiva, de tomar decisión sobre la celebración o no de dicha asamblea extraordinaria.
Adicionalmente, hemos enviado 3 cartas firmadas por más del 20% de los propietarios, sobre quejas en el manejo de las finanzas, los estados de cuentas y gestión operativa paupérrima.
En la actualidad nos hemos tenido que organizar, los propietarios, para mitigar el cúmulo falencias que le corresponden a la administración y por consecuencia responsabilidad de la Junta Directiva.
Respetuosamente solicitamos:
1. Nos envíen el informe financiero actualizado, donde aparezcan el estatus de cada propietario. (El último es de septiembre 2021)
2. Envíen el informe operativo actualizado a la fecha. (El último es de septiembre 2021)
3. Se convoque la Asamblea Extraordinara para el cambio de la Junta Directiva.
Los únicos 2 puntos a tratar en esta reunión extraordinaria son:
1. Votación para cambio de la Junta Directiva Actual.
2. Votación para cambio de la Administración Actual.
Cabe destacar que los residentes deseamos realizar la votación y que los resultados consten en acta. Independientemente si se alcanza o no, las totalidades o formalidades que establece la ley para la nueva conformación. Es decir, es acto de votación debe realizarse, y dejar constancia del mismo.
Le recordamos que el Artículo 50 de la Ley 31 de 18 de Junio 2010, menciona:
“De solicitarse la celebración de una Asamblea Extraordinaria, por lo menos del 20% de la totalidad de los propietarios de las unidades inmobiliarias y no fuera convocada por las autoridades encargadas de hacer el llamado, el porcentaje de propietarios antes mencionado la convocará por derecho propio …”
Como nos ha expresado, es también su interés lograr el cometido, por lo cual estamos seguro contaremos con su apoyo para tal fin.
Atentamente,
Copropietarios del PH Mirador del Lago.
C.C.: Gerencia de SUCASA.
C.C.: Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Direccion de Propiedad Horizontal.
C.C.: Administrador del PH.