URGENCIA A PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE EL USO DE SUELO AFECTADOS POR INCENDIOS


URGENCIA A PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE EL USO DE SUELO AFECTADOS POR INCENDIOS
El problema
Aviso: la página de Change.org les va a pedir automáticamente una donación o colaboración monetaria, sepan ustedes que ese dinero no va a ser recibido ni por mi, ni irá dirigido a la causa, sino va a la misma empresa. Por lo mismo, si quieren hacer un aporte voluntario o donar, vayan a los centros de acopio de su municipalidad más cercana, donen a Bomberos de Chile o a alguna de las familias afectadas que hayan compartido sus datos de transferencia correspondientes.
De acuerdo al Diario Constitucional publicado el 15 de enero de 2023, se inició la tramitación del Proyecto de ley que establece prohibiciones para el uso de suelos afectados por incendios forestales y aumenta las penas al delito de incendio.
En la página se indica que será excepción de prohibición los casos donde el o la propietaria acredite ante autoridad competente la reforestación de la superficie devastada, con propósito de restablecer la biodiversidad arbórea, prohibiendo la plantación de monocultivos de pino, radiata y eucaliptus.
Dicho proyecto consta de 2 artículos:
El primero, cuál prohíbe el uso de suelos afectados por incendios forestales:
"Artículo primero. En el caso de producirse un incendio forestal u otro desastre provocado por el ser humano o la naturaleza, se prohíbe en la zona siniestrada:
Realizar cualquier actividad agropecuaria distinta al uso o destino que tenía al momento de producirse el siniestro o desastre.
1. Hacer cambio del uso del suelo.
2. Conceder permisos de construcción, alteración o ampliación de edificios u obras de urbanización de cualquier naturaleza.
3. Desafectar un terreno declarado forestal de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Decreto Ley N° 701.
4. La prohibición establecida en los numerales precedentes será por el plazo de 30 años, contados desde el momento que se haya efectuado el control del incendio forestal.
Las áreas silvestres protegidas, humedales y bosques nativos, mantendrán siempre su condición original, sin perder su calidad de tal por efecto de un incendio forestal u otro desastre provocado por el ser humano o la naturaleza.
Se exceptuará la prohibición indicada en el presente artículo, en el caso que el propietario haya acreditado ante la autoridad competente, la reforestación de la superficie devastada por el incendio forestal, tanto al interior del terreno afectado o en otro terreno, con el propósito de restablecer la biodiversidad arbórea. Para este caso se prohíbe la plantación de monocultivos de Pino Radiata y Eucalyptus.
La autoridad competente deberá dictar un reglamento que establezca la forma y manera de presentación de antecedes, plazos, fiscalización y otros requisitos que considere necesario para dar cumplimiento a la presente ley.
El reglamento deberá ser dictado en un plazo no superior a 180 días, una vez publicada la ley.”
Y el segundo, que modifica el artículo 22 y 22 ter de la Ley de bosques, cuáles aumenta las penas al delito.
Este proyecto se ingresó el día 05 de enero de 2023, en contexto de los incendios ocurridos en años anteriores que han devastado al país. Los fundamentos del proyecto han sido los datos entregados por la CONAF, que indicaban a esa fecha estar sobre el promedio de hechos incendiarios de los últimos 5 años. Sumando una cantidad de superficie de 30345 hectáreas afectadas a comparación de la temporada 2021-2022.
Nos expone como también dichas instancias [incendios forestales] han sido empleados como "parte de procesos informales de urbanización, evidenciándose inclusive una correlación entre la ocurrencia de eventos de incendios forestales con el estado de bonanza inmobiliaria", evidenciándolo en la tesis de Jonathan Caviedes Vargas que lo compara mediante imágenes satelitales.
Dicho proyecto, de acuerdo al Boletín de tramitación n° 15650-12, pasaría por el Primer trámite constitucional/Cámara de Diputados el día 09 de enero de 2023. Desde esa fecha no hay más registro de movimiento de la moción.
A la fecha, 04 de febrero de 2024, el país se encuentra devastado por Incendios Forestales en las regiones de Valparaíso, O'higgins, Maule, Biobío y Los Lagos, concentrándose en mayor gravedad en la región de Valparaíso, en donde se han registrado más de 99 muertes según el Servicio Médico Legal y más de 161 kilómetros cuadrados quemados, aproximadamente.
Este Change tiene el propósito no solo de concientizar y difundir respecto al proyecto, sino también ejercer presión para retomar su tramitación para prevenir más quemas de terreno, como también evitar que lo hagan a favor de los intereses.
Puedes leer más del proyecto de ley en este link: https://www.diarioconstitucional.cl/2023/01/15/proyecto-de-ley-establece-prohibiciones-para-el-uso-de-suelos-afectados-por-incendios-forestales-y-aumenta-las-penas-al-delito-de-incendio/
Puedes leer el proyecto de ley en este link: https://www.camara.cl/verDoc.aspx?prmID=15875&prmTIPO=INICIATIVA
Puedes leer sobre otras mociones respecto a Incendios Forestales que están en tramitación en el siguiente link: https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/proyectos_ley.aspx escribiendo "Incendios Forestales" en el buscador.

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El problema
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De acuerdo al Diario Constitucional publicado el 15 de enero de 2023, se inició la tramitación del Proyecto de ley que establece prohibiciones para el uso de suelos afectados por incendios forestales y aumenta las penas al delito de incendio.
En la página se indica que será excepción de prohibición los casos donde el o la propietaria acredite ante autoridad competente la reforestación de la superficie devastada, con propósito de restablecer la biodiversidad arbórea, prohibiendo la plantación de monocultivos de pino, radiata y eucaliptus.
Dicho proyecto consta de 2 artículos:
El primero, cuál prohíbe el uso de suelos afectados por incendios forestales:
"Artículo primero. En el caso de producirse un incendio forestal u otro desastre provocado por el ser humano o la naturaleza, se prohíbe en la zona siniestrada:
Realizar cualquier actividad agropecuaria distinta al uso o destino que tenía al momento de producirse el siniestro o desastre.
1. Hacer cambio del uso del suelo.
2. Conceder permisos de construcción, alteración o ampliación de edificios u obras de urbanización de cualquier naturaleza.
3. Desafectar un terreno declarado forestal de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Decreto Ley N° 701.
4. La prohibición establecida en los numerales precedentes será por el plazo de 30 años, contados desde el momento que se haya efectuado el control del incendio forestal.
Las áreas silvestres protegidas, humedales y bosques nativos, mantendrán siempre su condición original, sin perder su calidad de tal por efecto de un incendio forestal u otro desastre provocado por el ser humano o la naturaleza.
Se exceptuará la prohibición indicada en el presente artículo, en el caso que el propietario haya acreditado ante la autoridad competente, la reforestación de la superficie devastada por el incendio forestal, tanto al interior del terreno afectado o en otro terreno, con el propósito de restablecer la biodiversidad arbórea. Para este caso se prohíbe la plantación de monocultivos de Pino Radiata y Eucalyptus.
La autoridad competente deberá dictar un reglamento que establezca la forma y manera de presentación de antecedes, plazos, fiscalización y otros requisitos que considere necesario para dar cumplimiento a la presente ley.
El reglamento deberá ser dictado en un plazo no superior a 180 días, una vez publicada la ley.”
Y el segundo, que modifica el artículo 22 y 22 ter de la Ley de bosques, cuáles aumenta las penas al delito.
Este proyecto se ingresó el día 05 de enero de 2023, en contexto de los incendios ocurridos en años anteriores que han devastado al país. Los fundamentos del proyecto han sido los datos entregados por la CONAF, que indicaban a esa fecha estar sobre el promedio de hechos incendiarios de los últimos 5 años. Sumando una cantidad de superficie de 30345 hectáreas afectadas a comparación de la temporada 2021-2022.
Nos expone como también dichas instancias [incendios forestales] han sido empleados como "parte de procesos informales de urbanización, evidenciándose inclusive una correlación entre la ocurrencia de eventos de incendios forestales con el estado de bonanza inmobiliaria", evidenciándolo en la tesis de Jonathan Caviedes Vargas que lo compara mediante imágenes satelitales.
Dicho proyecto, de acuerdo al Boletín de tramitación n° 15650-12, pasaría por el Primer trámite constitucional/Cámara de Diputados el día 09 de enero de 2023. Desde esa fecha no hay más registro de movimiento de la moción.
A la fecha, 04 de febrero de 2024, el país se encuentra devastado por Incendios Forestales en las regiones de Valparaíso, O'higgins, Maule, Biobío y Los Lagos, concentrándose en mayor gravedad en la región de Valparaíso, en donde se han registrado más de 99 muertes según el Servicio Médico Legal y más de 161 kilómetros cuadrados quemados, aproximadamente.
Este Change tiene el propósito no solo de concientizar y difundir respecto al proyecto, sino también ejercer presión para retomar su tramitación para prevenir más quemas de terreno, como también evitar que lo hagan a favor de los intereses.
Puedes leer más del proyecto de ley en este link: https://www.diarioconstitucional.cl/2023/01/15/proyecto-de-ley-establece-prohibiciones-para-el-uso-de-suelos-afectados-por-incendios-forestales-y-aumenta-las-penas-al-delito-de-incendio/
Puedes leer el proyecto de ley en este link: https://www.camara.cl/verDoc.aspx?prmID=15875&prmTIPO=INICIATIVA
Puedes leer sobre otras mociones respecto a Incendios Forestales que están en tramitación en el siguiente link: https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/proyectos_ley.aspx escribiendo "Incendios Forestales" en el buscador.

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Petición creada en 4 de febrero de 2024