Para que el caso de mi hermano Joan Cardona sea valorado detenidamente, ya que le piden 3 años de prisión por un delito que no ha cometido.

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Para que el caso de mi hermano Joan Cardona sea valorado detenidamente, ya que le piden 3 años de prisión por un delito que no ha cometido.

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Dirigida a
Tribunal Constitucional

Por qué es importante esta petición

Iniciada por Lourdes Cardona

A prisión 3 años por un delito que no ha cometido. ¿Pruebas aportadas por la acusación? 0

Este titular resumiría la historia de Joan Cardona, un menorquín que lleva 9 años viviendo en Barcelona.

El 19 de noviembre de 2012 una joven sufrió una agresión sexual en el portal de su casa de manos de un joven que conducía una moto que forcejeó con ella realizando tocamientos en un pecho y la zona genital por encima de la ropa. Diez días más tarde, la chica denunció al supuesto hombre que la agredió al reconocerlo en su lugar de trabajo. Aquí es donde empieza el calvario de Joan.

Ambos comparten el barrio donde ella vive y trabaja y donde él vive.  

Ante el tribunal, Joan se declaró inocente, presentando como pruebas: los testimonios de su hermano y su compañera de piso que juraron que esa noche él estaba cenando con ellos como era habitual aportando como pruebas el estacionamiento de una bici pública en la estación más cercana a su domicilio por parte de su hermano y una llamada de telefónica de línea fija de su compañera de piso; la declaración de su novio en aquellos momentos como testigo de su condición sexual, pues cabe añadir que Joan es homosexual, y de que minutos más tarde de los hechos ambos  estaban manteniendo una conversación de carácter amoroso a través de la red social Facebook, la cual también se aportó ante el juez como prueba. Adicionalmente, el acusado aportó diversa documentación en la que se demostraba que él era cliente habitual del supermercado donde ella trabajaba y de la imagen física  que presentaba durante aquella época sin coincidir con la descripción de la declarante. Además de la información facilitada desde el Departamento de Jefatura de Tráfico que indicaba que no tenía moto en su poder ni tampoco ninguna multa por la conducción de este medio.

En cambio, las pruebas aportadas por la acusación tan sólo fueron el testimonio de la víctima de la agresión, y el testimonio de un compañero de trabajo (que no estuvo en el momento de los hechos), simplemente afirmó que Joan era cliente habitual del supermercado.

En cuanto a la descripción que hizo la víctima de su agresor, ésta no corresponde de manera fiel a la imagen de Joan Cardona ya que la acusación relata que la persona que la atacó medía 1,75 m, iba peinado con las puntas hacia arriba, conducía moto, portaba un casco blanco tipo retro, una cazadora de cuero negra y una mochila. En cambio, desde la defensa se presentaron pruebas  para exponer que Joan mide 1,83 m, que por aquel entonces llevaba el pelo más corto de lo que indica la víctima, que no tiene moto ni casco y que tampoco posee ninguna cazadora de cuero negra.

El juez  de primera instancia y la Sección 21 de la Audiencia Provincial de Barcelona desestimaron todas las pruebas de la defensa, declarando a Joan culpable de agresión sexual con una pena de 3 años de cárcel más una orden de alejamiento que implica que Joan deberá abandonar su casa y su barrio.


Por todo ello pedimos al Tribunal Constitucional que mire con más detenimiento este caso y que valore con más coherencia las pruebas y testimonios aportados en el juicio. Pues, al final, nuestro sistema judicial ha creado dos víctimas donde solo había una.

Twitter: @JusticiaJoan  Facebook: Justicia para Joan. Justicia Real. 

#justiciaparajoan #justiciareal

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