

Reduzcan el precio de la pensión de la Universidad Privada del Norte


Reduzcan el precio de la pensión de la Universidad Privada del Norte
La causa
Esta petición va directamente a La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, para que puedan hacer justicia económica para todos los estudiantes de "La Universidad Privada del Norte" , por que todos los cursos se están dando de manera virtual, siguiendo la orden que dio presidente el 14 de marzo del presente año, por lo cual los estudiantes no están haciendo uso de la infraestructura, ya sean, salones, laboratorios, bibliotecas, oficinas y salones de estudio.
Pero de igual forma la universidad esta cobrando la mensualidad de manera normal, a pesar de que los estudiantes no están usando las instalaciones de su respectiva sede, a esto se le llama una injusticia y por eso hacemos esta petición, queremos que la universidad tenga consideración con sus estudiantes y nos pueda dar un descuento o facilidad de pago.
LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA ASEGURAR LA CONTINUIDAD DE LOS ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR ANTE LAS GRAVES CIRCUNSTANCIAS QUE AFECTAN LA VIDA DE LA NACIÓN A CONSECUENCIA DEL COVID-19
El Proyecto de Ley 5009/2020-CR proponen reducir pensiones de colegios, universidades, centros de postgrado y todas las escuelas superiores públicas y privadas que brinden clases virtuales
La iniciativa sostiene que estos centros de educación deben realizar un ajuste de manera proporcional a la reducción de sus gastos como consecuencia del uso de este modo de enseñanza. Deben enviar el reporte del nuevo valor del crédito a Indecopi, de no hacerlo, el valor se reducirá en un 20 %.
Articulo 2. Valor del crédito académico
2.2. Las instituciones educativas deben enviar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI— un reporte sobre el nuevo valor del crédito educativo o de la pensión en un plazo máximo de veinte días naturales desde la promulgación de la presente ley. Dicha enbdad, bene un plazo máximo de diez días naturales para validar el reporte. Las entidades educativas que omitan lo dispuesto o cuyo reporte sea declarado inválido están obligadas a reducir el valor de cada crédito o de su pensión en 20%.

La causa
Esta petición va directamente a La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, para que puedan hacer justicia económica para todos los estudiantes de "La Universidad Privada del Norte" , por que todos los cursos se están dando de manera virtual, siguiendo la orden que dio presidente el 14 de marzo del presente año, por lo cual los estudiantes no están haciendo uso de la infraestructura, ya sean, salones, laboratorios, bibliotecas, oficinas y salones de estudio.
Pero de igual forma la universidad esta cobrando la mensualidad de manera normal, a pesar de que los estudiantes no están usando las instalaciones de su respectiva sede, a esto se le llama una injusticia y por eso hacemos esta petición, queremos que la universidad tenga consideración con sus estudiantes y nos pueda dar un descuento o facilidad de pago.
LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA ASEGURAR LA CONTINUIDAD DE LOS ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR ANTE LAS GRAVES CIRCUNSTANCIAS QUE AFECTAN LA VIDA DE LA NACIÓN A CONSECUENCIA DEL COVID-19
El Proyecto de Ley 5009/2020-CR proponen reducir pensiones de colegios, universidades, centros de postgrado y todas las escuelas superiores públicas y privadas que brinden clases virtuales
La iniciativa sostiene que estos centros de educación deben realizar un ajuste de manera proporcional a la reducción de sus gastos como consecuencia del uso de este modo de enseñanza. Deben enviar el reporte del nuevo valor del crédito a Indecopi, de no hacerlo, el valor se reducirá en un 20 %.
Articulo 2. Valor del crédito académico
2.2. Las instituciones educativas deben enviar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI— un reporte sobre el nuevo valor del crédito educativo o de la pensión en un plazo máximo de veinte días naturales desde la promulgación de la presente ley. Dicha enbdad, bene un plazo máximo de diez días naturales para validar el reporte. Las entidades educativas que omitan lo dispuesto o cuyo reporte sea declarado inválido están obligadas a reducir el valor de cada crédito o de su pensión en 20%.

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Petición creada en 27 de abril de 2020