Por la modificación de la Ley de Estupefacientes 23​.​737 en Argentina

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Iniciada
14 de junio de 2022
Firmas: 1.994Próximo objetivo: 2.500
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Por qué es importante esta petición

#AcompañeNoCastigue2022 - Argentina

El 26 de junio es el “Día Internacional de las Naciones Unidas Contra el Abuso y el Tráfico Ilícito de Drogas”, en el cual muchos gobiernos celebran sus contribuciones a la “guerra contra las drogas”.

Sin embargo, como admiten las propias Naciones Unidas, esta guerra no ha conseguido reducir el consumo y ha generado numerosas consecuencias negativas, como violencia y corrupción, muertes por sobredosis, infecciones por VIH y hepatitis C entre personas que usan sustancias psicoactivas, hacinamiento en cárceles, graves vulneraciones a derechos humanos y el incremento del estigma y la marginación.

Hablar de “guerra” para cualquier acción pública es comenzar aceptando un fracaso del Estado y si luego de instaurar la controversia, la primera idea es atacar a las víctimas, como en todo conflicto bélico, es un crimen. Por eso, todos los 26 de junio, organizaciones de todo el mundo nos unimos en la
campaña global “Support Don ́t Punish/Acompañe. No Castigue”.

La campaña busca resignificar el mensaje, promoviendo el acceso a intervenciones de reducción de daños y otros servicios basados en evidencias, y eliminar la criminalización de las personas que usan sustancias psicoactivas.

Es hora de acompañar, en lugar de castigar, a les usuaries de sustancias psicoactivas y a las personas que han cometido delitos no violentos relacionados con las drogas.

En Argentina, quienes adherimos a este documento declaramos que es una deuda insostenible de la democracia la reforma de la Ley de Estupefacientes 23.737, que cumple 33 años de vigencia castigando a las personas que usan sustancias psicoactivas.

Asimismo, recordamos que en 2009 la Suprema Corte de Justicia, por medio del Fallo Arriola, declaró inconstitucional la penalización de la tenencia para consumo personal. Pese a ello, sobre todo a partir de la reforma procesal conocida como “desfederalización”, la cantidad de causas iniciadas por las fuerzas de seguridad ha aumentado y el específico fin de lograr neutralizar el narcotráfico no sólo no tuvo resultados positivos, sino que, además de cometer el error de dividir la investigación en dos jurisdicciones, recayó con todo su peso sobre las personas más vulnerables de la cadena: les consumidores o vendedores para subsistir, que son fungibles para quien maneja la organización.

Por otro lado, entendemos que el consumo problemático de sustancias psicoactivas es una cuestión de salud integral, por lo tanto, exigimos que las respuestas sean de políticas públicas sociosanitarias, y no de políticas públicas represivas, discriminatorias y criminalizadoras hacia las personas que usan sustancias psicoactivas. También esto fue reconocido por la Corte Suprema, la cual -además- instó a realizar reformas legislativas en tal sentido.

Tras ciertos episodios ocurridos en el transcurso del 2022, se observa una exacerbada repercusión mediática que liga directamente las consecuencias por el consumo de sustancias a la peligrosidad y continúa reduciendo la solución al encierro. De este modo se plantea un retroceso en la ampliación de derechos propuesta por la Ley Nacional de Salud Mental (26.657) al poner en cuestión los mecanismos que regulan las internaciones involuntarias, desconociendo que los problemas de acceso a los servicios salud mental no deben buscarse en la letra de la Ley sino en la no aplicación de la misma.

La Ley 23.737 al penalizar la tenencia de drogas para consumo personal:

  • Criminaliza a las personas que usan sustancias psicoactivas, en lugar de respetar su derecho a la libertad, intimidad y autodeterminación que reconoce el Art. 19 de la Constitución Nacional, y no las reconoce como sujetos de derechos como lo establece el Art. 4 de la Ley Nacional de Salud Mental 26.657.

  • Somete a las personas que usan sustancias psicoactivas a las violencias propias del accionar policial y de un proceso penal, por un delito que no debería ser tal, criterio refrendado por la Corte Suprema de Justicia.

  • Viola la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes garantizada por la Ley 26.061.

  • Despilfarra recursos del Estado saturando los sistemas judicial y carcelario.

Además, la Ley 23.737:

  • Daña la salud al aumentar las barreras de accesibilidad a los espacios de atención para les usuaries de sustancias.

  • Promueve los tratamientos como una pena y no como un derecho, abordando una cuestión de Salud Pública desde un enfoque punitivo.

  • Viola el derecho de las personas que usan sustancias psicoactivas a elegir el momento y el tipo de dispositivo de atención.

  • Criminaliza a familiares y usuaries de cannabis para uso medicinal ya que restringe el acceso a través del autocultivo. Situación que continúa pese a la modificación de la reglamentación de la Ley 27.350 que debería servir de amparo ante la ley penal.

Por todo lo expuesto, quienes firmamos instamos a los poderes públicos a aprobar en forma urgente una reforma de la Ley 23.737 que no criminalice a las personas que usan sustancias psicoactivas, mediante la derogación de las figuras de tenencia simple, tenencia y cultivo para consumo personal.

Asimismo, exigimos la derogación de las “medidas de seguridad” de la ley penal, que contradicen los derechos y garantías resguardados por la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Ley de Salud Mental 26.657 y el Código Civil.

Así como los delitos de apología previstos en los artículos 12 y 28 de la ley penal que criminalizan el acceso a la información de las personas usuarias aumentando los riesgos de sus consumos.

Llamamos también a respetar el principio de proporcionalidad, mediante el establecimiento de alternativas al encarcelamiento y disminución de las penas por delitos no violentos relacionados con las drogas para les actores menores el tráfico. Con especial atención en la operatividad de la ley penal sobre personas en distintas situaciones de vulnerabilidad.

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