Los títulos de escuelas especiales VALEN! Revoquen la Resolución Nro 0081/2015 de D.G.I.P.E.


Los títulos de escuelas especiales VALEN! Revoquen la Resolución Nro 0081/2015 de D.G.I.P.E.
La causa
Si no se revoca la Resolución 0081, todos los alumnos de modalidades especiales, se verán vulnerados en los derechos y garantías de igualdad de trato y oportunidad, igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas con discapacidad,
El acceso a una educación primaria y secundaria en igualdad de condiciones con los ajustes razonables en función de las necesidades individuales, acceso a la educación superior, profesional, educación para adultos y aprendizaje durante toda su vida.
Esta resolución atenta contra todas las disposiciones constitucionales y legales referidas, afectando directamente la inclusión y abriendo lugar a la innegable discriminación.
La ley provincial 5326 declara; los certificados títulos y diplomas expedidos por los institutos adscriptos tendrán la misma validez otorgados por los establecimientos oficiales.
Por lo tanto, desde el momento que las instituciones involucradas se les otorgo la adscripción por la resolución numero 0749/97, esta adquirido el derecho subjetivo y consolidado de otorgar a sus alumnos y egresados certificados, títulos y analíticos de validez oficial.
La modalidad especial de enseñanza esta ideada a los fines de lograr, con otras motivaciones, con otros ritmos y estilos una educación de la misma calidad y trascendencia que la otra alternativa, la de la escuela común.
La inclusión y la igualdad de condiciones desaparecen en el mismo instante que se determina implícitamente, que por ser escuela especial, los alumnos del Instituto Divina Providencia, y aquellos de la.misma modalidad, no tendrán igual acceso a niveles terciarios, universitarios y laborales. Sus capacidades no serán debidamente reconocidas a nivel social.
La causa
Si no se revoca la Resolución 0081, todos los alumnos de modalidades especiales, se verán vulnerados en los derechos y garantías de igualdad de trato y oportunidad, igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas con discapacidad,
El acceso a una educación primaria y secundaria en igualdad de condiciones con los ajustes razonables en función de las necesidades individuales, acceso a la educación superior, profesional, educación para adultos y aprendizaje durante toda su vida.
Esta resolución atenta contra todas las disposiciones constitucionales y legales referidas, afectando directamente la inclusión y abriendo lugar a la innegable discriminación.
La ley provincial 5326 declara; los certificados títulos y diplomas expedidos por los institutos adscriptos tendrán la misma validez otorgados por los establecimientos oficiales.
Por lo tanto, desde el momento que las instituciones involucradas se les otorgo la adscripción por la resolución numero 0749/97, esta adquirido el derecho subjetivo y consolidado de otorgar a sus alumnos y egresados certificados, títulos y analíticos de validez oficial.
La modalidad especial de enseñanza esta ideada a los fines de lograr, con otras motivaciones, con otros ritmos y estilos una educación de la misma calidad y trascendencia que la otra alternativa, la de la escuela común.
La inclusión y la igualdad de condiciones desaparecen en el mismo instante que se determina implícitamente, que por ser escuela especial, los alumnos del Instituto Divina Providencia, y aquellos de la.misma modalidad, no tendrán igual acceso a niveles terciarios, universitarios y laborales. Sus capacidades no serán debidamente reconocidas a nivel social.
Petición cerrada
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Petición creada en 3 de junio de 2015