
Justamente el 27 de enero 2019, un importante diario publicó una carta de lectores, que ratifica mis dichos sobre lo actuado desde 2003 a la fecha en los sistemáticamente mal llamados “juicios de lesa humanidad”. Les dejo la carta y al final formulo mis conclusiones.
27/1/2019 De los lectores: cartas & mails
Ideología y derecho
He leído el artículo de Jaime Malamud Goti, "El recurso jurídico de una sociedad avergonzada", con el cual no puedo dejar de coincidir en un todo. Por las razones que lo inspiran no es posible que nuestros jueces, incluidos los de la Corte, con una honrosa excepción (en los casos que se mencionan y en fallos anteriores), dejen de lado principios constitucionales liminares, como el principio de legalidad, fundante del derecho penal moderno, para dar paso a la retroactividad de los crímenes de lesa humanidad, reconocidos por nuestro derecho positivo en 1995 (ley 24.584), mucho después de los hechos que se juzgan.
De tal forma, no solo se prosiguió con el juzgamiento de los miembros de las Fuerzas Armadas y de seguridad, sino también con el de algunos civiles, omitiendo la aplicación de garantías básicas del derecho constitucional, penal y procesal que se reconocen, sin distinción, a todos los imputados de delito.
De ahí que mientras la ideología prevalezca sobre el derecho, tendremos una democracia empobrecida, pero no una república.
Guillermo A. C. Ledesma
Ex juez de la Cámara Federal de la Capital (1984-1986)
guillermo@ledesmaabogados.com.ar
REFLEXIONES:
- Siendo lego en esta materia reconozco el valor de esta carta escrita por un ex juez de Cámara Federal de la Capital, él justifica sus dichos con principios que son fundacionales del derecho. Yo los efectué simplemente como un testigo de la violencia que nuestro país sufrió y hubo mucha sangre derramada en los años '70… ahora me doy cuenta que fue en vano. La sociedad argentina, en su gran mayoría, clamaba para que las Fuerzas Armadas terminaran con el accionar de la guerrilla urbana y rural, reclamo que fue atendido por el gobierno democrático de aquella época y respaldado por el Congreso Nacional.
- Un estado solo debe emplear a las Fuerzas Armadas como su último recurso y efectivamente así sucedió. Las Fuerzas de Seguridad y Policiales habían sido superadas; los terroristas en Tucumán habían ocupado zonas que pretendían declarar como “zonas liberadas”, tomado localidades como Garín y La Calera, tomas de Unidades Militares y Comisarías, cometidos numerosos asesinatos, atentados y secuestros terribles… ¿Qué esperaban del accionar de las Fuerzas Armadas? ¿Qué les tiraran con flores? Ellos fueron el blanco predilecto de los terroristas, querían destruirlas para poder alzarse con el poder de la República Argentina. Tampoco hubo jueces que aceptaran integrar una nueva Cámara Federal en lo Penal… allí la ley habría brindado la seguridad en el accionar de las fuerzas legales y sus enemigos. No hubo seguridad jurídica alguna… falló el estado.
- Las Fuerzas Armadas, las de Seguridad y Policiales fueron empeñadas en una guerra interna sin cuartel, así lo definió en su sentencia la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, integrada por los jueces Jorge Torlasco, Ricardo Gil Lavedra, León Carlos Arslanián, Jorge Valerga Araoz, Guillermo Ledesma y Andrés J. D’Alessio.
CONCLUSIONES:
- Los conceptos jurídicos esgrimidos por el Dr. Guillermo A. C. Ledesma, miembro del tribunal que realizó el juicio a las juntas, facilitan la comprensión de que los juicios de “lesa humanidad” se desarrollaron sin las garantías básicas del derecho constitucional, penal y procesal que se reconocen, sin distinción, a todos los imputados de delito... especialmente al sacarlos de sus jueces naturales y luego eliminando el Código de Justicia Militar, las consecuencias de una guerra no se puede juzgar con el Código Federal Penal en la mano. Se vulneró la seguridad jurídica.
- Si el estado en estos juicios no brindó, ni garantizó el debido proceso incumpliendo el mandato de la ley, permitiendo de esa manera que se llevaran adelante juicios contra las fuerzas legales de la Nación. Nuevamente se violó la seguridad jurídica.
Paradójicamente se da el caso que el mismo estado que ordenó a sus Fuerzas Legales aniquilar a la subversión, en estos juicios actúa como querellante a través de su secretaría de Derechos Humanos. El estado sigue siendo la institución políticamente organizada a través de la cual ejerce la soberanía aplicada a una población dentro de unos límites territoriales establecidos… las cabezas cambian periódicamente, el estado permanece inmutable, excepto para los terroristas cuyo objetivo era cambiarlo.
RECOMENDACIÓN:
Basado en mí ánimo de lograr que la ley sea igual para todos, recomiendo que el estado no obstaculice y realice la auditoría jurídica sobre todo lo actuado en los sistemáticamente mal llamados “juicios de lesa humanidad”, acatando y cumpliendo el dictamen de los auditores.
La Verdad os Hará Libres (dicho por Jesús a los judíos que habían creído en él).