Esta es la respuesta de correos a la consulta sobre la incompatibilidad entre la acción de vender este suelo para edificar y la voluntad política/urbanística del Ayuntamiento der Cartagena de calificar este suelo como Sistema General de Espacio Libre:
De: Buzon Area Inmobiliaria, Dep <area.inmobiliaria@correos.com>
Enviado el: miércoles, 20 de julio de 2022 16:26
Para: arqsocios@arqsocios.com
Asunto: RE: CONSULTA RELATIVA A LA ENAJENACION DEL TERRENO DE LA SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS SA, SME. SITO EN LA C/ SUBIDA AL FARO, 70 B DE CABO DE PALOS (MURCIA)
Buenas tardes,
En relación a su consulta de fecha 18 de julio, le informamos que atendiendo a lo señalado en la cláusula 6 (adjunta) del pliego de condiciones de enajenación por procedimiento de subasta del solar referenciado, dicho terreno se vende como cuerpo cierto, siendo obligación del comprador realizar la investigación exhaustiva y pormenorizada de la operación de compraventa del inmueble. Es por ello, que los interesados en este expediente han sido invitados a realizar las consultas urbanísticas que consideren necesarias al departamento de urbanismo del Ayuntamiento de Cartagena.
Un saludo
El lío esta preparado, y lo que es seguro es que o bien al final conseguiran demoler el último vestigio de la telegrafía sin hilos y edificacar o en su defecto le dejarán el problema al Ayuntamiento de Cartagena que deberá entenderse y seguramente indemnizar al futuro comprador