Presupuesto de emergencia contra los incendios ya!


Presupuesto de emergencia contra los incendios ya!
La causa
Mediante la presente, los/as que firmamos esta petición estamos exigiendo que en el marco de nuestra Constitución Nacional, art. 41 "Derecho al ambiente sano", adjuntando las leyes que se desprenden de la misma (Ley General del Ambiente, Ley 25.675; Ley de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, Ley 26.331; Ley de Control de Actividades de Quema,Ley 26.562; Ley de Manejo del Fuego, Ley 26.815; Ley 22.351, de Parques, Reservas Nacionales y Monumentos Naturales; Ley 25.743, de Protección y Tutela del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico; Ley 13.273, de Defensa de la Riqueza Forestal; Ley 22.421, de Preservación y Defensa de la Fauna Silvestre) y las que complementan en la jurisprudencia internacional a la cual Argentina suscribe. Se exige que el Estado Nacional disponga una partida presupuestaria de emergencia para los y las damnificados/as de los incendios forestales, a fin de que puedan reconstruir lo perdido en los incendios. Se disponga partidas presupuestarias de emergencia para que los organismos que combaten los incendios posean equipamiento óptimo para la prevención y defensa del ambiente. Se entreguen partidas presupuestarias para la reconstrucción de las zonas afectadas. Estas partidas presupuestarias de emergencia deben ser las suficientes para que efectivamente las inicistivas sean exitosas. Se debe derivar el presupuesto de lo acordado con FMI, dado que el dinero es del pueblo y debe ser usado por y para el pueblo.
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La causa
Mediante la presente, los/as que firmamos esta petición estamos exigiendo que en el marco de nuestra Constitución Nacional, art. 41 "Derecho al ambiente sano", adjuntando las leyes que se desprenden de la misma (Ley General del Ambiente, Ley 25.675; Ley de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, Ley 26.331; Ley de Control de Actividades de Quema,Ley 26.562; Ley de Manejo del Fuego, Ley 26.815; Ley 22.351, de Parques, Reservas Nacionales y Monumentos Naturales; Ley 25.743, de Protección y Tutela del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico; Ley 13.273, de Defensa de la Riqueza Forestal; Ley 22.421, de Preservación y Defensa de la Fauna Silvestre) y las que complementan en la jurisprudencia internacional a la cual Argentina suscribe. Se exige que el Estado Nacional disponga una partida presupuestaria de emergencia para los y las damnificados/as de los incendios forestales, a fin de que puedan reconstruir lo perdido en los incendios. Se disponga partidas presupuestarias de emergencia para que los organismos que combaten los incendios posean equipamiento óptimo para la prevención y defensa del ambiente. Se entreguen partidas presupuestarias para la reconstrucción de las zonas afectadas. Estas partidas presupuestarias de emergencia deben ser las suficientes para que efectivamente las inicistivas sean exitosas. Se debe derivar el presupuesto de lo acordado con FMI, dado que el dinero es del pueblo y debe ser usado por y para el pueblo.
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Las voces de los firmantes
Petición creada en 8 de enero de 2026