Reflexión sobre el artículo 103.3 de la CE


Hoy, vamos a reflexionar sobre el artículo 103.3 de la Constitución Española (CE) en el cuál cita lo siguiente:
"3. La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones."
La oración de "principios de mérito y capacidad", a vosotros ¿Qué os incita?
Nosotros vamos a dar nuestra opinión y es la siguiente:
-Un Interino de cualquier Administración Pública que haya trabajado toda su vida o tras contratos masivos y abusivos o "x" circunstancias, no deberían obligar a que realice una OPE, si ya ha demostrado durante todos estos años que es apto para desempeñar su función: eso significa que a base de hacer cursos y también, desde su propia experiencia adquirida durante estos años para puntuar en una OPE, de nada le sirve que vuelva hacer un examen, si ya lo ha demostrado. Lo que sí que se puede hacer es a base de Concurso de Méritos cada año, en vez de hacer un examen que convocan cuando les den la gana o lo más sencillo, es que se haga de manera automática el paso de interino a fijo en el momento en el que esa persona haya trabajado 1 año.
-Los que están en Concurso de Traslado se deberían convocar cada año sin distinción de puntos, es decir, que sean los propios interesados en que elijan de manera libre dónde deben ir.
-Los demás que están fuera esperando una OPE, es verdad, que ahí no es tan sencillo porque hay diversas opciones:
- Se debería quitar la fase de Oposición y sólo convocar por Concurso de Méritos cada año para renovar de manera rápida y eficaz la plantilla.
- Que sean las propias Administraciones Públicas, como ya lo dijimos al inicio de la petición, quienes se encarguen de poner en su Página web o en InfoJobs o incluso, en el SEPE/INEM del Gobierno o de las CCAA las Ofertas de Empleo para facilitar de manera rápida y eficaz la entrada de personas CON O SIN EXPERIENCIA.
- En cuanto a las bolsas de empleo que ofrecen algunas Administraciones Públicas, hemos de decir que es más complejo porque se ha visto en Sanidad, por ejemplo, os llaman 1 vez al año de cara al verano y no debería ser así. El problema que tienen las bolsas centralizadas es que el tiempo que los que están dentro actualicen los méritos, los que entran de nuevas les pongan 0 hasta que se actualicen también su baremación o si no vais por si os ha surgido un nuevo trabajado no relacionado, etc., os penalizan durante 1 año haciendo quedaros los últimos. Ahí, es más lento y normal, de que la gente nueva les cuestan acceder más en entrar y sobre todo, deben cerrar camas porque no hay ninguna renovación en la plantilla.
Así que, os preguntamos: ¿Cuál es vuestra opinión sobre este artículo de nuestra Constitución y que haríais al respecto para mejorar y facilitar la entrada de nuestros Personales Fijos en España?
Os invitamos, también, de que escuchéis el vídeo del abogado Enrique Martínez-Useros abajo en "Fuentes".
¡Muchas gracias a tod@s los que desean lo mejor para nuestros Personales Fijos de nuestros Servicios Públicos en España! Significa mucho para nosotr@s de que haya gente que sigue preocupándose por este país.
#SiALaFuncionPublica #SiAlPersonalFijo #PersonalFijoYa #AbajoOposiciones #Libertad #Igualdad #NoDiscriminacion #NoEnchufismos #SalvemosEspaña #JusticiaParaTodos