

Permiso parental justo: 2 semanas por hijo también en parto múltiple


Permiso parental justo: 2 semanas por hijo también en parto múltiple
El problema
A las familias de España, y a los responsables del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones:
Exposición del problema
El reciente Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, ha incrementado en tres semanas el permiso por nacimiento y cuidado de menor. De estas tres semanas, las dos últimas consisten en un permiso parental retribuido que puede disfrutarse hasta los 8 años. Si bien esta medida es un avance en conciliación, su interpretación inicial plantea un grave problema de equidad que afecta directamente a las familias con partos, adopciones o acogimientos múltiples.
Estas dos semanas, se vinculan al "hecho causante" del parto como un evento único, en lugar de a cada hijo que nace. Esto significa que una familia con gemelos o mellizos recibe las mismas dos semanas de permiso que una familia en la que ha nacido un solo hijo.
Un Agravio Comparativo Injustificable
Esta interpretación genera una discriminación evidente y de fácil comprensión:
- Una pareja con dos hijos nacidos en años distintos dispondrá, por cada progenitor, de un total de cuatro semanas de permiso (dos por cada hijo) que podrían incluso disfrutar de forma consecutiva (si los hijos se llevan menos de 8 años, que, de hecho, es lo habitual en la mayoría de familias).
- En cambio, una pareja con gemelos, que afronta una carga de cuidados y económica exponencialmente mayor y concentrada en el tiempo, se vería limitada a solo dos semanas de permiso.
Tratar de forma idéntica situaciones que son manifiestamente desiguales en cuanto a necesidad de apoyo y conciliación es contrario a los principios más básicos de la justicia social.
Fundamentos de Nuestra Petición
Nuestra solicitud no es un capricho, sino que se apoya en fundamentos sólidos del propio ordenamiento jurídico:
- Principio de Igualdad (Art. 14 Constitución Española): La igualdad exige tratar igual lo que es igual y desigual lo que es desigual. La carga de cuidado de dos o más bebés de la misma edad es sustancialmente mayor que la de uno solo. La norma de aplicación debe reflejar esta realidad.
- Protección a la Familia y la Infancia (Art. 39 CE): La Constitución mandata a los poderes públicos a asegurar una protección especial a las familias, y más aún a aquellas con mayores necesidades, como son las de partos múltiples. Limitar su acceso a este permiso contradice directamente este principio.
- Coherencia del Sistema: El propio sistema de la Seguridad Social ya reconoce esta realidad en otras prestaciones. La prestación por nacimiento y cuidado de menor, por ejemplo, se amplía en caso de parto múltiple. Es incoherente y arbitrario no aplicar la misma lógica a este nuevo permiso.
- Finalidad de la Norma: El permiso existe para facilitar el cuidado del menor. El derecho debe vincularse al sujeto que lo causa (el hijo), no al evento que lo origina (el parto). Cada hijo genera, individualmente, la necesidad de ser cuidado.
Nuestra Solicitud Concreta
Para garantizar la seguridad jurídica, la equidad y evitar una previsible litigiosidad masiva en el futuro, SOLICITAMOS:
Al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que, en el desarrollo normativo y en los criterios de aplicación del RDL 9/2025, se establezca de forma explícita y vinculante que:
El permiso parental retribuido de dos semanas hasta los 8 años sea concedido por cada hijo, acumulándose sus periodos en casos de parto, adopción o acogimiento múltiple.
Apela a la justicia, a la equidad y al sentido común. Firma esta petición para que el avance en conciliación no deje atrás, una vez más, a las familias que más apoyo necesitan.
En este canal de WhatsApp se comparten todos los avances y siguientes pasos que se irán dando, porque nuestra lucha no se detiene aquí. No pararemos hasta conseguirlo
#PermisoPorHijo #FamiliasMultiples #ConciliacionReal

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El problema
A las familias de España, y a los responsables del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones:
Exposición del problema
El reciente Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, ha incrementado en tres semanas el permiso por nacimiento y cuidado de menor. De estas tres semanas, las dos últimas consisten en un permiso parental retribuido que puede disfrutarse hasta los 8 años. Si bien esta medida es un avance en conciliación, su interpretación inicial plantea un grave problema de equidad que afecta directamente a las familias con partos, adopciones o acogimientos múltiples.
Estas dos semanas, se vinculan al "hecho causante" del parto como un evento único, en lugar de a cada hijo que nace. Esto significa que una familia con gemelos o mellizos recibe las mismas dos semanas de permiso que una familia en la que ha nacido un solo hijo.
Un Agravio Comparativo Injustificable
Esta interpretación genera una discriminación evidente y de fácil comprensión:
- Una pareja con dos hijos nacidos en años distintos dispondrá, por cada progenitor, de un total de cuatro semanas de permiso (dos por cada hijo) que podrían incluso disfrutar de forma consecutiva (si los hijos se llevan menos de 8 años, que, de hecho, es lo habitual en la mayoría de familias).
- En cambio, una pareja con gemelos, que afronta una carga de cuidados y económica exponencialmente mayor y concentrada en el tiempo, se vería limitada a solo dos semanas de permiso.
Tratar de forma idéntica situaciones que son manifiestamente desiguales en cuanto a necesidad de apoyo y conciliación es contrario a los principios más básicos de la justicia social.
Fundamentos de Nuestra Petición
Nuestra solicitud no es un capricho, sino que se apoya en fundamentos sólidos del propio ordenamiento jurídico:
- Principio de Igualdad (Art. 14 Constitución Española): La igualdad exige tratar igual lo que es igual y desigual lo que es desigual. La carga de cuidado de dos o más bebés de la misma edad es sustancialmente mayor que la de uno solo. La norma de aplicación debe reflejar esta realidad.
- Protección a la Familia y la Infancia (Art. 39 CE): La Constitución mandata a los poderes públicos a asegurar una protección especial a las familias, y más aún a aquellas con mayores necesidades, como son las de partos múltiples. Limitar su acceso a este permiso contradice directamente este principio.
- Coherencia del Sistema: El propio sistema de la Seguridad Social ya reconoce esta realidad en otras prestaciones. La prestación por nacimiento y cuidado de menor, por ejemplo, se amplía en caso de parto múltiple. Es incoherente y arbitrario no aplicar la misma lógica a este nuevo permiso.
- Finalidad de la Norma: El permiso existe para facilitar el cuidado del menor. El derecho debe vincularse al sujeto que lo causa (el hijo), no al evento que lo origina (el parto). Cada hijo genera, individualmente, la necesidad de ser cuidado.
Nuestra Solicitud Concreta
Para garantizar la seguridad jurídica, la equidad y evitar una previsible litigiosidad masiva en el futuro, SOLICITAMOS:
Al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que, en el desarrollo normativo y en los criterios de aplicación del RDL 9/2025, se establezca de forma explícita y vinculante que:
El permiso parental retribuido de dos semanas hasta los 8 años sea concedido por cada hijo, acumulándose sus periodos en casos de parto, adopción o acogimiento múltiple.
Apela a la justicia, a la equidad y al sentido común. Firma esta petición para que el avance en conciliación no deje atrás, una vez más, a las familias que más apoyo necesitan.
En este canal de WhatsApp se comparten todos los avances y siguientes pasos que se irán dando, porque nuestra lucha no se detiene aquí. No pararemos hasta conseguirlo
#PermisoPorHijo #FamiliasMultiples #ConciliacionReal

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Petición creada en 12 de agosto de 2025
