¡Queremos ciudades seguras y libres de carteristas!

El problema

Los ciudadanos que firmamos esta petición nos dirigimos a uds. para expresarles lo siguiente:

Nuestras ciudades actualmente se encuentran atacadas por un problema social ocasionado por los delincuentes conocidos como carteristas.

Tal como lo detalla el diario El País:
"...Se mueven entre las multitudes. Actúan en solitario, en pareja e incluso en grupos organizados. Las estaciones y los vagones abarrotados son los lugares por los que mueven mejor. Aprovechan cualquier descuido para hacerse con los monederos, los teléfonos móviles y todo aquello que tenga una venta fácil. Son los carteristas, unos ladrones que pueden conseguir hasta 300 euros al día con sus robos.
los carteristas siempre huyen de la violencia. Cuando una víctima les descubre, huyen y no se enfrentan a ella. Saben que existe una mayor condena si se les sentencia por un robo con violencia en lugar de un simple hurto. Este se resuelve en muchos casos con una multa, en especial si el montante no supera los 400 euros. “Como muchos son insolventes, ni siquiera la pagan”.
Los carteristas tienen sus víctimas predilectas: las personas mayores, con los reflejos más disminuidos, y los turistas..."
Fuente: El País - Edición digital del año 2017  

La realidad demuestra que la solución a esta problemática no pasa por incrementar el número del personal de seguridad o de policías en las calles y estaciones de transporte. Pues como se ha observado, los delincuentes cuando son atrapados cometiendo delitos en las estaciones del metro; son liberados de forma rápida, debido a que en la mayoría de los casos los hurtos se cometen sin emplear la violencia y el monto de lo sustraído no excede los 400 euros.
Actualmente el delito de hurto se encuentra tipificado en el Código Penal de la siguiente manera:
TÍTULO XIII
Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico
CAPÍTULO PRIMERO
De los hurtos
Artículo 234

1. El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía de lo sustraído excediese de 400 euros.
2. Se impondrá una pena de multa de uno a tres meses si la cuantía de lo sustraído no excediese de 400 euros, salvo si concurriese alguna de las circunstancias del artículo 235.

Basta esta lectura para darse cuenta de que la Ley es laxa y permisiva en ese punto (2) con lo cual se contribuye con la impunidad con la cual actúan estos delincuentes.

Frente a este hecho solicitamos se estudie un cambio de la Ley en mención contemplando como circunstancias del artículo 235, lo siguiente

1. El hurto será castigado con la pena de prisión de uno a tres años:
10.º Cuando el hurto se cometa en medios de transporte público. 
11.º Cuando las víctimas del hurto sean turistas y ancianos.

Países como Chile o el Perú han implementado medidas extraordinarias para combatir la desbordante delincuencia originada por ciudadanos de otros países, una de estas medidas incluye la expulsión del territorio de aquellos que son capturados cometiendo delitos comunes.

Ante hechos que violentan la sana convivencia y perjudican la vida de los ciudadanos en España, exigimos medidas ejemplarizantes y disuasorias.

Atentamente.

 

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El problema

Los ciudadanos que firmamos esta petición nos dirigimos a uds. para expresarles lo siguiente:

Nuestras ciudades actualmente se encuentran atacadas por un problema social ocasionado por los delincuentes conocidos como carteristas.

Tal como lo detalla el diario El País:
"...Se mueven entre las multitudes. Actúan en solitario, en pareja e incluso en grupos organizados. Las estaciones y los vagones abarrotados son los lugares por los que mueven mejor. Aprovechan cualquier descuido para hacerse con los monederos, los teléfonos móviles y todo aquello que tenga una venta fácil. Son los carteristas, unos ladrones que pueden conseguir hasta 300 euros al día con sus robos.
los carteristas siempre huyen de la violencia. Cuando una víctima les descubre, huyen y no se enfrentan a ella. Saben que existe una mayor condena si se les sentencia por un robo con violencia en lugar de un simple hurto. Este se resuelve en muchos casos con una multa, en especial si el montante no supera los 400 euros. “Como muchos son insolventes, ni siquiera la pagan”.
Los carteristas tienen sus víctimas predilectas: las personas mayores, con los reflejos más disminuidos, y los turistas..."
Fuente: El País - Edición digital del año 2017  

La realidad demuestra que la solución a esta problemática no pasa por incrementar el número del personal de seguridad o de policías en las calles y estaciones de transporte. Pues como se ha observado, los delincuentes cuando son atrapados cometiendo delitos en las estaciones del metro; son liberados de forma rápida, debido a que en la mayoría de los casos los hurtos se cometen sin emplear la violencia y el monto de lo sustraído no excede los 400 euros.
Actualmente el delito de hurto se encuentra tipificado en el Código Penal de la siguiente manera:
TÍTULO XIII
Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico
CAPÍTULO PRIMERO
De los hurtos
Artículo 234

1. El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía de lo sustraído excediese de 400 euros.
2. Se impondrá una pena de multa de uno a tres meses si la cuantía de lo sustraído no excediese de 400 euros, salvo si concurriese alguna de las circunstancias del artículo 235.

Basta esta lectura para darse cuenta de que la Ley es laxa y permisiva en ese punto (2) con lo cual se contribuye con la impunidad con la cual actúan estos delincuentes.

Frente a este hecho solicitamos se estudie un cambio de la Ley en mención contemplando como circunstancias del artículo 235, lo siguiente

1. El hurto será castigado con la pena de prisión de uno a tres años:
10.º Cuando el hurto se cometa en medios de transporte público. 
11.º Cuando las víctimas del hurto sean turistas y ancianos.

Países como Chile o el Perú han implementado medidas extraordinarias para combatir la desbordante delincuencia originada por ciudadanos de otros países, una de estas medidas incluye la expulsión del territorio de aquellos que son capturados cometiendo delitos comunes.

Ante hechos que violentan la sana convivencia y perjudican la vida de los ciudadanos en España, exigimos medidas ejemplarizantes y disuasorias.

Atentamente.

 

Los destinatarios de la petición

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
Generalitat de Catalunya
Generalitat de Catalunya
Pablo Casado
Pablo Casado
Albert Rivera
Albert Rivera
Pedro Sánchez
Pedro Sánchez

Actualizaciones de la petición

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Petición creada en 14 de mayo de 2019