Parque de las Flores 3: permitan la instalación de mallas de seguridad en los balcones

La causa

En el conjunto residencial Parque de las Flores 3 de Chía, Cundinamarca, al menos la mitad de los apartamentos cuentan con mascotas como integrantes de las familias que allí habitan. Estas mascotas deberían poder gozar libremente del disfrute de todo el espacio del apartamento, pero la permanencia en los balcones puede representar un riesgo para su seguridad, razón por la cual en múltiples ocasiones los habitantes del conjunto hemos querido instalar mallas de seguridad que permitan su permanencia en estas zonas sin poner en riesgo sus vidas.

Sin embargo, la administración del conjunto prohíbe la instalación de dichos dispositivos, argumentado que al hacerlo se modifican las fachadas de las torres, lo cual iría en contra del reglamento de propiedad horizontal. Sin embargo, esta afirmación es errónea, y ha sido ampliamente controvertida por las autoridades pertinentes con base en las leyes vigentes, como se puede comprobar en este concepto del Consejo de Bogotá, el cual cita el Decreto Nacional 1077 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”.

Adicionalmente, la Ley 1774 de 2016 reconoció la calidad de seres sintientes de los animales y estableció que las relaciones con ellos deben fundamentarse en los principios de protección animal, bienestar animal, solidaridad social, así que de forma indirecta o consciente, instalar este tipo de mallas está orientada a los fundamentos de protección animal establecidos en la regulación. 

En relación con este tema, la Senadora Andrea Padilla, líder de la protección de los animales en Colombia, ha manifestado que: "Dado que estas mallas son livianas, removibles e invisibles, no afectan ni la fachada ni la estructura de la edificación y no se requiere de ningún permiso o licencia para su instalación en conformidad con la actual norma urbanística de Bogotá". Y es que las mallas no solo protegen la vida de nuestras mascotas, también son dispositivos que protegen la integridad de niños y adultos mayores, quienes son también particularmente vulnerables a riesgos asociados a los balcones.

Por todo lo anterior, te pedimos que te unas a esta petición con tu firma, mediante la cual solicitamos a la administración del Conjunto Parque de las Flores 3 que levante la prohibición frente a la instalación de mallas en los balcones, para que prime la protección de la vida y la integridad de todos los integrantes de nuestras familias.

2

La causa

En el conjunto residencial Parque de las Flores 3 de Chía, Cundinamarca, al menos la mitad de los apartamentos cuentan con mascotas como integrantes de las familias que allí habitan. Estas mascotas deberían poder gozar libremente del disfrute de todo el espacio del apartamento, pero la permanencia en los balcones puede representar un riesgo para su seguridad, razón por la cual en múltiples ocasiones los habitantes del conjunto hemos querido instalar mallas de seguridad que permitan su permanencia en estas zonas sin poner en riesgo sus vidas.

Sin embargo, la administración del conjunto prohíbe la instalación de dichos dispositivos, argumentado que al hacerlo se modifican las fachadas de las torres, lo cual iría en contra del reglamento de propiedad horizontal. Sin embargo, esta afirmación es errónea, y ha sido ampliamente controvertida por las autoridades pertinentes con base en las leyes vigentes, como se puede comprobar en este concepto del Consejo de Bogotá, el cual cita el Decreto Nacional 1077 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”.

Adicionalmente, la Ley 1774 de 2016 reconoció la calidad de seres sintientes de los animales y estableció que las relaciones con ellos deben fundamentarse en los principios de protección animal, bienestar animal, solidaridad social, así que de forma indirecta o consciente, instalar este tipo de mallas está orientada a los fundamentos de protección animal establecidos en la regulación. 

En relación con este tema, la Senadora Andrea Padilla, líder de la protección de los animales en Colombia, ha manifestado que: "Dado que estas mallas son livianas, removibles e invisibles, no afectan ni la fachada ni la estructura de la edificación y no se requiere de ningún permiso o licencia para su instalación en conformidad con la actual norma urbanística de Bogotá". Y es que las mallas no solo protegen la vida de nuestras mascotas, también son dispositivos que protegen la integridad de niños y adultos mayores, quienes son también particularmente vulnerables a riesgos asociados a los balcones.

Por todo lo anterior, te pedimos que te unas a esta petición con tu firma, mediante la cual solicitamos a la administración del Conjunto Parque de las Flores 3 que levante la prohibición frente a la instalación de mallas en los balcones, para que prime la protección de la vida y la integridad de todos los integrantes de nuestras familias.

Actualizaciones de la petición